ARTÍCULO Nº 1146 (CVE: BOME-A-2024-1146) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6238 - viernes, 27 de diciembre de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - DELEGACIÓN DE GOBIERNO EN MELILLA - Área de Trabajo e Inmigración


Resolución y acta del acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo del sector siderometalurgia.

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DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MELILLA

ÁREA TRABAJO E INMIGRACIÓN

Resolución de fecha 23 de diciembre de 2024 del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Melilla por la que se registra y publica el Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del sector SIDEROMETALURGIA.

Visto el texto del  Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del sector SIDEROMETALURGIA de la Ciudad de Melilla que fue suscrito con fecha 06 de noviembre de 2024, de una parte, por la Asociación de Empresarios Instaladores y Mantenedores de Melilla, y la Asociación de Empresarios de Talleres de Reparación de Automóviles, y, de otra parte, por los sindicatos Comisiones Obreras y la Federación de Industria, Construcción y Agro-Unión General de Trabajadores, por el que se acuerda y aprueba la revisión salarial cuyo detalle se recoge en el texto que acompaña a la presente Resolución; resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo,

La Delegada del Gobierno en Melilla, es competente para resolver el presente expediente a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 2725/1998, de 18 de diciembre, artículo 4 apartado 2: “Los Delegados del Gobierno en la ciudades de Ceuta y Melilla asumirán las competencias resolutorias o de emisión de propuestas de resolución de los respectivos Directores de Trabajo e Inmigración de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno”.

Por Resolución del Delegado del Gobierno en Melilla, de fecha 11 de mayo de 2000, BOME 15 de abril, se delegó en el Director del Área de Trabajo y Asuntos Sociales, hoy Área de Trabajo e Inmigración de esta Delegación del Gobierno, en su ámbito territorial de actuación, la competencia para resolver: Expedientes de Regulación de Empleo, Registro y Depósito de Convenios Colectivos y Registro e Inscripción de Cooperativas.

ACUERDA

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla».

 

Melilla, a 23 de diciembre de 2024,

LA DIRECTORA DEL ÁREA DE TRABAJO E INMIGRACIÓN,

ELENA NIETO DELGADO

BOME-P-2024-3593 Descargar página

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE SIDEROMETALURGIA DE MELILLA.

 

POR COMISIONES OBRERAS

Don Francisco López Fernández

Doña Mireya Pinto García

 

POR FEDERACIÓN DE INDUSTRIA, CONSTRUCCIÓN Y AGRO-UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES 

Don Jesús Ordoñez Gámez

Don Jalid Driss Bouyemaa

Asesora: Dolores María López Guardia

Asesor: Samir Elghadef Mohamed

 

POR ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS INSTALADORES Y MANTENEDORES DE MELILLA

Don Francisco José Arellano Iglesias

Don Ignacio Miguel Casquet Uceda

Asesor: José Lucio Reyes

 

POR ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE TALLERES Y REPARACIÓN DE AUTOMOVILES:

Don José Manuel Arias Nicolás

REUNIDOS

En Melilla, a 6 de noviembre de 2024, siendo las 20:00 horas, en los locales de UGT, sito en Plaza 1º de Mayo, s/n, 2º planta, los arriba referenciados, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Siderometalúrgica de Melilla.

ACUERDAN

PRIMERO: Aprobar las tablas salariales que se adjuntan, teniendo en cuenta, tanto el incremento del salario mínimo interprofesional fijado para el año 2024, como el acuerdo estatal de CEOE, UGT y CCOO, incremento del 4%, y 3%, respectivamente, para los años 2023 y 2024, y que se adjuntan como Anexo I 

SEGUNDO: Acuerdan que dichas tablas se apliquen, con carácter retroactivo, desde el 1 de julio de 2024, (segundo semestre del año), y que los atrasos se abonen en el plazo máximo de 2 meses desde su publicación en el BOME

TERCERO: Acuerdan que en el plazo de un mes desde que se publique el IPC del año 2025, se convocará a la Comisión negociadora para actualización de las presentes tablas de 2024, incrementando, en su caso, el 3% previsto en el Acuerdo Estatal.

CUARTO: Remitir el presente Acuerdo al Área Funcional de Trabajo de la Delegación del Gobierno de Melilla, para su registro, aprobación  y publicación en el Boletín Oficial de la ciudad. 

Y en prueba de lo acordado firman el presente:

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TABLA DE SALARIOS VIGENTE AÑO 2024

 

GRUPO

DIVISIÓN FUNCIONAL

CATEGORÍA PROFESIONAL

SALARIO BASE DIARIO

PLUS RESIDENCIA DIARIO

TRANSPORTE MENSUAL

VESTUARIO MENSUAL

1

PERSONAL TECNICO

Ingeniero/a superior Arquitectos/as

42,68 €

10,67 €

55,12 €

12,95 €

2

PERSONAL TECNICO

Ingeniero técnico Arquitecto técnico

40,87 €

10,22 €

55,12 €

12,95 €

3

PERSONAL TECNICO

Jefe Taller Maestro Industrial

40,40 €

10,10 €

55,12 €

12,95 €

4

EMPLEADOS/AS OPERARIOS

Encargados Profesional Oficios

39,17 €

9,79 €

55,12 €

12,95 €

5

EMPLEADOS/AS

Oficial Administrativo

38,20 €

9,55 €

55,12 €

12,95 €

PERSONAL OPERARIO

Oficial de 1ª

37,15 €

9,29 €

55,12 €

12,95 €

Oficial de 2ª

34,55 €

8,64 €

55,12 €

12,95 €

6

EMPLEADOS/AS

Auxiliar Administrativo

34,42 €

8,61 €

55,12 €

12,95 €

PERSONAL OPERARIO

Oficial de 3ª

32,00 €

8,00 €

55,12 €

12,95 €

Especialista

30,23 €

7,56 €

55,12 €

12,95 €

7

PERSONAL OPERARIO

Peón Aprendiz

29,72 €

7,43 €

55,12 €

12,95 €

PERSONAL OPERARIO

Contratos Formativos

29,67 €

7,42 €

55,12 €

12,95 €