ARTÍCULO Nº 203 (CVE: BOME-A-2025-203) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6259 - martes, 11 de marzo de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA


Orden nº 0734, de fecha 6 de marzo de 2025, relativa a convocatoria de expresiones de interés para el Programa FEDER Melilla 20212027, Objetivo Específico 2.7 incrementar la protección y la conservación de la naturaleza, la biodiversidad y las infraestructuras verdes, también en zonas urbanas, y reducir toda forma de contaminación., Medida 2.7.1 "Actuaciones Red Natura 2000".

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El titular de la Consejería, mediante Orden de 06/03/2025, registrada al número 2025000734, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

La Convocatoria de Expresiones de Interés (EdI) constituye el inicio del procedimiento de evaluación, selección y aprobación de operaciones establecido en la Descripción de Funciones y Procedimientos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, como una de las metodologías de selección de operaciones la "selección de operaciones a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios”.

La Decisión de Ejecución C (2022) 8900 de la Comisión de fecha 29/11/2022, aprobó el Programa FEDER de Melilla para el período 2021-2027, en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento para la Ciudad de Melilla en España. Este Programa fue posteriormente aprobado por la Asamblea de la Ciudad de Melilla en fecha 06/02/2023.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente esta Dirección General PROPONE que se adopte la siguiente:

CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS PARA EL PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, Objetivo Específico 2.7 Incrementar la protección y la conservación de la naturaleza, la biodiversidad y las infraestructuras verdes, también en las zonas urbanas, y reducir toda forma de contaminación., Medida 2.7.1 “Actuaciones Red Natura 2000”.

INTRODUCCIÓN

La Convocatoria de Expresiones de Interés (EdI) constituye el inicio del procedimiento de evaluación, selección y aprobación de operaciones establecido en la Descripción de Funciones y Procedimientos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, como una de las metodologías de selección de operaciones la "selección de operaciones a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios”.

La Decisión de Ejecución C (2022) 8900 de la Comisión de fecha 29/11/2022, aprobó el Programa FEDER de Melilla para el período 2021-2027, en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento para la Ciudad de Melilla en España. Este Programa fue posteriormente aprobado por la Asamblea de la Ciudad de Melilla en fecha 06/02/2023.

Conforme lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, se precisa una solicitud de financiación presentada al Organismo Intermedio por parte del beneficiario de cada operación, y teniendo en cuenta que, salvo en los regímenes de ayuda y en las operaciones que vienen expresamente recogidas en el Programa, la selección de operaciones se realizará a partir de convocatorias de expresiones de interés de los potenciales beneficiarios. Si bien dada la entidad del PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, la práctica totalidad de las operaciones ya están seleccionadas en el mismo, siendo las convocatorias de expresiones de interés, las que operarán respecto a las no previstas. 

Se efectúa esta convocatoria para que los beneficiarios potenciales, que llevarán a cabo las diversas actuaciones (en el ejercicio de las competencias que tienen específicamente atribuidas), susceptibles de ser cofinanciadas por el FEDER, y que serán los responsables de presentar las expresiones de interés, mediante la correspondiente “Solicitud de financiación”, junto la documentación que se referirá, a fin de que  propongan y expresen sus intereses en la ejecución de operaciones incluidas en el Objetivo Específico que se describe a continuación, parte del Programa Operativo FEDER MELILLA 2021-2027, bajo los principios generales de transparencia, concurrencia y no discriminación.

Esta metodología de selección se aplica en el caso de actuaciones a desarrollar por los órganos gestores del Programa FEDER MELILLA 2021-2027 en el ejercicio de sus competencias, que tienen específicamente atribuidas, y que cuentan con financiación afectada FEDER en su presupuesto para llevar a cabo operaciones elegibles que se ajusten en el Programa Operativo FEDER MELILLA 2021-2027, al documento de Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO), alineados con el Plan Estratégico, a la normativa comunitaria, estatal y a la desarrollada por la C.A de Melilla en su ámbito de aplicación.

Con fecha 16/12/2024 la Autoridad de Gestión del Programa (Subdirección General del FEDER del Ministerio de Hacienda) ha suscrito el Acuerdo de Atribución de Funciones a la Ciudad Autónoma de Melilla en el marco del Programa FEDER Melilla 2021-2027. La Ciudad Autónoma de Melilla ha adquirido la condición de Organismo Intermedio del Programa referido, al aceptar tal Acuerdo y sus obligaciones implícitas, con fecha 17/12/2024. Posteriormente, con fecha 23/12/2024, la Autoridad de Gestión ha aprobado el documento de Descripción de Funciones y Procedimientos de la CAM, posibilitando que la Ciudad Autónoma, como Organismo Intermedio del Programa, pueda seleccionar y aprobar operaciones de acuerdo con los mismos.

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Por lo tanto, como se ha indicado, esta convocatoria constituye el acto de inicio del procedimiento de selección de operaciones que se realizará dirigidas a las Direcciones Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla y Organismos Autónomos y Sociedades Públicas de la misma, en función de su ámbito material de competencias, en su doble condición de órganos gestores y beneficiarios del PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027 en los supuestos donde no esté  ya aprobada la operación en el Programa para su ejecución por las Direcciones Generales, corresponda la selección mediante convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia, mediante la convocatoria de expresiones de interés.

La  Dirección General de Planificación Estratégica y Programación, como unidad responsable de la selección de operaciones en la Ciudad Autónoma de Melilla, correspondiente al Programa FEDER MELILLA 2021-2027, realizará el procedimiento de la selección de las operaciones, mediante resolución del Consejero de Hacienda a propuesta del responsable de la DG de Planificación Estratégica y Programación, a partir de las expresiones de interés  remitidas por los departamentos referidos  interesados, dejando constancia documental de todas las recibidas y se comunicarán las decisiones adoptadas sobre la aceptación o rechazo de las solicitudes mediante la emisión del correspondiente informe de valoración.

 

CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS

 

1.                   ÓRGANO CONVOCANTE:

ORGANISMO INTERMEDIO DEL PROGRAMA FEDER MELILLA 2021-2027, Consejería de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Melilla, Dirección General de Planificación Estratégica y Programación, que ha obtenido esta condición con fecha 17/12/2024, una vez aceptado el acuerdo de Atribución de Funciones aprobado por la Autoridad de Gestión del Programa.

2.                   OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

La presente convocatoria tiene por objeto abrir para el período 2021-2027, el procedimiento para recibir las propuestas de operaciones, para su selección y cofinanciación por el FEDER en el marco del Programa FEDER MELILLA 2021-2027, para el Objetivo Político, Prioridad de Inversión y Objetivo Específico descritos a continuación:

·                     OBJETIVO POLÍTICO: 2, “Una Europa más verde”.

·                     PRIORIDAD DE INVERSIÓN: 2.A “Transición verde”.

·                     OBJETIVO ESPECÍFICO: OE27 – Incrementar la protección y la conservación de la naturaleza, la biodiversidad y las infraestructuras verdes, también en las zonas urbanas, y reducir toda forma de contaminación.

·                     MEDIDA: 2.7.1 “Actuaciones Red Natura 2000”.

Para la aprobación de las operaciones, se deberán aplicar los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones aprobados por el Comité de Seguimiento del Programa referido, con fecha 21/03/2024, que se publicará en el mismo apartado de la web de la Ciudad Autónoma de Melilla que se referirá.

Los Criterios de Selección aplicables son los siguientes:

a)            Tipos de acciones incluidas en el programa:

Las acciones que se llevarán a cabo estarán asociadas al Marco de Acción Prioritaria (MAP) de la Red Natura 2000 de Melilla y se agruparán en las siguientes actuaciones:

a.             Estudio y herramientas para la elaboración de la Estrategia de Infraestructura Verde, Conectividad y Red Ecológica en RN2000.

b.             Plan de Uso Público y de Capacidad de Acogida, y Educación Ambiental en RN2000.

c.             Actuaciones para la implementación de la Estrategia de Infraestructura Verde, Conectividad y Red Ecológica.

b)            Presupuesto de la Convocatoria:

En términos de Coste elegible el presupuesto de la Medida 2.7.1 del Objetivo Específico 2.7 es de 2.100.000 €, que implica una ayuda FEDER de 1.785.000 €.

