ARTÍCULO Nº 76 (CVE: BOME-A-2025-76) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6251 - martes, 11 de febrero de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 0479, de fecha 5 de febrero de 2025, relativa a modificación de la bolsa de trabajo para contrataciones temporales y nombramientos de funcionarios de la CAM en la Categoría de Veterinario.

BOME-P-2025-207 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 05/02/2025, registrada al número 2025000479, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

En virtud de la Orden nº 275, de fecha 24-01-25, por la que se estima parcialmente el recurso de alzada de Dª. María Reyes Madueño Gómez contra la Orden nº 4377 de fecha 7-11-24, relativa a la formación de la Bolsa de Trabajo para contrataciones temporales y nombramiento de funcionarios de la CAM en la categoría de Veterinario (BOME nº 6224 de 8-11-24),  

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 38944/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Se proceda a la siguiente modificación:

Donde dice:

“...

 

A

B

C

D

TOTAL

ORDEN

APELLIDOS Y NOMBRE

1

GARCÍA FERRER, MARÍA DEL MAR

40,000

8,500

0,875

4

53,375

2

YUSTE SANTANDER, CELESTE

0,000

23,500

25,000

4

52,500

3

CÓLERA COMPÁN, ANA ISABEL

0,000

25,000

25,000

2

52,000

4

MADUEÑO GÓMEZ, MARÍA REYES

0,000

24,500

25,000

2

51,500

5

GARCÍA LÓPEZ, CAROLINA

0,000

25,000

25,000

0

50,000

6

GARCÍA TRUZMÁN, MANUEL

0,000

25,000

25,000

0

50,000

7

SÁNCHEZ CANGA,  BLANCA, EUGENIA

0,000

25,000

25,000

0

50,000

8

APARICIO RAMOS, MARÍA TERESA

20,000

25,000

4,500

0

49,500

9

JIMÉNEZ GARCÍA, LUIS

0,000

25,000

17,125

0

42,125

10

AVELLANEDA ROCA, ÁNGELA

40,000

0,000

0,000

2

42,000

11

VIZCAINO MARTÍN, CARLA

0,000

25,000

12,000

4

41,000

12

ARENAS COLINAS, RICARDO

0,000

6,500

25,000

6

37,500

13

SÁNCHEZ NAVARRO, SEGUNDO

0,000

19,250

13,750

0

33,000

14

JURADO HERRERA, ANABEL

0,000

3,500

25,000

0

28,500

15

LÓPEZ CABAÑES, JOSÉ ANTONIO

0,000

2,500

25,000

0

27,500

16

RUBIANO SERRANO, PABLO

0,000

2,500

25,000

0

27,500

17

ALMÉCIJA ARQUES, MARÍA EUGENIA

0,000

0,000

25,000

2

27,000

18

FERNÁNDEZ PÉREZ, DANIEL ANTONIO

0,000

0,500

25,000

0

25,500

19

GILES DOMÍNGUEZ, DAVID

0,000

0,500

25,000

0

25,500

20

RIVERA RUIZ, ARTURO

0,000

0,000

25,000

0

25,000

21

MORA ORTEGA, ROCÍO

15,000

0,750

0,000

0

15,750

22

LÓPEZ GARRIDO, MARTA

0,000

0,000

8,850

0

8,850

23

SANMIGUEL OTI, MARÍA DEL CARMEN

0,000

3,500

0,000

2

5,500

24

FERNÁNDEZ DE CASTRO, ANTONIO JESÚS

5,000

0,000

0,000

0

5,000

 

                  Los empates se han resuelto de acuerdo con el párrafo 7 del artículo 9 de las Bases de la convocatoria. De persistir el empate, la letra a la que se hace referencia en el último de los apartados de ese párrafo será la letra W, según Resolución de 27 de julio de 2023 de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE 29/7/2023).

...”

BOME-P-2025-208 Descargar página

Debe decir:

“...

 

A

B

C

D

TOTAL

ORDEN

APELLIDOS Y NOMBRE

1

GARCÍA FERRER, MARÍA DEL MAR

40,000

8,500

0,875

4

53,375

2

YUSTE SANTANDER, CELESTE

0,000

23,500

25,000

4

52,500

3

CÓLERA COMPÁN, ANA ISABEL

0,000

25,000

25,000

2

52,000

4

MADUEÑO GÓMEZ, MARÍA REYES

0,000

25,500

25,000

2

52,000

5

GARCÍA LÓPEZ, CAROLINA

0,000

25,000

25,000

0

50,000

6

GARCÍA TRUZMÁN, MANUEL

0,000

25,000

25,000

0

50,000

7

SÁNCHEZ CANGA, BLANCA, EUGENIA

0,000

25,000

25,000

0

50,000

8

APARICIO RAMOS, MARÍA TERESA

20,000

25,000

4,500

0

49,500

9

JIMÉNEZ GARCÍA, LUIS

0,000

25,000

17,125

0

42,125

10

AVELLANEDA ROCA, ÁNGELA

40,000

0,000

0,000

2

42,000

11

VIZCAINO MARTÍN, CARLA

0,000

25,000

12,000

4

41,000

12

ARENAS COLINAS, RICARDO

0,000

6,500

25,000

6

37,500

13

SÁNCHEZ NAVARRO, SEGUNDO

0,000

19,250

13,750

0

33,000

14

JURADO HERRERA, ANABEL

0,000

3,500

25,000

0

28,500

15

LÓPEZ CABAÑES, JOSÉ ANTONIO

0,000

2,500

25,000

0

27,500

16

RUBIANO SERRANO, PABLO

0,000

2,500

25,000

0

27,500

17

ALMÉCIJA ARQUES, MARÍA EUGENIA

0,000

0,000

25,000

2

27,000

18

FERNÁNDEZ PÉREZ, DANIEL ANTONIO

0,000

0,500

25,000

0

25,500

19

GILES DOMÍNGUEZ, DAVID

0,000

0,500

25,000

0

25,500

20

RIVERA RUIZ, ARTURO

0,000

0,000

25,000

0

25,000

21

MORA ORTEGA, ROCÍO

15,000

0,750

0,000

0

15,750

22

LÓPEZ GARRIDO, MARTA

0,000

0,000

8,850

0

8,850

23

SANMIGUEL OTI, MARÍA DEL CARMEN

0,000

3,500

0,000

2

5,500

24

FERNÁNDEZ DE CASTRO, ANTONIO JESÚS

5,000

0,000

0,000

0

5,000

 

                  Los empates se han resuelto de acuerdo con el párrafo 7 del artículo 9 de las Bases de la convocatoria. De persistir el empate, la letra a la que se hace referencia en el último de los apartados de ese párrafo será la letra W, según Resolución de 27 de julio de 2023 de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE 29/7/2023).

...”

Lo que se publica para su conocimiento y efectos, advirtiéndose que esta ORDEN agota la vía administrativa, por lo que, conforme establece el artículo 92.2 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. Núm. 2 de 30 de enero de 2017) y 122.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no podrá interponer en dicha vía ningún recurso, salvo el extraordinario de revisión, en los supuestos previstos en el artículo 125.1 de la meritada Ley, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

No obstante, podrá interponerse cualquier otro recurso, si así se estima conveniente bajo su responsabilidad.

 

Melilla, a 7 de febrero de 2025,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler