ARTÍCULO Nº 104 (CVE: BOME-A-2025-104) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6253 - martes, 18 de febrero de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA


Orden nº 0496, de fecha 14 de febrero de 2025, relativa a convocatoria de expresiones de interés para el Programa FEDER Melilla 2021-2027, Objetivo Específico 4.6 "Potenciar el papel de la cultura y el turismo sostenible en el desarrollo económico, la inclusión social y la innovación social", Medida 4.6.2 "Digitalización del patrimonio cultural".

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El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 14/02/2025, registrada al número 2025000496, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

La Convocatoria de Expresiones de Interés (EdI) constituye el inicio del procedimiento de evaluación, selección y aprobación de operaciones establecido en la Descripción de Funciones y Procedimientos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, como una de las metodologías de selección de operaciones la "selección de operaciones a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios”.

La Decisión de Ejecución C (2022) 8900 de la Comisión de fecha 29/11/2022, aprobó el Programa FEDER de Melilla para el período 2021-2027, en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento para la Ciudad de Melilla en España. Este Programa fue posteriormente aprobado por la Asamblea de la Ciudad de Melilla en fecha 06/02/2023.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 5417/2025, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS PARA EL PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, Objetivo Específico 4.6 “Potenciar el papel de la cultura y el turismo sostenible en el desarrollo económico, la inclusión social y la innovación social”, Medida 4.6.2 “Digitalización del Patrimonio Cultural”.

INTRODUCCIÓN

La Convocatoria de Expresiones de Interés (EdI) constituye el inicio del procedimiento de evaluación, selección y aprobación de operaciones establecido en la Descripción de Funciones y Procedimientos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, como una de las metodologías de selección de operaciones la "selección de operaciones a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios”.

La Decisión de Ejecución C (2022) 8900 de la Comisión de fecha 29/11/2022, aprobó el Programa FEDER de Melilla para el período 2021-2027, en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento para la Ciudad de Melilla en España. Este Programa fue posteriormente aprobado por la Asamblea de la Ciudad de Melilla en fecha 06/02/2023.

Conforme lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, se precisa una solicitud de financiación presentada al Organismo Intermedio por parte del beneficiario de cada operación, y teniendo en cuenta que, salvo en los regímenes de ayuda y en las operaciones que vienen expresamente recogidas en el Programa, la selección de operaciones se realizará a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios. Si bien dada la entidad del PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, la práctica totalidad de las operaciones ya están seleccionadas en el mismo, siendo las convocatorias de expresiones de interés, las que operarán respecto a las no previstas. 

Se efectúa esta convocatoria para que los beneficiarios potenciales, que llevarán a cabo las diversas actuaciones (en el ejercicio de las competencias que tienen específicamente atribuidas), susceptibles de ser cofinanciadas por el FEDER, y que serán los responsables de presentar las expresiones de interés, mediante la correspondiente “Solicitud de financiación”, junto la documentación que se referirá, a fin de que  propongan y expresen sus intereses en la ejecución de operaciones incluidas en el Objetivo Específico que se describe a continuación, parte del Programa Operativo FEDER MELILLA 2021-2027, bajo los principios generales de transparencia, concurrencia y no discriminación.

Esta metodología de selección se aplica en el caso de actuaciones a desarrollar por los órganos gestores del Programa FEDER MELILLA 2021-2027 en el ejercicio de sus competencias, que tienen específicamente atribuidas, y que cuentan con financiación afectada FEDER en su presupuesto para llevar a cabo operaciones elegibles que se ajusten en el Programa Operativo FEDER MELILLA 2021-2027, al documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO), alineados con el Plan Estratégico, a la normativa comunitaria, estatal y a la desarrollada por la C.A de Melilla en su ámbito de aplicación.

Con fecha 16/12/2024 la Autoridad de Gestión del Programa (Subdirección General del FEDER del Ministerio de Hacienda) ha suscrito el Acuerdo de Atribución de Funciones a la Ciudad Autónoma de Melilla en el marco del Programa FEDER Melilla 2021-2027. La Ciudad Autónoma de Melilla ha adquirido la condición de Organismo Intermedio del Programa referido, al aceptar tal Acuerdo y sus obligaciones implícitas, con fecha 17/12/2024. Posteriormente, con fecha 23/12/2024, la Autoridad de Gestión ha aprobado el documento de Descripción de Funciones y Procedimientos de la CAM, posibilitando que la Ciudad Autónoma, como Organismo Intermedio del Programa, pueda seleccionar y aprobar operaciones de acuerdo con los mismos.

