ARTÍCULO Nº 41
(CVE: BOME-A-2025-41)
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BOME Nº 6246 - viernes, 24 de enero de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA
Orden nº 191, de fecha 21 de enero de 2025, relativa a convocatoria de expresiones de interés para el Programa FEDER Melilla 2021-2027, objetivo específico 2.5 "agua", medida 2.5.1 "ciclo integral del agua".

El/La titular de la Consejería/Viceconsejería,
mediante Orden/Resolución de 21/01/2025, registrada al número 2025000191, en el
Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
La Convocatoria de Expresiones de Interés
(EdI) constituye el inicio del procedimiento de evaluación, selección y
aprobación de operaciones establecido en la Descripción de Funciones y
Procedimientos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, como una de las metodologías
de selección de operaciones la "selección de operaciones a partir de
convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios”.
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 1380/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La aprobación de la CONVOCATORIA DE EXPRESIONES
DE INTERÉS PARA EL PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, Objetivo Específico 2.5
“Agua”, Medida 2.5.1 “Ciclo Integral del Agua”.
INTRODUCCIÓN
La Convocatoria de Expresiones de Interés (EdI) constituye el inicio del
procedimiento de evaluación, selección y aprobación de operaciones establecido
en la Descripción de Funciones y Procedimientos del Programa FEDER MELILLA
2021-2027, como una de las metodologías de selección de operaciones la
"selección de operaciones a partir de convocatorias de expresiones de
interés de los potenciales beneficiarios”.
La Decisión de Ejecución C (2022) 8900 de la Comisión, aprobó el
Programa FEDER de Melilla para el período 2021-2027, en el marco del objetivo
de inversión en empleo y crecimiento para la Ciudad de Melilla en España. Este
Programa fue posteriormente aprobado por la Asamblea de la Ciudad de Melilla en
fecha 06/02/2023.
Conforme lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 2021/1060 de
Disposiciones Comunes, se precisa una solicitud de financiación presentada al
Organismo Intermedio por parte del beneficiario de cada operación, y teniendo
en cuenta que, salvo en los regímenes de ayuda y en las operaciones que vienen
expresamente recogidas en el Programa, la selección de operaciones se realizará
a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales
beneficiarios. Si bien dada la entidad del PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, la
práctica totalidad de las operaciones ya están seleccionadas en el mismo,
siendo las convocatorias de expresiones de interés, las que operarán respecto a
las no previstas en el mismo.
Se efectúa esta convocatoria para que los beneficiarios potenciales, que
llevarán a cabo las diversas actuaciones (en el ejercicio de las competencias
que tienen específicamente atribuidas), susceptibles de ser cofinanciadas por
el FEDER, y que serán los responsables de presentar las expresiones de interés,
mediante la correspondiente “Solicitud de financiación”, junto la documentación
que se referirá, a fin de que propongan
y expresen sus intereses en la ejecución de operaciones incluidas en
el Objetivo Específico que se describe a continuación, parte del Programa
Operativo FEDER MELILLA 2021-2027, bajo los principios generales de
transparencia, concurrencia y no discriminación.
Esta metodología de selección se aplica en el caso de actuaciones a
desarrollar por los órganos gestores del Programa FEDER MELILLA 2021-2027 en el
ejercicio de sus competencias, que tienen específicamente atribuidas, y que
cuentan con financiación afectada FEDER en su presupuesto para llevar a cabo
operaciones elegibles que se ajusten en el Programa Operativo FEDER MELILLA
2021-2027, al documento de Criterios y Procedimientos de Selección de
Operaciones (CPSO), alineados con el Plan Estratégico, a la normativa
comunitaria, estatal y a la desarrollada por la C.A de Melilla en su ámbito de
aplicación.

Ciudad Autónoma, como Organismo
Intermedio del Programa, pueda seleccionar y aprobar operaciones de acuerdo con
los mismos.
Por lo tanto, como se ha indicado, esta convocatoria constituye el acto
de inicio del procedimiento de selección de operaciones que se realizará
dirigidas a las Direcciones Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla, en
función de su ámbito material de competencias, en su doble condición de órganos
gestores y beneficiarios del PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027 en los supuestos
donde no esté ya aprobada la operación
en el Programa para su ejecución por las
Direcciones Generales, corresponda la selección mediante convocatoria de ayudas
en régimen de concurrencia, mediante la convocatoria de expresiones de interés.
La Dirección General de Planificación Estratégica y Programación, como
unidad responsable de la selección de operaciones en la Ciudad Autónoma de
Melilla, correspondiente al Programa FEDER MELILLA 2021-2027, realizará el
procedimiento de la selección de las operaciones, mediante resolución del
Consejero de Hacienda a propuesta del responsable de la DG de Planificación
Estratégica y Programación, a partir de las expresiones de interés remitidas por los departamentos
referidos interesados, dejando constancia
documental de todas las recibidas y se comunicarán las decisiones adoptadas
sobre la aceptación o rechazo de las solicitudes mediante la emisión del
correspondiente informe de valoración.
CONVOCATORIA DE EXPRESIONES
DE INTERÉS
1.
ÓRGANO CONVOCANTE:
ORGANISMO INTERMEDIO DEL PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, Consejería de
Hacienda de la Ciudad Autónoma de Melilla, Dirección General de Planificación
Estratégica y Programación, que ha obtenido esta condición con fecha
17/12/2024, una vez aceptado el acuerdo de Atribución de Funciones aprobado por
la Autoridad de Gestión del Programa.
2.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
La presente convocatoria tiene por objeto abrir para el período
2021-2027, el procedimiento para recibir las propuestas de operaciones, para su
selección y cofinanciación por el FEDER en el marco del Programa FEDER MELILLA
2021-2027, para el Objetivo Político, Prioridad de Inversión y Objetivo
Específico descritos a continuación:
·
OBJETIVO POLÍTICO: 2, “Una Europa más verde”.
·
PRIORIDAD DE INVERSIÓN: 2.A “Transición verde”.
·
OBJETIVO ESPECÍFICO: OE25 – “Agua”.
·
MEDIDA: 2.5.1 “Ciclo Integral del
Agua”.
Para la aprobación de las operaciones, se
deberán aplicar
los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones
aprobados por el Comité de Seguimiento del Programa referido, con fecha
21/03/2024, que se publicará en el mismo apartado de la web de la Ciudad
Autónoma de Melilla que se referirá.
Los Criterios de Selección
aplicables son los siguientes:
a)
Tipos
de acciones incluidas en el programa:
Los tipos de acciones que se ejecutarán en desarrollo de estos proyectos
consisten en:
-
Acciones de mejora del sistema de agua reutilizada.
-
Acciones de mejora en la red de abastecimiento de agua para el consumo
humano.
Estos tipos de acciones se describen a continuación:
- Acciones de mejora del
sistema de agua reutilizada: Ampliación de la capacidad de producción de agua
regenerada procedente del tratamiento terciario de la EDAR y ampliación de
la red actual de distribución de la misma,
para su reutilización como agua de proceso en instalaciones industriales
(Planta Incineradora de Residuos, Planta de tratamiento de RCD’s y otras
instalaciones) y para incorporación del excedente a la cabecera del Río de Oro
a fin de complementar otras actuaciones que la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir está proyectando en el cauce (trabajos de renaturalización e
instalación de pantallas en el subálveo para mejorar la retención en el
acuífero aluvial). Las acciones se desarrollarán siguiendo el Plan Hidrológico
del Guadalquivir.
- Acciones de mejora en la red
de abastecimiento de agua para el consumo humano: Renovación de los equipos,
sistema de control y automatización del sistema de producción de agua potable
(Red de pozos subterráneos y depósitos de almacenamiento, instalaciones de
tratamiento, red de distribución, etc.).
Las inversiones en mayores infraestructuras de tratamiento o incremento
de disponibilidad de agua potable se ejecutarán siguiendo el principio de
jerarquía del agua, priorizando en primer lugar acciones para reducir la
demanda total, teniendo en cuenta la Directiva UE de Agua Potable (Directiva
(EU) 2020/2184.
Así mismo, se incluirán acciones para aumentar la resiliencia de los
sistemas de suministro, mejorar los sistemas de suministro de agua de pequeño y
mediano tamaño y apoyar un uso eficiente de los recursos hídricos.

•
Estas operaciones incluidas en el OE 2.5 están definidas en el Programa
FEDER Melilla 2021-2027 como de “importancia estratégica”.
b)
Presupuesto de la
Convocatoria:
En términos de
Coste elegible el presupuesto del Objetivo Específico 2.5 es de 7.207.500 €,
que implica una ayuda FEDER de 6.126.375 €.
Sin embargo,
teniendo en cuenta que a la finalización del período anterior 2014-2020, con
fecha 06/09/2023 se aprobó un faseado de la operación OP6.2.2_02_C001 de
“MEJORA DE LA RED DE ABASTECIMIENTO”, mediante el cual ha quedado pendiente de
pago y de certificación en el PO FEDER 2014-2020 un gasto elegible de
1.246.179,60 €, utilizando la posibilidad derivada de la Comunicación de la
Comisión (2022/C 474/01) (DOCE de 14/12/2022), de Directrices sobre el cierre
de los programas operativos adoptados para recibir ayuda del Fondo Europeo de
Desarrollo Regional, el Fondo Social Europeo y demás, que establece: “Se
permite escalonar las operaciones en dos fases de modo que la segunda se
desarrolle durante el período de programación 2021-2027”.
En este sentido, y dado que esta 2ª fase tiene encaje en el Programa
FEDER 2021-2027 de Melilla, se considera el gasto derivado de la misma y de su
liquidación final directamente incluido en el OE 2.5 “Agua”, por lo que el
presupuesto de la presente Convocatoria de Expresiones de interés queda en la
siguiente cifra:
·
Gasto elegible: 5.917.721,09
€.
c)
Presupuesto
anualizado y ámbito de intervención: Anexos 2 y 3.
d)
Beneficiarios
y procedimiento de selección
Tipos de acción |
Beneficiarios |
Procedimiento de selección de operaciones |
Acciones de mejora del sistema de agua reutilizada |
Administración Pública |
Convocatoria de expresiones de interés |
Acciones de mejora en la red de abastecimiento de agua para el consumo
humano |
d)
Criterios de Elegibilidad (Requisitos básicos) de aplicación a una o varias
tipologías de acción provenientes del Acuerdo de Asociación y el Programa
·
Las actuaciones del Objetivo Específico 2.5
están sujetas al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.5 “Planificación
actualizada de las inversiones requeridas en los sectores del agua y las aguas
residuales” de acuerdo con lo establecido en el reglamento (UE) 2021/1060 del
Parlamento Europeo y del Consejo. En base a ello, las operaciones seleccionadas
en el OE 2.5, deben ser coherentes con los Planes hidrológicos de cuenca de 3er
ciclo. En este caso con el Plan Hidrológico del Guadalquivir.
·
Se considera altamente prioritario realizar
inversiones enfocadas a fomentar el uso eficiente y la calidad de los recursos
hídricos a lo largo de todo el ciclo hidrológico promoviendo, en primer lugar,
el ahorro y la reducción de pérdidas del recurso, y la optimización de los
distintos usos, y en segundo lugar la conservación, mejora y reutilización del
agua.
·
Se podrá financiar el adecuado tratamiento
de las aguas residuales.
·
En la ciudad de Melilla, por existir
elevadas pérdidas de agua y por tratarse de un lugar con baja garantía de
suministro de agua para consumo humano, se podrán llevar a cabo actuaciones que
permitan aumentar la disponibilidad del recurso, en línea con el enfoque de
gestión eficiente y sostenible, entre las que se encuentran las plantas de
tratamiento de agua potable o la construcción de nuevas infraestructuras de
almacenamiento. Sin embargo, no se podrán financiar plantas desalinizadoras.
·
Se podrán financiar las infraestructuras
orientadas a la regeneración y reutilización de las aguas depuradas, para la
mejora del estado de las masas de agua y la reducción del estrés hídrico.
·
Complementariamente a las actuaciones
mencionadas, se podrán llevar a cabo inversiones enfocadas a conseguir el
cumplimiento de la Directiva 91/271 relativa a la recogida y tratamiento de las
aguas residuales, incluyendo la construcción y mejora de estaciones depuradoras
de aguas residuales, priorizando los proyectos según la gravedad de la
infracción, el tamaño de las aglomeraciones y el impacto ambiental del vertido.
e)
Condicionantes medioambientales
i)Declaración de Impacto Ambiental (DAE-EAE) del programa
Las tipologías
de actuación recogidas en este objetivo específico por su naturaleza no
producen impacto en el medio ambiente, por lo que no se incluye ninguna condición
de elegibilidad ni criterio de priorización en la DAE.

i)DNSH
La tipología de
actuación recogida en este Objetivo Específico justificará su conformidad con
el principio DNSH a través del cumplimiento de los condicionantes técnicos
establecidos en la evaluación sustantiva realizada en el documento «Evaluación
de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significante” (DNSH) del
Programa FEDER de Melilla 2021-2027».
Concretamente, deberá justificarse el cumplimiento de los siguientes
aspectos:
1.
Economía circular – Residuos
de construcción y demolición |
|||
Texto del condicionante |
Para el
resto de las tipologías de residuos será de aplicación lo dispuesto en la Ley
7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados, en especial a lo concerniente
a los residuos peligrosos. |
||
Documento/s que justifica/n el cumplimiento |
Título del documento |
Responsable
de su elaboración o de aportar el documento |
Fase en la que se elabora |
|
|
|
|
|
Estudio de gestión de residuos |
Autor del proyecto . |
Previo al comienzo de ejecución en la fase de
proyecto. |
Objetivo DNSH afectado |
2.
Prevención y control
de la contaminación – medidas
para reducir ruido,
polvo y emisiones. |
||
Texto del condicionante |
Se incluirá como requisito de implementación de estas actuaciones la necesidad de adoptar medidas
para reducir el ruido, el polvo y las emisiones contaminantes
durante la fase de obra, ejecutándose todas las actuaciones de conformidad
con lo dispuesto en la
normativa vigente en materia de
contaminación de suelos y agua. |
||
Documento/s que justifica/n el cumplimiento |
Título del documento |
Responsable de su elaboración o de aportar el documento |
Fase en la que se elabora |
Certificado
del Director de la Obra. |
Director
de la Obra. |
Fase de
ejecución del proyecto. |
|
|
Licencia ambiental/informe favorable del órgano ambiental (o documento
equivalente) Siempre que este documento incluya una evaluación que permita
justificar el principio DNSH |
Órgano Ambiental |
Previo al comienzo de la ejecución. |
|
3.
Prevención
y control de la contaminación – sustancias tóxicas. |
||
Texto del condicionante |
Los componentes y materiales de construcción utilizados en el
desarrollo de las actuaciones previstas no contendrán amianto ni sustancias tóxicas identificadas a partir de la
lista de sustancias sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del
Reglamento (CE) 1907/2006. |
||
Documento/s que
justifica/n el cumplimiento |
Título del documento |
Responsable de su elaboración o de aportar el documento |
Fase en la que se
elabora |
Pliegos de prescripciones Técnicas |
Director de Obra |
Previo a la aprobación o autorización del proyecto. |
|
|
Certificado
del Director de Obra |
Director
de Obra |
Previo a
la ejecución de la obra o cuando sea posible. |
|
Las fichas de producto de los materiales utilizados pueden ser una
fuente de información relevante para justificar el cumplimiento de este
condicionante DNSH |
El Director de Obra será responsable de la justificación de este
condicionante utilizando la información de las fichas elaboradas por el
fabricante del producto |
Previo a la ejecución de la obra. |

i)Protección frente al cambio climático
En
el caso de las tipologías de acción de inversión en infraestructuras, deberá
tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC que recoge que
para las inversiones en las infraestructuras cuya vía útil sea como mínimo de
cinco años deberá garantizarse la protección frente al cambio climático de las
mismas.
a)
Criterios
de priorización aplicables a las distintas tipologías de acción
Para la priorización de las operaciones se utilizarán los criterios
definidos para cada tipo de acción. El peso específico de dichos criterios,
para la evaluación de las propuestas, será fijado en su caso en los
correspondientes procesos de selección. Asimismo, se podrá establecer
sub-criterios en caso de considerarse necesario.
En el caso de procedimientos no competitivos, por tratarse de
convocatorias abiertas, los criterios de priorización se emplearán como
requisitos previos para valorar la idoneidad de las solicitudes presentadas.
Se recoge una definición
para orientar en el significado del criterio.
Tipo acción: Acciones de mejora del sistema de agua reutilizada |
|
Criterios de Priorización: 1.
Grado de madurez 2.
Mayor impacto medioambiental o
social 3.
Mayor grado de eficiencia del
gasto |
Definición 1.
Los proyectos deben tener un grado de madurez suficiente
que permita que la ejecución de las actuaciones esté finalizada antes de fin
de 2029. Hasta 20 puntos. 2.
Se valorará el impacto medioambiental (priorizando
aquellas actuaciones que afecten a una mayor superficie susceptible de ser
tratada con agua regenerada, ya sea para baldeo o riego) así como el impacto
social (priorizando actuaciones que tengan impacto sobre una mayor población).
Hasta 50 puntos. 3.
Se valorará la ratio inversión/potencial de ahorro. Hasta
30 puntos. |
Tipo acción: Acciones de mejora en la red de abastecimiento de agua para el consumo
humano |
|
Criterios de Priorización: 1.
Grado de madurez 2.
Mayor ahorro de agua y reducción
neta, real y efectiva en el uso de recursos hídricos. 3.
Utilización de sistemas
tecnológicos para el control del consumo del agua. |
Definición 1.
Los proyectos deben tener un grado de madurez suficiente
que permita que la ejecución de las actuaciones esté finalizada antes de fin
de 2029. Hasta 30 puntos. 2.
Cuantificación del ahorro del agua y reducción neta en el
uso de recursos hídricos. Hasta 50 puntos. 3.
Se valorará la utilización de tales sistemas
tecnológicos. Hasta 20 puntos. |
b)
Modelo
de ficha a presentar: Anexo 3.
1.
CONCEPTO DE OPERACIÓN:
El art. 2º, puntos 4) y 5) del Reglamento (UE) nº 2021/1060 de
Disposiciones Comunes, definen como:
a)
Operación: un proyecto, contrato, acción o grupo de
proyectos seleccionados en el marco de los programas de que se trate.
b)
Operación de
Importancia Estratégica: una operación que aporta una contribución
significativa a la hora de conseguir los objetivos de un programa y que está
sujeta a medidas de seguimiento y comunicación particulares.
2.
OPCIONES DE COSTES
SIMPLIFICADOS:
El art. 53.2 del Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes,
establece:
Cuando
el coste total de una operación no sea superior a los 200.000 €, la
contribución proporcionada al beneficiario por el FEDER, adoptará la modalidad
de costes unitarios, sumas a tanto alzado o tipos fijos, salvo en el caso de
las operaciones en que la ayuda constituya una ayuda estatal.
En
este sentido, en el caso de que la operación sea inferior a 200.000 €, la
solicitud deberá incluir obligatoriamente la opción de costes simplificados
propuesta por el Organismo Gestor.

5.
BENEFICIARIOS POTENCIALES:
Departamentos de la Ciudad Autónoma de Melilla que ostenten la doble
condición de Organismos Gestores y a su vez, beneficiarios del Programa FEDER
MELILLA 2021-2027 del ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla, con competencia
material en el ámbito al que está referida la convocatoria que cuentan con
financiación afectada FEDER en su presupuesto.
6.
PLAZO Y FORMA DE
PRESENTACIÓN DE LAS EXPRESIONES DE INTERÉS:
La presente convocatoria tiene por objeto abrir, para la acción prevista
en el Objetivo específico citado del Programa FEDER Melilla 2021-2027, el
procedimiento para remitir propuestas de operaciones para su selección y
financiación en el marco del Programa FEDER MELILLA 2021-2027.
Por tanto, firmada la resolución que acuerde la convocatoria por el
Consejero de Hacienda, procederá su
publicación en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME), y se
anunciará en el apartado correspondiente a Fondos Europeos, dentro de la
Consejería de Hacienda, de la web
institucional de la C. A. de Melilla: https://acortar.link/1nDRyX,
·
Plazo de presentación de expresiones de interés Se admitirán a evaluación y
selección las expresiones de interés recibidas en el plazo de 10 días
hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín
Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
Forma de presentación: Desde el día siguiente a su publicación hasta la
fecha fin de presentación, conforme lo indicado en el párrafo anterior se admitirán las solicitudes recibidas a través la aplicación de la C.A de Melilla, de gestión de expedientes “MY TAO”, mediante
el envío de Comunicación interna, con la solicitud de financiación con el
contenido que se indica en el apartado 5 “Documentación a presentar” junto con
los documentos anexos, dirigida a la Unidad con el código 08.6, Dirección
General de Planificación Estratégica y Programación, debidamente firmadas por el Director General del área solicitante.
La forma de presentación, dado que los potenciales beneficiarios forman
parte del organigrama de la Ciudad Autónoma de Melilla, y permitiendo este
medio la constancia del remitente, contenido y fecha del envío, se acuerda por
agilidad, permitir el medio de comunicación a través del gestor de expediente
electrónico.
7.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
La solicitud de financiación que se entenderá además como solicitud de
selección, deberá ir acompañada de la descripción de la/s operación/es
propuesta/s con la información indicada a continuación. Esta deberá ser
suficientemente descriptiva de la/s operación/es y de los proyectos que la/s
integran y firmada por el Director General del área solicitante.
Asimismo, el solicitante podrá presentar toda aquella documentación o
información adicional que considere de interés para la adecuada valoración de
la solicitud. En caso de que la información remitida sea insuficiente para la
adecuada valoración de la elegibilidad de la operación, podrá requerirse
información o documentación adicional.
La solicitud remitida deberá contener:
·
Solicitud de financiación mediante la ficha contemplada en el anexo 3.
·
Contribución esperada a la consecución de los indicadores de realización
y de resultado del OE citado y forma de cálculo.
·
Memoria del proyecto a realizar.
·
Adecuación a los objetivos
·
Descripción del problema u oportunidad, los objetivos, actividades para
alcanzarlos y el impacto esperable.
·
Explicación, en términos generales, sobre cómo se abordará el problema u
oportunidad.
·
Indicación, en su caso, la relación de dicha operación con otras
actuaciones pasadas o futuras del PROGRAMA FEDER Melilla
·
Plantear el grado de novedad que presente la solicitud, ya sea referida
a prácticas, procesos o tecnologías en la propuesta.
·
Indicadores de realización. Explicar su contribución para lograr los
objetivos del Objetivo Específico.
·
Resultados. Explicar su contribución para lograr los objetivos del
Objetivo Específico.
·
Plan de trabajo. El plan de trabajo debe diseñarse para asegurar la
generación de los resultados y que dichos resultados contribuyen a los
objetivos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027.
·
Tareas técnicas, relacionadas con la preparación de la ejecución de la
operación como previstas durante la ejecución y el instrumento por el que se
llevará a cabo.
·
Explicación del cumplimiento de la normativa de accesibilidad en el/los
proyecto/s que compongan la operación.
·
Explicar cómo y por quien se usarán los resultados y si se transferirán
para su uso.
·
Cronología del desarrollo de la operación.
·
Lista de comprobación previa de los requisitos a cumplir.
·
Documentación acreditativa de los aspectos a valorar en la aplicación de
los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones aplicables.

·
Medios y elementos a utilizar en cumplimiento de los requisitos de
información y publicidad (RDC 2021/1060).
·
Medios a contemplar en la prevención y lucha contra el fraude.
·
Opciones de Costes Simplificados, en su caso.
·
Expresión sobre si la operación pretendida va a generar, o no, Ingresos
Netos y, además, proporcionar una estimación de los mismos en base a unos
elementos básicos que la definan.
8.
PLAZO DE RESOLUCIÓN: Un mes natural, contado a
partir del día siguiente a la fecha de finalización de presentación de las
solicitudes.
9.
RESOLUCIÓN:
1.
Se acordará mediante resolución del Consejero del área de Hacienda, a
propuesta del DGPEyP, que se publicará en el apartado de la web de Fondos
Europeos de la Consejería de Hacienda en la web Institucional.
2.
Si durante la ejecución de las operaciones seleccionadas, existiesen
cambios en las condiciones de la ayuda por las que ha sido aprobada (Cronología
de ejecución, contribución a los indicadores del Programa, etc.), el organismo
beneficiario deberá solicitar antes la modificación de tales condiciones, las
cuales que se aprobarían, en su caso, mediante resolución específica del
Consejero, con la consecuente entrega de una adenda al DECA inicial.
3.
Se realizará una nueva convocatoria de expresiones de interés para este
Organismo Específico en los siguientes casos:
a)
Cuando las operaciones aprobadas no hayan agotado el importe, en
términos de gasto elegible, del Objetivo específico.
b)
En caso de renuncia a la ejecución por causas justificadas por parte del
Organismo Beneficiario.
3.
FORMALIZACIÓN DE LA
SELECCIÓN:
Una vez resuelta la convocatoria, y aprobada y publicada conforme el apartado
anterior, se expedirá por parte del Organismo Intermedio el/los
correspondientes DECAs de condiciones de la Ayuda a la/s operación/es
aprobada/s.
Anexos:
I.Modelo de ficha a presentar.
II.Presupuestos anualizados y
ámbitos de intervención.
III.Indicadores de realización y
resultado.

ANEXO I. MODELO DE FICHA A PRESENTAR
SOLICITUD DE
COFINANCIACIÓN A TRAVÉS DE CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS. PROGRAMA MELILLA FEDER 2021-2027.
Con fecha 19 de octubre de 2023 se abrió el plazo de
presentación de solicitudes mediante el envío del formulario habilitado al
efecto, bien a través de la plataforma MyTao o bien a través de correo
electrónico, para la convocatoria de expresiones de interés, dirigida a la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos y entes
públicos para recibir ayuda en el marco del Programa Melilla FEDER 2021-2027,
que fue adoptado por Decisión de Ejecución de la Comisión Europea con fecha 29
de noviembre de 2022, con código CCI 2021ES16RFPR017.
De conformidad con lo anterior, D./Dña.en calidad de
presenta la siguiente operación para su cofinanciación por
el FEDER en el marco del Programa Melilla FEDER 2021-2027.
1. OPERACIÓN
2. ORGANISMO GESTOR
3. RESUMEN DE LA OPERACIÓN
Explicar brevemente en qué consiste
la operación.

4. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA
OPERACIÓN
Añadir una
descripción adicional más detallada que permita conocer a fondo lo que se va a
realizar en la operación y su encaje dentro
del espíritu del FEDER.
5. ENCUADRE NORMATIVO DE LA
OPERACION
Señalar el método de gestión, normativa
y soporte jurídico
de los convenios, contratos, encargos
...que sustentan la operación. En el caso de que la operación
propuesta esté sujeta a
contratación pública, adjuntar
un breve resumen
sobre los procedimientos de licitación y contratación o adjudicación de obras, suministros o servicios
6. PLAN
FINANCIERO DE LA OPERACIÓN
PRESUPUESTO DE LICITACIÓN / IMPORTE DE ADJUDICACIÓN (IPSI
EXCLUIDO):
Si se conoce el Importe de Adjudicación (Impuestos
excluidos), las anualidades irán referidas al mismo. En caso contrario, al Presupuesto de Licitación (Impuestos excluidos).
(Cuadro 1)
LOTE
// CONTRATO |
TOTAL PRESUPUESTO LICITACIÓN |
TOTAL IMPORTE ADJUDICACIÓN |
ANUALIDAD 2023 |
ANUALIDAD 2024 |
ANUALIDAD 2025 |
ANUALIDAD 2026 |
ANUALIDAD 2027 |
ANUALIDAD 2028 |
ANUALIDAD 2029 |
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PREVISIÓN
DE COSTE TOTAL SUBVENCIONABLE DE LA OPERACIÓN Y PREVISIÓN DE SU EJECUCIÓN
POR ANUALIDADES:
Para la
estimación de los costes subvencionables y su ejecución, deberá tenerse en
cuenta el artículo 64 del Reglamento UE 2021/1060 Costes NO subvencionables,
así como la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las
normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el
Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el
período 2021-2027 (BOE, 30 de diciembre de 2023).
(Cuadro 2)
TOTAL COSTE SUBVENCIONABLE |
COSTE SUB.2023 |
COSTE SUB. 2024 |
COSTE SUB. 2025 |
COSTE SUB. 2026 |
COSTE SUB. 2027 |
COSTE SUB. 2028 |
COSTE SUB. 2029 |
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P.GASTO
PLURIA. Y PARTIDA PRESUPUESTARIA DE
ESTA OPERACIÓN:
Código P.Gasto
y descripción |
Partida presupuestaria |
7. ÁMBITOS DE INTERVENCIÓN DE LA OPERACIÓN
Se señalará a
qué Campo/s de Intervención se asocia la operación y su importe. Los Campos de Intervención
están determinados en el Programa
Melilla FEDER 2021-2027 y se detallan al final del presente formulario.
(Cuadro 3)
CÓDIGO |
DESCRIPCIÓN CAMPO
DE INTERVENCIÓN |
IMPORTE
DE LA AYUDA MÁXIMO 70% DEL COSTE SUBVENCIONABLE (CUADRO 2) |
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La cofinanciación
europea, a través del FEDER (dentro del Programa Melilla FEDER 2021-2027) alcanzará una tasa máxima de retorno del
85% del gasto subvencionable declarado por el que se solicite el pago de
la correspondiente ayuda.
8. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OPERACIÓN
Plazo de ejecución |
Fecha de inicio |
Fecha fin prevista |
9. COSTES SIMPLIFICADOS: Solo es de
aplicación a operaciones cuyo coste total sea inferior a 200.000 euros.
|
Aplicación de costes simplificados acorde a lo establecido en el
artículo 53 del Reglamento UE 2021/1060:
SÍ NO

