ARTÍCULO Nº 1046 (CVE: BOME-A-2024-1046) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6229 - martes, 26 de noviembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
Resolución de subvenciones públicas destinadas a entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro para la concienciación e información a la protección de la naturaleza en la Ciudad Autónoma de Melilla para el 2023 (Premio Melilla Sostenible 2023).
El Consejero de Medio Ambiente y Naturaleza,
mediante Orden de 20 de noviembre de 2024, registrada al número 2024001198 del
Libro de Resoluciones No Colegiadas, Considerando que:
El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Melilla, en sesión resolutiva ordinaria celebrada el día 6 de octubre de
2023, acordó aprobar la Convocatoria y
Bases de las Subvenciones Públicas destinadas a entidades públicas o privadas
sin ánimo de lucro para la concienciación e información a la protección de la
Naturaleza en la Ciudad Autónoma de Melilla para 2023 (I Premio Melilla
Sostenible 2023), publicada en el BOME nº 6112 del 13 de octubre de 2023,
abriéndose un periodo de presentación de solicitudes de 20 días a contar desde
el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.
El Órgano Colegiado encargado de la
valoración de solicitudes recibidas, reunidos el día 19 de diciembre de 2023,
emite acta del que se extrae el siguiente resultado:
El órgano instructor expone que se ha
recibido un total de 6 solicitudes de subvenciones públicas destinadas a
entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro para la concienciación e
información a la protección de la Naturaleza en la Ciudad Autónoma de Melilla.
I Premios Melilla Sostenible 2023, que a continuación se detallan:
Nº expediente |
Razón social |
DNI/CIF |
Proyecto |
38111/2023 |
Cooperativa de Maestros Melilla
COMAMEL |
F29953296 |
Museo del Mar Enrique Soler |
38113/2023 |
Asociación Melillense de Submarinismo |
G5200440-5 |
Actividades Sensibilización Ambiental 2023 |
38114/2023 |
Club Ánfora de Actividades
Subacuáticas |
G2990477-8 |
Inbiomar III |
38116/2023 |
Asociación de Madres y Padres del León Solá |
G5203612-6 |
Cañada Viva. Acciones ecológicas para el presente y el
futuro |
38117/2023 |
Asociación Huellas de la
Solidaridad |
G6775276-6 |
Vivero-Piscina |
38117/2023 |
Asociación Huellas de la Solidaridad |
G6775276-6 |
Vivero-jaulón |
Tras notificación de subsanación de
deficiencias en la solicitud, se han recibido en la Consejería de Medio
Ambiente y Naturaleza las siguientes subsanaciones y mejoras de las solicitudes
presentadas:
Nº expediente |
Razón social |
DNI/CIF |
Proyecto |
38113/2023 |
Asociación Melillense de Submarinismo |
G-5200440-5 |
Actividades Sensibilización Ambiental
2023 |
38114/2023 |
Club Ánfora
de Actividades Subacuáticas |
G-2990477-8 |
Inbiomar III |
38116/2023 |
Asociación de Madres y Padres del León
Solá |
G-5203612-6 |
Cañada Viva. Acciones ecológicas para
el presente y el futuro |
38117/2023 |
Asociación Huellas de la Solidaridad |
G-6775276-6 |
Vivero-Piscina |
38117/2023 |
Asociación Huellas de la Solidaridad |
G-6775276-6 |
Vivero-jaulón |
Recibidas las contestaciones de
subsanación, de las 6 solicitudes se comprueba que 5 de ellas han presentado
subsanación a excepción de la entidad Cooperativa de Maestros Melilla COMAMEL,
con CIF F2995329-6, por lo que, en aplicación de las bases de la convocatoria
la Comisión de Valoración considera desistir la solicitud de subvención.
Analizadas las subsanaciones de
documentación, la Comisión establece:
1.
Respecto al proyecto “Actividades
Sensibilización Ambiental 2023”, presentado por la Asociación Melillense de
Submarinismo, con CIF G5200440-5, se comprueba que ha subsanado de conformidad,
reuniendo todos los requisitos establecidos en la convocatoria, por lo que
puede pasar a la fase de evaluación.
2.
Respecto al proyecto “Inbiomar III”,
presentado por Club Ánfora de Actividades Subacuáticas, se comprueba la no
presentación de la declaración de las subvenciones solicitadas o percibidas de
otras instituciones públicas o privadas para esa misma actividad, o declaración
manifestando que no ha percibido ninguna subvención, por lo que se acuerda se
solicite dicha documentación al interesado para su presentación.
3.
Con respecto al proyecto “Cañada
Viva. Acciones ecológicas para el presente y el futuro” presentado por la
Asociación de madres y padres del colegio León Solá a comisión de valoración
considera insuficiente la documentación presentada y acuerda se solicite al
interesado lo siguiente:
a.
Acredite que las actividades para las
que piden subvención han sido realizadas directamente por la entidad
solicitante y no a través de otro tipo de asociaciones o entidades en el seno
de su centro educativo
b.
Presente documentación fehaciente de
gastos en concepto de personal tal y como se establece en el artículo IX de las
bases de la convocatoria.
4. Con respecto al proyecto
“Vivero-Piscina” y “Vivero-jaulón” presentados por la Asociación Huellas de la
Solidaridad la comisión de valoración considera que ambos proyectos no cumplen
con los artículos II y III de las bases de la convocatoria relativos a la
condición de beneficiarios y a las actuaciones subvencionables al entenderse que, en ningún caso, la contribución
del bienestar de los gatos, objeto de ambos proyectos, y en base a diferentes
estudios científicos realizados, se pueda considerar que tenga como finalidad
el conocimiento y cuidado de la diversidad biológica de la Ciudad de Melilla.
Se adjunta a la presente acta el
informe emitido por el Presidente de la Comisión de Valoración al respecto.
La Comisión de valoración acuerda,
por todo lo expuesto, denegar la solicitud de subvención a esta entidad.
La comisión de valoración acuerda
llevar a cabo la valoración de cada una de los proyectos presentados una vez de
hayan subsanado las deficiencias detectadas durante la presente Comisión en los
distintos proyectos.
En cumplimiento de lo acordado por la
Comisión de Valoración, con fecha 14 de febrero de 2024 se traslada a las
entidades correspondientes la necesidad de aportación de documentación
adicional.
La Comisión de Valoración, reunida de nuevo
el día 12 de marzo de 2023, emite acta del que se extrae el siguiente
resultado:
Tras notificación de subsanación de
deficiencias en la documentación presentada se han recibido en la Consejería de
Medio Ambiente y Naturaleza las siguientes subsanaciones y mejoras de la
documentación:
Nº expediente |
Razón social |
DNI/CIF |
Proyecto |
38114/2023 |
Club Ánfora de Actividades
Subacuáticas |
G2990477-8 |
Inbiomar III |
Recibidas las contestaciones de
subsanación de documentación, se comprueba que la Asociación de Madres y Padres
del León Solá, con CIF G-5203612-6 no ha presentado la subsanación solicitada,
por lo que, en aplicación de las bases de la convocatoria, la Comisión de
Valoración considera desistir la solicitud de subvención.
Analizadas las subsanaciones de
documentación, la Comisión establece:
5. Respecto al proyecto “Inbiomar
III”, presentado por Club Ánfora de Actividades Subacuáticas, de la
documentación presentada se desprende la obtención de una subvención por parte
de la Caixa, no determinándose la cuantía de la misma y, por tanto, no
acreditándose el cumplimiento del artículo VI de las bases de la convocatoria
que establece que la subvención objeto de
esta convocatoria será compatible con otras subvenciones o ayudas que pudieran
concederse para la misma finalidad, procedentes de la Ciudad Autónoma de
Melilla (o cualesquiera administraciones o entes públicos o privados,
nacionales, o de organismos internacionales), siempre que la suma de todas
ellas no supere el coste de la actividad subvencionada, tal y como viene
recogido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La Comisión de valoración acuerda,
por todo lo expuesto, denegar la solicitud de subvención a esta entidad.
Valoración de las
solicitudes
Según los criterios de valoración
establecidos en el artículo XIII de las bases de las subvenciones públicas
destinadas a entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro para la
concienciación e información a la protección de la naturaleza en la Ciudad Autónoma
de Melilla, la valoración queda del siguiente modo.
Nº expediente |
Razón social |
DNI/CIF |
Proyecto |
VALORACIÓN |
38111/2023 |
Cooperativa de Maestros Melilla COMAMEL |
F29953296 |
Museo del Mar
Enrique Soler |
Denegad a |
38113/2023 |
Asociación Melillense de Submarinismo |
G-5200440-5 |
Actividades Sensibilización Ambiental 2023 |
46.75 puntos |
38114/2023 |
Club Ánfora de Actividades Subacuáticas |
G-2990477-8 |
Inbiomar III |
Denegada |
38116/2023 |
Asociación de Madres y Padres del León Solá |
G-5203612-6 |
Cañada Viva. Acciones ecológicas para el presente y el futuro |
Denegad a |
38117/2023 |
Asociación Huellas de la Solidaridad |
G-6775276-6 |
Vivero-Piscina |
Denegad a |
38117/2023 |
Asociación Huellas de la Solidaridad |
G-6775276-6 |
Vivero-jaulón |
Denegad a |
La valoración detallada del
proyecto presentado por la Asociación Melillense de Submarinismo, es la
siguiente:
Criterios de
Valoración en aplicación del artículo XIII de las Bases |
Puntuación |
Criterio a) .1.
(máximo 10 puntos) |
9.5 |
Criterio a) .2.
(máximo 10 puntos) |
7.75 |
Criterio a) .3.
(máximo 10 puntos) |
5 |
Criterio a) .4.
(máximo 10 puntos) |
8.5 |
Criterio b) (máximo
5 puntos) |
4.75 |
Criterio c) (máximo
5 puntos) |
4 |
Criterio d) (máximo
5 puntos) |
3.75 |
Criterio e) (máximo
3 puntos) |
2.5 |
Criterio f) (máximo
2 puntos) |
1 |
TOTAL |
46.75 PUNTOS |
Propuesta de resolución
Vista la documentación aportada
por los solicitantes relacionados en los puntos anteriores y en cumplimiento de
las Bases de las subvenciones públicas destinadas a entidades públicas o
privadas sin ánimo de lucro para la concienciación e información a la
protección de la naturaleza en la Ciudad Autónoma de Melilla, publicadas en el
BOME nº 6112 del 13 de octubre de 2023, el esta Comisión de Valoración PROPONE lo siguiente:
Primero.- Conceder la subvención por
importe de 4000 euros (CUATRO MIL EUROS), a la Asociación Melillense de
Submarinismo, con CIF G-5200440-5, por el proyecto “Actividades Sensibilización
Ambiental 2023”.
Segundo.- Denegar la subvención
objeto del presente expediente a la Cooperativa de Maestros Melilla COMAMEL,
con CIF F2995329-6, por el proyecto “Museo del Mar Enrique Soler”, al
entenderse desistido de la solicitud por no haber subsanado la solicitud presentada
tras requerimiento por parte de la administración.
coste de la actividad subvencionada, tal y como viene recogido en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cuarto.- Denegar la subvención objeto del presente expediente a la
Asociación de Madres y Padres del León Solá, con CIF G-5203612-6, por el
proyecto “Cañada Viva. Acciones ecológicas para el presente y el futuro” al
entenderse desistido de la solicitud por no haber subsanado la solicitud
presentada tras requerimiento por parte de la administración.
Quinto.- Denegar la subvención objeto
del presente expediente a la Asociación Huellas de la Solidaridad, con CIF
G-6775276-6, por los proyectos “Vivero-Piscina” y “Vivero-jaulón” al
considerase que ambos proyectos no cumplen con los artículos II y III de las
bases de la convocatoria relativos a la condición de beneficiarios y a las
actuaciones subvencionables al entenderse
que, en ningún caso, la contribución del bienestar de los gatos, objeto de
ambos proyectos, y en base a diferentes estudios científicos realizados, se
pueda considerar que tenga como finalidad el conocimiento y cuidado de la
diversidad biológica de la Ciudad de Melilla.
En cumplimiento de lo estipulado en las Bases
de la Convocatoria con fecha 04/06/2024 se emite la siguiente Propuesta de
resolución provisional por la instrucción del procedimiento, notificándole la
misma a las interesados con fecha 05/06/2024:
Por todo lo expuesto, y de acuerdo
con los informes de la Comisión de Valoración así como el resto de
documentación obrante en el expediente, se PROPONE que se adopte lo siguiente:
Primero.- Conceder la subvención por
importe de 4000 euros (CUATRO MIL EUROS), a la Asociación Melillense de
Submarinismo, con CIF G-5200440-5, por el proyecto “Actividades Sensibilización
Ambiental 2023”.
Segundo.- Denegar la subvención
objeto del presente expediente a la Cooperativa de Maestros Melilla COMAMEL,
con CIF F2995329-6, por el proyecto “Museo del Mar Enrique Soler”, al
entenderse desistido de la solicitud por no haber subsanado la solicitud presentada
tras requerimiento por parte de la administración.
Tercero.- Denegar la subvención
objeto del presente expediente al Club Ánfora de Actividades Subacuáticas, con
CIF G-2990477-8, por el proyecto “Inbiomar III”, al haberse acreditado el
cumplimiento del artículo VI de las bases de la convocatoria que establece que la subvención objeto de esta convocatoria
será compatible con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la
misma finalidad, procedentes de la Ciudad Autónoma de Melilla (o cualesquiera
administraciones o entes públicos o privados, nacionales, o de organismos
internacionales), siempre que la suma de todas ellas no supere el coste de la
actividad subvencionada, tal y como viene recogido en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Cuarto.- Denegar la subvención objeto del presente expediente a la
Asociación de Madres y Padres del León Solá, con CIF G-5203612-6, por el
proyecto “Cañada Viva. Acciones ecológicas para el presente y el futuro” al
entenderse desistido de la solicitud por no haber subsanado la solicitud
presentada tras requerimiento por parte de la administración.
Quinto.- Denegar la subvención objeto
del presente expediente a la Asociación Huellas de la Solidaridad, con CIF
G-6775276-6, por los proyectos “Vivero-Piscina” y “Vivero-jaulón” al
considerase que ambos proyectos no cumplen con los artículos II y III de las
bases de la convocatoria relativos a la condición de beneficiarios y a las
actuaciones subvencionables al entenderse
que, en ningún caso, la contribución del bienestar de los gatos, objeto de
ambos proyectos, y en base a diferentes estudios científicos realizados, se
pueda considerar que tenga como finalidad el conocimiento y cuidado de la
diversidad biológica de la Ciudad de Melilla.
Transcurrido el periodo de alegaciones, con
fecha 27/06/2024 se reciben alegaciones de la Asociación Huellas de la
Solidaridad, con CIF G6775276-6, en relación a los proyectos Vivero-Piscina y
Vivero-Jaulón.
La Comisión de Valoración, reunida de nuevo
el día 18 de julio de 2024, emite acta del que se extrae el siguiente
resultado:
1.- Alegaciones presentadas
Tras notificación de la propuesta
de resolución provisional y plazo de alegaciones a los interesados, presentan
alegaciones los siguientes:
Nº expediente |
Razón social |
DNI/CIF |
Proyecto |
38117/2023 |
Asociación Huellas de la
Solidaridad |
G6775276-6 |
ViveroPiscina |
38117/2023 |
Asociación Huellas de la Solidaridad |
G6775276-6 |
Viverojaulón |
El contenido de las alegaciones
presentadas es el siguiente:
“1) En el BOME nº 6112 de fecha 13 de octubre de 2023 figura publicada
la “CONVOCATORIA Y BASES DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS O PRIVADAS SIN ÁNIMO DE
LUCRO PARA LA CONCIENCIACIÓN E INFORMACIÓN A LA PROTECCIÓN DE LA NATURALIZA EN
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA 2023 (I PREMIO MELILLA SOSTENIBLE 2023)”.
