ARTÍCULO Nº67 (CVE: BOME-A-2025-67) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº6250 - viernes, 7 de febrero de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA -CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD -CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 0475, de fecha 5 de febrero de 2025, relativa a constitución de una nueva Bolsa de Trabajo de Técnico Economista.

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La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 05/02/2025, registrada al número 2025000475, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

PRIMERO. En BOME N.º 5846 de 26 de marzo de 2021 se publicó la Resolución N.º 410 de fecha 22 de marzo de 2021, relativa a bases de la convocatoria para la constitución de bolsa de trabajo, en la categoría de técnico economista, para nombramientos de funcionarios interinos de la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de un ejercicio teórico consistente en la contestación por escrito y en noventa minutos, a un cuestionario de ochenta preguntas.

SEGUNDO. En BOME N.º 5931 de 18 de enero de 2022 se publicó la Orden N.º 119 de fecha 14 de enero de 2022, relativa a constitución de la bolsa de trabajo de técnico economista derivada del proceso referido en el anterior antecedente.

TERCERO. En BOME N.º 5.848 de 05 de abril de 2021 se publicó la Orden N.º 436 de fecha 25 de marzo de 2021, bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de técnico economista, perteneciente a la escala de administración especial, subescala técnica, por el procedimiento de oposición libre, en la cual contemplaba lo siguiente; “Finalizadas las pruebas selectivas, se creará una bolsa de trabajo con aquellos aspirantes que superen alguna prueba selectiva, eliminando todas las bolsas existentes en el día de la fecha.”

CUARTO. En BOME N.º 6063 de 25 de abril de 2023 se publicó la Orden N.º 1204 de 19 de abril de 2023 con la que se aprueba la entrada en vigor de la Bolsa de Técnico Economista únicamente con dos aspirantes, quedando derogada las anteriores.

QUINTO. Con motivo de reducido número de aspirantes que componen la Bolsa de Trabajo de Técnico Economista y dada la necesidad urgente de personal de la misma categoría, se emitió informe jurídico favorable por la Secretaría Técnica de Administración Pública para la constitución de una nueva Bolsa de Trabajo refundiendo las referidas ut supra, iniciándose los trámites oportunos para ello.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 1917/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Primero. La constitución de una nueva Bolsa de Trabajo de Técnico Economista, refundiendo la constituida por Orden N.º 119 de fecha 14 de enero de 2022 (BOME N.º 5931 de 18 de enero de 2022) y por Orden N.º 1204 de 19 de abril de 2023 (BOME N.º 6063 de 25 de abril de 2023).

 

ORDEN

APELLIDOS Y NOMBRE

PUNTUACIÓN

1

SÁNCHEZ GARCÍA, JOSE

11,883

2

BOUYANZAR NASSAR NAJIM

8,187

3

JOSE FCO ESCOBAR MARCOS

8,125

4

PATRICIA CROUSEILLES MONTOYA

7,625

5

JOSE MANUEL LOPEZ JIMENEZ

7,187

6

HELENA CHIVA RIPODAS

7,000

7

PATRICIA CORDOBA CASTILLO

5,750

8

JOSE LEYVA GARCIA

5,625

9

DANIEL ECHEVARRIA FERRON

5,250

10

NERIMAN TAHAR AHMED

5,187

 

Segundo. La cobertura, llamamiento y funcionamiento de la Bolsa de Trabajo se regirá por el contenido de la Orden N.º 1795, de fecha 26 de mayo de 2023, relativa a las bases de la convocatoria para la constitución de bolsas de trabajo para contrataciones temporales y nombramientos de funcionarios interinos de la Ciudad Autónoma de Melilla. (BOME N.º. 6.074, de 02/06/2023) modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 23/08/2023 (BOME núm. 6.110, de 6 de octubre de 2023).

Tercero. Derogar la Bolsa de Trabajo constituida por Orden N.º 1204 de 19 de abril de 2023 (BOME N.º 6063 de 25 de abril de 2023.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

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Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 6 de febrero de 2025,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler