ARTÍCULO Nº 913 (CVE: BOME-A-2024-913) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6218 - viernes, 18 de octubre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
Orden nº 0983, de fecha 15 de octubre de 2024, relativa a propuesta de resolución provisional de concesión de las subvenciones relativas a los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de la Ciudad Autónoma de Melilla. (Fase 2).
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISONAL DE CONCESION DE LAS SUBVENCIONES
RELATIVAS AL LOS PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO Y AL
ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE, ASÍ COMO A LA IMPLANTACIÓN DE
SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL SECTOR RESIDENCIAL, EN EL MARCO DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
(FASE 2)
El Consejero de Medio Ambiente y Naturaleza, mediante Orden de 15 de
octubre de 2024, registrada al número 2024000983 del Libro de Resoluciones No
Colegiadas, CONSIDERANDO:
A N T E C E D E N T E
S
PRIMERO.- Esta convocatoria tiene como base al Real Decreto 477/2021, de 29 de
junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y
a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos
programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes
de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos
renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
Este Real Decreto tiene por objeto la aprobación de las Bases Reguladoras
de las subvenciones reguladas por el mismo, a las que habrán de sujetarse las
comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla beneficiarias respecto de
las convocatorias de ayudas y/o inversiones directas que efectúen, de acuerdo
con lo establecido en este real decreto. Asimismo, éste tiene por objeto
aprobar los programas de incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos
térmicos de energías renovables.
Esta convocatoria y sus bases son publicadas en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Melilla de 25 de febrero de 2022, abriéndose un periodo para
la presentación de solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2023, a contar desde
el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de
la Ciudad (BOME).
El Consejero de Medio Ambiente y Naturaleza, mediante Orden de 6 de febrero
de 2024, registrada al número 2024000122 del Libro de Resoluciones No
Colegiadas, dispuso acordar las modificaciones recogidas en el R.D.1178/2023,de
27 de diciembre, con diversos cambios en la regulación de las ayudas estatales,
entre los que se incluyen cambios en el tratamiento del almacenamiento «detrás
del contador que forma parte o está asociado a instalaciones de generación de
energía renovable, que en algunos casos suponen una intensidad de ayuda máxima
inferior a la aplicable en la anterior redacción del reglamento vigente hasta
esta modificación, y que es el que ha resultado aplicable durante las primeras
fases de funcionamiento del citado Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, ampliándose
el plazo de vigencia del programa hasta el 31 de julio de 2024, manteniéndose
no obstante la finalización del plazo de presentación de solicitudes en el 31
de diciembre de 2023.
SEGUNDO.- El Consejero de Medio Ambiente y Sostenibilidad, mediante Orden de 20 de
febrero de 2022, registrada al nº 2022 del Libro Oficial de Resoluciones no
Colegiadas, relativa a aprobación de la convocatoria de las bases de los
programas de incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de
energía renovable, así como la implantación de sistemas térmicos renovables en
el sector residencial de la Ciudad Autónoma de Melilla, (BOME nº 5942, Punto 7.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS, de 25/02/2022), junto con las bases aplicables a las
mismas redacta la financiación de la presente convocatoria para los ejercicios
2021-20222023, dotado en la Partida Presupuestaria 2021 07 17210 78001
“Subvención Eficiencia Energética, Resiliencia y Remanente”, con documento
contable RC: 1202400007511 , tal como se desprende del expediente de
generación de crédito y posterior ampliación de crédito, que se incluye en su
tramitación asignada por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la
Energía (IDAE), entidad pública del Ministerio para la Transición Ecológica.
de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobados por el Real
Decreto 477/2021, de 29 de junio, y solicitud de aceptación expresa de la ayuda
concedida, y se ordena el pago de la misma. Con el fin de continuar con la
tramitación y pago, expedido documento contable RC: SUBVENCIONES nº
12024000023375 del 13/06/2024.
De igual modo se incorpora, recursos propios de esta Ciudad Autónoma de
Melilla, por un importe de 420.000,00€, dotado en la Partida Presupuestaria
2024 07/17210/78000 “Subvención Eficiencia Energética Remanente Afectada”, con
documento contable RC: 12024000010776.
