ARTÍCULO Nº 961 (CVE: BOME-A-2024-961) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6222 - viernes, 1 de noviembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Decreto nº 0245, de fecha 21 de octubre de 2024, relativa a bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de Interventor General de la Ciudad Autónoma de Melilla.
El Excmo. Sr.
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto de 21/10/2024,
registrado al número 2024000245, en el Libro de Oficial de Decretos de la
Presidencia ha decretado lo siguiente:
Por la
presente y en uso de las competencias que me han sido conferidas por el
artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018 y el artículo 92 bis de la LBRL
conforme a la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de
Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local,
De acuerdo
con lo anterior, y visto el expediente 30878/2024, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
La aprobación
de las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN,
POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE INTERVENTOR GENERAL DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
1.-
OBJETO.-
Es objeto de las presentes Bases la provisión
del puesto de trabajo de Interventor de la Ciudad Autónoma de Melilla,
reservado a personal funcionario con habilitación de carácter nacional,
Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior, mediante el sistema de
libre designación previsto en el artículo 92 bis de la LBRL conforme a la
redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y
sostenibilidad de la Administración Local, y en los artículos 45 y siguientes
del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen
jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de
carácter nacional.
2.–
CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO.
El puesto a
cubrir se encuentra en la Relación de Puestos de Trabajo de la Ciudad Autónoma
de Melilla (B.O.ME. nº 5927 de 04-01-22), que determina como forma de provisión
la Libre Designación, y tiene las siguientes características:
-
Ciudad Autónoma de
Melilla.
-
Puesto:
Interventor General.
-
Sueldo Base:
1.326,90€
-
Nivel de
complemento de destino: 30 (1.159,06€)
-
Complemento
específico: 2.763,74€
-
Indemnización por
Residencia: 1.054,97€
Todo ello sin
perjuicio de futuros incrementos retributivos.
A título
informativo, el art. Art.68.4 de la Ley 35/2006 de 28 noviembre, contempla una
deducción del 60% del IRPF a las rentas obtenidas en Melilla.
3.-
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para poder
participar en esta convocatoria, y en su caso desempeñar el puesto de trabajo
de Interventor General de la Ciudad Autónoma de Melilla, es necesario que los
funcionarios con habilitación de carácter nacional cumplan los siguientes
requisitos:
- Pertenecer
a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, Subgrupo A1, y no
encontrarse en cualquiera de las situaciones previstas en los apartados a), b)
y c) del artículo 36.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Los
requisitos exigidos deberán reunirse en la fecha en que se termine el plazo de
presentación de solicitudes.
4.
CONVOCATORIA.
La
convocatoria será remitida por la Presidencia al órgano competente para su
publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, y remisión posterior
al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, en el
plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del
Boletín en el que ha sido publicada, tal como expresamente exige el artículo
46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen
jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de
carácter nacional.
5.
DOCUMENTACIÓN
Y PLAZO PARA PARTICIPAR
En el plazo
de quince días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en el
“Boletín Oficial del Estado”, los funcionarios con habilitación de carácter
nacional interesados presentarán, en cualquiera de las formas contempladas en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la siguiente
documentación:
a)
Solicitud de
participación: Las solicitudes se dirigirán a la Consejera de Presidencia,
Administración Pública e Igualdad y deberán contener todos los requisitos
previstos en el artículo 66.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y además
indicación del número de Registro de Personal, situación administrativa en que
se encuentre el solicitante y puesto de trabajo, en su caso, que ocupase.
b)
La documentación
acreditativa de pertenecer a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría
superior, de funcionarios con habilitación de carácter nacional.
c)
Presentación del
currículo y la documentación acreditativa de los méritos y capacidades
alegados, donde constará: los títulos académicos; los servicios prestados
desempeñando en entidades locales puestos de trabajo correspondientes a la
Subescala de Intervención-Tesorería, categoría Superior, con expresión de
duración respectiva; la experiencia profesional en otras Administraciones
Públicas o empresas privadas; los cursos de formación y perfeccionamiento
realizados; así como cualquier otro mérito que se quiera aducir. No se tendrán
en cuenta los méritos alegados que no queden debidamente acreditados en todos
sus extremos dentro del plazo de presentación de instancias.
6.
PROCEDIMIENTO Y RESOLUCIÓN. NOMBRAMIENTO.
El
procedimiento será el previsto en el artículo 46 del Real Decreto 128/2018, de
16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Una vez
finalizado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Ciudad,
previo informe motivado de la Consejería de Presidencia, Administración Pública
e Igualdad, y con la previa constatación de los requisitos exigidos en la base
tercera de esta convocatoria, dictará la correspondiente resolución, en el
plazo máximo de un mes y adjudicará el puesto al candidato que en su opinión
resulte más idóneo para su desarrollo.
De esta
Resolución se dará cuenta al Pleno de la Asamblea en la primera sesión que se
celebre, y traslado de esta al Ministerio para la Transformación Digital y de
la Función Pública, para su anotación y publicación conjunta en el “Boletín
Oficial del Estado”, tal como exige el artículo 46.3 del mencionado Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
7.TOMA
DE POSESIÓN
El plazo de
toma de posesión será de tres días hábiles o de un mes, dependiendo de que el
aspirante seleccionado viniera desempeñando o no su anterior puesto de trabajo
en la ciudad de Melilla.
8.
REGULACIÓN SUPLETORIA
En lo no
previsto en las presentes bases será de aplicación, en lo que proceda, el Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo. La presentación de la solicitud para
participar en la provisión del puesto a que se refieren estas Bases, comporta
su aceptación.
Las bases, su
convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas podrán
ser impugnados por los propios interesados en los supuestos y formas
establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra este
DECRETO, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Ciudad
Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al
de esta publicación.
Alternativamente,
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de esta publicación.
Si se opta
por la interposición del recurso de reposición en vía administrativa,
transcurrido un mes desde su interposición sin que haya sido resuelto, se
entenderá desestimado por silencio administrativo y a partir del día siguiente
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-administrativo en el plazo de seis meses.
No obstante,
podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su
responsabilidad.
Lo que se
publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla,
28 de octubre de 2024,
El
Secretario P.A., El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,
P.D. nº
323 de 6 de septiembre de 2019, BOME 5685, de 10 de septiembre de 2019,
Antonio
Jesús García Alemany