ARTÍCULO Nº 1075 (CVE: BOME-A-2024-1075) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6232 - viernes, 6 de diciembre de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA


Rectificación adenda al convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Sociedad de San Vicente de Paúl en España (Conferencia Virgen de la Luz / Conferencia Purísima Concepción), para la ejecución de programas de atención social para el año 2024.

BOME-P-2024-3363 Descargar página

Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la firma de la Adenda al Convenio de colaboración entre la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública y la SOCIEDAD SAN VICENTE DE PAÚL-CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ A LA CONSEJERÍA POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA. habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2400050 y los siguientes datos:

Consejería:              CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA

Datos de Aprobación:

Órgano

Número

Fecha

Entidad:

Consejo de Gobierno

2024000207

08/04/2024

 ES-G2825666-7 (CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ)

Fecha de formalización:                15/04/2024

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla, a 2 de diciembre de 2024,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez


 

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ANEXO

RECTIFICACIÓN ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA SOCIEDAD DE SAN VICENTE DE PAÚL EN ESPAÑA (CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ / CONFERENCIA PURÍSIMA CONCEPCIÓN), PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE ATENCIÓN SOCIAL PARA EL AÑO 2024

En Melilla, a 21 de noviembre de 2024

Las Partes firmantes de común acuerdo, y previamente autorizada su suscripción por el Consejo de Gobierno en su reunión de 11 de noviembre de 2024 (2024000712, de 12/11/2024), tal y como prevé el art. 16.8 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe Extraord. nº 2, de 30/01/2017)

EXPONEN

Cláusula 1ª.- La presente Adenda deviene del Convenio de Colaboración suscrito el 15 de abril de 2024 entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Sociedad San Vicente Paúl para el desarrollo de Programas de Atención Social para el año 2024 (, Boletín Oficial Extraordinario núm. 24, 17 de abril de 2024)

Cláusula 2ª.- Se precisa como consecuencia de la adición del Programa denominado Tarjetas Monederos adicionándose a la financiación el coste de 450.000 €, para hacer frente a este Programa que se concreta en el Anexo A

Cláusula 3ª.- Se adiciona como Anexo A.5, al citado Convenio de Colaboración el siguiente Programa:

ANEXO A.5

1.- DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA/ ACTUACIONES: Tarjetas Monederos pata atención a familias desfavorecidas.

2.- MOTIVACIÓN PÚBLICA Y SOCIAL: Facilitar a las familias Tarjetas Monederos para que estas puedan utilizarlas en comercios de Melilla para la compra de alimentos y suministros básicos que permitan la mejora de la situación económica y social de la familia

3.-ENTIDAD (nombre y NIF): Conferencia Virgen de la Luz de San Vicente de Paúl. CIF: G2856667

4.- COLECTIVO DE ATENCIÓN: Familias desfavorecidas económicamente.

5.- NÚMERO DE BENEFICIARIOS: 1.000 familias aproximadamente.

6.- UBICACIÓN E INSTALACIONES: C/ General Picasso, 24, bloque 20; local 7, Melilla. (Sede social)

7.- DURACIÓN PREVISTA (Calendario, horario): Anual desde 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024

8.- MEMORIA TÉCNICA Objetivo:

Facilitar medios de pago plástico (tarjetas monederos) que garanticen la adquisición de bienes y suministros básicos para cubrir las necesidades de alimentación de forma autónoma

Se sufragarán los gastos de productos y suministros de alimentación básica que permitan a las familias llevar una dieta equilibrada. Se permitirá cierto grado de autonomía que garantice la selección de los productos más acordes con los gustos y costumbres de las familias beneficiarios, evitando la estigmatización de la recogida de alimentos a través de entidades sin ánimo de lucro, y normalizando la adquisición de los suministros y alimentos a través de los comercios de la ciudad acreditados y que participen en el programa  Actividades:

              Entrevistas e información a las potenciales familias

              Recogida de datos e información sobre la situación de las familias

              Evaluación de las familias objeto de la atención

              Entrega de medios de plásticos (tarjetas Monederos a las familias beneficiarias)

              Acuerdos con comercios locales

              Acompañamiento a las familias que lo requieran

              Seguimiento de la utilización de las Tarjetas Monederos

9.- PRESUPUESTO TOTAL: CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (450.000,00€)

10.-DESGLOSE DE GASTOS Personal Mínimo previsto:

·         1 Coordinadora (JC)

·         1 Administrativo (6h/día).

·         1 Monitores  (JC)

·         1 Monitores  (1/2 J)

·         1 Limpiadora (1/2 J)

Gasto en Personal: 115.625,76€ Actividades y mantenimiento:

Gastos Generales entre los que incluye: Productos de Limpieza, Productos Informáticos, Seguros, PRL, Asesoría Externa y mantenimiento del local:

-              Material de limpieza ……………………………………………. 7.500,00 €

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-              Material de oficina ………………………………………………. 8.000,00 €

-              Productos informáticos ………………………………………… 6.000,00 €

-              Seguros ……………………………………………………………… 450,00 €

-              PRL ………………………………………………………………….    460,00 €

-              Asesoría externa …………………………………………………. 4.204,00 €

-              Mantenimiento del local ………………………………………. 4.000,00 €

              Costes emisión de la Tarjeta, entre los que incluye: Etiquetados, Plástico y transporte … 3.760,24 €

              Importe económico que incluye la Tarjeta para adquisición de suministros ……...... 300€/unidad

              Número de Tarjetas emitidas 1.000 unidades ………………................ 300.000,00 €

Cláusula 4ª.- Se requiere la adición del importe de 450.000,00€ al importe abonado durante el año 2024, supone una alteración del coste económico del Convenio de Colaboración que se fijaba en UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS CUATRO EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS   que pasa a tener una financiación de UN MILLON SETECIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CUATRO EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (1.740.804,18 €).

En atención a la situación económica de las familias, la continuación del incremento de la inflación la financiación al programa podría ampliarse.

Cláusula 5ª.- Existe RC SUBVENCIONES nº 12024000007370, de 06/03/2024 por un importe de 150.000,00 € y con fecha 29 de julio de 2024, se ha expedido RC SUPLEMENTO DE RETENCIÓN CRÉDITO nº 12024000036766, por un importe de 300.000,00 €, a detraer de la Aplicación Presupuestaria núm. 05/23105/48000,  que permite llevar a cabo el gasto adicional que conlleva la presente Adenda.

Cláusula 6ª.- Firmado el presente Convenio por las partes, la Ciudad de Melilla procederá a transferir a la Sociedad de San Vicente de Paúl, con CIF núm G-28256667, el importe correspondiente a la justificación previa del gasto realizado por la entidad subvencionada. Así como se procederá la anticipación del pago de la cuantía que corresponda previa la liquidación de os importes justificados 

Cláusula 7ª.- En lo no modificado por la presente Adenda, seguirá de aplicación lo establecido en el convenio de Colaboración suscrito el 15 de abril de 2024 entre las partes intervinientes.

Y para que así conste y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman la presente Adenda del Convenio por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

 

Por la Ciudad Autónoma de Melilla,

El Presidente,

Juan José Imbroda Ortiz

 

Por la Sociedad de San Vicente de Paúl-Conferencia Purísima Concepción de Melilla,

La Representante Legal,

Mª del Carmen Chaparro Medina

 

Por la Sociedad de San Vicente de Paúl-Conferencia Purísima Concepción de Melilla,

La Representante Legal,

Isabel Padilla Valderrama