Por lo tanto, como se ha indicado, esta convocatoria constituye el acto de inicio del procedimiento de selección de operaciones que se realizará dirigidas a las Direcciones Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla y Organismos Autónomos y Sociedades Públicas de la misma, en función de su ámbito material de competencias, en su doble condición de órganos gestores y beneficiarios del PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027 en los supuestos donde no esté  ya aprobada la operación en el Programa para su ejecución por las Direcciones Generales, corresponda la selección mediante convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia, mediante la convocatoria de expresiones de interés.

La  Dirección General de Planificación Estratégica y Programación, como unidad responsable de la selección de operaciones en la Ciudad Autónoma de Melilla, correspondiente al Programa FEDER MELILLA 2021-2027, realizará el procedimiento de la selección de las operaciones, mediante resolución del Consejero de Hacienda a propuesta del responsable de la DG de Planificación Estratégica y Programación, a partir de las expresiones de interés  remitidas por los departamentos referidos  interesados, dejando constancia documental de todas las recibidas y se comunicarán las decisiones adoptadas sobre la aceptación o rechazo de las solicitudes mediante la emisión del correspondiente informe de valoración.

 

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CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS

1.     ÓRGANO CONVOCANTE:

ORGANISMO INTERMEDIO DEL PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, Consejería de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Melilla, Dirección General de Planificación Estratégica y Programación, que ha obtenido esta condición con fecha 17/12/2024, una vez aceptado el acuerdo de Atribución de Funciones aprobado por la Autoridad de Gestión del Programa.

2.     OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

La presente convocatoria tiene por objeto abrir para el período 2021-2027, el procedimiento para recibir las propuestas de operaciones, para su selección y cofinanciación por el FEDER en el marco del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, para el Objetivo Político, Prioridad de Inversión y Objetivo Específico descritos a continuación:

      OBJETIVO POLÍTICO: 4, “Una Europa más social e integradora”.

      PRIORIDAD DE INVERSIÓN: 4.B “Cultura y Turismo”.

      OBJETIVO ESPECÍFICO: OE46 – “Potenciar el papel de la cultura y el turismo sostenible en el desarrollo económico, la inclusión social y la innovación social”.

      MEDIDA: 4.6.2 “Digitalización del Patrimonio Cultural”.

Para la aprobación de las operaciones, se deberán aplicar los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones aprobados por el Comité de Seguimiento del Programa referido, con fecha 21/03/2024, que se publicará en el mismo apartado de la web de la Ciudad Autónoma de Melilla que se referirá.

Los Criterios de Selección aplicables son los siguientes:

a) Tipos de acciones incluidas en el programa:

Los tipos de acciones que se ejecutarán consisten en:

Digitalización del patrimonio histórico, artístico y monumental para su utilización en acciones de marketing turístico.

Estos tipos de acciones se describen a continuación:

Melilla cuenta con un riquísimo patrimonio cultural, caracterizado por la existencia de los restos, en un relativo buen estado de conservación, de una de las ciudades mejor fortificadas del Mediterráneo, al que se une una impresionante riqueza edificatoria derivada de la proliferación de numerosos edificios modernistas de principios del siglo XX. susceptible de aprovechamiento económico y, por tanto, de oportunidades de desarrollo para la ciudad. En este sentido, existe una oportunidad para desarrollar un sector turístico de carácter sostenible que, respetando el patrimonio cultural y natural existente, promueva el crecimiento económico.

En el patrimonio de carácter defensivo-militar destaca el conjunto fortificado de “Melilla La Vieja” (declarado Conjunto Histórico en 1953), compuesto por cuatro recintos fortificados, a los que se podrían añadir otras fortificaciones exteriores. Entre los segundos, se contabilizan casi 500 edificios catalogados y protegidos como Bien de Interés Cultural, siendo después de Barcelona la ciudad española con más referencias modernistas. Melilla cuenta con un destacable patrimonio religioso asociado a las diferentes confesiones presentes en la ciudad (católica, musulmana, judía e hindú).

Se pretende fomentar los usos propios de la función y actividad cultural y el turismo sostenible, utilizando de forma integrada, inclusiva y coherente con sus valores culturales los bienes patrimoniales más significativos de Melilla, apoyando el desarrollo sostenible, la integración con el medio natural, la participación inclusiva de los ciudadanos y la fijación de población en los territorios. La digitalización del patrimonio cultural será determinada con participación de los sectores cultural y turístico de la ciudad a través de las canales existentes y considerará como objetivos los establecidos en la recomendación relativa a un espacio común europeo de datos sobre el patrimonio cultural.

La selección de los proyectos a incluir en el Programa FEDER se realizará en base a criterios que prioricen las soluciones medioambientalmente más sostenibles. Estos criterios se adaptarán a la naturaleza de la intervención y se aplicarán lo más ampliamente posible en todos los objetivos específicos.

