ARTÍCULO Nº 1127 (CVE: BOME-A-2024-1127) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6236 - viernes, 20 de diciembre de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA


Adenda convenio de colaboración entre la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación de Caridad Virgen de la Luz, para la realización de un "Proyecto socio educativo de apoyo para niños y niñas, y familias vulnerables".

BOME-P-2024-3551 Descargar página

Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la firma de la Adenda Convenio de Colaboración entre la Consejería de Políticas Sociales y salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla y la asociación de Caridad Virgen de la Luz para la realización de un “proyecto socio educativo de apoyo para niños y niñas y familias vulnerables”, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2400117 y los siguientes datos:

Consejería: CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA

Datos de Aprobación:

Órgano

Número

Fecha

Entidad:

Consejo de Gobierno

2024000780

11/12/2024

ES-G0198123-2 (ASOCIACION DE CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ)

ES-045271088-G (FERNANDEZ*CANO, MARIA DOLORES)

Fecha de formalización:           12/12/2024

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla, a 16 de diciembre de 2024,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez

BOME-P-2024-3552 Descargar página

ADENDA CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN DE CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ PARA LA REALIZACIÓN DE UN “PROYECTO SOCIO EDUCATIVO DE APOYO PARA NIÑOS Y NIÑAS Y FAMILIAS VULNERABLES”.

En Melilla, a 12 de diciembre de 2024

Las partes firmantes de común acuerdo, y previamente autorizada su suscripción por el Consejo de Gobierno en su reunión de 11 de diciembre de 2024 (2024000780, de 11/12/2024), tal y como prevé el art. 16.8 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2, de 30 de enero de 2017)

EXPONEN

Cláusula 1ª.- La presente Adenda deviene del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla y la ASOCIACIÓN DE CARIDAD “VIRGEN DE LA LUZ” para la realización de un “PROYECTO SOCIO EDUCATIVO DE APOYO PARA NIÑOS Y NIÑAS Y FAMILIAS VULNERABLES” (BOME número 6183, de 18 de junio de 2024)

Cláusula 2ª.- Se procede a la modificación del punto 9 del anexo A del Convenio de Colaboración, debiendo quedar redactado de la manera siguiente:

9.- RELACIÓN DE PERSONAL (con indicación de categoría profesional, tipo de jornada y horas semanales de dedicación al programa):

(1) COORDINADORA –jornada completa

(1) PSICOLOGA – media jornada

(1) TRABAJADOR SOCIAL- jornada completa

(1) MONITOR –jornada completa

(1) MAESTRA PRIMARIA – media jornada

(1) MONITORA PARA EXTRAESCOLARES – media jornada

(1) MAESTRA SECUNDARIA –media jornada

(1) INFORMÁTICO-media jornada

Cláusula 3ª.- Se precisa la formalización de una Adenda al Convenio para la mejora del proyecto desde septiembre hasta diciembre de 2024, a través de:

Gastos de actividades y mantenimiento: 48.783,68 €

Contratación de personal necesario

§     1 maestro/a   (media jornada)

§     1 auxiliar administrativo/a   (6 h/día)

§     1 monitor/a   (6 h/día)

§     1 limpiador/a   (media jornada).

Gastos de personal: 21.216,32 €

Cláusula 4ª.- Mediante propuesta de expediente de modificación de crédito de fecha 29 de julio de 2024, se justifica ese incremento para la mejora del PROYECTO SOCIO EDUCATIVO DE APOYO PARA NIÑOS Y NIÑAS Y FAMILIAS VULNERABLES, y se formaliza mediante expediente de Transferencia de Crédito entre Aplicaciones Presupuestarias al Capítulo IV por importe de 70.000,00 € (Expediente 6380/2024).

Cláusula 5ª.- Se requiere la adición de SETENTA MIL EUROS CON CERO CÉNTIMOS (70.000,00 €) al importe abonado durante el año 2024, suponiendo una alteración del coste económico del Convenio de Colaboración que se fijaba en CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL EUROS CON CERO CÉNTIMOS (185.000,00 €) y al tratarse de una subvención nominativa ha requerido la tramitación de expediente de transferencia de crédito aprobado por Decreto nº 219, de fecha 19 de septiembre de 2024, relativo a aprobación de Transferencia de Crédito entre Aplicaciones Presupuestarias de la misma Área de Gastos siendo la aplicación de destino nominativa número 24847/2024. (BOME Extraordinario número 54, de 24 de septiembre de 2024) fijándose el crédito total del que el Convenio de Colaboración se dota en DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL EUROS CON CERO CÉNTIMOS (255.000,00 €).

Cláusula 6ª.- Existe RC SUPLEMENTO DE RETENCIÓN CRÉDITO número 12024000054143 del 25 de septiembre de 2024 por un total de 70.000,00 € (operación previa RC SUBVENCIONES número 12024000007855 del 10 de marzo de 2024), a detraer de la Aplicación Presupuestaria núm. 05/23125/48001 - CONVENIO ASOCIACION CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ, que permite llevar a cabo el gasto adicional que conlleva la presente Adenda.

Cláusula 7ª.- Formalizado la presente Adenda, la Ciudad Autónoma de Melilla procederá a transferir a la ASOCIACIÓN DE CARIDAD “VIRGEN DE LA LUZ” (CIF G01981232) la cantidad prevista en la cláusula 6ª, siguiendo el siguiente procedimiento:

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1º.- Previa justificación por parte de la entidad de la ejecución del convenio hasta el día 30 de noviembre de 2024, la Dirección General del Menor y la Familia certificará, en su caso, la adecuada justificación de la actividad ya ejecutada procediéndose a un primer pago por cuantía equivalente a dicha justificación.

2º.- Con respecto al resto del periodo de vigencia del convenio, y previa justificación documental del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2024, la CAM procederá a realizar el pago con CARÁCTER ANTICIPADO del importe restante de la cuantía conveniada.

Dada la naturaleza de la entidad a subvencionar no se establece régimen alguno de garantía.

Cláusula 8ª.- En lo no modificado por la presente Adenda, seguirá de aplicación lo establecido en el Convenio de Colaboración suscrito entre las partes intervinientes el pasado 11 de junio de 2024 (BOME Número 6183 de martes 18 de junio de 2024)

Y para que así conste y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman la presente Adenda del Convenio en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

 

Melilla, a 12 de diciembre de 2024,

Por la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública,

La Consejera de Políticas Sociales y Salud Pública,

Randa Mohamed El Aoula

 

Por la Asociación de Caridad ‘’Virgen de la Luz’’,

María Dolores Fernández