·                     Gasto elegible: 2.100.000 €.

c)            Presupuesto anualizado y ámbito de intervención:

Anexos 2 y 3.

d)            Beneficiarios y procedimiento de selección

 

Tipos de acción

Beneficiarios

Procedimiento de selección de operaciones

Actuaciones para la implementación de la Estrategia de Infraestructura Verde, Conectividad y Red Ecológica

Administración Pública.

Convocatoria de expresiones de interés

 

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e)            Criterios de Elegibilidad (Requisitos básicos) de aplicación a una o varias tipologías de acción provenientes del Acuerdo de Asociación y el Programa

·       Las actuaciones del Objetivo Específico 2.7 están sujeta al cumplimiento de la Condición Favorecedora 2.7 “Marco de acción prioritaria para las medidas de conservación necesarias que implican cofinanciación de la Unión” de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo. En base a ello, las operaciones seleccionadas en el OE 2.7, en su caso, deben de ser coherentes con el Marco de Acción Prioritaria (MAP) de España 2021-2027.

·       Las actuaciones de la Red Natura 2000 contribuirán a implementar el Marco de Acción Prioritaria para el período 2021-2027, incidiendo en la parte del MAP relativa a las medidas de mantenimiento y restauración de especies y hábitats relacionadas con lugares Natura 2000 y, por tanto, en la parte MAP relativa a las medidas adicionales de infraestructura verde más allá de Natura 2000, incluyendo la capacitación en materia de infraestructuras verdes.

·       Se podrán incluir actuaciones enfocadas a la reducción de toda forma de contaminación.

f)            Condicionantes medioambientales

 i)             Declaración de Impacto Ambiental (DAE-EAE) del programa

En la DAE no se ha establecido ninguna medida preventiva/correctora en relación con este Objetivo Específico.

ii)   DNSH

Las actuaciones de este objetivo específico producen un impacto nulo o insignificante en el medio ambiente. Es por ello que la DAE no incluye ninguna condición de elegibilidad para estos tipos de acción, en línea con lo establecido en el Estudio Ambiental Estratégico del programa y por lo que se considera cumplido el principio del DNSH sin precisar justificación adicional. Se trata de tipos de acción con una evaluación simplificada en el documento “Evaluación de conformidad con el Principio “No Causar Perjuicio Significativo” (DNSH) del Programa FEDER de Melilla 2021-2027” (ver anexo I de este documento).

  iii)          Protección frente al cambio climático

En el caso de las tipologías de acción de inversión en infraestructuras, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 73.2 j) del RDC que recoge que para las inversiones en las infraestructuras cuya vía útil sea como mínimo de cinco años deberá garantizarse la protección frente al cambio climático de las mismas.

g)            Criterios de priorización aplicables a las distintas tipologías de acción

Para la priorización de las operaciones se utilizarán los criterios definidos para cada tipo de acción. El peso específico de dichos criterios, para la evaluación de las propuestas, será fijado en su caso en los correspondientes procesos de selección. Asimismo, se podrá establecer subcriterios en caso de considerarse necesario.

En el caso de procedimientos no competitivos, por tratarse de convocatorias abiertas, los criterios de priorización se emplearán como requisitos previos para valorar la idoneidad de las solicitudes presentadas.

Se recoge una definición para orientar en el significado del criterio.

Para la realización de Estudio y herramientas para la elaboración de la Estrategia de Infraestructura Verde, Conectividad y Red Ecológica en RN2000 y Plan de Uso Público y de Capacidad de Acogida, y Educación Ambiental en RN2000 no se recogen criterios de priorización al tratarse de selección directa de operaciones.

 

Tipo acción:

Actuaciones para la implementación de la Estrategia de Infraestructura Verde, Conectividad y Red Ecológica

Criterios de Priorización:

1.        Mayor impacto medioambiental.

2.        Mayor grado de eficiencia.

3.        Impacto social.

Definición

1.        Se valorará el impacto medioambiental (priorizando actuaciones sobre espacios protegidos, o que afectan a una mayor superficie). Hasta 25 puntos.

2.        Se valorará los efectos que las actuaciones tendrán en el sistema en cuanto a reducción de los problemas preexistentes. Hasta 25 puntos.

3.        Se valorará la capacidad de su implementación inmediata. Hasta 25 puntos.

4.        Se valorará el efecto que las actuaciones tendrán en la sociedad de Melilla. Hasta 25 puntos..

 

h)          Modelo de ficha a presentar: Anexo 1.

3.                   CONCEPTO DE OPERACIÓN:

El art. 2º, puntos 4) y 5) del Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, definen como:

a)            Operación:  un proyecto, contrato, acción o grupo de proyectos seleccionados en el marco de los programas de que se trate.

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b)            Operación de Importancia Estratégica: una operación que aporta una contribución significativa a la hora de conseguir los objetivos de un programa y que está sujeta a medidas de seguimiento y comunicación particulares.

En caso de operaciones que hayan comenzado antes de la presentación de una solicitud de financiación a la autoridad de gestión, debe asegurarse el cumplimiento del Derecho aplicable. A nivel de operación se controlará su cumplimiento en las listas de comprobación para la selección de la operación en FONDOS 21-27.

4.                   OPCIONES DE COSTES SIMPLIFICADOS:

El art. 53.2 del Reglamento (UE) nº 2021/1060 de Disposiciones Comunes, establece:

Cuando el coste total de una operación no sea superior a los 200.000 €, la contribución proporcionada al beneficiario por el FEDER, adoptará la modalidad de costes unitarios, sumas a tanto alzado o tipos fijos, salvo en el caso de las operaciones en que la ayuda constituya una ayuda estatal.

En este sentido, en el caso de que la operación sea inferior a 200.000 €, la solicitud deberá incluir obligatoriamente la opción de costes simplificados propuesta por el Organismo Gestor.

5.                   BENEFICIARIOS POTENCIALES:

Departamentos de la Ciudad Autónoma de Melilla que ostenten la doble condición de Organismos Gestores y a su vez, beneficiarios del Programa FEDER MELILLA 2021-2027 del ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla, con competencia material en el ámbito al que está referida la convocatoria que cuentan con financiación afectada FEDER en su presupuesto.

6.                   PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS EXPRESIONES DE INTERÉS:

La presente convocatoria tiene por objeto abrir, para la acción prevista en el Objetivo específico citado del Programa FEDER Melilla 2021-2027, el procedimiento para remitir propuestas de operaciones para su selección y financiación en el marco del Programa FEDER MELILLA 2021-2027.

Por tanto, firmada la resolución que acuerde la convocatoria por el Consejero de Hacienda,  procederá su publicación en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME), y se anunciará en el apartado correspondiente a Fondos Europeos, dentro de la Consejería de Hacienda,  de la web institucional de la C. A. de Melilla:  https://acortar.link/1nDRyX,

·                     Plazo de presentación de expresiones de interés Se admitirán a evaluación y selección las expresiones de interés recibidas en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·                     Forma de presentación: Desde el día siguiente a su publicación hasta la fecha fin de presentación, conforme lo indicado en el párrafo anterior  se admitirán las solicitudes  recibidas a través  la aplicación de la C.A de Melilla,  de gestión de expedientes “MY TAO”, mediante el envío de Comunicación interna, con la solicitud de financiación con el contenido que se indica en el apartado 5 “Documentación a presentar” junto con los documentos anexos, dirigida a la Unidad con el código 08.6, Dirección General de Planificación Estratégica y Programación,  debidamente firmadas por el Director General del área solicitante.

La forma de presentación, dado que los potenciales beneficiarios forman parte del organigrama de la Ciudad Autónoma de Melilla, y permitiendo este medio la constancia del remitente, contenido y fecha del envío, se acuerda por agilidad, permitir el medio de comunicación a través del gestor de expediente electrónico.