En desarrollo del Plan Estratégico se está elaborando un plan de marketing turístico para favorecer el crecimiento del sector, ofreciendo una oferta viable y sostenible en el mercado turístico, que requiere de instrumentos de comunicación entre los cuales destaca la digitalización del patrimonio histórico, artístico y monumental para su difusión entre el público-objetivo seleccionado. Prestará especial atención a facilitar la inclusión de las personas más vulnerables, buscando un acceso lo más amplio posible a la cultura y al patrimonio cultural. Las medidas respetarán los principios horizontales relacionados en el art. 9 del Reglamento 2021/1060.

Las actuaciones se complementarán con otras emprendidas en el Programa FSE+ Melilla 2021-2027, como los centros de oficios “Escuela de Construcción” y “Escuela de Hostelería”, mediante las que se formarán a trabajadores especializados, posibilitando actuaciones de “reskilling” y “upskilling”.

En el desarrollo de las acciones se seguirán los principios de calidad europea para las intervenciones financiadas por la UE que puedan tener un impacto en el patrimonio cultural, siguiendo los principios de la Nueva Bauhaus Europea.

Tendrá prioridad al apoyo a los sitios culturales que tengan o vayan a desarrollar planes de financiación complementaria, incluidos fondos privados, para aumentar la dependencia de fuentes de ingresos propios y garantizar la sostenibilidad financiera de dichos sitios. A su vez, los CSO contendrán la prioridad a favor de proyectos que contengan planes para mejorar la sostenibilidad financiera.

Los proyectos apoyados:

                                    Estarán respaldados por un análisis de la demanda y una evaluación de las necesidades.

                                    Tendrán un impacto más allá del propio proyecto.

                                    Serán sostenibles y mantenidos adecuadamente en los años posteriores a su finalización.

                                    La digitalización del patrimonio cultural será determinada con participación de los sectores cultural y turístico de la ciudad a través de las canales existentes y considerará como objetivos los establecidos en la recomendación relativa a un espacio común europeo de datos sobre el patrimonio cultural

Estas operaciones incluidas en el OE 4.6, Medida 4.6.2 están definidas en el Programa FEDER Melilla 2021-2027 como de “importancia estratégica”.

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b)     Presupuesto de la Convocatoria:

En términos de Coste elegible el presupuesto de la Medida 4.6.2 del Objetivo Específico 4.6 es de 250.000 €, que implica una ayuda FEDER de 212.500 €.

Gasto elegible: 250.000 €.

c)     Presupuesto anualizado y ámbito de intervención:

Anexos 2 y 3.

d)             Beneficiarios y procedimiento de selección

 

Tipos de acción

Beneficiarios

Procedimiento de selección de operaciones

Digitalización del patrimonio histórico, artístico y monumental para su utilización en acciones de marketing turístico

Administración Pública

Convocatoria de expresiones de interés.

 

e)     Criterios de Elegibilidad (Requisitos básicos) de aplicación a una o varias tipologías de acción provenientes del Acuerdo de Asociación y el Programa

       Las inversiones en infraestructuras y servicios en los ámbitos cultural y turismo sostenible serán formuladas y seleccionadas en respuesta a las necesidades y desafíos territoriales, teniendo en cuenta la disponibilidad de infraestructuras y servicios y prestando especial atención a abordar la segregación educativa y espacial. Asimismo, deberán ser coherentes con las condiciones favorables correspondientes, conforme al artículo 73 (2) del RDC, y, en su caso, con las estrategias sectoriales pertinentes de los programas.

       En el apoyo a sitios culturales se dará prioridad a aquellos que tengan o vayan a tener planes de financiación complementarios para garantizar la sostenibilidad financiera de dichos sitios.

       En lo que se refiere a la financiación de proyectos culturales, se financiarán prioritariamente aquellos que dan acceso a la ciudadanía a la actividad cultural de manera sostenible, promueven la estabilidad laboral de los profesionales de la cultura, y fortalecen la economía local.

       Se financiará la organización de eventos únicamente si esos eventos tienen un potencial de atracción de turismo de una manera sostenible, son iniciativa de las autoridades públicas y forman parte de una estrategia turística.

       Complementariedad con otros fondos/instrumentos de financiación de la UE. Se garantizará que no habrá doble financiación en los gastos de las operaciones seleccionadas evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europea en los mismos.

f)      Condicionantes medioambientales

i) Declaración de Impacto Ambiental (DAE-EAE) del programa

Las tipologías de actuación recogidas en este objetivo específico por su naturaleza no producen impacto en el medio ambiente, por lo que no se incluye ninguna condición de elegibilidad ni criterio de priorización en la DAE

ii) DNSH

Los tipos de acciones que engloba este objetivo por su naturaleza producen un impacto nulo o insignificante en el medio ambiente, por lo que se considera cumplido el principio del DNSH sin precisar justificación adicional. Se trata de tipos de acción con una evaluación simplificada, donde los objetivos medioambientales no requieren una evaluación según el principio DNSH   del Programa FEDER de Melilla 2021-2027”

Protección frente al cambio climático

En el caso de las tipologías de acción de inversión en infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC que recoge que para las inversiones en las infraestructuras cuya vía útil sea como mínimo de cinco años deberá garantizarse la protección frente al cambio climático de las mismas.

iii)    Criterios de priorización aplicables a las distintas tipologías de acción

       Para la priorización de las operaciones se utilizarán los criterios definidos para cada tipo de acción. El peso específico de dichos criterios, para la evaluación de las propuestas, será fijado en su caso en los correspondientes procesos de selección. Asimismo, se podrá establecer sub-criterios en caso de considerarse necesario.

       En el caso de procedimientos no competitivos, por tratarse de convocatorias abiertas, los criterios de priorización se emplearán como requisitos previos para valorar la idoneidad de las solicitudes presentadas.

              Se recoge una definición para orientar en el significado del criterio.

 

Tipo de acción:

Digitalización del Patrimonio histórico, artístico y monumental para su utilización en acciones de marketing turístico

Criterios de Priorización:

Definición

1.        Grado de innovación de la propuesta.

1.        Valoración de las soluciones aportadas con relación al entorno nacional (25%)

2.        Impacto en el desarrollo del sector turístico.

2.        Análisis de la demanda y evaluación de las necesidades (60%).

3.        Transferibilidad de los recursos.

3.        Capacidad de difusión de los recursos (15%).

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iv)            Modelo de ficha a presentar: Anexo 3.

3.     CONCEPTO DE OPERACIÓN:

El art. 2º, puntos 4) y 5) del Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, definen como:

a)     Operación:  un proyecto, contrato, acción o grupo de proyectos seleccionados en el marco de los programas de que se trate.

b)     Operación de Importancia Estratégica: una operación que aporta una contribución significativa a la hora de conseguir los objetivos de un programa y que está sujeta a medidas de seguimiento y comunicación particulares.

4.     OPCIONES DE COSTES SIMPLIFICADOS:

El art. 53.2 del Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, establece:

Cuando el coste total de una operación no sea superior a los 200.000 €, la contribución proporcionada al beneficiario por el FEDER, adoptará la modalidad de costes unitarios, sumas a tanto alzado o tipos fijos, salvo en el caso de las operaciones en que la ayuda constituya una ayuda estatal.

En este sentido, en el caso de que la operación sea inferior a 200.000 €, la solicitud deberá incluir obligatoriamente la opción de costes simplificados propuesta por el Organismo Gestor.

5.     BENEFICIARIOS POTENCIALES:

Departamentos de la Ciudad Autónoma de Melilla que ostenten la doble condición de Organismos Gestores y a su vez, beneficiarios del Programa FEDER MELILLA 2021-2027 del ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla, con competencia material en el ámbito al que está referida la convocatoria que cuentan con financiación afectada FEDER en su presupuesto.

6.     PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS EXPRESIONES DE INTERÉS:

La presente convocatoria tiene por objeto abrir, para la acción prevista en el Objetivo específico citado del Programa FEDER Melilla 2021-2027, el procedimiento para remitir propuestas de operaciones para su selección y financiación en el marco del Programa FEDER MELILLA 2021-2027.

Por tanto, firmada la resolución que acuerde la convocatoria por el Consejero de Hacienda,   procederá su publicación en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME), y se anunciará en el apartado correspondiente a Fondos Europeos, dentro de la Consejería de Hacienda,  de la web institucional de la C. A. de Melilla:  https://acortar.link/1nDRyX,

      Plazo de presentación de expresiones de interés Se admitirán a evaluación y selección las expresiones de interés recibidas en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.

      Forma de presentación: Desde el día siguiente a su publicación hasta la fecha fin de presentación, conforme lo indicado en el párrafo anterior  se admitirán las solicitudes  recibidas a través  la aplicación de la C.A de Melilla,  de gestión de expedientes “MY TAO”, mediante el envío de Comunicación interna, con la solicitud de financiación con el contenido que se indica en el apartado 5 “Documentación a presentar” junto con los documentos anexos, dirigida a la Unidad con el código 08.6, Dirección General de Planificación Estratégica y Programación,  debidamente firmadas por el Director General del área solicitante.

La forma de presentación, dado que los potenciales beneficiarios forman parte del organigrama de la Ciudad Autónoma de Melilla, y permitiendo este medio la constancia del remitente, contenido y fecha del envío, se acuerda por agilidad, permitir el medio de comunicación a través del gestor de expediente electrónico.

7. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

La solicitud de financiación que se entenderá además como solicitud de selección, deberá ir acompañada de la descripción de la/s operación/es propuesta/s con la información indicada a continuación. Esta deberá ser suficientemente descriptiva de la/s operación/es y de los proyectos que la/s integran y firmada por el Director General del área solicitante.

Asimismo, el solicitante podrá presentar toda aquella documentación o información adicional que considere de interés para la adecuada valoración de la solicitud. En caso de que la información remitida sea insuficiente para la adecuada valoración de la elegibilidad de la operación, podrá requerirse información o documentación adicional.

La solicitud remitida deberá contener:

      Solicitud de financiación mediante la ficha contemplada en el anexo 3.

      Contribución esperada a la consecución de los indicadores de realización y de resultado del OE citado y forma de cálculo.

      Memoria del proyecto a realizar.

      Adecuación a los objetivos

      Descripción del problema u oportunidad, los objetivos, actividades para alcanzarlos y el impacto esperable.

      Explicación, en términos generales, sobre cómo se abordará el problema u oportunidad.

      Indicación, en su caso, la relación de dicha operación con otras actuaciones pasadas o futuras del PROGRAMA FEDER Melilla

      Plantear el grado de novedad que presente la solicitud, ya sea referida a prácticas, procesos o tecnologías en la propuesta.

      Indicadores de realización. Explicar su contribución para lograr los objetivos del Objetivo Específico.

      Resultados. Explicar su contribución para lograr los objetivos del Objetivo Específico.

      Plan de trabajo. El plan de trabajo debe diseñarse para asegurar la generación de los resultados y que dichos resultados contribuyen a los objetivos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027.

      Tareas técnicas, relacionadas con la preparación de la ejecución de la operación como previstas durante la ejecución y el instrumento por el que se llevará a cabo.

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      Explicación del cumplimiento de la normativa de accesibilidad en el/los proyecto/s que compongan la operación.

      Explicar cómo y por quien se usarán los resultados y si se transferirán para su uso.

      Cronología del desarrollo de la operación.

      Documentación acreditativa de los aspectos a valorar en la aplicación de los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones aplicables.

      Medios y elementos a utilizar en cumplimiento de los requisitos de información y publicidad (RDC 2021/1060).

      Medios a contemplar en la prevención y lucha contra el fraude.

      Opciones de Costes Simplificados, en su caso.

      Expresión sobre si la operación pretendida va a generar, o no, Ingresos Netos y, además, proporcionar una estimación de los mismos en base a unos elementos básicos que la definan.

8.     PLAZO DE RESOLUCIÓN: Un mes natural, contado a partir del día siguiente a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.

9.     RESOLUCIÓN:

1.     Se acordará mediante resolución del Consejero del área de Hacienda, a propuesta del DGPEyP, que se publicará en el apartado de la web de Fondos Europeos de la Consejería de Hacienda en la web Institucional.

2.     Si durante la ejecución de las operaciones seleccionadas, existiesen cambios en las condiciones de la ayuda por las que ha sido aprobada (Cronología de ejecución, contribución a los indicadores del Programa, etc.), el organismo beneficiario deberá solicitar antes la modificación de tales condiciones, las cuales que se aprobarían, en su caso, mediante resolución específica del Consejero, con la consecuente entrega de una adenda al DECA inicial.

3.     Se realizará una nueva convocatoria de expresiones de interés para este Organismo Objetivo Específico en los siguientes casos:

a.       Cuando las operaciones aprobadas no hayan agotado el importe, en términos de gasto elegible, del Objetivo específico.

b.       En caso de renuncia a la ejecución por causas justificadas por parte del Organismo Beneficiario.

10. FORMALIZACIÓN DE LA SELECCIÓN: Una vez resuelta la convocatoria, y aprobada y publicada conforme el apartado anterior, se expedirá por parte del Organismo Intermedio el/los correspondientes DECAs de condiciones de la Ayuda a la/s operación/es aprobada/s.

Anexos:

I.            Modelo de ficha a presentar.

II.           Presupuestos anualizados y ámbitos de intervención.

III.            Indicadores de realización y resultado.


 

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ANEXO I. MODELO DE FICHA A PRESENTAR

SOLICITUD DE COFINANCIACIÓN A TRAVÉS DE CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS.  PROGRAMA MELILLA FEDER 2021-2027.

