ARTÍCULO Nº 1029 (CVE: BOME-A-2024-1029) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6228 - viernes, 22 de noviembre de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 4547, de fecha 19 de noviembre de 2024, relativa a listado definitivo de la convocatoria de ayudas económicas para becas complementarias a las del Programa Erasmus, para el curso académico 2023/2024.

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La titular de la Consejería, mediante Orden de 19/11/2024, registrada al número 2024004547, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

LISTADO DEFINITIVO DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA BECAS COMPLEMENTARIAS A LAS DEL PROGRAMA ERASMUS, PARA EL CURSO ACADÉMICO 2023/2024.

I.- Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 14 de marzo de 2023, se procede a la aprobación de las BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA BECAS COMPLEMENTARIAS A LAS DEL PROGRAMA

ERASMUS, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) Extraordinario número 13, de fecha 15 de marzo de 2023.

II.- Mediante Orden de la Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, registrada al número 2024003310, de fecha 2 de septiembre de 2024, se procede a la aprobación de la CONVOCATORIA DE AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA BECAS COMPLEMENTARIAS A LAS DEL PROGRAMA ERASMUS, PARA

EL CURSO ACADEMICO 2023/2024, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) Extraordinario número 53, de 11 de septiembre de 2024.

III.- Con fecha 15 de octubre de 2024, por parte de la instructora, en este caso, la Secretaria Técnica de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, se ha procedido a informar sobre el cumplimiento de los requisitos de la relación de solicitudes que se indican en esta propuesta provisional, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 12 de las correspondientes Bases Reguladoras.

IV.- Con fecha 18 de octubre de 2024, y al amparo del artículo 12 de las correspondientes Bases Reguladoras, se procede a la elaboración de la relación provisional de las mismas, publicándose en el BOME número 6219, de fecha 22 de octubre de 2024.

V.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, NO se han presentado alegaciones.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 25984/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1º) RELACIÓN DEFINITIVA PARA LA QUE SE PROCEDE A LA CONCESIÓN, con el importe correspondiente:

 

DOCUMENTO

EXPEDIENTE

IMPORTE

01662425P

39/2024/ERASMUS

600,00 €

01662711H

23/2024/ERASMUS

900,00 €

01663662A

16/2024/ERASMUS

900,00 €

01663714D

5/2024/ERASMUS

900,00 €

43996494R

11/2024/ERASMUS

900,00 €

45313488S

9/2024/ERASMUS

900,00 €

45313489Q

3/2024/ERASMUS

900,00 €

45314959Z

15/2024/ERASMUS

900,00 €

45316441R

21/2024/ERASMUS

900,00 €

45317070D

18/2024/ERASMUS

900,00 €

45317084T

24/2024/ERASMUS

600,00 €

45317284Q

35/2024/ERASMUS

900,00 €

45317338R

27/2024/ERASMUS

900,00 €

45318434Q

28/2024/ERASMUS

900,00 €

45319093P

25/2024/ERASMUS

900,00 €

45319369P

1/2024/ERASMUS

900,00 €

45319739X

19/2024/ERASMUS

900,00 €

45320308G

14/2024/ERASMUS

900,00 €

45320573Q

4/2024/ERASMUS

900,00 €

45320597V

6/2024/ERASMUS

900,00 €

45320718T

40/2024/ERASMUS

900,00 €

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45321458G

2/2024/ERASMUS

900,00 €

45322645H

29/2024/ERASMUS

900,00 €

45323300Y

12/2024/ERASMUS

500,00 €

45323302P

10/2024/ERASMUS

900,00 €

45323727L

36/2024/ERASMUS

900,00 €

45323848W

33/2024/ERASMUS

900,00 €

45323877P

17/2024/ERASMUS

900,00 €

45324171A

20/2024/ERASMUS

900,00 €

45355190H

22/2024/ERASMUS

800,00 €

45356133H

34/2024/ERASMUS

600,00 €

47848866B

13/2024/ERASMUS

900,00 €

60179406K

32/2024/ERASMUS

900,00 €

76067202S

26/2024/ERASMUS

900,00 €

77175268X

37/2024/ERASMUS

900,00 €

79038998G

31/2024/ERASMUS

900,00 €

 

2º) RELACIÓN DEFINITIVA PARA LA QUE SE PROCEDE A LA DENEGACIÓN, con la indicación del motivo de la denegación:

 

DOCUMENTO

EXPEDIENTE

MOTIVO DENEGACIÓN

01662732Q

30/2024/ERASMUS

3

71318122K

38/2024/ERASMUS

3

77024176M

8/2024/ERASMUS

3

77945798V

7/2024/ERASMUS

3

 

Motivos de denegación

1.     No cumplir el requisito de estar empadronado en la Ciudad Autónoma de Melilla con al menos un año de antigüedad continuado, contado desde la fecha de publicación de la convocatoria.

2.     No estar al corriente con la Ciudad Autónoma de Melilla.

3.     No tener la concesión definitiva de una Beca Erasmus para el curso académico indicado en las bases.

4.     Presentación fuera de plazo.

5.     No aportar la documentación requerida

3º) Que la totalidad de solicitudes incluidas en esta Resolución Definitiva se ha evaluado por el órgano colegiado, de acuerdo a los criterios de valoración establecidos en los apartados 6 y 7 de las correspondientes Bases Reguladoras.

4º) Que, de acuerdo con el apartado 12 de las Bases Reguladoras, las resoluciones que concedan las ayudas deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, sirviendo como notificación a los interesados.

5º) Que se proceda al pago de las ayudas económicas concedidas, que se relacionan en la presente resolución, con cargo a la retención de crédito número 12024000043945, de fecha 14 de agosto de 2024, por un importe de NOVENTA MIL EUROS (90.000,00€), con cargo a la Aplicación Presupuestaria 03/32603/48000 BECAS ERASMUS Y SICUE.

6º) Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación. Alternativamente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución. Si se opta por la interposición del recurso de reposición en vía administrativa, transcurrido un mes desde su interposición sin que haya sido resuelto, se entenderá desestimado por silencio administrativo y a partir del día siguiente podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo en el plazo de seis meses.

No obstante, se podrá utilizar cualquier otro recurso si así se cree conveniente, bajo la responsabilidad del solicitante.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 19 de noviembre de 2024,

La Secretaria Técnica de Presidencia e Igualdad,

Pilar Cabo León