ARTÍCULO Nº 972 (CVE: BOME-A-2024-972) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6222 - viernes, 1 de noviembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA - CONSEJERÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA
Recordatorio apertura plazo presentación de solicitudes de puestos de venta ambulante.
RECORDATORIO APERTURA PLAZO PRESENTACIÓN DE
SOLICITUDES DE PUESTOS VENTA AMBULANTE
Por el
presente se recuerda que conforme al artículo 9. 1.- del Reglamento de Venta
Ambulante (BOME núm. 4634, de 14/08/2009), el plazo de presentación de
solicitudes de autorizaciones será con carácter general el comprendido entre el
1 de noviembre y el 31 de enero de cada año, a excepción de los supuestos en
los que la propia naturaleza del producto objeto de venta haga preciso
establecer un plazo distinto.
El otorgar la
concesión de las autorizaciones de venta ambulante es competencia del Consejero
de Seguridad Ciudadana, de conformidad con el artículo 8.1 del Reglamento de
Venta Ambulante (BOME núm. 4634, de 14/08/2009), y en virtud del acuerdo del
Consejo de Gobierno 538 de fecha 28/07//2023.
Los
interesados podrán presentar la solicitud en las Oficinas de Información y
Atención al Ciudadano (OIAC) de la Ciudad Autónoma de Melilla durante su
horario de apertura, por Sede Electrónica, o en la 3ª planta de la Jefatura de
la Policía Local ubicada en calle Fernández Cuevas número 5, de lunes a viernes
en horario de 09:00 a 13:30 horas, en la que harán constar sus datos
identificativos, un número de teléfono de contacto y acompañarla de la
siguiente documentación:
·
Presentación del
DNI los nacionales y del Permiso de Residencia, que autorice al trabajo por
cuenta propia, los extranjeros, para su digitalización.
·
Copia del alta
correspondiente en el IAE y estar al corriente en el pago de la correspondiente
tarifa.
·
Informe de estar
al corriente en las obligaciones de Seguridad Social.
·
Certificado de
estar al corriente con la Hacienda Local.
·
Declaración
responsable no haber sido sancionado por la comisión de falta muy grave en el
ejercicio de su actividad en los dos años anteriores.
·
Volante de
empadronamiento.
·
1 fotografía
tamaño 7 x 10 cm.
·
Carné de
Manipulador de Alimentos en vigor.
·
Si la solicitud
fuera presentada por un representante, deberá acreditar su representación.
Los puestos
se ubicarán en el Polígono Industrial Sepes y calle Gral. Margallo (actualmente
en calle García Cabrelles por obras), pudiendo ser cambiados de ubicación en
atención a la seguridad en el tráfico peatonal, rodado, obras, etc., conforme a
las indicaciones de los Agentes de la autoridad encargados de su vigilancia.
Los
autorizados deben abonar la cantidad de 15,00 € (QUINCE EUROS), en concepto de
concesión puesto de venta ambulante para venta ambulante, y depositar una
fianza de 30’00 € (TREINTA EUROS), según art. 7º de la Ordenanza Fiscal
Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Mercado (BOME
Extraordinario nº 21(II) de 30-12- 2009).
En el
supuesto de que, por parte de esta Ciudad Autónoma, se facilitase a los
adjudicatarios algún tipo de infraestructura, se exigirá compromiso de
mantenimiento de la misma, a tal efecto deberán depositar la fianza que se
determine.
Los titulares
de las correspondientes autorizaciones deberán mantener el puesto y su entorno
en las debidas condiciones de limpieza e higiene y estarán obligados al
cumplimiento del Reglamento de Venta Ambulante, en lo que les sea de
aplicación. Asimismo, en el ejercicio de su actividad mercantil, deberán
cumplir la normativa vigente en materia de comercio y mercado, así como
responder de los productos que vendan.
Melilla,
30 de octubre de 2024,
La
Secretaria Técnica de Seguridad Ciudadana,
María del
Carme Barraquero Aguilar