7.                   DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

La solicitud de financiación que se entenderá además como solicitud de selección, deberá ir acompañada de la descripción de la/s operación/es propuesta/s con la información indicada a continuación. Esta deberá ser suficientemente descriptiva de la/s operación/es y de los proyectos que la/s integran y firmada por el Director General del área solicitante.

Asimismo, el solicitante podrá presentar toda aquella documentación o información adicional que considere de interés para la adecuada valoración de la solicitud. En caso de que la información remitida sea insuficiente para la adecuada valoración de la elegibilidad de la operación, podrá requerirse información o documentación adicional.

La solicitud remitida deberá contener:

·         Solicitud de financiación mediante la ficha contemplada en el anexo 1.

·         Contribución esperada a la consecución de los indicadores de realización y de resultado del OE citado y forma de cálculo.

·         Memoria del proyecto a realizar.

·         Adecuación a los objetivos

·         Descripción del problema u oportunidad, los objetivos, actividades para alcanzarlos y el impacto esperable.

·         Explicación, en términos generales, sobre cómo se abordará el problema u oportunidad.

·         Indicación, en su caso, la relación de dicha operación con otras actuaciones pasadas o futuras del PROGRAMA FEDER Melilla

·         Plantear el grado de novedad que presente la solicitud, ya sea referida a prácticas, procesos o tecnologías en la propuesta.

·         Indicadores de realización. Explicar su contribución para lograr los objetivos del Objetivo Específico.

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·         Indicadores de Resultados. Explicar su contribución para lograr los objetivos del Objetivo Específico.

·         Plan de trabajo. El plan de trabajo debe diseñarse para asegurar la generación de los resultados y que dichos resultados contribuyen a los objetivos del Programa FEDER MELILLA 2021-2027.

·         Tareas técnicas, relacionadas con la preparación de la ejecución de la operación como previstas durante la ejecución y el instrumento por el que se llevará a cabo.

·         Explicación del cumplimiento de la normativa de accesibilidad en el/los proyecto/s que compongan la operación.

·         Explicar cómo y por quien se usarán los resultados y si se transferirán para su uso.

·         Cronología del desarrollo de la operación.

·         Documentación acreditativa de los aspectos a valorar en la aplicación de los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones aplicables.

·         Medios y elementos a utilizar en cumplimiento de los requisitos de información y publicidad (RDC 2021/1060).

·         Medios a contemplar en la prevención y lucha contra el fraude.

·         Opciones de Costes Simplificados, en su caso.

·         Expresión sobre si la operación pretendida va a generar, o no, Ingresos Netos y, además, proporcionar una estimación de los mismos en base a unos elementos básicos que la definan.

8.                   PLAZO DE RESOLUCIÓN: Un mes natural, contado a partir del día siguiente a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.

9.                   RESOLUCIÓN:

1.- Se acordará mediante resolución del Consejero del área de Hacienda, a propuesta del DGPEyP, que se publicará en el apartado de la web de Fondos Europeos de la Consejería de Hacienda en la web Institucional.

2.- Si durante la ejecución de las operaciones seleccionadas, existiesen cambios en las condiciones de la ayuda por las que ha sido aprobada (Cronología de ejecución, contribución a los indicadores del Programa, etc.), el organismo beneficiario deberá solicitar antes la modificación de tales condiciones, las cuales que se aprobarían, en su caso, mediante resolución específica del Consejero, con la consecuente entrega de una adenda al DECA inicial.

3.- Se realizará una nueva convocatoria de expresiones de interés para este Objetivo Específico en los siguientes casos:

a)       Cuando las operaciones aprobadas no hayan agotado el importe, en términos de gasto elegible, del Objetivo específico.

b)       En caso de renuncia a la ejecución por causas justificadas por parte del Organismo Beneficiario.

10.                   FORMALIZACIÓN DE LA SELECCIÓN: Una vez resuelta la convocatoria, y aprobada y publicada conforme el apartado anterior, se expedirá por parte del Organismo Intermedio el/los correspondientes DECAs de condiciones de la Ayuda a la/s operación/es aprobada/s.

