ARTÍCULO Nº 141 (CVE: BOME-A-2025-141) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6255 - martes, 25 de febrero de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA


Resolución nº 0625, de fecha 21 de febrero de 2025, relativa a rectificación de error detectado en el convenio de colaboración entre la CAM. y el Banco de Alimentos de Melilla para el desarrollo del Plan Alimentario 2025.

BOME-P-2025-409 Descargar página

RECTIFICACION DE ERROR

La Excma. Sra. Consejera de Políticas sociales y Salud Pública, mediante Resolución núm. 2025000625 de fecha 21 de febrero de 2025, ha resuelto lo siguiente:

Habiéndose observado un error material en la cláusula octava y el Anexo A, del Convenio entre la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública y la Asociación Banco de Alimentos de Melilla para el desarrollo del Plan Alimentario 2025: “Gastos de Gestión para el reparto de alimentos procedentes de excedentes industriales, alimentos perecederos, operaciones kilo, donaciones, etc., por el Banco de Alimentos de Melilla entre las familias más necesitadas de melilla.es del Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla”, en el Bome extraordinario número 12 de 19 de febrero de 2025.

De conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Por todo lo expuesto, esta Dirección General PROPONE que se adopte la siguiente:

Se proceda a la rectificación del error material detectado en la cláusula, quedando la misma como sigue:

Donde dice:

...”

OCTAVA.- DURACIÓN DEL CONVENIO.

El presente convenio surtirá efectos a partir de su firma hasta el 31 de diciembre del 2024, si bien sus efectos económicos se retrotraerán a 1 de enero de 2024.

...” “...

ANEXO A

1.- DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA / ACTUACIONES: Plan Alimentario 2024 “Gastos de gestión para el reparto de alimentos procedentes de excedentes industriales, alimentos perecederos, operaciones kilo, donaciones, etc., por el Banco de Alimentos de Melilla entre las familias más necesitadas de la Ciudad Autónoma de Melilla”.

2.- MOTIVACIÓN PÚBLICA Y SOCIAL: Distribución de alimentos no perecederos del PLAN ALIMENTARIO 2024, a entidades de reparto para su entrega a personas desfavorecidas, favoreciendo la inclusión social de las mismas. Concienciando y sensibilizando sobre la pobreza y el despilfarro de alimentos.

3.- ENTIDAD (Nombre y NIF): Asociación Banco de Alimentos de la Ciudad Autónoma de Melilla. NIF: G52015443

4.- COLECTIVO DE ATENCIÓN: Atención social mediante el suministro de alimentos no perecederos a colectivos que tengan esta carencia por su condición o situación, a través de entidades benéficas que cumplan los requisitos exigidos por el Banco de Alimentos de Melilla y el Plan FEGA de la Federación Española de Bancos de Alimentos FESBAL-2024.

“...

Debe decir:

“...

 OCTAVA.- DURACIÓN DEL CONVENIO.

El presente convenio surtirá efectos a partir de su firma hasta el 31 de diciembre del 2025, si bien sus efectos económicos se retrotraerán a 1 de enero de 2025.

...”

“...

ANEXO A

1.- DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA / ACTUACIONES: Plan Alimentario 2025 “Gastos de gestión para el reparto de alimentos procedentes de excedentes industriales, alimentos perecederos, operaciones kilo, donaciones, etc., por el Banco de Alimentos de Melilla entre las familias más necesitadas de la Ciudad Autónoma de Melilla”.

2.- MOTIVACIÓN PÚBLICA Y SOCIAL: Distribución de alimentos no perecederos del PLAN ALIMENTARIO 2025, a entidades de reparto para su entrega a personas desfavorecidas, favoreciendo la inclusión social de las mismas. Concienciando y sensibilizando sobre la pobreza y el despilfarro de alimentos.

3.- ENTIDAD (Nombre y NIF): Asociación Banco de Alimentos de la Ciudad Autónoma de Melilla. NIF: G52015443

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4.- COLECTIVO DE ATENCIÓN: Atención social mediante el suministro de alimentos no perecederos a colectivos que tengan esta carencia por su condición o situación, a través de entidades benéficas que cumplan los requisitos exigidos por el Banco de Alimentos de Melilla y el Plan FEGA de la Federación Española de Bancos de Alimentos FESBAL-2025.

...”

 

Melilla, a 24 de febrero de 2025,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez