ARTÍCULO Nº 1081 (CVE: BOME-A-2024-1081) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6233 - martes, 10 de diciembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
Orden nº 1285, de fecha 2 de diciembre de 2024, relativa a resolución definitiva de concesión de las subvenciones referentes a los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovables, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de la Ciudad Autónoma de Melilla (FASE 2)
El Consejero de Medio Ambiente y Naturaleza, mediante Orden de 2 de
diciembre de 2024, registrada al número 2024001285 del Libro de Resoluciones No
Colegiadas, Considerando que:
A N T E C E D E N T E S
PRIMERO.- Esta convocatoria tiene
como base al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la
concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y
Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados
al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como
a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en
el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Este Real Decreto tiene por objeto la
aprobación de las Bases Reguladoras de las subvenciones reguladas por el mismo,
a las que habrán de sujetarse las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y
Melilla beneficiarias respecto de las convocatorias de ayudas y/o inversiones
directas que efectúen, de acuerdo con lo establecido en este real decreto.
Asimismo, éste tiene por objeto aprobar los programas de incentivos de
autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables.
Esta convocatoria y sus bases son
publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla de 25 de
febrero de 2022, abriéndose un periodo para la presentación de solicitudes
hasta el 31 de diciembre de 2023, a contar desde el día siguiente de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME).
El Consejero de Medio Ambiente y
Naturaleza, mediante Orden de 6 de febrero de 2024, registrada al número
2024000122 del Libro de Resoluciones No Colegiadas, dispuso acordar las
modificaciones recogidas en el R.D.1178/2023,de 27 de diciembre, con diversos
cambios en la regulación de las ayudas estatales, entre los que se incluyen
cambios en el tratamiento del almacenamiento «detrás del contador» que forma
parte o está asociado a instalaciones de generación de energía renovable, que
en algunos casos suponen una intensidad de ayuda máxima inferior a la aplicable
en la anterior redacción del reglamento vigente hasta esta modificación, y que
es el que ha resultado aplicable durante las primeras fases de funcionamiento
del citado Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, ampliándose el plazo de
vigencia del programa hasta el 31 de julio de 2024, manteniéndose no obstante
la finalización del plazo de presentación de solicitudes en el 31 de diciembre
de 2023.
SEGUNDO.- El Consejero de Medio
Ambiente y Sostenibilidad, mediante Orden de 20 de febrero de 2022, registrada
al nº 2022 del Libro Oficial de Resoluciones no Colegiadas, relativa a
aprobación de la convocatoria de las bases de los programas de incentivos
ligados al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así
como la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial
de la Ciudad Autónoma de Melilla, (BOME nº 5942, Punto 7. CUANTÍA DE LAS
AYUDAS, de 25/02/2022), junto con las bases aplicables a las mismas redacta la
financiación de la presente convocatoria para los ejercicios 2021-2022-2023,
dotado en la Partida Presupuestaria 2021 07 17210 78001 “Subvención Eficiencia
Energética, Resiliencia y Remanente”, con documento contable RC: 1202400007511
, tal como se desprende del expediente de generación de crédito y posterior
ampliación de crédito, que se incluye en su tramitación asignada por el
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), entidad
pública del Ministerio para la Transición Ecológica.
Transformación y Resiliencia,
aprobados por el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, y solicitud de
aceptación expresa de la ayuda concedida, y se ordena el pago de la misma. Con
el fin de continuar con la tramitación y pago, expedido documento contable RC:
SUBVENCIONES nº 12024000023375 del 13/06/2024.
De igual modo se incorpora, recursos
propios de esta Ciudad Autónoma de Melilla, por un importe de 420.000,00€,
dotado en la Partida Presupuestaria 2024 07/17210/78000 “Subvención Eficiencia
Energética Remanente Afectada”, con documento contable RC: 12024000010776.
TERCERO.- El Consejero de Medio
Ambiente y Naturaleza mediante Orden de 15 de octubre de 2024, registrada al
número 2024000983 del Libro de Resoluciones no Colegiadas, dispone Orden nº
0983, de fecha 15 de octubre de 2024, relativa a la Propuesta de Resolución
Provisional de Concesión (FASE 2) de las subvenciones relativas a los programas
de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de
energía renovable, así como la implantación de sistemas térmicos renovables en
el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
de la Ciudad Autónoma de Melilla. La citada resolución fue publicada en BOME
número 6218 de fecha 18 de octubre de 2024.
CUARTO.- Finalizado el plazo de 10
días hábiles a partir del día siguiente a la publicación para presentar
alegaciones contra dicha Propuesta Provisional de Concesión (FASE 2), no se
reciben alegaciones a la misma.
QUINTO.- De acuerdo con lo previsto
en el punto 10 de las bases de la convocatoria, el órgano competente para
ordenar e instruir los procedimientos de concesión será la Dirección General de
Sostenibilidad de la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad, incardinada
en la actualidad Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Medio
Ambiente y Naturaleza.
SEXTO.- Que han sido consultados los
datos existentes en la BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones), en
relación al artículo 13 apartado 2 de la ley general de subvenciones, de los
solicitantes para la implantación de los programas de incentivos, referentes al
Real Decreto 477/2021, sin que se haya detectado incidencia alguna.
SEPTIMO.- Que han sido consultados
los datos existentes al respecto de encontrarse al corriente en el cumplimiento
del resto de obligaciones establecidas, entre ellas, hallarse al corriente en
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con
la propia Ciudad Autónoma de Melilla, sin que se haya detectado incidencia
alguna.
OCTAVO.- Consta Informe del Instructor, previo informe del Órgano Colegiado
en la valoración de las solicitudes aceptadas en CONCESION DEFINITIVA (FASE 2),
en conformidad para elevar propuesta de Concesión Provisional de las
solicitudes cumplimentadas del expediente de la referencia emitiendo INFORME:
“Visto el expediente
de referencia, el Órgano Instructor que suscribe y en relación al mismo, tiene
a bien emitir el siguiente INFORME:
ANTECEDENTES
Que con fecha 13-06-2024 se publicó, “RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE CONCESION DE LAS SUBVENCIONES RELATIVAS AL LOS
PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO Y AL ALMACENAMIENTO, CON FUENTES
DE ENERGÍA RENOVABLE, ASÍ COMO A LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS TÉRMICOS
RENOVABLES EN EL
SECTOR RESIDENCIAL, EN
EL MARCO DEL
PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA”.
En dicha resolución se relacionaban 110
solicitudes, de las cuales:
-
20 solicitantes desistieron a petición de los
interesados.
-
2 solicitudes fueron excluidas por
presentarse fuera de plazo.
-
4 solicitudes caducaron.
-
67 solicitudes aprobadas por Resolución de
Concesión, de las cuales 5 se admitieron en periodo de alegaciones.
-
17 solicitudes quedaron pendientes de
cumplimentar documentación preceptiva durante plazo de vigencia del
procedimiento. (Incompletas).
Que
existen 17 solicitudes en esta nueva propuesta de resolución de
las pendientes de cumplimentar documentación preceptiva durante plazo de
vigencia del procedimiento, de las
cuales
13 han cumplimentado la fase de concesión
mediante la aportación de la documentación
requerida en tiempo y forma y 4 de ellas
quedan excluidas por los motivos que se
reflejan en la tabla de exclusión que se
detalla, conforme a las “BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO
Y AL ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE, ASÍ COMO A LA
IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL SECTOR RESIDENCIAL DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, y la orden nº 122, de fecha 6 de febrero de 2024,
relativa a modificación de la CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
RELATIVA A LOS PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO Y AL
ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE, ASÍ COMO A LA IMPLANTACIÓN DE
SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL SECTOR RESIDENCIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA”.
OBJETO
A continuación se detallan todas las
solicitudes que estaban pendientes de cumplimentar la fase de concesión.
PROGRAMA DE INCENTIVOS Nº1
Nº Expediente |
Nombre y Apellidos |
DNI/NIF |
Programa |
Cuantía Máxima Ayuda Solicitada |
476/2022/IND |
AUTOMOCION JMAN, S.L. |
**2041*** |
1 |
7.007,00 € |
440/2023/IND |
MELILLA TUR S.A. |
**9906*** |
1 |
3.164,83 € |
57/2024/IND |
ANTONIO PAYA BARRACHINA E HIJOS
S.L.U. |
**9955*** |
1 |
31.143,42 € |
61/2024/IND |
GALLARDO HORNOS, EMILIO JOSE |
**2912*** |
1 |
4.904,90 € |
63/2024/IND |
ESTACIONES MARTINEZ PRIGMAN S.A. |
**9956*** |
1 |
9.284,27 € |
PROGRAMA DE INCENTIVOS Nº4
Nº Expediente |
Nombre y Apellidos |
DNI/CIF |
Programa |
Cuantía Máxima Ayuda Solicitada |
969/2023/IND |
PERPEN MOYA, JUAN MANUEL |
**2652*** |
4 |
5.323,50 € |
970/2023/IND |
AMASRI, FARID |
**2334*** |
4 |
3.276,00 € |
971/2023/IND |
PAYÁ ARJONA, JOSE MARIA |
**2817*** |
4 |
3.960,00 € |
962/2023/IND |
MORALES RICO, ANGEL JAVIER |
**3039*** |
4 |
3.822,00 € |
64/2024/IND |
MOHAMED MOHAMED, NORA |
**2826*** |
4 |
2.970,00 € |
65/2024/IND |
BENALI, AHMED |
**3007*** |
4 |
2.457,00 € |
67/2024/IND |
ARROYO BAUTISTA, JOSE ANTONIO |
**2750*** |
4 |
2.640,00 € |
68/2024/IND |
PORTILLO MARÍN, JESUS |
**2770*** |
4 |
8.050,00 € |
75/2024/IND |
LOPEZ VAZQUEZ, SANTOS |
**2814*** |
4 |
3.276,00 € |
220/2024/IND |
MOHAMED MOHAMED UARIACH |
**2840*** |
4 |
10.700,00 € |
221/2024/IND |
CONSEJO RELIGIOSO MUSULMAN DE
MELILLA |
**9002*** |
4 |
3.960,00 € |
PROGRAMA DE INCENTIVOS Nº6
Nº Expediente |
Nombre y Apellidos |
DNI/CIF |
Programa |
Cuantía Máxima Ayuda Solicitada |
230/2022/IND |
BOCANEGRA PADILLA,JESUS |
**0245*** |
6 |
1663,20 € |
Vista la Resolución nº 2022, de 20 de Febrero
de 2022, relativo a la aprobación de las BASES DE LA CONVOCATORIA DEL “PROGRAMA
DE INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO Y AL ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA
RENOVABLE, ASÍ COMO A LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL
SECTOR RESIDENCIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA”, que establece los
requisitos a cumplimentar ante el Órgano de la Administración que proceda, en
este caso ante la Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza, y la orden nº 122,
de fecha 6 de febrero de 2024, relativa a modificación de la CONVOCATORIA DE
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES RELATIVA A LOS PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS AL
AUTOCONSUMO Y AL ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE, ASÍ COMO A
LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL SECTOR RESIDENCIAL DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
La citada Resolución nº 2022, en el punto 11,
relativo al procedimiento de concesión y justificación establece:
“Los
destinatarios últimos de las ayudas reguladas en esta convocatoria, en el plazo
máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de la notificación de la
concesión, deberán justificar la realización de la inversión requerida para
llevar a cabo la actuación objeto de ayuda, a través de la presentación de la
documentación establecida para cada actuación subvencionable. La documentación
que se aporte para justificar la ejecución de la actuación, debe ser coherente
con la información aportada en el formulario de solicitud de la ayuda.
Comprobada
la ejecución de la actuación por parte de los sujetos que reciban la ayuda, así
como la entrega de toda documentación exigida dentro del plazo establecido, se
ordenará el pago de la subvención, con expresa referencia a la procedencia de
los fondos, mencionando al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, así como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y
al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, conforme a lo que pudiera
establecerse al respecto.
En
caso de que el destinatario final de la ayuda no cumpliera con la obligación de
justificación establecida en el precedente apartado no se procederá al pago de
la subvención y se declarará la pérdida del derecho al cobro de la misma, de
conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, utilizando, para ello, el procedimiento previsto en el artículo 42 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.”
Este órgano Instructor informa:
-
Que todos los solicitantes incluidos en la
tabla anterior, a excepción de los reflejados en la tabla que a continuación se
detalla por los motivos indicados, se observa que aportan la documentación
establecida en la fase de concesión/solicitud en los RD 477/2021,R.D.
1178/2023, y en las bases de la convocatoria del “Programa de incentivos
ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable,
así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector
residencial de la Ciudad Autónoma de Melilla”, de
acuerdo con toda la información de la cual se dispone, los citados beneficiarios
cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a la subvención.
-
Asimismo se relacionan aquellas que no han
completado la fase de concesión en tiempo y forma, pasando dichas solicitudes a
iniciarse el correspondiente expediente de caducidad.
