ARTÍCULO Nº 1016 (CVE: BOME-A-2024-1016) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6227 - martes, 19 de noviembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO
Extracto de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la realización de operaciones de Formación en el Marco de la "Escuela de Hostelería" de la CAM, anualidad 2024-2025.
TituloES: Extracto de la Orden de la Consejería
de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento nº
2024002535 de fecha 14 de noviembre 2024, por el que se convoca la Convocatoria
pública de subvenciones destinadas a la realización de operaciones de formación
en el marco de la "ESCUELA DE HOSTELERÍA” de la Ciudad Autónoma de
Melilla. Anualidad 2024-25
TextoES: BDNS(Identif.):797044
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/797044)
Las ayudas de la presente convocatoria se acogen
al Reglamento (UE) N.º 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de
junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y
por el que se deroga el Reglamento (UE) N.º 1296/2013.
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las
entidades e instituciones que cumplan los siguientes requisitos:
a)
Tener personalidad jurídica propia.
b)
Estar especializada en el ámbito de la formación en Hostelería y Turismo
mediante la acreditación de acciones/operaciones de formación para el empleo en
el sector de hostelería mediante certificación o acreditación expedida por
cualquier Escuela de Turismo y Hostelería, entidad Oficial o Administración
Pública con competencias en la materia, determinada en un importe acumulado de
594.000 € (1,5 veces el importe agregado del presupuesto total de la Convocatoria)
en los tres ejercicios anteriores. A tal efecto, su objeto social o actividad
deberá tener relación directa con el sector de la hostelería y turismo y contar
con los medios materiales y personales suficientes para desarrollar la
actividad de entrega, distribución y comprobación exigibles de las ayudas y
subvenciones.
c)
Tener capacidad para realizar las acciones/operaciones a que se refiere el
artículo 1 de las presentes BBRR, en el término de la Ciudad de Melilla.
d)
Estar al corriente de sus obligaciones Tributarias nacionales y locales, así
como con la Seguridad Social, en el momento de solicitar las subvenciones y
durante todo el periodo que dure la acción.
e)
No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de
beneficiario de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y artículo 27 del RD
887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f)
Acreditar una solvencia Económica a la fecha de presentación de la solicitud
mediante informe emitido por la Entidad Financiera, donde se indique el saldo
medio en cuenta durante los doce meses anteriores a la fecha publicación de la
convocatoria en BOME, que, en cualquier caso, debe ser por importe igual o
superior al 5% de la suma de las subvenciones solicitadas, con el fin de
asegurar el pago a proveedores.
Segundo. Objeto.
El objeto de las subvenciones reguladas en las
presente Convocatoria es financiar la realización de diversas operaciones de
formación destinadas a la formación integral de desempleados en el sector de la
Hostelería y Turismo.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de esta convocatoria se
encuentran en el Decreto número 1081 del Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
registrado en el Libro Oficial de Resoluciones no colegiadas de la Presidencia,
al número 2023001081 (BOME EXTRAORDINARIO N.º 91 de fecha 01/12/2023), que se
puede consultar en https://bomemelilla.es/bome/BOME-BX-2023-91
Cuarto. Cuantía.
Se establece un presupuesto para esta
Convocatoria de 396.000 € que se financiarán mediante la aplicación
presupuestaria 08/24103/44900 RC N.º 12024000021763 - Programa Regional FSE+ de
la Ciudad Autónoma de Melilla 2021-2027 CCI2021ES05SFPR020. cofinanciado al 85%
dentro del siguiente encuadre:
OP4. Una Europa más social e inclusiva, por
medio de la aplicación del Pilar Europeo de Derechos Sociales;
Prioridad 1. Empleo, adaptabilidad,
emprendimiento y economía social;
Objetivo Especifico 4.1;
Medida: 1.A.03 Escuelas de Oficios.
Tasa de financiación: 85%.
Quinto. Proyectos/Operaciones Subvencionables.
Se subvencionará el proyecto formativo que
contenga al menos las siguientes operaciones:
EH23001. OPERACIONES BÁSICAS DE COCINA (350
horas). Importe máximo a subvencionar 60.000€
EH23002. COCINA (810 horas). Importe máximo a
subvencionar 135.000 €
EH23003. ELABORACIÓN CULINARIA AVANZADA (240
horas) Importe máximo a subvencionar 32.500€
EH23004. OPERACIONES BÁSICAS DE RESTAURANTE Y
BAR (290 horas). Importe máximo a subvencionar 50.000 €
EH23005 SERVICIOS DE RESTAURANTE (580 horas).
Importe máximo a subvencionar 104.4000€
EH23006. SERVICIOS AVANZADOS DE RESTAURANTE Y
BAR (380 horas). Importe máximo a subvencionar 57.000 €
El importe global de las 6 subvenciones a
aprobar no superará la cantidad de 396.000 € establecidos en el artículo 2 de
esta Convocatoria.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
La fecha límite de presentación de solicitudes
será de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en
BOME y hasta las 23:59 horas del último día en la sede electrónica de la Ciudad
Autónoma de Melilla en el procedimiento habilitado para ello.
Séptimo. Forma de las solicitudes.
Las solicitudes deberán formalizarse según los
modelos disponibles en las oficinas de Proyecto Melilla S.A., así como en su
página web www.promesa.net. que reflejará, en todo caso, el contenido mínimo a
que se refiere el artículo 15 de las BBRR.
Lugar de la Firma: Melilla
Fecha de la Firma:
2024-11-14
Firmante: D. Miguel Marín
Cobos; Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y
Fomento