Una vez abierto el plazo de presentación de solicitudes mediante el envío del formulario habilitado al efecto, bien a través de la plataforma MyTao o bien a través de correo electrónico, para la convocatoria de expresiones de interés, dirigida a la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos y entes públicos para recibir ayuda en el marco del Programa Melilla FEDER 2021-2027, que fue adoptado por Decisión de Ejecución de la Comisión Europea con fecha 29 de noviembre de 2022, con código CCI 2021ES16RFPR017. De conformidad con lo anterior D.Dña:

                                                                 

                                                                 

En calidad de :

Presenta la siguiente operación para su cofinanciación por el FEDER  en el marco del Programa Melilla FEDER 2021-2027.

1. OPERACIÓN

Título de la Operación:

                                 

Código de la operación (nº expediente)

                                 

2. ORGANISMO GESTOR

Consejería

                                 

Dirección General

                                 

Servicio/unidad

                                 

Persona de contacto:

                                 

Teléfono de contacto:

                                 

E- mail de contacto:

                                 

3. RESUMEN DE LA OPERACIÓN

Explicar brevemente en qué consiste la operación.

4. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA OPERACIÓN

Añadir una descripción adicional más detallada que permita conocer a fondo lo que se va a realizar en la operación y su encaje dentro del espíritu del FEDER.

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5. ENCUADRE NORMATIVO DE LA OPERACION

Señalar el método de gestión, normativa y soporte jurídico de los convenios, contratos, encargos… que sustentan la operación. En el caso de que la operación propuesta esté sujeta a contratación pública, adjuntar un breve resumen sobre los procedimientos de licitación y contratación o adjudicación de obras, suministros y servicios.

6. PLAN FINANCIERO DE LA OPERACIÓN

PRESUPUESTO DE LICITACIÓN / IMPORTE DE ADJUDICACIÓN (IPSI EXCLUIDO):

Si se conoce el Importe de Adjudicación (Impuestos excluidos), las anualidades irán referidas al mismo. En caso contrario, al Presupuesto de Licitación (Impuestos excluidos).

(Cuadro 1)

LOTE // CONTRATO

TOTAL PRESUPUES TO LICITACIÓN

TOTAL IMPORTE ADJUDICACI ÓN

ANUALID AD 2025

ANUALID AD 2026

ANUALID AD 2027

ANUALID AD 2028

ANUALID AD 2029

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PREVISIÓN DE COSTE TOTAL SUBVENCIONABLE DE LA OPERACIÓN Y PREVISIÓN DE SU EJECUCIÓN POR ANUALIDADES:

Para la estimación de los costes subvencionables y su ejecución, deberá tenerse en cuenta el artículo 64 del Reglamento UE

2021/1060 Costes NO subvencionables, así como la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027 (BOE, 30 de diciembre de 2023).

(Cuadro 2)

 

TOTAL COSTE SUBVENCIONABLE

COSTE SUB. 2024

COSTE SUB. 2025

COSTE SUB. 2026

COSTE SUB. 2027

COSTE SUB. 2028

COSTE SUB. 2029

 

 

 

 

 

 

 

Partida gasto Plurianual y aplicación presupuestaria de ésta.

P.Gasto Plurianual y descripcion

 

Aplicación presupuestaria

 

7. ÁMBITOS DE INTERVENCIÓN DE LA OPERACIÓN

Se señalará a qué Campo/s de Intervención se asocia la operación y su importe. Los Campos de Intervención están determinados en el Programa Melilla FEDER 2021-2027 y se detallan al final del presente formulario.

(Cuadro 3)

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN CAMPO DE INTERVENCIÓN

IMPORTE DE LA AYUDA MÁXIMO 85% DEL COSTE SUBVENCIONABLE (CUADRO 2)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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La cofinanciación europea, a través del FEDER (dentro del Programa Melilla FEDER 2021-2027) alcanzará una tasa máxima de retorno del 85% del gasto subvencionable declarado por el que se solicite el pago de la correspondiente ayuda.

8. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OPERACIÓN

 

Plazo de ejecución

 

Fecha de inicio

 

Fecha fin prevista

 

9. COSTES SIMPLIFICADOS: Solo es de aplicación a operaciones cuyo coste total sea inferior a 200.000 euros.

  SÍ

 

  NO

Aplicación de costes simplificados acorde a lo establecido en el artículo 53 del Reglamento UE 2021/1060 :

En caso afirmativo, señalar la modalidad que se empleará.

10. INDICADORES DE REALIZACIÓN Y DE RESULTADO DE LA OPERACIÓN

Se adjuntará la ficha metodológica que detalle el cálculo utilizado para la determinación de los valores previstos. Asimismo, puede usarse el apartado 14 Observaciones para incluir las especificaciones requeridas.

Se incluyen al final del presente formulario los indicadores de realización y de resultado previstos en el Programa Melilla FEDER 2021-2027.