En la misma, figura que son “Actuaciones subvencionables” las
siguientes:
1.
Acciones que fomenten la conciencia ambiental en la ciudadanía a través
de actividades de sensibilización, información y concienciación medio
ambiental.
2.
Acciones que incrementen los niveles de conocimiento de la ciudadanía
para promover alternativas a los problemas ambientales urbanos.
3.
Acciones para la capacitación de la población para adoptar estilos de
vida y tomar decisiones que sean respetuosas con el medio ambiente.
4.
Acciones encaminadas a la prestación de apoyo y colaboración ciudadana
con los servicios municipales y entidades públicas para la mejora continua de
los servicios públicos fomentando criterios ambientales en sus actuaciones.
5.
La lucha contra el cambio climático, reducción de la contaminación.
6.
La economía circular, la prevención y adecuada gestión de los residuos.
7.
El ahorro y el uso racional, eficiente y compatible con la conservación
del medio ambiente del agua, la energía y los recursos naturales.
8.
El conocimiento y el cuidado de la diversidad biológica de la Ciudad de
Melilla.
Además, cabe resaltar que el objetivo de la misma es “premiar el fomento
de la participación ciudadana en la mejora del entorno natural y la ampliación
de conocimientos de las temáticas y problemas de la conservación del medio
ambiente y la protección de la biodiversidad en la Ciudad...”.
2) En relación a la referida convocatoria, el pasado 1 de noviembre
registramos los 2 siguientes proyectos: La creación del refugio para gatos VIVERO-PISCINA (Exped: 38117/2023)
La creación del refugio para gatos VIVERO-JAULÓN
(Exped: 38118/2023)
Consideramos que ambos proyectos, sin ninguna clase de dudas, encajan a
la perfección en los 3 primeros tipos de “Actuaciones subvencionables” que
hemos citado anteriormente, así como en sexto, que recordamos que son:
1)
Acciones que fomenten la conciencia ambiental en la ciudadanía a través
de actividades de sensibilización, información y concienciación medio
ambiental.
2)
Acciones que incrementen los niveles de conocimiento de la ciudadanía
para promover alternativas a los problemas ambientales urbanos.
3)
Acciones para la capacitación de la población para adoptar estilos de
vida y tomar decisiones que sean respetuosas con el medio ambiente.
6) La economía circular, la prevención y adecuada gestión de los
residuos.
3)
Nosotros no hemos presentado los
2 proyectos para que se nos premie por la “encomiable labor” que hacemos con
los gatos, sino por cómo hemos afrontado a base de reciclaje la creación y
habilitación de nuestros refugios.
Lo relevante no es que los refugios sean para gatos, camaleones o linces
ibéricos, lo importante es cómo se han creado. No aspiramos a que se nos premie
por cuidar a los gatos, en cambio sí lo pretendemos por nuestra creatividad y
esfuerzo a la hora de construir las casetas y demás mobiliario que hemos
generado para habilitar los refugios, así como la labor de difusión que
realizamos, logrando de ese modo expandir nuestra filosofía de reciclaje a
todos los rincones del mundo.
Prueba de esto último, es que uno de
nuestros vídeos mostrando una de nuestras creaciones con cajas de
plástico de la fruta, cuenta con casi 300.000
visualizaciones en la red social Tik Tok, así como cientos de
comentarios de personas de múltiples países alabando nuestras ideas y
asegurando que replicarán nuestras creaciones para generar mobiliario
sostenible en sus ciudades y países.
4)
Entendemos que nuestras 2 solicitudes de subvenciones han sido
rechazadas debido a un malentendido.
