ARTÍCULO Nº 1001 (CVE: BOME-A-2024-1001) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6225 - martes, 12 de noviembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
Resolución nº 1217, de fecha 7 de noviembre de 2024, relativa a convocatoria del Concurso de Migas 2024.
La Excma. Sra. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor,
mediante Resolución núm. 2024001217 de fecha 07 de noviembre de 2024, ha
resuelto lo siguiente:
ÚNICO:
La aprobación de la Convocatoria del CONCURSO DE MIGAS 2024, que se regirá con
arreglo a lo siguiente:
BASES DEL CONCURSO DE MIGAS
2024
1º.-
Podrán participar en el Concurso cuantas personas o entidades lo deseen, de
manera individual o en grupo.
2º.-
Los concursantes deberán aportar todos los ingredientes que precisen para la
elaboración de las mismas, así como trípodes, sartenes, paellero, bombonas de
butano y/o otros elementos que se requiera. Las migas se cocinarán en el lugar
de celebración, no permitiéndose llevar ninguno de los ingredientes cortados
y/o previamente elaborados.
La organización proporcionará botelleros y barras para los concursantes
a fin de que puedan ofrecer sus platos al público asistente al concurso, así
como de un punto de luz.
3º.-
El Área de Festejos de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del
Mayor proveerá de un espacio situado en la Plaza de las Culturas, acondicionado
para el buen desarrollo del concurso y perfectamente señalizado.
Todos los participantes deberán ubicarse en dicho espacio habilitado.
4º.-
El concurso se celebrará el día 22 de diciembre de 2024. Los participantes
podrán empezar a realizar sus migas a partir de las 12:00 h, comenzando a
catarlas el jurado a partir de las 13:30 h. El jurado recorrerá los distintos
stands de migas para catarlas y deliberar. Los participantes aceptarán que sus
migas sean degustadas por todos los miembros que forman parte del jurado.
Una vez terminada la cata del jurado, los participantes podrán ofrecer
sus migas al público asistente.
5º.-
Jurado. El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión
de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de
Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor o persona en quien delegue, que
actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de
prestigio en la rama o disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario
Técnico de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, u otro
funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de
Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y su composición podrá hacerse pública
en el momento de la emisión del fallo.
6º.-
En cuanto a los criterios de valoración, el Jurado puntuará a los candidatos en
función a la presentación, tipicidad, materia prima, texturas, aromas y
sabores.
7º.-
Inscripción en el Concurso.
-
En el caso de que la inscripción
la realicen personas: La inscripción en el concurso se llevará a cabo en las oficinas del
Área de Cultura (C/ Cervantes nº7, horario de 09:00-13:00h de lunes a viernes)
o bien presentarla a través de SEDE ELECTRÓNICA, pudiendo acceder desde
www.melilla.es, necesitando para su utilización un certificado digital válido o
cl@ve firma (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html). Para su
presentación vía Sede Electrónica pueden utilizar el trámite online “INSTANCIA
GENERAL” Debiendo indicar que se presenta al CONCURSO DE MIGAS 2024.
-
En el caso de que la inscripción
la realicen entidades: La inscripción en el concurso se llevará a cabo a través de SEDE
ELECTRÓNICA, pudiendo acceder desde www.melilla.es, necesitando para su
utilización un certificado digital válido o cl@ve firma
(https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html). Para su presentación vía
Sede Electrónica pueden utilizar el trámite online “INSTANCIA GENERAL” Debiendo
indicar que se presenta al CONCURSO DE MIGAS 2024.
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día de la
publicación de este anuncio en el Boletín Oficial hasta las 23:59 horas del 16
de diciembre 2024.
8º.-
Se concederán a juicio del Jurado los siguientes premios:
·
Un primer premio de 500€
·
Un segundo premio de 400€
·
Un tercer premio de 300€
Al importe de dichos premios y accésit se les aplicará las retenciones
previstas en la vigente legislación. Desde la Dirección General de Cultura se
requerirá, con posterioridad al fallo del Jurado, certificado de titularidad
bancaria a nombre de la persona o entidad inscrita, así como una copia de DNI
o CIF.
De conformidad con el artículo 22 del Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad Autónoma de Melilla, no podrá realizarse el pago del premio en
tanto el beneficiario (sea persona o entidad) no se halle al corriente
en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (AEAT y CAM) y frente a la
Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
Los premios podrán ser declarados desiertos por el jurado.
9º.-
Fallo. El fallo del Jurado será inapelable y se hará público a través de las
redes sociales de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor
durante la celebración de las Fiestas Navideñas. El mismo, de conformidad con
la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para
el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el
ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME
4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
10º.-
El área de Festejos de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del
Mayor y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que,
sin estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del
Concurso, sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.
11º.- La convocatoria del presente concurso se regirá por las
BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE
INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de
diciembre de 2007). En lo no previsto en las citadas bases reguladoras serán de
aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su
reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y
el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad de Melilla.
La inscripción en esta edición del concurso implica la total aceptación
por sus participantes de las presentes bases y convocatoria, así como la
resolución por la organización de cualquier problema no recogido en éstas.
Si así se acuerda, deberá publicarse la aprobación de las citadas bases
en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, en mérito a lo
dispuesto en el Artículo 48 de la Ley 40/2015, de 01 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad
indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la
misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas.
La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá
interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día
siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de
Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que
deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos
Común de las Administraciones Públicas y artículo 92 del Reglamento del
Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla. (BOME
extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017).
Melilla, a 7 de noviembre de 2024,
El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del
Mayor,
Juan León Jaén Lara