ARTÍCULO Nº 125 (CVE: BOME-A-2025-125) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6254 - viernes, 21 de febrero de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR


Resolución nº 0173, de fecha 18 de febrero de 2025, relativa a convocatoria del Concurso de Disfraces de Carnavales para Colegios 2025.

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La Excma. Sra. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, mediante Resolución núm. 2025000173 de fecha 18 de febrero de 2025, ha resuelto lo siguiente:

ÚNICO: La aprobación de las Bases que regirán la convocatoria del CONCURSO DE DISFRACES DE CARNAVALES PARA COLEGIOS 2025 por un importe de 3.300 € (TRES MIL TRESCIENTOS EUROS) con arreglo a las siguientes

BASES

1º.- Podrán participar todos los alumnos y docentes de los centros escolares de Melilla.

2º.- El tema de los disfraces será libre, PERO NO SE ACEPTARÁN EN EL CONCURSO AQUÉLLOS QUE SEAN DE CONFECCIÓN INDUSTRIAL.

3º.- El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en la rama o disciplina del certamen.

Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.

4º.- En cuanto a los criterios de valoración, el Jurado puntuará a los candidatos en función a la:

· Originalidad.

· Animación (bailes, coreografías, representación del personaje o similar).

· Peinado y maquillaje.

· Confección de los trajes.

5º.- Solo podrá participar un solo grupo que represente al colegio. El grupo como mínimo debe ser compuesto por 45 personas sin haber un máximo. Se admitirá que en los grupos puedan estar integrados también los profesores. El Jurado únicamente valorará una representación que deberá realizarse en un solo espacio del colegio y cuya duración no deberá exceder de los 10 minutos.

6º.- El disfraz debe ser portado a escena SOLO por los “PARTICIPANTES”.

7º.- No podrá participar en el Concurso oficial aquellos disfraces que hayan sido “PREMIADOS” en otra edición de este u otro concurso local o nacional.

8º.- Queda prohibida la utilización en el Concurso de cualquier tipo de elemento pirotécnico, así como llamas en antorchas, velas, con petróleo, gas o cualquier otro tipo de combustible 9º.- Se establecen cinco premios económicos:

Primer premio

1.000 €

Segundo premio

800 €

Tercer premio

600 €

Cuarto premio

500 €

Quinto premio

400 €

10º.- Al importe de dichos premios se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación. Desde la Dirección General de Patrimonio Cultural y Festejos se requerirá, con posterioridad al fallo del Jurado, certificado de titularidad bancaria a nombre de la persona o entidad inscrita, así como una copia del CIF.

De conformidad con el artículo 22 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, no podrá realizarse el pago del premio en tanto el beneficiario (sea persona o entidad) no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (AEAT y CAM) y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.

11º.- La inscripción en el concurso se llevará a cabo a través de SEDE ELECTRÓNICA, pudiendo acceder desde www.melilla.es, necesitando para su utilización un certificado digital válido o cl@ve firma (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html).

Para su presentación vía Sede Electrónica pueden utilizar el trámite online “Inscripción a concursos del área de festejos” Debiendo indicar que se presenta al CONCURSO DE DISFRACES DE CARNAVALES PARA COLEGIOS 2025 .

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El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial hasta las 23:59 horas del 24 de febrero 2025.

12º.- Los ganadores de dicho concurso de disfraces se comprometen a participar en la Cabalgata de Carnaval.

13º.- El fallo se comunicará a los centros premiados y la entrega de premios tendrá en el teatro Kursaal-Fernando Arrabal el día en que la Organización lo comunique. El jurado realizará las oportunas visitas a los centros escolares para ver y calificar a los colegios participantes los días 26, 27 y 28 de febrero previa comunicación por la Organización.

14º.- El fallo del Jurado será inapelable y se hará público a través de las redes sociales de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor. El mismo, de conformidad con la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla. El Jurado podrá declarar desierto aquellos premios que no hayan alcanzado un nivel de calidad suficiente. La Ciudad Autónoma y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.

15º.- La convocatoria del presente premio se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS  SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007)

16º.- La presentación al concurso supone la plena aceptación de sus Bases y el Fallo del Jurado así como la autorización a la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor para que recabe la información necesaria en la Agencia Tributaria, en la Seguridad Social y en la Hacienda Local.

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.

La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo 92 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla. (BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017).

 

Melilla, a 18 de febrero de 2025,

El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del Mayor,

Juan León Jaén Lara