TERCERO.- De acuerdo con lo previsto en el punto 10 de las bases de la
convocatoria, el órgano competente para ordenar e instruir los procedimientos
de concesión será la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de
Medio Ambiente y Sostenibilidad, incardinada en la actualidad Dirección General
de Sostenibilidad de la Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza
CUARTO.- Que han sido consultados los datos existentes en la BDNS (Base de Datos
Nacional de Subvenciones), en relación al artículo 13 apartado 2 de la ley
general de subvenciones, de los solicitantes para la implantación de los
programas de incentivos, referentes al Real Decreto 477/2021, sin que se haya
detectado incidencia alguna.
QUINTO.- Que han sido consultados los datos existentes al respecto de encontrarse
al corriente en el cumplimiento del resto de obligaciones establecidas, entre
ellas, hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias, con la Seguridad Social y con la propia Ciudad Autónoma de
Melilla, sin que se haya detectado incidencia alguna.
SEXTO.- Consta Informe del Instructor,
previo informe del Órgano Colegiado en la valoración de las solicitudes
aceptadas en CONCESION DEFINITIVA (FASE 2), en conformidad para elevar
propuesta de Concesión Provisional de las solicitudes cumplimentadas del
expediente de la referencia emitiendo INFORME:
“Visto el expediente de referencia, el Órgano Instructor que suscribe y en
relación al mismo, tiene a bien emitir el siguiente INFORME:
ANTECEDENTES
Que con fecha 13-06-2024 se publicó, “RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE CONCESION DE
LAS SUBVENCIONES RELATIVAS AL LOS PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS AL
AUTOCONSUMO Y AL ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE, ASÍ COMO A
LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL SECTOR RESIDENCIAL, EN EL
MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA”.
En dicha resolución se relacionaban 110 solicitudes, de las cuales:
- 20 solicitantes
desistieron a petición de los interesados.
- 2 solicitudes fueron
excluidas por presentarse fuera de plazo.
- 4 solicitudes
caducaron.
- 67 solicitudes
aprobadas por Resolución de Concesión, de las cuales 5 se admitieron en periodo
de alegaciones.
- 17 solicitudes
quedaron pendientes de cumplimentar documentación preceptiva durante plazo de
vigencia del procedimiento. (Incompletas).
Que existen 17 solicitudes en esta nueva propuesta de resolución de las
pendientes de cumplimentar documentación preceptiva durante plazo de vigencia
del procedimiento, de las cuales 13 han
cumplimentado la fase de concesión mediante
la aportación de la documentación requerida
en tiempo y forma y 4 de ellas quedan
excluidas por los motivos que se reflejan
en la tabla de exclusión que se detalla, conforme a las “BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE
INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO Y AL ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA
RENOVABLE, ASÍ COMO A LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL
SECTOR RESIDENCIALDE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, y la orden nº 122, de fecha
6 de febrero de 2024, relativa a modificación de la CONVOCATORIA DE CONCESIÓN
DE SUBVENCIONES RELATIVA A LOS PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO Y
AL ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE, ASÍ COMO A LA IMPLANTACIÓN
DE SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL SECTOR RESIDENCIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA
DE MELILLA”.
OBJETO
A continuación se detallan todas las solicitudes que estaban pendientes de
cumplimentar la fase de concesión.
