ARTÍCULO Nº 915 (CVE: BOME-A-2024-915) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6219 - martes, 22 de octubre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 3312, de fecha 2 de septiembre de 2024, relativa a rectificación de error en anuncio publicado en el BOME Extraordinario nº 50 de 30 de agosto de 2024, referente al nombramiento como Funcionaria de Carrera de Dª Luisa Fernanda Hermoso Castro.
La titular de la Consejería de Presidencia,
Administración Pública e Igualdad, mediante Orden de 02/09/2024, registrada al número 2024003312, en el Libro
Oficial de Resoluciones de esta Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con el artículo 109.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas,
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 25751/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Se proceda a la rectificación de los errores
materiales detectados en la Orden de fecha 30/08/2024, registrada al número
2024003304, relativo al nombramiento como funcionaria de carrera de Doña Luisa
Fernanda Hermoso Castro.
Donde
dice:
“Doña Luisa Fernández Hermoso Castro, en la plaza
de ...”
Debe
decir:
“Doña Luisa Fernanda Hermoso Castro, en la plaza de
...”
Contra esta ORDEN, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta
Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior
jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo
establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la
resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y
efectos oportunos.
Melilla, 4
de septiembre de 2024,