ARTÍCULO Nº 1009 (CVE: BOME-A-2024-1009) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6226 - viernes, 15 de noviembre de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA


Lista provisional de entidades admitidas y excluidas de la convocatoria de 2024, para subvenciones de programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por ciento del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

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LISTA PROVISIONAL DE ENTIDADES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS DE LA CONVOCATORIA DE 2024 DE PARA SUBVENCIONES DE PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL CON CARGO A LA ASIGNACIÓN DEL 0,7 POR CIENTO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.

I.- Mediante Orden núm. 2715 de fecha 3 de septiembre de 2014 la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública procede a la aprobación de la convocatoria de 2024 de SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR LOS PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL CON CARGO A LA ASIGNACIÓN DEL 0,7 POR 100 DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS, CON SUJECIÓN A LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES A PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL DIRIGIDAS A FINES DE INTERÉS SOCIAL A DESARROLLAR POR ENTIDADES DEL TERCER SECTOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (BOMe nº 6206 de 6-09-2024).

II.- Con fecha 17 de octubre de 2024, la titular de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública acuerda motivadamente declarar la tramitación de urgencia del expediente, por lo que se procederá a reducir los plazos del procedimiento ordinario a la mitad, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos (BOMe nº 6219, de 22-10-2024).

III.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.3 de la convocatoria, procede hacer pública la lista provisional de entidades admitidas y excluidas, concediéndose un plazo de cinco (5) días para la subsanación y mejora de las solicitudes que así lo requieran, con apercibimiento de que, si no se hiciera, se tendrá por desistida de la petición, previa resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente esta Dirección General PROPONE que se adopte la siguiente:

Primero. Aprobar y disponer la publicación de la lista provisional de las solicitudes de entidades ADMITIDAS (ANEXO I). La inclusión en esta lista de admitidos no crea derecho alguno a favor de las entidades, mientras no se haya notificado la resolución de concesión, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Hacer pública la lista provisional de solicitudes EXCLUIDAS por falta de documentación o adolecer de algún defecto (ANEXO II).  Estas entidades tendrán un plazo de CINCO DÍAS (5 días hábiles) para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos. Si no lo hiciesen, se les tendrá por desistidas en su solicitud, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. Advertir a las entidades participantes en la presente convocatoria que afirmen tener implantado un Sistema de Gestión de Calidad (SGS), así como disponer de un control de cuentas mediante Auditoría Externa (AE) de su gestión económica referida a la anualidad inmediatamente anterior a la de la convocatoria, o prevén el concurso de personal voluntario para la ejecución de los proyectos de actividades para los que solicitan subvención deberán aportar en un plazo no superior a 5 días justificación fehaciente de dichos extremos mediante certificación expedida por el organismo correspondiente en el caso de SGS y de AE, así como adjuntar recibo de la póliza de Seguro de Accidentes y Responsabilidad Civil que cubra a los voluntarios conforme a lo dispuesto en la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado. Para la valoración de las entidades conforme a lo establecido en el artículo 8.1.g) de las Bases Reguladoras en lo concerniente a presupuesto y financiación del año anterior (epígrafe 5 del ANEXO II), estas deberán justificar sus ingresos, tanto propios como por otras fuentes de financiación, mediante la aportación de al menos uno de los siguientes documentos:

-       Auditoría externa  

-       Estados contables

-       Acta de la Junta Directiva de la entidad en la que se haga constar la existencia de fondos propios y su procedencia.

A efectos de valoración objetiva de la entidad y programas, y de conformidad con lo dispuesto el artículo 8 de las Bases Reguladoras, la documentación presentada deberá encontrarse en vigor.

 


 

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ANEXO I

Lista PROVISIONAL de solicitudes de entidades admitidas a trámite

 

Número exp.

ENTIDAD

C.I.F.

