ARTÍCULO Nº 895 (CVE: BOME-A-2024-895) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6217 - martes, 15 de octubre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA
Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 9 de octubre de 2024, relativa a composición y régimen de funcionamiento de la mesa de contratación.
La Excma. Asamblea de Melilla, en sesión
resolutiva Ordinaria celebrada el 9 de octubre de 2024, ha procedido a la
aprobación de la propuesta de Consejería de Hacienda, adoptando el siguiente
acuerdo:
“
COMPOSICIÓN Y REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LA
MESA DE CONTRATACIÓN
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La creación y composición de la actual mesa de contratación permanente
de esta Administración para los contratos de competencia plenaria según el
art.112.2 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de
Melilla (en adelante “REGA”), fue establecida mediante acuerdo de la Excma.
Asamblea de fecha 6 de noviembre de 2020, publicado en el BOME nº 5808 de fecha
13 de noviembre de 2020.
El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante
Decreto adjunto de 25/09/2024, registrado al número 2024000229, en el Libro de
Oficial de Decretos de la Presidencia, y ante la situación de la contratación
administrativa de la Ciudad descrita en la exposición de motivos de dicho
documento, decretó la composición, el régimen de suplencia y el ámbito
competencial de tres mesas de contratación “sectoriales”, así como el régimen
de funcionamiento común a todas ellas.
En particular, mediante dicho decreto se crea la denominada mesa de
contratación sectorial A o “principal” en los siguientes términos:
MESA DE CONTRATACIÓN “SECTORIAL”
A O “PRINCIPAL”
COMPOSICIÓN
Esta mesa estará compuesta, de forma permanente, por los funcionarios
que ocupen los siguientes puestos de esta Administración:
VOCALES ORDINARIOS:
-
Presidente/a: Director/a General de Contratación Pública de la
Consejería de Hacienda.
-
Vicepresidente/a 1º: Director/a General de Infraestructuras y Recursos
Hídricos de la Consejería de medio ambiente y naturaleza.
-
Vicepresidente/a 2º: Director/a General de Arquitectura de la Consejería de economía, comercio, innovación
tecnológica, turismo y de fomento.
VOCALES NATOS:
-
Vocal asesoramiento jurídico: Secretario Técnico de la Consejería de
Hacienda, o persona que legalmente le sustituya.
-
Vocal control económico-presupuestario: Interventor, o persona que
legalmente le sustituya.
SECRETARIO/A:
- Jefe/a de Negociado de
Contratación.
Igualmente, a elección de la persona que ostente la secretaria de la
mesa, y con el visto bueno del Presidente de la mesa, podrá asistir a las
sesiones de esta mesa de contratación un/a empleado/a público para auxiliar
administrativamente, tanto en la propia sesión como en los posteriores trámites
fuera de sesión, a la persona que ejerza como secretario/a.
REGIMEN DE SUPLENCIA
En caso de vacante, ausencia o enfermedad, así como en aquellos casos en
que haya sido declarada su abstención o recusación, y, en general, cuando
concurra alguna causa justificada, se establece el siguiente régimen de
suplencias de los miembros de la Mesa de contratación:
-
El/la Presidente/a será sustituido/a por alguno de los/as
Vicepresidentes/as, en el orden en el que aparece en el presente acuerdo. En
estos casos, para ejercer la vocalía que quedaría vacante por el vicepresidente
que ejerce puntualmente como Presidente, podrá asistir a la mesa en calidad de
vocal ordinario alguna de las personas indicadas en el párrafo siguiente como
sustitutos de los vocales ordinarios. Igualmente, de forma puntual y
excepcional, ante la imposibilidad, por alguno de los motivos expuestos, de que
tanto el Presidente como los Vicepresidentes puedan ejercer como tales, podrá
ejercer la Presidencia alguna de las personas indicadas en el párrafo siguiente
como sustitutos de los vocales ordinarios.
