ARTÍCULO Nº 29
(CVE: BOME-A-2025-29)
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BOME Nº 6244 - viernes, 17 de enero de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Autoridad Portuaria de Melilla para la ejecución de actuaciones el Muelle de Cruceros.

Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la aprobación del CONVENIO DEL MUELLE DE CRUCEROS, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2500003 y los siguientes datos:
Consejería:
Órgano Número Fecha Entidad:
Fecha de Formalización: |
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA Datos de Aprobación: Consejo de Gobierno 2024000825 30/12/2023 ES-Q2967003-A (AUTORIDAD PORTUARIA DE MELILLA)
10/01/2025 |
De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.
Melilla, 14 de enero de 2025,
El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Naturaleza,
Juan Luis Villaseca Villanueva

ANEXO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA AUTORIDAD PORTUARIA DE MELILLA PARA LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES EL MUELLE DE CRUCEROS.
REUNIDOS
De una parte, D. Daniel Ventura Rizo, en calidad de Consejero de Medio Ambiente y Naturaleza, en representación de la Ciudad Autónoma de Melilla, con domicilio en Plaza de España, s/n, Palacio de la Asamblea, Melilla.
De otra parte, Manuel Ángel Quevedo Mateos, en calidad de Presidente de la Autoridad Portuaria de Melilla, con domicilio en Avenida de la Marina Española, 4, Melilla.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Convenio de Colaboración y, a tal efecto,
EXPONEN
Que la Ciudad Autónoma de Melilla tiene entre sus objetivos estratégicos el desarrollo de infraestructuras y espacios públicos que favorezcan la interacción entre el puerto y la ciudad, conforme al Plan Estratégico de Melilla 2020-2029.
Que la Autoridad Portuaria de Melilla ha identificado la necesidad de construir un nuevo muelle de cruceros para embarcaciones de grandes esloras, que permita el atraque de buques de hasta 400 metros, así como la regeneración de playas y la reutilización de materiales reciclados.
Que mediante la modificación presupuestaria n.º 31309/2024, publicada en el BOME de fecha 04 de diciembre de 2024, se ha dotado la partida 07/45900/72300, denominada "Convenio Autoridad Portuaria Regeneración de Playas y Participación en el Nuevo Muelle de Cruceros", con un importe de 3.500.000 euros.
Que ambas entidades consideran oportuno formalizar el presente convenio para coordinar las acciones necesarias para la ejecución de las actuaciones previstas.
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente convenio tiene por objeto regular la financiación y ejecución de diversas actuaciones de interés general relacionadas con el nuevo muelle de cruceros, incluyendo:
1. Construcción del nuevo muelle para embarcaciones de grandes esloras.
2. Dragado general del área portuaria y regeneración de playas urbanas de Melilla. Esto incluye el vertido de arenas en las playas urbanas, ampliación de las mismas y mejora de la estabilidad del litoral, especialmente en zonas como la Playa del Hipódromo.
3. Instalación de equipamiento portuario, como defensas y bolardos, así como mejora de accesos.
4. Reutilización de materiales reciclados, incluyendo escorias de incineradoras si es viable técnica y ambientalmente, en el relleno de cajones portuarios y demás actuaciones con valor medioambiental.
Segunda. Financiación.
La ciudad Autónoma de Melilla aportará un total de 3.500.000 euros mediante un abono anticipado, imputado a la partida presupuestaria 07/45900/72300.
Tercera. Obligaciones de las partes:
Por la Ciudad Autónoma de Melilla.
• Realizar el abono del importe comprometido en un solo pago anticipado.
• Colaborar en las actuaciones necesarias para la tramitación administrativa y técnica.

• Emitir un informe técnico vinculante sobre el proyecto de dragado general y regeneración de las playas urbanas de melilla.es Por la Autoridad Portuaria de melilla.
• Ejecutar las actuaciones previstas respetando los plazos y especificaciones técnicas acordadas.
• Presentar antes del 31 de diciembre de 2027, una memoria justificativa que incluya:
- Memoria detallada de las actuaciones realizadas.
- Contratos formalizados y facturas.
- Certificaciones finales y documentos de pago.
• Facilitar a la Ciudad Autónoma la información requerida para el control financiero.
Cuarta. Plazos de Ejecución.
El convenio tendrá una duración inicial de tres años, prorrogable un año más en caso de retrasos justificados y previa solicitud de la Autoridad Portuaria de Melilla, que deberá producirse ante de concluir el plazo inicial. Las actuaciones deberán iniciarse en el primer trimestre de 2025 y concluir antes del 31 de diciembre de 2027.
Quinta. Compatibilidad.
El importe de la subvención será compatible con otras ayudas siempre que no exceda el coste total de las actuaciones previstas.
Sexta. Control y Seguimiento.
Se constituirá una comisión de seguimiento integrada por representantes de ambas partes para supervisar el cumplimiento del convenio.
Séptima. Resolución del Convenio.
El presente convenio podrá resolverse por mutuo acuerdo, incumplimiento de las obligaciones o imposibilidad sobrevenida de su ejecución.
Octava. Régimen Jurídico.
El convenio se regula conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Reglamento de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en dos ejemplares, en el lugar y fecha indicados.
Por la Ciudad Autónoma de Melilla: |
Por la Autoridad Portuaria de Melilla: |