En caso afirmativo, señalar
la modalidad que se empleará.
10. INDICADORES DE REALIZACIÓN Y DE
RESULTADO DE LA OPERACIÓN
Se adjuntará la ficha metodológica que detalle el cálculo utilizado para la determinación de los valores
previstos. Asimismo, puede usarse el apartado 14 Observaciones para incluir las especificaciones requeridas.
Se incluyen
al final del presente formulario
los indicadores de realización y de resultado
previstos en el Programa Melilla FEDER 2021-2027.
IDENTIFICADOR INDICADOR REALIZACIÓN |
DENOMINACIÓN INDICADOR |
UNIDAD MEDIDA |
VALOR A 2029 |
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IDENTIFICADOR INDICADOR RESULTADO |
DENOMINACIÓN INDICADOR |
UNIDAD MEDIDA |
VALOR A 2029 |
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11. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD
INDICAR
ENLACE DE LA PÁGINA WEB (SI EXISTE) DEL ORGANISMO GESTOR EN LA QUE SE REALIZA
LA DIFUSIÓN DE LA OPERACIÓN.
12. MEDIDAS DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD DE
LA OPERACIÓN ADOPTADAS Y/O PREVISTAS |
Marcar las que
se hayan realizado o se prevean realizar.
13. DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS Y/O
CONCEDIDAS
S
¿Ha solicitado alguna ayuda para esta
operación? |
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|

¿Le ha sido concedida
alguna ayuda para esta operación? En caso afirmativo, indique
el órgano concedente y el importe de la ayuda recibida:
14.OBSERVACIONES
S
Incluir aquí,
si es el caso, relación de la documentación complementaria que acompaña a la solicitud,
además de cualquier otra cuestión que se considere
relevante, EN ESPECIAL,
LA METODOLOGÍA EMPLEADA
EN LA OBTENCIÓN DE LOS INDICADORES DEL APARTADO 10.
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL POTENCIAL BENEFICIARIO
Como
potencial beneficiario del Programa Melilla FEDER 2021-2027 DECLARA
que:
- Dicha operación entraría en el ámbito del Programa FEDER.
- Ha sido informado de las obligaciones que representa ser beneficiario/a del Programa FEDER y especialmente de que:
1.
Debe cumplir con los requisitos de difusión y publicidad establecidos en materia de visibilidad, transparencia y comunicación
establecidas en el Capítulo III del Título IV del Reglamento (UE) 2021/1060 del
Parlamento Europeo y del Consejo,
de 24 de junio por el que se establecen disposiciones comunes relativas
al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional,
al Fondo Social Europeo
Plus, al Fondo de
Cohesión, al Fondo de
Transición Justa y al Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos
y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo
de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras
y la Política de Visados
y las establecidas en el Anexo IX del citado Reglamento (en adelante,
Reglamento (UE) 2021/1060).
2.
La aceptación de la ayuda implica el consentimiento de su inclusión en una lista pública de operaciones, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento (UE)
2021/1060.
3.
En los casos pertinentes, se asegurará de que las partes que intervienen en ellas han sido informadas
de dicha financiación del FEDER.
4.
La operación debe cumplir con la normativa nacional y
comunitaria aplicable especialmente con las normas nacionales de subvencionabilidad y, en su caso, la Ley 38/2003
General de Subvenciones y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo
y del Consejo 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014, así como sus modificaciones y cualquier otra normativa aplicable.
5.
Debe mantener un sistema de contabilidad separado
para todas las transacciones relacionadas con las operaciones objeto de cofinanciación o, al
menos, cuenta con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas
transacciones, debiendo distinguir las partidas presupuestarias de la
contabilidad nacional y comunitaria.
6.
Se responsabiliza en todo momento
de que no existe doble
financiación de la operación.
7.
Se dispone de la capacidad
administrativa, financiera y operativa suficiente y adecuada para cumplir las condiciones relativas
a la ayuda del FEDER.
8.
Debe conservar los documentos originales o copias
debidamente compulsadas o bien en soportes de datos comúnmente aceptados, en especial versiones electrónicas de
documentos originales o documentos existentes
únicamente en versión electrónica justificativos de la actuación
realizada y la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y
control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 82 del Reglamento (UE)
1060/2021 y deberá estar a disposición de las
autoridades competentes cuando
éstas así lo soliciten.

manipulación de ofertas y el fraccionamiento del gasto).
10.
La obligación de informar sobre el logro
de los indicadores de realización y resultado que se pongan de manifiesto en el Documento
que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA) a la hora de ejecutar
la operación, al mismo tiempo
que justifica gastos para ser declarados en solicitudes de reembolso.
11.
En relación a la operación, que:
-
No ha concluido materialmente ni se ha ejecutado íntegramente con anterioridad a la presentación de la presente
solicitud (art.63.6 reglamento (UE) 2021/1060).
-
No incluye actividades que hayan sido o debieran
haber sido objeto de un procedimiento de recuperación a raíz de la relocalización de una actividad productiva dentro de la
UE.
-
Si se ha iniciado de manera previa
a la presente solicitud, se ha cumplido
con la normativa comunitaria y nacional
aplicable (art.73.2.f Reglamento
(UE) 2021/1060).
-
La información proporcionada en la ficha de solicitud
es veraz.
12.
La operación para la que se solicita cofinanciación cumple
con los principios horizontales recogidos en el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento y del Consejo,
de 24 de junio de 2021 (RDC) y en particular, con el principio
de evitar cualquier
discriminación por razón de discapacidad y promoviendo la igualdad y la integración de la perspectiva de género, al objeto de velar por la igualdad,
la inclusión y la no discriminación (art.22 apartado 3, letra d) inciso iv)
del RDC).
Y para finalizar, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 73 del Reglamento (UE) 2021/1060, SOLICITA
la selección para su financiación de la citada operación
cuya información se detalla en la
ficha de solicitud.
FECHA Y FIRMA

ANEXO II. PRESUPUESTOS ANUALIZADOS Y ÁMBITO DE
INTERVENCIÓN
Presupuestos
OE25 - Agua
|
(*): Sin
considerar el importe de la operación faseada y sin IPSI.

