ARTÍCULO Nº 1059
(CVE: BOME-A-2024-1059)
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BOME Nº 6231 - martes, 3 de diciembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA
Decreto nº 0279, de fecha 27 de noviembre de 2024, relativo aprobación definitiva de crédito extraordinario financiado con bajas de otros créditos plan formación- fondos propios gestionados por entidades sindicales número 30047/2024.

A N U N C I O
El Excmo. Sr. Presidente por Decreto nº 202400279 de fecha 27 de
noviembre de 2024, registrado al Libro de Resoluciones no Colegiadas, ha
dispuesto lo siguiente:
DECRETO
“El Pleno de la Excma. Asamblea de esta Ciudad Autónoma, en sesión
resolutiva extraordinaria celebrada el día 22 de octubre de 2024, acordó
aprobar, con carácter inicial, la propuesta del Consejero de Hacienda de CRÉDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON BAJAS
DE OTROS CRÉDITOS PLAN FORMACIÓN-FONDOS PROPIOS GESTIONADOS POR ENTIDADES SINDICALES
número 30047/2024 por importe de 8.540,58 euros. La referida modificación de crédito se
publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad número 6220 de fecha 25 de octubre
de 2024, quedando expuesto al público a los efectos de reclamaciones.
Transcurridos 15 días, sin que se haya presentado reclamación alguna, según
Informe del Negociado del Registro general (escrito de fecha 25 de noviembre de
2024), el texto debe entenderse definitivamente aprobado, en virtud de los
artículos 177.2 y 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al
expediente esta Consejería PROPONE que se adopte la siguiente:
Primero.- Publicación del CRÉDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON BAJAS DE OTROS CRÉDITOS PLAN
FORMACIÓN-FONDOS PROPIOS GESTIONADOS POR ENTIDADES SINDICALES número 30047/2024 por importe de 8.540,58 euros, como sigue a
continuación:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Alta |
||
Org. |
Progr. |
Económ. |
|
|
03 |
92003 |
48900 |
FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PERSONAL SLPM |
8.540,58 € |
TOTAL CRÉDITO EXTRAORDINARIO |
8.540,58 € |
Esta modificación se financia con bajas de otros créditos, en los
siguientes términos:
Bajas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Baja |
||
Org. |
Progr. |
Económ. |
|
|
03 |
91200 |
16006 |
SEG. SOCIAL ALTA DIRECCIÓN |
8.540,58 € |
TOTAL BAJAS |
8.540,58 € |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece
el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril,
por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28
de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos,
que son los siguientes:
a)
El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad
de demorarlo a ejercicios posteriores.
b)
La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito
destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que
esté establecida la vinculación jurídica.
Segundo.- Contra el expresado Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe
interponer, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativo, recurso ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía con sede en Málaga.”