ARTÍCULO Nº 898 (CVE: BOME-A-2024-898) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6217 - martes, 15 de octubre de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA


Orden nº 0967, de fecha 10 de octubre de 2024, relativa a convocatoria de régimen de subvenciones destinadas a la "Adquisición de depósitos de agua para viviendas unifamiliares que carezcan de instalaciones que permitan la continuidad temporal del suministro en caso de interrupción puntual del mismo en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2024".

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CONVOCATORIA DE RÉGIMEN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA “ADQUISICIÓN DE DEPÓSITOS DE AGUA PARA VIVIENDAS UNIFAMILIARES QUE CAREZCAN DE INSTALACIONES QUE PERMITAN LA CONTINUIDAD TEMPORAL DEL SUMINISTRO EN CASO DE INTERRUPCIÓN PUNTUAL DEL MISMO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL AÑO 2024”

El Consejero de Medio Ambiente y Naturaleza mediante Orden de 10 de octubre de 2024, registrada al número 2024000967 del Libro de Resoluciones No Colegiadas, Considerando que:

Primero.- La presente Orden tiene por objeto convocar públicamente el régimen de subvenciones destinadas a la “Adquisición de depósitos de agua para viviendas unifamiliares que carezcan de instalaciones que permitan la continuidad temporal del suministro en caso de interrupción puntual del mismo en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2024”.

Segundo.- Dentro de las prestaciones básicas a desarrollar por las Administraciones Públicas en el ámbito del abastecimiento de agua, es competencia de las Corporaciones Locales, y por tanto de la Ciudad Autónoma de Melilla por virtud de los dispuesto en el artículo 30 de su Estatuto de Autonomía, en relación con el apartado 2 c) del artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, “abastecimiento de agua potable a domicilio”, y dentro de las actividades y proyectos subvencionables que establece el artículo 8 del RGSCAM se encuentran los englobados en el apartado “h) Medio Ambiente: actividades encaminadas a la protección del Medio Ambiente Urbano...”, entendiéndose subvencionables los gastos que deriven en una mejora del suministro de agua potable, en la medida que favorecen la protección medioambiental, con un uso más racional de este suministro, al tener garantizada su continuidad, y en aplicación de lo dispuesto en dicho artículo, de lo que determine la respectiva convocatoria.

La Declaración de Emergencia Climática de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla de echa 29 de octubre de 2019, junto con la pasada crisis sanitaria del coronavirus obliga a extender la garantía de suministro de agua potable a aquellos domicilios que carezcan de instalaciones que eviten la interrupción del suministro en caso de cortes de agua, por imperativos de realización de obras, averías en la red, falta de suministro de la Desaladora o del resto del sistema de captación y distribución de agua potable. Ante este escenario favorecer la salubridad, es especial en la situación de posibles crisis sanitarias, y la eficiencia en el consumo de los recursos naturales como el agua, se plantea como una necesidad prioritaria, que ha de contribuir a la sostenibilidad del Medio Ambiente, y hace que desde la Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza se estime la conveniencia de facilitar el acceso de las familias con menor nivel de renta a la adquisición de instalaciones de depósito de agua potable, con la intención de mejorar la calidad de vida de los melillenses.

Tercero.- Han sido aprobadas las Bases de la presente Subvención por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de octubre de 2024.

Cuarto.- Con este fin, existiendo dotación presupuestaria suficiente para ello, y al amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio de desarrollo del Reglamento de la misma; artículo 5 y concordantes del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla; del artículo 33 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad de Melilla, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del

              PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOME hasta el 30 de noviembre de 2024.

Quinto.- La presente convocatoria ha sido inscrita en la Base Nacional de Subvenciones.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 11697/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Primero.- Convocar públicamente el régimen de subvenciones destinadas a la “Adquisición de Depósitos de agua para viviendas unifamiliares que carezcan de instalaciones que permitan la continuidad temporal del suministro en caso de interrupción puntual del mismo en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2024” de conformidad con las Bases Reguladoras que se acompañan a título informativo a la presente en link adjunto.

Segundo.- Dar publicidad en debida forma a la presente convocatoria, en el Boletín Oficial de la Ciudad.

 

Bases de la subvención

15250272615466353707

 

Melilla 11 de octubre de 2024,

El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Naturaleza,

Juan Luis Villaseca Villanueva