TABLA DE MOTIVOS DE
EXCLUSION
Nº Expediente |
Nombres y Apellidos |
DNI/CIF |
PROGRAMA |
MOTIVO DE EXCLUSIÓN |
61/2024/IND |
GALLARDO HORNOS, EMILIO JOSE |
**2912*** |
1 |
(4) |
68/2024/IND |
PORTILLO
MARÍN, JESUS |
**2770*** |
4 |
(4) |
220/2024/IND |
MOHAMED MOHAMED, UARIACH |
**2840*** |
4 |
(4) |
221/2024/IND |
CONSEJO
RELIGIOSO MUSULMAN DE MELILLA |
**9002*** |
4 |
(4) |
MOTIVOS
DE EXCLUSIÓN:
(1)
Documentación incompleta
(2)
Desistido a petición del solicitante
(3)
Solicitud fuera de plazo de la convocatoria
(4)
Caducado
-
Que han sido consultados los datos existentes
en la BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones), en relación al artículo 13
apartado 2 de la ley general de subvenciones, de los solicitantes para la
implantación de los programas de incentivos, referentes al Real Decreto
477/2021, sin que se haya detectado incidencia alguna.
-
Que han sido consultados los datos existentes
al respecto de encontrarse al corriente en el cumplimiento del resto de
obligaciones establecidas, entre ellas, hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la
propia Ciudad Autónoma de Melilla, sin que se haya detectado incidencia alguna.
CONCLUSIÓN
A tenor de lo expuesto, por el órgano
instructor que suscribe, se traslada este informe ante el órgano competente
para que valore e instruya el procedimiento de aprobación/concesión provisional
de las solicitudes recibidas.”
F U N D A M E N T O S DE D E
R E C H O
-Real Decreto 477/2021, de 29 de
junio, por el que se aprueba la concesión directa a las Comunidades Autónomas y
a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos
programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes
de energía renovable, así como a la implantación de de sistemas térmicos
renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
-Orden de fecha 20 de febrero de
2022, relativa a aprobación de la convocatoria de los programas de incentivos
ligados al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así
como la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial
de la Ciudad Autónoma de Melilla, junto con las bases aplicables a la misma.
Ley38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
-Reglamento 887/2006, de 21 de julio,
General de Subvenciones.
-Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMEnúm.4224, de 9 de septiembre de 2005).
-Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla. (BOME Extrord.núm.2, de 30 de
enero de2017).
-Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las bases del Régimen Local.
-Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales.
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 768/2021/IND, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
P
R I M E R O.- Acordar la RESOLUCIÓN DEFINITVA DE CONCESION DE LAS SUBVENCIONES de la
solicitudes referenciadas, indicando como datos identificativos, nombre,
DNI/CIF/NIF, y programa de incentivos, quedando pendiente la aprobación de la
ayuda solicitada, una vez se haya recibido y comprobado la documentación
requerida en la Fase de Justificación en el plazo establecido en la Bases de la
Convocatoria, y realizada la verificación “In situ” de las instalaciones.
(FASE2).
S
E G U N D O.- Excluir de la FASE DE CONCESIÓN DEFINITIVA
por los motivos referenciados en la Tabla de exclusiones precitada, a las
solicitudes con motivos de exclusión
(4).
T
E R C E R O.- La citada Resolución nº 2022, en el punto 11,
relativo al procedimiento de concesión y justificación establece:
“Los
destinatarios últimos de las ayudas reguladas en esta convocatoria, en el plazo máximo de dieciocho meses
contados desde la fecha de la notificación de la concesión, deberán justificar
la realización de la inversión requerida para llevar a cabo la actuación objeto
de ayuda, a través de la presentación de la documentación establecida para cada
actuación subvencionable. La documentación que se aporte para justificar la
ejecución de la actuación, debe ser coherente con la información aportada en el
formulario de solicitud de la ayuda.
Comprobada
la ejecución de la actuación por parte de los sujetos que reciban la ayuda, así
como la entrega de toda documentación exigida dentro del plazo establecido, se
ordenará el pago de la subvención, con expresa referencia a la procedencia de
los fondos, mencionando al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, así como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y
al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, conforme a lo que pudiera
establecerse al respecto.
En
caso de que el destinatario final de la ayuda no cumpliera con la obligación de
justificación establecida en el precedente apartado no se procederá al pago de
la subvención y se declarará la pérdida del derecho al cobro de la misma, de
conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, utilizando, para ello, el procedimiento previsto en el artículo 42 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.”
C
U A R T O.- Que se publique en el Boletín Oficial de Melilla
(BOME), el contenido de la RESOLUCIÓN
DEFINITIVA DE CONCESION DE LA SUBVENCION.
De conformidad con los
artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de
octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás
concordantes, contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, los
interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de
un mes a partir de su notificación, o bien, podrá interponerse recurso
contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa
competente, en el plazo de dos meses.
No obstante, podrán utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para general
conocimiento.
Melilla, a 4 de diciembre de 2024,
El Secretario Técnico de Medio Ambiente de
Naturaleza,
Juan Luis Villaseca Villanueva