PROGRAMA DE
INCENTIVOS Nº1
Nº Expediente |
Nombre y Apellidos |
DNI/NIF |
Programa |
Cuantía Máxima Ayuda Solicitada |
476/2022/IND |
AUTOMOCION JMAN, S.L. |
**2041*** |
1 |
7.007,00 € |
440/2023/IND |
MELILLA TUR S.A. |
**9906*** |
1 |
3.164,83 € |
57/2024/IND |
ANTONIO PAYA BARRACHINA
E HIJOS S.L.U. |
**9955*** |
1 |
31.143,42 € |
61/2024/IND |
GALLARDO HORNOS, EMILIO JOSE |
**2912*** |
1 |
4.904,90 € |
63/2024/IND |
ESTACIONES MARTINEZ
PRIGMAN S.A. |
**9956*** |
1 |
9.284,27 € |
PROGRAMA DE
INCENTIVOS Nº4
Nº Expediente |
Nombre y Apellidos |
DNI/CIF |
Programa |
Cuantía Máxima Ayuda Solicitada |
969/2023/IN D |
PERPEN MOYA, JUAN
MANUEL |
**2652*** |
4 |
5.323,50 € |
970/2023/IN D |
AMASRI, FARID |
**2334*** |
4 |
3.276,00 € |
971/2023/IN D |
PAYÁ ARJONA, JOSE
MARIA |
**2817*** |
4 |
3.960,00 € |
962/2023/IND |
MORALES RICO, ANGEL JAVIER |
**3039*** |
4 |
3.822,00 € |
64/2024/IND |
MOHAMED MOHAMED,
NORA |
**2826*** |
4 |
2.970,00 € |
65/2024/IND |
BENALI, AHMED |
**3007*** |
4 |
2.457,00 € |
67/2024/IND |
ARROYO BAUTISTA, JOSE
ANTONIO |
**2750*** |
4 |
2.640,00 € |
68/2024/IND |
PORTILLO MARÍN,
JESUS |
**2770*** |
4 |
8.050,00 € |
75/2024/IND |
LOPEZ VAZQUEZ,
SANTOS |
**2814*** |
4 |
3.276,00 € |
220/2024/IND |
MOHAMED MOHAMED, UARIACH |
**2840*** |
4 |
10.700,00 € |
221/2024/IND |
CONSEJO RELIGIOSO MUSULMAN DE MELILLA |
**9002*** |
4 |
3.960,00 € |
PROGRAMA DE
INCENTIVOS Nº6
Nº Expediente |
Nombre y Apellidos |
DNI/CIF |
Programa |
Cuantía Máxima Ayuda Solicitada |
230/2022/IND |
BOCANEGRA PADILLA, JESUS |
**0245*** |
6 |
1663,20 € |
Vista la Resolución nº 2022, de 20 de Febrero de 2022, relativo a la
aprobación de las BASES DE LA CONVOCATORIA DEL “PROGRAMA DE INCENTIVOS LIGADOS
AL AUTOCONSUMO Y AL ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE, ASÍ COMO
A LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL SECTOR RESIDENCIAL DELA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA”, que establece los requisitos a cumplimentar ante
el Órgano de la Administración que proceda, en este caso ante la Consejería de
Medio Ambiente y Naturaleza, y la orden nº 122, de fecha 6 de febrero de 2024,
relativa a modificación de la CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
RELATIVA A LOS PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO Y AL
ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE, ASÍ COMO A LA IMPLANTACIÓN DE
SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL SECTOR RESIDENCIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA.
La citada Resolución nº 2022, en el punto 11, relativo al procedimiento de
concesión y justificación establece:
“Los destinatarios
últimos de las ayudas reguladas en esta convocatoria, en el plazo máximo de
dieciocho meses contados desde la fecha de la notificación de la concesión,
deberán justificar la realización de la inversión requerida para llevar a cabo
la actuación objeto de ayuda, a través de la presentación de la documentación
establecida para cada actuación subvencionable. La documentación que se aporte
para justificar la ejecución de la actuación debe ser coherente con la
información aportada en el formulario de solicitud de la ayuda.
Comprobada la
ejecución de la actuación por parte de los sujetos que reciban la ayuda, así
como la entrega de toda documentación exigida dentro del plazo establecido, se
ordenará el pago de la subvención, con expresa referencia a la procedencia de
los fondos, mencionando al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, así como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y
al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, conforme a lo que pudiera
establecerse al respecto.
En caso de que el
destinatario final de la ayuda no cumpliera con la obligación de justificación
establecida en el precedente apartado no se procederá al pago de la subvención
y se declarará la pérdida del derecho al cobro de la misma, de conformidad con
lo establecido en el artículo 89 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, utilizando, para
ello, el procedimiento previsto en el artículo 42 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.”
Este órgano Instructor informa:
-
de Melilla”, de acuerdo con toda la información
de la cual se dispone, los citados
beneficiarios cumplen todos los requisitos
necesarios para acceder a la subvención.
-
Asimismo, se relacionan aquellas que no han completado la fase de concesión
en tiempo y forma, pasando dichas solicitudes a iniciarse el correspondiente
expediente de caducidad.
