ARTÍCULO Nº 12 (CVE: BOME-A-2025-12) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6240 - viernes, 3 de enero de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Orden nº 1753, de fecha 18 de diciembre de 2024, relativa a convocatoria de plazas del programa de formación del convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad Autónoma de Melilla para el desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas desfavorecidas 2024/2025.
El Excmo. Sr. Consejero de Educación , Juventud y
Deporte, mediante orden, número 2024001753, del día 18 de diciembre de 2024, ha
dispuesto lo siguiente:
“CONVOCATORÍA DE PLAZAS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y LA CIUDAD AUTONOMA
DE MELILLA PARA EL DESARROLLO DE DIVERSOS PROGRAMAS DE INTERÉS MUTUO CENTRADOS
EN ACCIONES DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA Y DE FORMACIÓN DE PERSONAS JÓVENES Y
ADULTAS DESFAVORECIDAS 2024/2025.
De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula segunda, apartado B), del
convenio de Colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación
Profesional y la Ciudad Autónoma de Melilla, para el desarrollo de diversos
programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de
formación de personas jóvenes y adultas desfavorecidas correspondiente al curso
2024/2025, suscrito en fecha 02 de agosto de 2024 y publicado en BOME nº 6199,
del martes 13 de agosto de 2024, VENGO A ORDENAR la convocatoria de las siguientes plazas, correspondientes a las
acciones del Programa de Formación objeto del convenio, de acuerdo con la
siguiente oferta:
1.
PLAN DE ALFABETIZACIÓN EN
INMERSIÓN LINGÚÍSTICA EN CASTELLANO.
Nº de Plazas |
Perfil |
30 |
Dirigidos a adultos/as con
necesidades de alfabetización en lengua castellana y de adquisición de
competencias básicas para favorecer su integración socio-laboral, cuando las
medidas establecidas en los centros de educación de personas adultas no
responden a sus necesidades. |
15 |
Dirigidos a menores
alumnados de escolarización tardía en el sistema educativo español así como
menores extranjeros no acompañados con necesidades de inmersión lingüística,
refuerzo tutorial y adaptación. |
2.
PROGRAMAS IMPULSO FORMATIVO HACIA
LA EMPLEABILIDAD.
A) PREPARACIÓN PARA LAS PRUEBAS
DE ACCESO A GRADO MEDIO.
Nº de Plazas |
Perfil |
Especificaciones |
12 |
PREPARACIÓN PARA LAS PRUEBAS DE ACCESO A GRADO MEDIO |
Programa dirigido a jóvenes mayores de dieciséis años y menores de
veinticuatro, con bajo nivel formativo, en situaciones de desempleo y
desescolarización que no están en posesión de una titulación básica o que
aún, disponiendo de ella, no han continuado formándose o están próximos a
abandonar. |
B) PROGRAMA DE INICIACIÓN PROFESIONAL.
Nº de Plazas |
Perfil |
Especificaciones |
15 |
AUXILIAR EN RESTAURACIÓN/HOSTELERIA |
Los talleres irán dirigidos a jóvenes mayores de 16 años y menores de 24
que hayan abandonada el sistema educativo sin haber adquirido ninguna
titulación y con notorias dificultades
de adaptación al medio escolar y/o
laboral y que , por esto se encuentren en grave riesgo de exclusión social,
así como a aquellos jóvenes que, con independencia de las circunstancias que concurran,
necesiten una inmediata incorporación al mundo laboral o la reincorporación
al sistema educativo y no dispongan de las competencias básicas necesarias. |
15 |
AUXILIAR EN
INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES |
|
15 |
AUXILIAR ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA |
REQUISITOS, SOLICITUDES Y
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:
1.
Podrán participar en el Programa de Formación los ciudadanos con
residencia legal en Melilla que respondan a los perfiles establecidos para cada
una de acciones formativas que se ofertan.
2.
Los interesados deberán formular su solicitud en el modelo oficial que
les será facilitado en la página web de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la
Consejeria de Educación, Juventud y Deporte; al partir del día siguiente al de
la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Melilla,
hasta completar el número de plazas ofertadas..
3.
Las plazas disponibles se adjudicarán por el orden de su presentación en
el Registro de entrada de la Ciudad Autónoma de Melilla.
4.
Corresponde a la coordinación general del convenio la instrucción del
procedimiento de adjudicación de las plazas, la cual realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la
resolución.
5.
El órgano colegiado competente para efectuar la propuesta de
adjudicación estará compuesto como mínimo, por el Director General de Política
Educativa y dos empleados públicos designados por la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte, actuando como secretario la persona responsable de la
coordinación general del Convenio. La propuesta de resolución se formulará por
la citada Dirección General de Política
Educativa, que será el competente para resolver la convocatoria.
6.
La resolución deberá relacionar a los solicitantes que obtengan plaza y
determinar una lista de reserva con aquellos que no la obtengan. Una vez
admitidos los solicitantes, se comprobará que éstos cumplen los requisitos para
participar en la actividad de que se trate, quedando excluidos en caso de
incumplimiento, para adjudicar la plaza al siguiente solicitante de la lista de
reserva.
7.
La resolución del procedimiento se notificará a los interesados mediante
su publicación en el Tablón de Anuncios de la Dirección General de Educación y
Política Educativa de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de
conformidad con lo preceptuado por el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015 de 1
de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
De conformidad con el artículo 121 y demás concordante de la Ley 39/2015
de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, contra la presente convocatoria, que no agota la vía administrativa
cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente al de la publicación de la presente Orden, pudiendo presentarse
el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano competente
para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier
otro recurso que estime oportuno.”
Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general
conocimiento.
Melilla, a 30 de diciembre de 2024,
El Director General de Política Educativa,
David Azancot Chocrón