En el informe emitido el 9 de febrero
por el Director General de Sostenibilidad, se reconoce que la labor que
realizamos con los gatos es “encomiable”, pero, en resumidas cuentas, se
considera que el “cuidar gatos” no es defender el medio ambiente ni apostar por
la sostenibilidad. Por este motivo, se ha adoptado la decisión de no
concedernos las 2 subvenciones solicitadas.
Discrepamos del parecer del Director General, pero esa cuestión no es
relevante, ya que insistimos en que nosotros nos merecemos los 2 premios
solicitados por la labor de reciclaje y difusión que venimos realizando, no por
cuidar a los gatos. Nuestra productiva generación de mobiliario a base de
reciclaje, representan acciones que fomenten la conciencia ambiental en la
ciudadanía, que incrementan los niveles de conocimiento de la ciudadanía para
promover alternativas a los problemas ambientales urbanos y que capacitan a la
población para adoptar estilos de vida y tomar decisiones que sean respetuosas
con el medio ambiente.
nuestros refugios para que puedan conocer de primera mano la labor de
reciclaje y sostenibilidad que venimos realizando.
6) Aprovechamos para recalcar que solicitamos la concesión de una
subvención de 4.000 euros por cada uno de los 2 proyectos, puesto que
entendemos que en las convocatoria no se excluye que una misma entidad pueda
percibir 2 subvenciones. “
Estudiadas las alegaciones
presentadas la Comisión de Valoración considera que deben ser aceptadas
parcialmente al entenderse que, tal y como se establece en el apartado 2 y 3 de
las alegaciones, los proyectos presentados pudieran encuadrarse en al apartado
6 del artículo III de las Bases de la Convocatoria, relativo a el fomento d ela
economía circular, le prevención y la adecuada gestión de los residuos.
En cuanto a lo expuesto en los
apartados 5 y 6 de las alegaciones la Comisión de Valoración determina que los
dos proyectos presentados constituyen el mismo objeto de subvención y que, por
tanto, deben considerarse como único proyecto de cara a la concesión de la
subvención solicitada.
Por todo lo expuesto la Comisión
de Valoración pasa a valorar ambos proyectos como una única unidad:
Criterios de
Valoración en aplicación del artículo XIII de las Bases |
Puntuación |
Criterio a) .1.
(máximo 10 puntos) |
2.5 |
Criterio a) .2.
(máximo 10 puntos) |
4 |
Criterio a) .3.
(máximo 10 puntos) |
4.25 |
Criterio a) .4.
(máximo 10 puntos) |
6.75 |
Criterio b) (máximo
5 puntos) |
3.25 |
Criterio c) (máximo
5 puntos) |
2.75 |
Criterio d) (máximo
5 puntos) |
2.5 |
Criterio e) (máximo
3 puntos) |
1.25 |
Criterio f) (máximo
2 puntos) |
1 |
TOTAL |
28.25 PUNTOS |
2.- Propuesta de resolución definitiva
Vista la documentación aportada
por los solicitantes relacionados en el expediente, tras el estudio de las
alegaciones presentadas a la propuesta de resolución provisional y en
cumplimiento de las Bases de las subvenciones públicas destinadas a entidades
públicas o privadas sin ánimo de lucro para la concienciación e información a
la protección de la naturaleza en la Ciudad Autónoma de Melilla, publicadas en
el BOME nº 6112 del 13 de octubre de 2023, esta Comisión de Valoración PROPONE lo siguiente:
Primero.- Conceder la subvención por
importe de 4000 euros (CUATRO MIL EUROS), a la Asociación Melillense de
Submarinismo, con CIF G-5200440-5, por el proyecto “Actividades Sensibilización
Ambiental 2023”.
Segundo.- Conceder la subvención
objeto del presente expediente, por valor de 4000 euros, a la Asociación
Huellas de la Solidaridad, con CIF G-6775276-6, por los proyectos
“Vivero-Piscina” y “Vivero-jaulón”.