 

IDENTIFICADOR INDICADOR REALIZACIÓN

DENOMINACIÓN INDICADOR

UNIDAD MEDIDA

VALOR A 2029

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IDENTIFICADOR INDICADOR RESULTADO

DENOMINACIÓN INDICADOR

UNIDAD MEDIDA

VALOR A 2029

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

11. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD

INDICAR ENLACE DE LA PÁGINA WEB (SI EXISTE) DEL ORGANISMO GESTOR EN LA QUE SE REALIZA

LA DIFUSIÓN DE LA OPERACIÓN.

12. MEDIDAS DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD DE LA OPERACIÓN ADOPTADAS Y/O PREVISTAS

Marcar las que se hayan realizado o se prevean realizar.

Actividades y actos públicos: actos informativos, actos de presentación de la operación…

Difusión en medios de comunicación: notas de prensa, noticias en prensa, banners, cuñas en radio, spots en      televisión, anuncios en el BOME…

Publicaciones: folletos informativos, revistas, videos, cd, dvd…

     Información a través de cualquier tipo de cartelera: carteles, placas, expositores, stands, pósteres, valla…

   Instrucciones hacia los participantes del Programa Operativo: guías, indicaciones…

13. DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS Y/O CONCEDIDAS 

 

NO

 

¿Ha solicitado alguna ayuda para esta operación?
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¿Le ha sido concedida alguna ayuda para esta operación? En caso afirmativo, indique el

órgano concedente y el importe de la ayuda recibida:

 14.OBSERVACIONES                                                                                                               

S     

Incluir aquí, si es el caso, relación de la documentación complementaria que acompaña a la solicitud, además de cualquier otra cuestión que se considere relevante, EN ESPECIAL, LA METODOLOGÍA EMPLEADA EN LA OBTENCIÓN DE LOS INDICADORES DEL APARTADO 10.

 

DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL POTENCIAL BENEFICIARIO

Como potencial beneficiario del Programa Melilla FEDER 2021-2027 DECLARA que:

-  Dicha operación entraría en el ámbito del Programa FEDER.

-  Ha sido informado de las obligaciones que representa ser beneficiario/a del Programa FEDER y especialmente de que:

1.        Debe cumplir con los requisitos de difusión y publicidad establecidos en materia de visibilidad, transparencia y comunicación establecidas en el Capítulo III del Título IV del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados y las establecidas en el Anexo IX del citado Reglamento (en ade- lante, Reglamento (UE) 2021/1060).

2.        La aceptación de la ayuda implica el consentimiento de su inclusión en una lista pública de operaciones, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento (UE) 2021/1060.

3.        En los casos pertinentes, se asegurará de que las partes que intervienen en ellas han sido informadas de dicha financiación del FEDER.

4.        La operación debe cumplir con la normativa nacional y comunitaria aplicable especialmente con las normas nacionales de subvencionabilidad y, en su caso, la Ley 38/2003 General de Subvenciones y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014, así como sus modificaciones y cualquier otra normativa aplicable.

5.        Debe mantener un sistema de contabilidad separado para todas las transacciones relacionadas con las operaciones objeto de cofinanciación o, al menos, cuenta con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones, debiendo distinguir las partidas presupuestarias de la contabilidad nacional y comunitaria.

6.        Se responsabiliza en todo momento de que no existe doble financiación de la operación.

7.        Se dispone de la capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente y adecuada para cumplir las condiciones relativas a la ayuda del FEDER.

8.        Debe conservar los documentos originales o copias debidamente compulsadas o bien en soportes de datos comúnmente aceptados, en especial versiones electrónicas de documentos originales o documentos existentes únicamente en versión electrónica justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 82 del Reglamento (UE) 1060/2021 y deberá estar a disposición de las autoridades competentes cuando éstas así lo soliciten.

9.        La aceptación de la ayuda implica la obligación de aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión, cumplir la normativa en materia de contratación pública, evitar doble financiación, falsificación de documentos, etc... así como proporcionar información para la detección de mala praxis (incluye la contratación amañada, las licitaciones colusorias, el conflicto de intereses, la manipulación de ofertas y el fraccionamiento del gasto).

10.           La obligación de informar sobre el logro de los indicadores de realización y resultado que se pongan de manifiesto en el Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA) a la hora de ejecutar la operación, al mismo tiempo que justifica gastos para ser declarados en solicitudes de reembolso.

11.      En relación a la operación, que:

-  No ha concluido materialmente ni se ha ejecutado íntegramente con anterioridad a la presentación de la presente solicitud (art.63.6 reglamento (UE) 2021/1060).

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-  No incluye actividades que hayan sido o debieran haber sido objeto de un procedimiento de recuperación a raíz de la relocalización de una actividad productiva dentro de la UE.