30683/202 4

FUNDACIÓN MARCELINO CHAMPAGNAT

G54618517

29411/202 4

CONFEDERACIÓN NACIONAL DE MUJERES EN IGUALDAD

G80409105

29412/202 4

ASOCIACIÓN FAMILIARES DE ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS DE LA CAM

G29962412

31962/202 4

ANIMAL RESCUE MELILLA

G16692881

32026/202 4

TERAPI GUAUS

G16692972

30904/202 4

ACCEM

G79963237

31218/202 4

ASOCIACIÓN MELILLA INTEGRA

G52035367

31288/202 4

CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA

G29901907

28823/202 4

FEAFES MELILLA

G52006871

31345/202 4

MOVIMIENTO POR LA PAZ EL DESARME Y LA LIBERTAD (MPDL)

G28838001

29220/202 4

ASOCIACION DE M.M. INSERCIÓN

G29964038

30805/202 4

FUNDACIÓN SAVE THE CHILDREN

G79362497

30257/202 4

ASOCIACIÓN AUTISMO MELILLA

G52019189

29097/202 4

CRUZ ROJA ESPAÑOLA

Q2866001 G

30373/202 4

ASPANIES PLENA INCLUSIÓN MELILLA

G29950813

31398/202 4

MEDICOS DEL MUNDO

G79408852

32153/202 4

ASDESCOUTS MELILLA

G29961158

30069/202 4

ASOCIACION MARE NOSTRUM

G52021706

31468/202 4

ASOCIACIÓN MELILLA ACOGE

G29957495

31551/202 4

FUNDACIÓN SOCIOCULTURAL Y DEPORTIVA DE LA FEDERACIÓN MELILLENSE DE FUTBOL

G52020187

32231/202 4

ASOCIACION ESCUELA FLAMENCO CIUDAD DE MELILLA

G52032000

31591/202 4

FUNDACIÓN DIAGRAMA INTERVENCIÓN PSICOSOCIAL

G73038457

32277/202 4

ASOCIACIÓN DE MUJERES VECINALES

G52011905

31004/202 4

ASOCIACIÓN EVOLUTIO

G52026432

32471/202 4

ASOCIACIÓN PROYECTO ALFA

G52023231

29198/202 4

ASOCIACIÓN DE PERSONAS SORDAS DE MELILLA (ASOME)

G29963915

32534/202 4

ASOCIACIÓN SOCIOEDUCATIVA MERAKI

G16840019

 

ANEXO II

Lista provisional de entidades EXCLUIDAS que deberán aportar/subsanar la documentación

 

Número exp.

ENTIDAD

C.I.F.

CÓDIGO

30038/2024

ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL MELILLA (CAPACES)

G52039658

 a

30410/2024

AMLEGA

G52014347

 d

29177/2024

ASOCIACIÓN TRASTORNO DE ESPECTRO AUTISTA MELILLA AVANZA (TEAMA)

G52030327

 e ; g

32341/2024

ASOCIACIÓN GURU-GURU

G52018124

 f

30847/2024

ASOCIACIÓN MELILLENSE PARA LA INTERVENCIÓN SOCIAL (AMIS)

G52033784

 f

29889/2024

ASOCIACIÓN MELILLA ACTIVA

G52020476

 a ; b ; e

32591/2024

ASOCIACIÓN DE VECINOS DE JUVENTUD

G19809334

 h

 

Códigos de los motivos de exclusión y, en su caso, subsanación

 

Documento que requiere ser aportado y/o subsanado

Código

ANEXO I - Solicitud 

(a presentar en formulario normalizado de la CAM)

a

ANEXO II - Memoria explicativa de la entidad

(a presentar en formulario normalizado de la CAM)

b

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ANEXO III – Memoria explicativa del programa

(a presentar en formulario normalizado de la CAM)

c

ANEXO VII – Declaración responsable de concurrencia de ayudas y gratuidad de los servicios prestados

(a presentar en formulario normalizado de la CAM)

d

ANEXO VIII - Declaración responsable sobre autorización para que entidades vinculadas puedan desarrollar el programa/proyecto/actividad en las dependencias y/o con beneficiarios de la entidad autorizante

(a presentar en formulario normalizado de la CAM)

e

Certificación negativa de la Agencia Tributaria respecto del cumplimiento de las obligaciones tributarias

f

Certificación negativa de la Seguridad Social respecto del cumplimiento de las obligaciones con ese organismo

g

Acreditar la entidad un mínimo de tres años de antigüedad

(Este requisito no es subsanable)

h

 

Melilla, a 14 de noviembre de 2024,

El Director General de Servicios Sociales,

José Antonio Castillo Martín