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BOME Nº 6221 - martes, 29 de octubre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA
Decreto nº 248, de fecha 24 de octubre de 2024, de delegación de competencias en la Consejería de Seguridad Ciudadana en materia de infraestructuras críticas.
El Excmo. Sr. Presidente por Decreto nº 248
de fecha 24 de octubre de 2024, registrado al Libro de Resoluciones no
Colegiadas ha dispuesto lo siguiente:
“DECRETO DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS EN LA CONSEJERÍA DE SEGURIDAD
CIUDADANA EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURAS CRÍTICAS.
El artículo 14.1 de la Ley orgánica 2/1995 de 13 de marzo que aprueba el
Estatuto de Autonomía de Melilla, dispone que el Presidente de la Ciudad
preside la Asamblea, el Consejo de Gobierno cuya actividad dirige y coordina,
ostentando la suprema representación de la Ciudad, así como la condición de
Alcalde a tenor del art. 15 del propio Estatuto.
El art. 14.2 del Estatuto de Autonomía prescribe que “El Presidente nombra y separa a los
Consejeros y podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en
algunos miembros del Consejo”. Además, el artículo 10 del Reglamento de Gobierno
y Administración relaciona las atribuciones que corresponden al Presidente de
la Ciudad, señalando que pueden ser objeto de delegación, salvo determinadas
competencias, entre las que no se encuentra ésta. En este sentido , el artículo
8 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre , de Régimen Jurídico del Sector Público
señala que la competencia es irrenunciable y que se ejercerá por los órganos
administrativos que la tengan atribuidas como propia, salvo en los casos de
delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en esa u
otras leyes, disponiendo su artículo 9.1 que
“ Los
órganos de las diferentes
Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las
competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración,
aun cuando no sean jerárquicamente dependientes…
El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el 28 de
Julio de 2023, aprobó el Decreto de distribución de competencias entre las
Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME ext. Nº 54 de 31 de Julio de
2023) atribuyendo a la Consejería de Seguridad Ciudadana, las competencias
administrativas atribuidas por el ordenamiento jurídico de la Ciudad en materia
de seguridad ciudadana.
Mediante Decreto de la Presidencia nº 75 de 8 de Abril de 2024 (BOME
extraordinario nº 22 de 9 de Abril) procedió al nombramiento del Consejero de
Seguridad Ciudadana, designándose a D. José Bienvenido Ronda Inglés.
La Ley 8/2011 de 28 de abril, por la que se establecen Medidas para la
Protección de las Infraestructuras Críticas y el Real Decreto 704/2011 de 20 de
mayo por el que se aprueba el Reglamento de Protección de Infraestructuras
Críticas regula al Operador Crítico.
La Presidencia de la Ciudad Autónoma de Melilla fue designada Operador Crítico
del sector de la Administración por parte del Secretario de Estado de Seguridad
del Ministerio de Interior en reunión ordinaria del año 2022 y notificada con
fecha 7 de diciembre de 2022 con nº expediente 256/2022.
Como la Consejería de Seguridad Ciudadana ejerce las funciones de
seguridad y por este motivo la seguridad de las Infraestructuras Críticas
dependientes de la CAM dependen orgánicamente de esta Consejería a la que
pertenece el Responsable de Seguridad (Jefe de Protección de Infraestructuras
Críticas de la CAM), esta Presidencia considera conveniente, para lograr mayor
agilidad y eficacia, en consonancia con criterios de buena administración,
delegar sus atribuciones como operador crítico y en uso de las competencias que
tengo atribuidas por la Ley Orgánica 2/1995,de 13 de marzo que aprueba el
Estatuto de Autonomía de Melilla, el artículo 9 de la Ley 40/2015 que aprueba
el Régimen Jurídico del Sector Público y demás legislación aplicable de la
Ciudad Autónoma, VENGO EN DISPONER:
Primero.- La delegación en el titular
de la Consejería de Seguridad Ciudadana de todas las funciones que la Ley 8/2011 de 28 de abril, por la que se
establecen Medidas para la Protección de las Infraestructuras Críticas y el
Real Decreto 704/2011 de 20 de mayo por el que se aprueba el Reglamento de
Protección de Infraestructuras Críticas u otra normativa atribuyan al Operador
Crítico.
Segundo.- Las
resoluciones dictadas en el ejercicio de las competencias delegadas, indicarán
expresamente dicha circunstancia anteponiéndose a la firma la expresión “ por
delegación” o su forma usual de abreviatura ( P.D.) seguida de la fecha y
número de registro del Presente Decreto y de su fecha de publicación en el
BOME, no siendo susceptible de ser delegada en ningún otro órgano.
Tercero.- Dar
cuenta del presente Decreto, al Pleno de la Asamblea en la primera sesión que
celebre.
Cuarto.- El
Presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de la fecha en que se dicta, debiéndose
publicar en el BOME y difundirse de conformidad con el principio de
transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en el Portal de
Transparencia de la Ciudad Autónoma de Melilla, para general conocimiento,
teniendo carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de revocación y
avocación por parte de esta Presidencia.”
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de su notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses.
No obstante, podrán utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se traslada para su publicación y general conocimiento.
Melilla 25 de octubre de 2024,
El Secretario P.A., El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,
P.D. nº 323 de 6 de septiembre de 2019, BOME 5685, de 10 de septiembre de 2019,
Antonio Jesús García Alemany