ARTÍCULO Nº 999 (CVE: BOME-A-2024-999) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6225 - martes, 12 de noviembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
Resolución nº 1216, de fecha 7 de noviembre de 2024, relativa a convocatoria de Concurso de Villancicos 2024.
La Excma. Sra. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor,
mediante Resolución núm. 2024001216 de fecha 07 de noviembre de 2024, ha
resuelto lo siguiente:
ÚNICO:
La aprobación de la Convocatoria del CONCURSO DE VILLANCICOS 2024, que se
regirá con arreglo a lo siguiente:
BASES DEL CONCURSO DE
VILLANCICOS 2024
1º.-
Podrán concurrir todas las agrupaciones de nuestra ciudad que tengan un número
mínimo de doce personas y se inscriban para participar previamente en el
concurso. El concurso tendrá lugar el día 14 de diciembre de 2024 en la Plaza
de las Culturas, el horario del concurso se comunicará previamente a
las agrupaciones participantes.
2º.-
El concurso se clasificará en 3 modalidades, cada agrupación deberá estar
compuesta por al menos 12 personas:
·
Pastorales y Coros Adultos: deberá estar compuesto con
un mínimo de 12 personas.
·
Coros Jóvenes: deberá estar compuesto con
un mínimo de 12 personas, siendo al menos un 60 % de los mismos jóvenes con
edades comprendidas entre los 14 y los 18 años (cumplidos en el momento de
inscripción).
·
Coros Infantiles: deberá estar compuesto con
un mínimo de 12 personas, siendo al menos un 80 % de los mismos jóvenes con una
edad máxima de 13 años (cumplidos en el momento de inscripción).
3º.-
Tanto la composición como la técnica harán referencia a motivos navideños, se
valorará la utilización de instrumentos navideños como zambombas, panderetas,
uniformidad, vestimenta y la calidad de las voces.
4º.-
Inscripción en el Concurso.
-
En el caso de que la inscripción
la realicen personas: La inscripción en el concurso se llevará a cabo en las oficinas del
Área de Cultura (C/ Cervantes nº7, horario de 09:00-13:00h de lunes a viernes)
o bien presentarla a través de SEDE ELECTRÓNICA, pudiendo acceder desde
www.melilla.es, necesitando para su utilización un certificado digital válido o
cl@ve firma (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html). Para su
presentación vía Sede Electrónica pueden utilizar el trámite online “INSTANCIA
GENERAL” Debiendo indicar que se presenta al CONCURSO DE VILLANCICOS 2024 y a cuál de las 3
modalidades (PASTORAL y COROS ADULTOS, COROS JÓVENES o COROS
INFANTILES).
-
En el caso de que la inscripción
la realicen entidades: La inscripción en el concurso se llevará a cabo a través de SEDE
ELECTRÓNICA, pudiendo acceder desde www.melilla.es, necesitando para su
utilización un certificado digital válido o cl@ve firma
(https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html). Para su presentación vía
Sede Electrónica pueden utilizar el trámite online “INSTANCIA GENERAL” Debiendo
indicar que se presenta al CONCURSO DE VILLANCICOS 2024 y a cuál de las 3 modalidades (PASTORAL y COROS ADULTOS, COROS JÓVENES o COROS INFANTILES).
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día de la
publicación de este anuncio en el Boletín Oficial hasta las 23:59 horas del 09
de diciembre 2024.
5º.-
Se establece un tiempo máximo de quince minutos para el desarrollo de sus
temas.
6º.-
Las agrupaciones deben interpretar una pieza fijada previamente que se
comunicará a la hora de la inscripción.
7º.-
Se concederán a juicio del Jurado en las diferentes modalidades:
·
Un primer premio de 800 €
·
Un segundo premio de 700 €
·
Un tercer premio de 600 €
·
Un cuarto premio de 500 €
Al importe de dichos premios se les aplicará las retenciones previstas
en la vigente legislación. Desde la Dirección General de Cultura se requerirá,
con posterioridad al fallo del Jurado, certificado de titularidad bancaria a
nombre de la persona o entidad inscrita, así como una copia de DNI
o CIF.
De conformidad con el artículo 22 del Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad Autónoma de Melilla, no podrá realizarse el pago del premio en
tanto el beneficiario (sea persona o entidad) no se halle al corriente
en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (AEAT y CAM) y frente a la
Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
Los premios podrán ser declarados desiertos por el jurado.
8º.-
Jurado. El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión
de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de
Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor o persona en quien delegue, que
actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de
prestigio en la rama o disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario
Técnico de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, u otro
funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de
Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y su composición podrá hacerse pública
en el momento de la emisión del fallo. 9º.- Fallo. El fallo del Jurado será inapelable y se
hará público a través de las redes sociales de la Consejería de Cultura,
Patrimonio Cultural y Del Mayor durante la celebración de las Fiestas
Navideñas. El mismo, de conformidad con la Base 30ª del apartado II de
las Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de
Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se
publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
10º.- La
Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y el Jurado se reservan
el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las
presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso, sin que contra sus
decisiones pueda formularse reclamación alguna.
11º.- La convocatoria del presente concurso se regirá por las
BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE
INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de
diciembre de 2007). En lo no previsto en las citadas bases reguladoras serán de
aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su
reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y
el Reglamento General de Subvenciones de
la Ciudad de Melilla.
La inscripción en esta edición del concurso implica la
total aceptación por sus participantes de las presentes bases y convocatoria,
así como la resolución por la organización de cualquier problema no recogido en
éstas.
Si así se acuerda, deberá publicarse la aprobación de las citadas bases
en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, en mérito a lo
dispuesto en el Artículo 48 de la Ley 40/2015, de 01 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad
indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la
misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas.
La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá
interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día
siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de
Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que
deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos
Común de las Administraciones Públicas y artículo 92 del Reglamento del
Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla. (BOME
extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017).
Melilla, a 7 de noviembre de 2024,
El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del
Mayor,
Juan León Jaén Lara