-  Si se ha iniciado de manera previa a la presente solicitud, se ha cumplido con la normativa comunitaria y nacional aplicable (art.73.2.f Reglamento (UE) 2021/1060).

-  La información proporcionada en la ficha de solicitud es veraz.

2.        La operación para la que se solicita cofinanciación cumple con los principios horizontales recogidos en el artículo   9 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento y del Consejo, de 24 de junio de 2021 (RDC) y en particular, con el principio de evitar cualquier discriminación por razón de discapacidad y promoviendo la igualdad y la integración de la perspectiva de género, al objeto de velar por la igualdad, la inclusión y la no discriminación (art.22 apartado 3, letra d) inciso iv) del RDC).

Y para finalizar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Reglamento (UE) 2021/1060, SOLICITA la selección para su financiación de la citada operación cuya información se detalla en la ficha de solicitud

FECHA Y FIRMA


 

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ANEXO II. PRESUPUESTOS ANUALIZADOS Y ÁMBITO DE INTERVENCIÓN

Presupuestos

 

Proyectos

Identificación

Ámbito de intervención

Coste

2022

2023

Digitalización Patrimonio cultural

4.6.2.

016(0;0)

250.000

250.000

-

 

Nota: Sin considerar el IPSI.

 

ANEXO III. INDICADORES DE REALIZACIÓN Y RESULTADO

OBJETIVO ESPECÍFICO 4.6. EL REFUERZO DEL PAPEL DE LA CULTURA Y EL TURISMO EN EL DESARROLLO ECONÓMICO, LA INCLUSIÓN SOCIAL Y LA INNOVACIÓN SOCIAL.

Indicadores de realización

RCO77. Número de infraestructuras culturales y turísticas apoyadas

Unidad de medida: Sitios culturales y turísticos

Actuaciones vinculadas:

No existen.

TIPO DE ACTUACIÓN

ÁMBITO DE INTERVENCIÓN

AYUDA FEDER

COSTE TOTAL

Actuaciones de protección del patrimonio cultural

166

1.360.001

1.600.000

 

Estimación de los hitos y metas:

Base para la estimación de los hitos y metas

Uso de datos históricos y/o experiencias similares, en las actuaciones de protección del patrimonio cultural, que se llevan desarrollando desde 1990

Metodología de estimación

Planificación para la digitalización del patrimonio.

Uso de coste estimado en función de datos históricos para las actuaciones de protección, 3 actuaciones a un coste medio de 533.000 €.

Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas

No se esperan.

Valores base, hitos y metas

 

 

VALORES BASE, HITOS Y METAS

 

Valor BASE

Valor HITO (2024)

Valor META (2029)

0

1

3

Indicadores de resultado

RCR77. Visitantes de instalaciones culturales y turísticas apoyadas

Unidad de medida: Visitantes/año

Actuaciones vinculadas:

Se pretende aumentar el número de visitantes que anualmente acuden a las instalaciones culturales y turísticas puestas en funcionamiento por la ciudad.

 

TIPO DE ACTUACIÓN

ÁMBITO DE INTERVENCIÓN

AYUDA FEDER

COSTE TOTAL

Digitalización del patrimonio cultural

016

212.500

250.000

Actuaciones de protección del patrimonio cultural

166

1.360.001

1.600.000

 

Estimación de los hitos y metas:

Base para la estimación de los hitos y metas

El uso de datos históricos y/o similares sobre el número de turistas que acceden a los servicios culturales y turísticos y de los sitios culturales y turísticos que previsiblemente van a ser beneficiarios de las del apoyo. Estos datos, datos normalmente están recogidos en el sistema de información del organismo gestor: Fundación Melilla Monumental y Patronato de Turismo de Melilla, a las que tiene acceso el órgano gestor responsable del indicador.

Metodología de estimación

A partir de los registros de usuarios, se ha obtenido el número medio (por lo general diarios) de usuarios en los establecimientos culturales y turísticos apoyados (ya sea construidos o mejorados).

Paso 2: se ha obtenido la meta aplicando al número de usuarios medios al día por los días en los que el establecimiento está operativo (abierto al público):

Meta 2029: número de usuarios medios diarios en los establecimientos culturales y turísticos objeto del apoyo x número de días que está operativo el establecimiento en cuestión.

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Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas

Factores externos como crisis económica o la persistencia del cierre fronterizo, que generen un movimiento turístico inferior al esperado.

Valores base, hitos y metas

 

 

VALORES BASE, HITOS Y METAS

 

Valor BASE

Valor HITO (2024)

Valor META (2029)

85.556

--

107.156   

 

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto. No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

 

 

 

Melilla, a 17 de febrero de 2025,

El Secretario Técnico de Hacienda,

Sergio Conesa Mínguez