ARTÍCULO Nº 1060
(CVE: BOME-A-2024-1060)
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BOME Nº 6231 - martes, 3 de diciembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA
Decreto nº 0280, de fecha 27 de noviembre de 2024, relativo aprobación definitiva de transferencia de crédito entre aplicaciones presupuestarias referidas a subvenciones nominativas número 29619/2024.

A N U N C I O
El Excmo. Sr. Presidente por Decreto nº 202400280 de fecha 27 de
noviembre de 2024, registrado al Libro de Resoluciones no Colegiadas, ha
dispuesto lo siguiente:
DECRETO
“El Pleno de la Excma. Asamblea de esta Ciudad Autónoma, en sesión
resolutiva extraordinaria celebrada el día 22 de octubre de 2024, acordó
aprobar, con carácter inicial, la propuesta del Consejero de Hacienda de TRANSFERENCIA DE CRÉDITO ENTRE APLICACIONES
PRESUPUESTARIAS REFERIDAS A SUBVENCIONES NOMINATIVAS número 29619/2024 por importe de 103.350,00
euros. La referida modificación de crédito se publicó en el Boletín Oficial de
la Ciudad número 6220 de fecha 25 de octubre de 2024, quedando expuesto al
público a los efectos de reclamaciones. Transcurridos 15 días, sin que se haya
presentado reclamación alguna, según Informe del Negociado del Registro general
(escrito de fecha 25 de noviembre de 2024), el texto debe entenderse
definitivamente aprobado, en virtud de los artículos 177.2 y 169 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al
expediente esta Consejería PROPONE que se adopte la siguiente:
Primero.- Publicación de la TRANSFERENCIA DE CRÉDITO ENTRE APLICACIONES PRESUPUESTARIAS REFERIDAS A
SUBVENCIONES NOMINATIVAS número 29619/2024 por importe de 103.350,00 euros, como sigue
a continuación:
Aplicación Presupuestaria con Altas de Créditos.
Aplicación Presupuestaria |
Denominación |
Crédito Inicial |
Importe del ALTA |
|
05/23128/48001 |
CONVENIO COLABORACIÓN ASOCIACIÓN MELILLA ACTIVA |
250.000,00 € |
103.350,00€ |
|
TOTAL ALTAS DE CRÉDITOS |
103.350,00 € |
|
||
Aplicación Presupuestaria con Créditos en
Baja
Aplicación Presupuestaria |
Denominación |
Crédito Inicial |
Importe de la BAJA |
05/23106/22699 |
AREA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA |
320.000,00 € |
103.350,00 € |
TOTAL BAJAS DE CRÉDITOS |
103.350,00 € |
Se trata de actividades que no pueden ni reducirse ni posponerse por lo
tanto deben dotarse de crédito suficiente.
Habida cuenta de que en cambio, existen otras aplicaciones en los que es
susceptible la minoración, porque están resultando a un menor coste del
previsto.
La modificación de crédito propuesta afecta a aplicaciones
presupuestarias de la misma área de gasto referidas a subvenciones nominativas
y a la vista de las Bases de Ejecución del Presupuesto 2024 de la Ciudad
Autónoma de Melilla Base 6ª.- Vinculaciones jurídicas el nivel de vinculación
jurídica no se aplicará a las Aplicaciones Presupuestarias del capítulo 4
(subvenciones nominativas) previstas en el Presupuesto.
En consecuencia, su aprobación es competencia del Pleno de la Asamblea
tal y como viene reflejado en la Base 8ª , siendo necesario seguir las normas
sobre Información, reclamaciones, recursos y publicidad a que se refieren los
artículos 169, 170 y 171 del citado Texto Refundido.
Segundo.- Contra el expresado Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe
interponer, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativo, recurso ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía con sede en Málaga.”

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra
el acuerdo del Pleno de la Asamblea, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo
ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso,
cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho.
Melilla, a 28 de noviembre de 2024,
El Secretario P.A., El Secretario Acctal. del
Consejo de Gobierno,
P.D. nº 323 de 6 de septiembre de 2019, BOME 5685,
de 10 de septiembre de 2019,
Antonio Jesús García Alemany