ARTÍCULO Nº 1134
(CVE: BOME-A-2024-1134)
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BOME Nº 6237 - martes, 24 de diciembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA
Orden nº 3920, de fecha 4 de diciembre de 2024, relativa a concesión de subvención directa a la Asociación Happy Pets de Melilla.

La titular de la Consejería, mediante
Orden/Resolución de 04/12/2024,
registrada al número 2024003920, en el Libro Oficial de Resoluciones de la
Consejería ha dispuesto lo siguiente:
I.- Con fecha 8 de noviembre de 2024, tiene
entrada oficio de la Asociación HAPPY PETS de Melilla Reg. Entrada núm.
2024097081 en el que solicita la concesión de una subvención para ser destinada
a sufragar los gastos del mantenimiento de los gatos y los tratamientos
veterinarios atendidos en las colonias felinas que gestionan.
II.-
Con fecha 20 de noviembre de 2024, y de conformidad
con lo dispuesto en el art. 51.3 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la CAM, se emite Informe favorable del Secretario Técnico de
la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública.
III.-
Por la Dirección General de Salud Pública se han
emitido con fecha 14 y 15 de noviembre de 2024 Informes Favorables a la
concesión de la citada subvención por existir motivos de interés público y
social por cuanto no solo implementan el bienestar animal, sino que además,
garantizan la salud pública debido a la labor de prevención, en cuanto a
combatir la proliferación de enfermedades que, en muchos casos son contagiosas
para los humanos, e incluso pueden llegar a ser mortales, como la rabia.
IV.-Se ha comprobado con carácter previo a la
concesión de la subvención, y consta en el expediente que el solicitante se
halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a
la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y certificado de
no deudas de que el solicitante no es deudor por ningún concepto a la Ciudad
Autónoma
V.-
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de julio de 2023 (BOME de 31 de julio)
relativo a la distribución de competencias entre las distintas Consejerías,
atribuye en su apartado 8.2.1 competencias de carácter general, además de las
señaladas para los titulares de las Consejerías, las dispuestas en el artículo
33 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de
Melilla, así , en el apartado b) les confieren en general, el desarrollo de
programas y la concesión y gestión de subvenciones en materias propias de la
Consejería.
VII.-
De conformidad con lo establecido en el artículo 19.3 del Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME 4224 de 9 de septiembre de
2005), podrán concederse de forma directa
y sin necesidad de convocatoria pública, las subvenciones con carácter
excepcional establecidas en el apartado 3, en las que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario u otras, debidamente justificadas,
que dificulten su convocatoria.
VIII.-
El art. 65. 3 del Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que
recoge posteriormente en ese apartado que:
“La
resolución o, en su caso, el convenio deberá incluir los siguientes extremos:
a) Determinación del objeto de la subvención y
de sus beneficiarios, de acuerdo con la asignación presupuestaria.
b) Crédito presupuestario al que se imputa el
gasto y cuantía de la subvención, individualizada, en su caso, para cada
beneficiario si fuesen varios.
c) Compatibilidad o incompatibilidad con otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes
de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la
Unión Europea o de organismos internacionales.
d) Plazos y modos de pago de la subvención,
posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta, así como el
régimen de garantías que, en su caso, deberán aportar los beneficiarios.
e) Plazo y forma de justificación por parte del
beneficiario del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la
subvención y de la aplicación de los fondos percibidos”.
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 36602/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
1º.- La emisión de Orden de la Consejería de
Políticas Sociales y Salud Pública para la financiación de la subvención
solicitada por HAPPY PETS de
Melilla, titular del CIF núm. G72887516,
y domicilio social en la Avda. Marina Española 6 de Melilla, por importe de 17.900 €, para destinarlo a sufragar
gastos de alimentación, así como a la adquisición de dispositivos para los
gatos callejeros y gastos veterinarios puntuales realizados durante el año
2024.
2º.- El crédito presupuestario al que se
imputa el gasto es la Aplicación Presupuestaria núm. 05/31106/48000 RC
SUBVENCIONES nº 12024000078231 de 5
de noviembre de 2024 en por importe de 17.900
€.

vigentes, y
es compatible con otra que se perciba para
sufragar la misma actuación siempre y cuando no supere el importe real de la misma.
4º.- El abono se realizará mediante Orden de
Pago una vez que se hayan presentado los documentos justificativos de las
actividades y gastos ejecutados, y se efectuará mediante transferencia
bancaria.
5º.- El plazo máximo para la justificación
será el 31 de enero de 2025 aportando la documentación original que justifique
los gastos sufragados
Lo que se notifica para su conocimiento y
efectos oportunos.
Melilla, a 19 de diciembre de 2024,
El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud
Pública,
Victoriano Juan Santamaría Martínez