ARTÍCULO Nº 1075 (CVE: BOME-A-2024-1075) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6232 - viernes, 6 de diciembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA
Rectificación adenda al convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Sociedad de San Vicente de Paúl en España (Conferencia Virgen de la Luz / Conferencia Purísima Concepción), para la ejecución de programas de atención social para el año 2024.
Esta Consejería, por acuerdo del órgano
competente, ha procedido a la firma de la Adenda al Convenio de colaboración
entre la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública y la SOCIEDAD SAN
VICENTE DE PAÚL-CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ A LA CONSEJERÍA POLÍTICAS SOCIALES
Y SALUD PÚBLICA. habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la
Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2400050 y los siguientes datos:
Consejería: CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA
Datos de Aprobación:
Órgano Número Fecha Entidad: |
Consejo de Gobierno 2024000207 08/04/2024 ES-G2825666-7 (CONFERENCIA VIRGEN
DE LA LUZ) |
Fecha de formalización: 15/04/2024
De acuerdo con la normativa vigente de
aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.
Melilla, a 2 de
diciembre de 2024,
El Secretario Técnico
de Políticas Sociales y Salud Pública,
Victoriano Juan
Santamaría Martínez
ANEXO
RECTIFICACIÓN ADENDA AL CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA SOCIEDAD DE SAN VICENTE
DE PAÚL EN ESPAÑA (CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ / CONFERENCIA PURÍSIMA
CONCEPCIÓN), PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE ATENCIÓN SOCIAL PARA EL AÑO 2024
En Melilla, a 21 de
noviembre de 2024
Las Partes firmantes de común acuerdo, y previamente autorizada su
suscripción por el Consejo de Gobierno en su reunión de 11 de noviembre de 2024
(2024000712, de 12/11/2024), tal y como prevé el art. 16.8 del Reglamento del
Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe
Extraord. nº 2, de 30/01/2017)
EXPONEN
Cláusula 1ª.- La presente Adenda deviene del Convenio de Colaboración suscrito el 15
de abril de 2024 entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Sociedad San Vicente
Paúl para el desarrollo de Programas de Atención Social para el año 2024 (,
Boletín Oficial Extraordinario núm. 24, 17 de abril de 2024)
Cláusula 2ª.- Se precisa como consecuencia de la adición del Programa denominado
Tarjetas Monederos adicionándose a la financiación el coste de 450.000 €, para
hacer frente a este Programa que se concreta en el Anexo A
Cláusula 3ª.- Se adiciona como Anexo A.5, al citado Convenio de Colaboración el siguiente
Programa:
ANEXO A.5
1.- DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA/ ACTUACIONES: Tarjetas Monederos pata
atención a familias desfavorecidas.
2.- MOTIVACIÓN PÚBLICA Y SOCIAL: Facilitar a las familias Tarjetas Monederos para que estas puedan utilizarlas en
comercios de Melilla para la compra de alimentos y suministros básicos que
permitan la mejora de la situación económica y social de la familia
3.-ENTIDAD (nombre y NIF): Conferencia Virgen de la Luz de San Vicente de
Paúl. CIF: G2856667
4.- COLECTIVO DE ATENCIÓN: Familias desfavorecidas económicamente.
5.- NÚMERO DE BENEFICIARIOS: 1.000 familias
aproximadamente.
