ARTÍCULO Nº 1146
(CVE: BOME-A-2024-1146)
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BOME Nº 6238 - viernes, 27 de diciembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - DELEGACIÓN DE GOBIERNO EN MELILLA - Área de Trabajo e Inmigración
Resolución y acta del acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo del sector siderometalurgia.

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN
MELILLA
ÁREA TRABAJO E INMIGRACIÓN
Resolución
de fecha 23 de diciembre de 2024 del Área de Trabajo e Inmigración de la
Delegación del Gobierno en Melilla por la que se registra y publica el Acta del
Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del sector
SIDEROMETALURGIA.
Visto el texto del Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora
del Convenio Colectivo del sector SIDEROMETALURGIA de la Ciudad de Melilla que
fue suscrito con fecha 06 de noviembre de 2024, de una parte, por la Asociación de Empresarios Instaladores y
Mantenedores de Melilla, y la
Asociación de Empresarios de Talleres de Reparación de Automóviles, y, de
otra parte, por los sindicatos Comisiones
Obreras y la Federación de Industria,
Construcción y Agro-Unión General de Trabajadores, por el que se acuerda y aprueba
la revisión salarial cuyo detalle se recoge en el texto que acompaña a la
presente Resolución; resulta de aplicación lo
dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro
y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo,
La Delegada del Gobierno en
Melilla, es competente para resolver el presente expediente a tenor de lo
dispuesto en el Real Decreto 2725/1998, de 18 de diciembre, artículo 4 apartado
2: “Los Delegados del Gobierno en la ciudades de Ceuta y Melilla asumirán las
competencias resolutorias o de emisión de propuestas de resolución de los
respectivos Directores de Trabajo e Inmigración de las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno”.
Por Resolución del Delegado del
Gobierno en Melilla, de fecha 11 de mayo de 2000, BOME 15 de abril, se delegó
en el Director del Área de Trabajo y Asuntos Sociales, hoy Área de Trabajo e
Inmigración de esta Delegación del Gobierno, en su ámbito territorial de
actuación, la competencia para resolver: Expedientes
de Regulación de Empleo, Registro y Depósito de Convenios Colectivos y Registro
e Inscripción de Cooperativas.
ACUERDA
Primero.
Ordenar la inscripción de la
citada Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora en el correspondiente
Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo con funcionamiento a
través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la
Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el
«Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla».
Melilla, a 23 de
diciembre de 2024,
LA DIRECTORA DEL ÁREA
DE TRABAJO E INMIGRACIÓN,
ELENA NIETO DELGADO

ACUERDO
DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE SIDEROMETALURGIA DE MELILLA.
POR COMISIONES OBRERAS
Don Francisco López Fernández
Doña Mireya Pinto García
POR FEDERACIÓN DE INDUSTRIA, CONSTRUCCIÓN Y AGRO-UNIÓN GENERAL DE
TRABAJADORES
Don Jesús Ordoñez Gámez
Don Jalid Driss Bouyemaa
Asesora: Dolores María López Guardia
Asesor: Samir Elghadef Mohamed
POR ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS INSTALADORES Y MANTENEDORES DE MELILLA
Don Francisco José Arellano Iglesias
Don Ignacio Miguel Casquet Uceda
Asesor: José Lucio Reyes
POR ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE TALLERES Y REPARACIÓN DE AUTOMOVILES:
Don José Manuel Arias Nicolás
REUNIDOS
En Melilla, a 6 de noviembre de 2024, siendo las 20:00 horas, en los
locales de UGT, sito en Plaza 1º de Mayo, s/n, 2º planta, los arriba
referenciados, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de
Siderometalúrgica de Melilla.
ACUERDAN
PRIMERO:
Aprobar las tablas salariales que se adjuntan, teniendo en cuenta, tanto el
incremento del salario mínimo interprofesional fijado para el año 2024, como el
acuerdo estatal de CEOE, UGT y CCOO, incremento del 4%, y 3%, respectivamente,
para los años 2023 y 2024, y que se adjuntan como Anexo I
SEGUNDO: Acuerdan que dichas tablas se apliquen, con carácter retroactivo,
desde el 1 de julio de 2024, (segundo semestre del año), y que los atrasos se
abonen en el plazo máximo de 2 meses desde su publicación en el BOME
TERCERO: Acuerdan que en el plazo de un mes desde que se publique el IPC del
año 2025, se convocará a la Comisión negociadora para actualización de las
presentes tablas de 2024, incrementando, en su caso, el 3% previsto en el
Acuerdo Estatal.
CUARTO:
Remitir el presente Acuerdo al Área Funcional de Trabajo de la Delegación del
Gobierno de Melilla, para su registro, aprobación y publicación en el Boletín Oficial de la
ciudad.
Y en prueba de lo acordado firman el presente:

TABLA DE SALARIOS VIGENTE AÑO 2024
GRUPO |
DIVISIÓN FUNCIONAL |
CATEGORÍA PROFESIONAL |
SALARIO BASE DIARIO |
PLUS RESIDENCIA DIARIO |
TRANSPORTE MENSUAL |
VESTUARIO MENSUAL |
1 |
PERSONAL TECNICO |
Ingeniero/a superior Arquitectos/as |
42,68 € |
10,67 € |
55,12 € |
12,95 € |
2 |
PERSONAL TECNICO |
Ingeniero técnico Arquitecto técnico |
40,87 € |
10,22 € |
55,12 € |
12,95 € |
3 |
PERSONAL TECNICO |
Jefe Taller Maestro Industrial |
40,40 € |
10,10 € |
55,12 € |
12,95 € |
4 |
EMPLEADOS/AS OPERARIOS |
Encargados Profesional Oficios |
39,17 € |
9,79 € |
55,12 € |
12,95 € |
5 |
EMPLEADOS/AS |
Oficial Administrativo |
38,20 € |
9,55 € |
55,12 € |
12,95 € |
PERSONAL OPERARIO |
Oficial de 1ª |
37,15 € |
9,29 € |
55,12 € |
12,95 € |
|
Oficial de 2ª |
34,55 € |
8,64 € |
55,12 € |
12,95 € |
||
6 |
EMPLEADOS/AS |
Auxiliar Administrativo |
34,42 € |
8,61 € |
55,12 € |
12,95 € |
PERSONAL OPERARIO |
Oficial de 3ª |
32,00 € |
8,00 € |
55,12 € |
12,95 € |
|
Especialista |
30,23 € |
7,56 € |
55,12 € |
12,95 € |
||
7 |
PERSONAL OPERARIO |
Peón Aprendiz |
29,72 € |
7,43 € |
55,12 € |
12,95 € |
PERSONAL OPERARIO |
Contratos Formativos |
29,67 € |
7,42 € |
55,12 € |
12,95 € |