ANEXO III. INDICADORES DE REALIZACIÓN Y RESULTADO
Indicadores de realización y de resultado (para el total
del OE, incluida la operación faseada proveniente de 2014-2020):
Indicadores de realización
RCO30. Longitud de las tuberías nuevas o mejoradas para los
sistemas de distribución para el abastecimiento público de agua
Unidad de medida: Kilómetros
Actuaciones vinculadas:
Ampliación de la capacidad de
producción de agua regenerada procedente del tratamiento terciario de la EDAR y
ampliación de la red actual de
distribución de la misma, para su reutilización como agua de proceso en instalaciones
industriales (Planta Incineradora de Residuos, Planta de tratamiento de RCD’s y
otras instalaciones) y para incorporación del excedente a la cabecera del Río
de Oro a fin de complementar otras actuaciones que la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir está proyectando en el cauce (trabajos de
renaturalización e instalación de pantallas en el subálveo para mejorar la
retención en el acuífero aluvial).
Renovación de los equipos,
sistema de control y automatización del sistema de producción de agua potable
(Red de pozos subterráneos y depósitos de almacenamiento, instalaciones de
tratamiento, red de distribución, etc.).
TIPO DE
ACTUACIÓN |
ÁMBITO DE
INTERVENCIÓN |
AYUDA FEDER |
COSTE TOTAL |
Proyecto para el ciclo
integral del agua |
063 |
6.126.375€ |
7.207.500€ |
Criterios aplicados para la selección de los indicadores:
Idoneidad: Indicador más ajustado a la naturaleza de la actuación o conjunto de
actuaciones que pretende medir
Estimación de los hitos y metas:
Base para la estimación de los
hitos y metas
Ejecución de tuberías nuevas
o mejoradas que intervengan directamente en las acciones descritas de mejora
del sistema de agua reutilizada o en la red de abastecimiento de agua para el
consumo humano.
Metodología de estimación
Se basa en medición directa a
partir de levantamiento topográfico de la actuación, por eso el valor base es
cero.
Factores que puedan influir en el logro de los hitos y
metas
Retrasos o interrupciones en
los trámites administrativos de contratación.
Valores base, hitos y metas
VALORES
BASE, HITOS Y METAS |
||
Valor BASE |
Valor HITO
(2024) |
Valor META
(2029) |
0 |
0,5 |
2,0 |
Indicadores de resultado
RCR41. Población conectada a un abastecimiento de agua mejorado
Unidad de medida: Personas
Actuaciones vinculadas:
Ampliación de la capacidad de
producción de agua regenerada procedente del tratamiento terciario de la EDAR y
ampliación de la red actual de
distribución de la misma, para su reutilización como agua de proceso en instalaciones
industriales (Planta Incineradora de Residuos, Planta de tratamiento de RCD’s y
otras instalaciones) y para incorporación del excedente a la cabecera del Río
de Oro a fin de complementar otras actuaciones que la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir está proyectando en el cauce (trabajos de
renaturalización e instalación de pantallas en el subálveo para mejorar la
retención en el acuífero aluvial).
Renovación de los equipos,
sistema de control y automatización del sistema de producción de agua potable
(Red de pozos subterráneos y depósitos de almacenamiento, instalaciones de
tratamiento, red de distribución, etc.).

TIPO DE
ACTUACIÓN |
ÁMBITO DE
INTERVENCIÓN |
AYUDA FEDER |
COSTE TOTAL |
Proyecto para el ciclo
integral del agua |
063 |
6.126.375€ |
7.207.500€ |
Criterios aplicados para la selección de los indicadores:
Idoneidad: Indicador más ajustado a la naturaleza de la actuación o conjunto de
actuaciones que pretende medir
Estimación de los hitos y metas:
Base para la estimación de los
hitos y metas
Dado que la actuación se
centra en los sistemas de toda la ciudad, se estima que la totalidad de la
población está conectada tanto al sistema de agua reutilizada o a la red de
abastecimiento de agua para el consumo humano, ya que los sistemas existentes son
únicos; se considera la población total censada según el INE en cada momento.
Se considera que la actuación se incia, por eso el valor base es cero.
Metodología de estimación
Estimación en función de
Datos obtenidos de la publicación oficial del INE.
Factores que puedan influir en el logro de los hitos y
metas
Retrasos o interrupciones en
los trámites administrativos de contratación.
El valor podría aumentar o
disminuir en función de la tendencia poblacional.
Valores base, hitos y metas
VALORES
BASE, HITOS Y METAS |
||
Valor BASE |
Valor HITO (2024) |
Valor META
(2029) |
0 |
-- |
83.489 |
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo.
Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la
Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres
meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 22 de enero de 2025,
El Secretario Técnico de Hacienda,
Sergio Conesa Mínguez