-
El resto de los vocales ordinarios podrán ser sustituidos por las
personas que ocupen los siguientes puestos de esta Administración:
o
Director/a General de Ingresos Públicos de la Consejería de Hacienda.
o
Director/a General de Servicios Urbanos de la Consejería de medio
ambiente y naturaleza.
o
Director/a General de Vivienda, Patrimonio y Urbanismo de la Consejería
de economía, comercio, innovación tecnológica, turismo y de fomento.
-
El Vocal de asesoramiento jurídico podrá ser sustituido por las personas
que ocupen los siguientes puestos de esta Administración:
o
Secretaría Técnica de Medio Ambiente y Naturaleza.
o
Secretaría Técnica de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica y
Turismo.
No obstante, el titular de esta vocalía, podrá delegar, de forma
permanente, su asistencia a la mesa en uno o varios de los secretarios técnicos
de las Consejerías afectadas, previa aprobación por el Presidente de la Ciudad,
debiendo publicarse dicho acuerdo de delegación en el BOME y en el perfil del
contratante.
-
El vocal de control económico-presupuestario podrá ser sustituido por
las personas que ocupen los siguientes puestos de esta Administración:
o
Viceinterventor/a
o
Jefe/a de Intervención
No obstante, el titular de esta vocalía, podrá delegar, de forma
permanente, su asistencia a la mesa en uno o varios de los funcionarios de
carrera A1 perteneciente al área de intervención, previa aprobación por el
Consejero de Hacienda, debiendo publicarse dicho acuerdo de delegación en el
BOME y en el perfil del contratante.
-
El/la secretario/a podrá ser sustituido/a por las siguientes personas:
o
D. Sergio Ortega Sánchez (funcionario de carrera A2 de la Consejería de
Economía, Comercio, Innovación Tecnológica y Turismo)
o
Dª María José Escobar Benavente (funcionaria de carrera C1 de la
Consejería de medio ambiente y naturaleza)
ÁMBITO DE COMPETENCIA
Esta mesa de contratación “PRINCIPAL” participará en la tramitación de
los siguientes contratos mayores en aquellos procedimientos en los que su
intervención sea preceptiva en los términos del art. 326.1 de LCSP y en los que
el Consejero de Hacienda actúe como Órgano de Contratación en base al art.
112.3 del REGA:
·
Contratos promovidos por la Consejería de Hacienda.
·
Contratos promovidos por la Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza.
·
Contratos promovidos por la Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y Fomento.
Igualmente se propone al Pleno de la excelentísima Asamblea de Melilla
que, por operatividad, acuerde para los contratos de su competencia, que sea
esta mesa “principal” la que intervenga en los mismos, independientemente de la
Consejería promotora del correspondiente expediente, actuando en dichos
procedimientos como vocal titular de asesoramiento jurídico el Secretario
General, o persona que legalmente le sustituya.
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los
informes aportados al expediente se PROPONE
al Pleno de la Asamblea, previo Dictamen de la Comisión Permanente de Hacienda,
la adopción del siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Dejar sin efecto la actual mesa de contratación permanente
de esta
Administración para los contratos de competencia plenaria según el art.112.2
del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(en adelante “REGA”), fue establecida mediante acuerdo de la Excma. Asamblea de
fecha 6 de noviembre de 2020, publicado en el BOME nº 5808 de fecha 13 de
noviembre de 2020.
SEGUNDO.- Que la Mesa de Contratación de la Ciudad Autónoma de Melilla para
aquellos contratos de competencia plenaria según el art.112.2 del REGA, pase a
ser la mesa de contratación “principal”, cuya composición, régimen de suplencia
y régimen de funcionamiento ha sido acordado por el
Excmo. Sr.
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto adjunto de
25/09/2024, registrado al número 2024000229 , con la siguiente diferencia en lo
que respecta a la vocalía de asesoramiento jurídico:
“TITULAR
- Vocal nato de asesoramiento jurídico: Secretario General, o persona
que legalmente le sustituya.