6.- UBICACIÓN E INSTALACIONES: C/ General Picasso, 24, bloque 20; local 7,
Melilla. (Sede social)
7.- DURACIÓN PREVISTA (Calendario, horario): Anual desde 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024
8.- MEMORIA TÉCNICA Objetivo:
Facilitar medios de pago plástico (tarjetas monederos) que garanticen la
adquisición de bienes y suministros básicos para cubrir las necesidades de
alimentación de forma autónoma
Se sufragarán los gastos de productos y suministros de alimentación
básica que permitan a las familias llevar una dieta equilibrada. Se permitirá
cierto grado de autonomía que garantice la selección de los productos más
acordes con los gustos y costumbres de las familias beneficiarios, evitando la
estigmatización de la recogida de alimentos a través de entidades sin ánimo de
lucro, y normalizando la adquisición de los suministros y alimentos a través de
los comercios de la ciudad acreditados y que participen en el programa Actividades:
•
Entrevistas e información a las potenciales familias
•
Recogida de datos e información sobre la situación de las familias
•
Evaluación de las familias objeto de la atención
•
Entrega de medios de plásticos (tarjetas Monederos a las familias
beneficiarias)
•
Acuerdos con comercios locales
•
Acompañamiento a las familias que lo requieran
•
Seguimiento de la utilización de las Tarjetas Monederos
9.- PRESUPUESTO TOTAL: CUATROCIENTOS
CINCUENTA MIL EUROS (450.000,00€)
10.-DESGLOSE DE GASTOS Personal Mínimo previsto:
·
1 Coordinadora (JC)
·
1 Administrativo (6h/día).
·
1 Monitores (JC)
·
1 Monitores (1/2 J)
·
1 Limpiadora (1/2 J)
Gasto en Personal: 115.625,76€ Actividades y mantenimiento:
Gastos Generales entre los que incluye: Productos de Limpieza, Productos
Informáticos, Seguros, PRL, Asesoría Externa y mantenimiento del local:
-
Material de limpieza ……………………………………………. 7.500,00 €
-
Material de oficina ………………………………………………. 8.000,00 €
-
Productos informáticos ………………………………………… 6.000,00 €
-
Seguros ……………………………………………………………… 450,00 €
-
PRL ………………………………………………………………….
460,00 €
-
Asesoría externa …………………………………………………. 4.204,00 €
-
Mantenimiento del local ………………………………………. 4.000,00 €
•
Costes emisión de la Tarjeta, entre los que incluye: Etiquetados,
Plástico y transporte … 3.760,24 €
•
Importe económico que incluye la Tarjeta para adquisición de suministros
……...... 300€/unidad
•
Número de Tarjetas emitidas 1.000 unidades ………………................
300.000,00 €
Cláusula 4ª.- Se requiere la adición del importe de 450.000,00€ al importe abonado
durante el año 2024, supone una alteración del coste económico del Convenio de
Colaboración que se fijaba en UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS
CUATRO EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS que
pasa a tener una financiación de UN MILLON SETECIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS
CUATRO EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (1.740.804,18 €).
En atención a la situación económica de las familias, la continuación
del incremento de la inflación la financiación al programa podría ampliarse.
Cláusula 5ª.- Existe RC SUBVENCIONES nº 12024000007370, de 06/03/2024 por un importe de 150.000,00 € y con fecha 29 de
julio de 2024, se ha expedido RC SUPLEMENTO DE RETENCIÓN CRÉDITO nº
12024000036766, por un importe de 300.000,00 €, a detraer de la Aplicación
Presupuestaria núm. 05/23105/48000, que
permite llevar a cabo el gasto adicional que conlleva la presente Adenda.
Cláusula 6ª.- Firmado el presente Convenio por las partes, la Ciudad de Melilla
procederá a transferir a la Sociedad de San Vicente de Paúl, con CIF núm
G-28256667, el importe correspondiente a la justificación previa del gasto
realizado por la entidad subvencionada. Así como se procederá la anticipación
del pago de la cuantía que corresponda previa la liquidación de os importes
justificados
Cláusula 7ª.- En lo no modificado por la presente Adenda, seguirá de aplicación lo
establecido en el convenio de Colaboración suscrito el 15 de abril de 2024
entre las partes intervinientes.
Y para que así conste y, en prueba de conformidad, las partes
intervinientes firman la presente Adenda del Convenio por triplicado ejemplar,
en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Por la Ciudad Autónoma de Melilla,
El Presidente,
Juan José Imbroda Ortiz
Por la Sociedad de San Vicente de Paúl-Conferencia Purísima
Concepción de Melilla,
La Representante Legal,
Mª del Carmen Chaparro
Medina
Por la Sociedad de San
Vicente
de Paúl-Conferencia
Purísima Concepción de Melilla,
La Representante Legal,
Isabel Padilla Valderrama