TABLA DE MOTIVOS DE EXCLUSION
Nº Expediente |
Nombres y Apellidos |
DNI/CIF |
PROGRAMA |
MOTIVO DE EXCLUSIÓN |
61/2024/IND |
GALLARDO HORNOS, EMILIO JOSE |
**2912*** |
1 |
(4) |
68/2024/IND |
PORTILLO MARÍN, JESUS |
**2770*** |
4 |
(4) |
220/2024/IND |
MOHAMED MOHAMED, UARIACH |
**2840*** |
4 |
(4) |
221/2024/IND |
CONSEJO RELIGIOSO MUSULMAN DE MELILLA |
**9002*** |
4 |
(4) |
MOTIVOS DE EXCLUSIÓN:
(1)
Documentación incompleta
(2)
Desistido a petición del solicitante
(3)
Solicitud fuera de plazo de la convocatoria
(4)
Caducado
-Que han sido consultados los datos existentes en la BDNS (Base de Datos
Nacional de Subvenciones), en relación al artículo 13 apartado 2 de la ley
general de subvenciones, de los solicitantes para la implantación de los
programas de incentivos, referentes al Real Decreto 477/2021, sin que se haya
detectado incidencia alguna.
-Que han sido consultados los datos existentes al respecto de encontrarse
al corriente en el cumplimiento del resto de obligaciones establecidas, entre
ellas, hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias, con la Seguridad Social y con la propia Ciudad Autónoma de
Melilla, sin que se haya detectado incidencia alguna.
CONCLUSIÓN
A tenor de lo expuesto, por el órgano instructor que suscribe, se traslada
este informe ante el órgano competente para que valore e instruya el
procedimiento de aprobación/concesión provisional de las solicitudes
recibidas.”
F U N D A M E N T O S DE D E R E C H O
-Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión
directa a las Comunidades Autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de
ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al
autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a
la implantación de de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en
el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
-Orden de fecha 20 de
febrero de 2022, relativa a aprobación de la convocatoria de los programas de
incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía
renovable, así como la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector
residencial de la Ciudad Autónoma de Melilla, junto con las bases aplicables a
la misma.
-Ley38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
-Reglamento 887/2006,
de 21 de julio, General de Subvenciones.
-Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
-Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMEnúm.4224, de 9 de
septiembre de 2005).
-Reglamento del
Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla. (BOME
Extrord.núm.2, de 30 de enero de2017).
-Ley7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las bases del Régimen Local. -Real Decreto 2568/1986, de
28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 768/2021/IND, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
P R I M E R O.- Acordar la RESOLUCIÓN PROVISONAL DE CONCESION DE LAS SUBVENCIONES
de la solicitudes referenciadas, indicando como datos identificativos, nombre,
DNI/CIF/NIF, y programa de incentivos, quedando pendiente la aprobación de la
ayuda solicitada, una vez se haya recibido y comprobado la documentación
requerida en la Fase de Justificación en el plazo establecido en la Bases de la
Convocatoria, y realizada la verificación “In situ” de las instalaciones.
(FASE2)
S E G U N D O.- Excluir de la Fase
de Concesión Provisional por los motivos referenciados en la Tabla de
exclusiones precitada, a las solicitudes con motivos de exclusión (4).
T E R C E R O.- La citada Resolución nº 2022, en el punto 11, relativo al procedimiento de
concesión y justificación establece:
documentación establecida para cada actuación subvencionable. La
documentación que se aporte para justificar la ejecución de la actuación, debe
ser coherente con la información aportada en el formulario de solicitud de la
ayuda.
Comprobada la
ejecución de la actuación por parte de los sujetos que reciban la ayuda, así
como la entrega de toda documentación exigida dentro del plazo establecido, se
ordenará el pago de la subvención, con expresa referencia a la procedencia de
los fondos, mencionando al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, así como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y
al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, conforme a lo que pudiera
establecerse al respecto.
En caso de que el
destinatario final de la ayuda no cumpliera con la obligación de justificación
establecida en el precedente apartado no se procederá al pago de la subvención
y se declarará la pérdida del derecho al cobro de la misma, de conformidad con
lo establecido en el artículo 89 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, utilizando, para
ello, el procedimiento previsto en el artículo 42 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.”
C U A R T O.- Que se publique en el Boletín Oficial de Melilla (BOME), el contenido de
la RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE CONCESION de la subvención, con indicación de
nombre y apellidos, concediéndose un plazo de 10 días hábiles a partir del día
siguiente a la presente publicación para la presentación de alegaciones contra
dicha propuesta provisional, que serán tenidas en cuenta.
Melilla, 16 de
octubre de 2024,
El Secretario Técnico
de Medio Ambiente y Naturaleza,
Juan Luis Villaseca
Villanueva