Tercero.- Denegar la subvención
objeto del presente expediente a la Cooperativa de Maestros Melilla COMAMEL,
con CIF F2995329-6, por el proyecto “Museo del Mar Enrique Soler”, al
entenderse desistido de la solicitud por no haber subsanado la solicitud presentada
tras requerimiento por parte de la administración.
Cuarto.- Denegar la subvención objeto del presente expediente al Club
Ánfora de Actividades Subacuáticas, con CIF G-2990477-8, por el proyecto
“Inbiomar III”, al haberse acreditado el cumplimiento del artículo VI de las
bases de la convocatoria que establece que la
subvención objeto de esta convocatoria será compatible con otras subvenciones o
ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de la
Ciudad Autónoma de Melilla (o cualesquiera administraciones o entes públicos o
privados, nacionales, o de organismos internacionales), siempre que la suma de
todas ellas no supere el coste de la actividad subvencionada, tal y como viene
recogido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto.- Denegar la subvención objeto
del presente expediente a la Asociación de Madres y Padres del León Solá, con
CIF G-5203612-6, por el proyecto “Cañada Viva. Acciones ecológicas para el
presente y el futuro” al entenderse desistido de la solicitud por no haber
subsanado la solicitud presentada tras requerimiento por parte de la
administración.
Con fecha 07/11/2024 el órgano instructor
emite informe en el que, en aplicación de lo establecido en el artículo XI y el
artículo XVII c) de las Bases
Reguladoras de las Subvenciones públicas destinadas a entidades públicas o
privadas sin ánimo de lucro para la concienciación e información a la
protección a la naturaleza, se informa que los beneficiarios cumplen con los
requisitos necesarios para acceder a las mismas.
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los
informes de la Comisión de Valoración así como el resto de documentación
obrante en el expediente, se ORDENA
lo siguiente:
Primero.-
Conceder la subvención por importe de 4000 euros (CUATRO MIL EUROS), a la
Asociación Melillense de Submarinismo, con CIF G-5200440-5, por el proyecto
“Actividades Sensibilización Ambiental 2023”.
Segundo.-
Conceder la subvención objeto del presente expediente, por valor de 4000 euros,
a la Asociación Huellas de la Solidaridad, con CIF G-6775276-6, por los
proyectos “Vivero-Piscina” y “Vivero-jaulón”.
Tercero.-
Denegar la subvención objeto del presente expediente a la Cooperativa de
Maestros Melilla COMAMEL, con CIF F2995329-6, por el proyecto “Museo del Mar
Enrique Soler”, al entenderse desistido de la solicitud por no haber subsanado
la solicitud presentada tras requerimiento por parte de la administración.
Cuarto.- Denegar la
subvención objeto del presente expediente al Club Ánfora de Actividades
Subacuáticas, con CIF G-2990477-8, por el proyecto “Inbiomar III”, al haberse
acreditado el cumplimiento del artículo VI de las bases de la convocatoria que
establece que la subvención objeto de
esta convocatoria será compatible con otras subvenciones o ayudas que pudieran
concederse para la misma finalidad, procedentes de la Ciudad Autónoma de
Melilla (o cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales,
o de organismos internacionales), siempre que la suma de todas ellas no supere
el coste de la actividad subvencionada, tal y como viene recogido en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto.-
Denegar la subvención objeto del presente expediente a la Asociación de Madres
y Padres del León Solá, con CIF G-5203612-6, por el proyecto “Cañada Viva.
Acciones ecológicas para el presente y el futuro” al entenderse desistido de la
solicitud por no haber subsanado la solicitud presentada tras requerimiento por
parte de la administración.
De conformidad con los
artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de
octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás
concordantes, contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, los
interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de
un mes a partir de su notificación, o bien, podrá interponerse recurso
contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa
competente, en el plazo de dos meses.
No obstante, podrán utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para general
conocimiento.
Melilla,
a 21 de noviembre de 2024,
El
Secretario Técnico de Medio Ambiente y Naturaleza,
Juan
Luis Villaseca Villanueva