REGIMEN DE SUPLENCIA
- El Vocal de asesoramiento
jurídico podrá ser sustituido por las personas que ocupen los siguientes
puestos de esta Administración:
o
Secretaría Técnica de la Consejería de Hacienda. o Secretaría
Técnica de Medio Ambiente y Naturaleza.
o
Secretaría Técnica de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica y
Turismo.
No obstante, el titular de esta vocalía, podrá delegar, de forma
permanente, su asistencia a la mesa en uno o varios de los secretarios técnicos
de las Consejerías afectadas, previa aprobación por el Presidente de la Ciudad,
debiendo publicarse dicho acuerdo de delegación en el BOME y en el perfil del
contratante.”
DISPOSICIÓN ADICIONAL. Referencias a órganos y unidades
administrativas.
En caso de suprimirse los órganos o unidades administrativas que se
citan en este acuerdo, y su anexo, como consecuencia de posteriores
modificaciones de la estructura organizativa de esta Administración, las
referencias que se hacen a los mismos se entenderán realizadas a aquellos
órganos o unidades administrativas que asuman sus competencias.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA. –
Los órganos creados por esta orden sucederán, respectivamente, a los
órganos suprimidos en la tramitación de las solicitudes y los expedientes y
procedimientos en curso en los que estos últimos fueran competentes.
DISPOSICIÓN FINAL-.
Proceder a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de
Melilla, momento a partir del cual surtirá efectos, para su conocimiento y
efectos, y difundir el contenido del mismo, de conformidad con el principio de
transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en la sede
electrónica, en cumplimiento de lo que disponen los artículos 6.1 de la Ley de
Régimen Jurídico del Sector Público, art. 72.5 del Reglamento de Gobierno y
Administración y artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno en relación con el
Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
Igualmente procédase a publicar el presente acuerdo en el perfil del
contratante de esta Administración, alojado en la Plataforma de Contratación
del Sector Público.
”
Se recomienda por la Secretaría General por razones de Seguridad
Jurídica que se suprima del acuerdo adoptado la remisión al Régimen de
Funcionamiento recogido en el Decreto de la Presidencia de 25 de septiembre de
2024 limitándose el presente acuerdo a proceder al nombramiento de los
miembros.
Sometida a votación la incorporación del asunto, para su aprobación si
procede, fuera del Orden del Día, justificación realizada por el Sr. Consejero
de Hacienda, fue aprobada por 17 votos a favor (12 Partido Popular, 3 Partido
Socialista, 1 Grupo Mixto, - Sr. Amin Mohamed y 1 Diputado no adscrito) y 5
abstenciones (4 Partido Coalición por Melilla y 1 Grupo Mixto, - Sr. José
Miguel Tasende), por lo tanto mayoría absoluta de conformidad con el artículo
58.3 del Reglamento de la Asamblea.
Sometida a votación la propuesta de NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
DE LOS EXPEDIENTE DE COMPETENCIA PLENARIA, fue aprobada por 15 votos a favor (12 Grupo
Político Partido Popular, 2 Grupo Mixto y 1 Diputado no adscrito) y 7
abstenciones (4 Grupo Político Coalición por Melilla y 3 Grupo Político Partido
Socialista), por lo tanto mayoría absoluta de conformidad con el artículo 58.3
del Reglamento de la Asamblea.
De conformidad con los artículos 123 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente
acuerdo del Pleno de la Asamblea de Melilla, que agota la vía administrativa,
cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante la propia Asamblea de
Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o
bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la
jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses
desde la publicación o notificación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que notifica o hace público para su
conocimiento y efectos.
Lo que le traslado para su conocimiento y
efectos oportunos.
Melilla 10 de octubre de 2024,
El Secretario P.A., El Secretario Acctal. del
Consejo de Gobierno,
P.D. nº 323 de 6 de septiembre de 2019,
BOME 5685, de 10 de septiembres de 2019,
Antonio Jesús García Alemany