Anexos:

           I.         Modelo de ficha a presentar.

          II.         Presupuestos anualizados y ámbitos de intervención.

        III.          Indicadores de realización y resultado.

 

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ANEXO I. MODELO DE FICHA A PRESENTAR

SOLICITUD DE COFINANCIACIÓN A TRAVÉS DE CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS.  PROGRAMA MELILLA FEDER 2021-2027.

Una vez abierto el plazo de presentación de solicitudes mediante el envío del formulario habilitado al efecto, bien a través de la plataforma MyTao o bien a través de correo electrónico, para la convocatoria de expresiones de interés, dirigida a la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y sus organismos y entes públicos para recibir ayuda en el marco del Programa Melilla FEDER 2021-2027, que fue adoptado por Decisión de Ejecución de la Comisión Europea con fecha 29 de noviembre de 2022, con código CCI 2021ES16RFPR017.

 

 

presenta la siguiente operación para su cofinanciación por el FEDER en el marco del Programa Melilla FEDER 2021-2027.

 

   1. OPERACIÓN

 

Título de la actuación.

 

Código operación expediente

 

   2. ORGANISMO GESTOR

 

Consejería

 

Dirección General

 

Servicio/unidad

 

Persona de contacto

 

Teléfono contacto

 

e-mail contacto

 

   3. RESUMEN DE LA OPERACIÓN

Explicar brevemente en qué consiste la operación.

 

 

 

 

4. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA OPERACIÓN             

Añadir una descripción adicional más detallada que permita conocer a fondo lo que se va a realizar en la operación y su encaje dentro del espíritu del FEDER.

 

 

 

 

 5. ENCUADRE NORMATIVO DE LA OPERACIÓN 

Señalar el método de gestión, normativa y soporte jurídico de los convenios, contratos, encargos… que sustentan la operación. En el caso de que la operación propuesta esté sujeta a contratación pública, adjuntar un breve resumen sobre los procedimientos de licitación y contratación o adjudicación de obras, suministros o servicios.

 

 

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 6. PLAN FINANCIERO DE LA OPERACIÓN

PRESUPUESTO DE LICITACIÓN / IMPORTE DE ADJUDICACIÓN (IPSI EXCLUIDO):

Si se conoce el Importe de Adjudicación (Impuestos excluidos), las anualidades irán referidas al mismo. En caso contrario, al Presupuesto de Licitación (Impuestos excluidos).

(Cuadro 1)

 

LOTE // CONTRATO

TOTAL PRESUPUESTO LICITACIÓN

TOTAL IMPORTE ADJUDICACIÓN

ANUALIDAD 2025

ANUALIDAD 2026

ANUALIDAD 2027

ANUALIDAD 2028

ANUALIDAD 2029

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PREVISIÓN DE COSTE TOTAL SUBVENCIONABLE DE LA OPERACIÓN Y PREVISIÓN DE SU EJECUCIÓN POR ANUALIDADES:

Para la estimación de los costes subvencionables y su ejecución, deberá tenerse en cuenta el artículo 64 del Reglamento UE 2021/1060 Costes NO subvencionables, así como la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027 (BOE, 30 de diciembre de 2023).

(Cuadro 2)

 

TOTAL COSTE SUBVENCIONABLE

COSTE SUB. 2024

COSTE SUB. 2025

COSTE SUB. 2026

COSTE SUB. 2027

COSTE SUB. 2028

COSTE SUB. 2029

 

 

 

 

 

 

 

Partida gasto plurianual y aplicación presupuestaria de éste.


 

P.Gasto Plurianual y descripción

 

Aplicación Presupuestaria

 

 

   7. ÁMBITOS DE INTERVENCIÓN DE LA OPERACIÓN

Se señalará a qué Campo/s de Intervención se asocia la operación y su importe. Los Campos de Intervención están determinados en el Programa Melilla FEDER 2021-2027 y se detallan al final del presente formulario.

(Cuadro 3)

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN CAMPO DE INTERVENCIÓN

IMPORTE DE LA AYUDA MÁXIMO 85% DEL COSTE SUBVENCIONABLE (CUADRO 2)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La cofinanciación europea, a través del FEDER (dentro del Programa Melilla FEDER 2021-2027) alcanzará una tasa máxima de retorno del 85% del gasto subvencionable declarado por el que se solicite el pago de la correspondiente ayuda.

8. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OPERACIÓN      

 

Plazo de ejecución

 

Fecha de inicio

 

Fecha fin prevista

 

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9. COSTES SIMPLIFICADOS: Solo es de aplicación a operaciones cuyo coste total sea inferior a 200.000 euros.

Aplicación de costes simplificados acorde a lo establecido en el artículo 53 del Reglamento UE 2021/1060:

SI

 

NO

 

En caso afirmativo, señalar la modalidad que se empleará.

 

 

 

   10. INDICADORES DE REALIZACIÓN Y DE RESULTADO DE LA OPERACIÓN

Se adjuntará la ficha metodológica que detalle el cálculo utilizado para la determinación de los valores previstos. Asimismo, puede usarse el apartado 14 Observaciones para incluir las especificaciones requeridas.

Se incluyen al final del presente formulario los indicadores de realización y de resultado previstos en el Programa Melilla FEDER 2021-2027.

 

IDENTIFICADOR INDICADOR REALIZACIÓN

DENOMINACIÓN INDICADOR

UNIDAD MEDIDA

VALOR A 2029

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IDENTIFICADOR INDICADOR RESULTADO

DENOMINACIÓN INDICADOR

UNIDAD MEDIDA

VALOR A 2029

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

   11. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD

INDICAR ENLACE DE LA PÁGINA WEB (SI EXISTE) DEL ORGANISMO GESTOR EN LA QUE SE REALIZA

LA DIFUSIÓN DE LA OPERACIÓN.

 

 

 


12. MEDIDAS DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD DE LA OPERACIÓN ADOPTADAS Y/O PREVISTAS

Marcar las que se hayan realizado o se prevean realizar.

   Actividades y actos públicos: actos informativos, actos de presentación de la operación…

Difusión en medios de comunicación: notas de prensa, noticias en prensa, banners, cuñas en radio, spots en      televisión, anuncios en el BOME…

Publicaciones: folletos informativos, revistas, videos, cd, dvd…

Información a través de cualquier tipo de cartelera: carteles, placas, expositores, stands, pósteres, valla…

Instrucciones hacia los participantes del Programa Operativo: guías, indicaciones…

  13. DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS Y/O CONCEDIDAS                                                                                                   

¿Ha solicitado alguna ayuda para esta operación?

NO

¿Le ha sido concedida alguna ayuda para esta operación? En caso afirmativo, indique el órgano concedente y el importe de la ayuda recibida:

 

 

 

 

 

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14. OBSERVACIONES 

Incluir aquí, si es el caso, relación de la documentación complementaria que acompaña a la solicitud, además de cualquier otra cuestión que se considere relevante. EN ESPECIAL LA METODOLOGÍAEMPLEADA EN LA OBTENCIÓN DE LOS INDICADORES DEL APARTADO 10.

 

 

 

 

DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL POTENCIAL BENEFICIARIO

Como potencial beneficiario del Programa Melilla FEDER 2021-2027 DECLARA que:

-               Dicha operación entraría en el ámbito del Programa FEDER.

-               Ha sido informado de las obligaciones que representa ser beneficiario/a del Programa FEDER y especialmente de que:

1.Debe cumplir con los requisitos de difusión y publicidad establecidos en materia de visibilidad, transparencia y comunicación establecidas en el Capítulo III del Título IV del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados y las establecidas en el Anexo IX del citado Reglamento (en adelante, Reglamento (UE) 2021/1060).

2.La aceptación de la ayuda implica el consentimiento de su inclusión en una lista pública de operaciones, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento (UE) 2021/1060.

3.En los casos pertinentes, se asegurará de que las partes que intervienen en ellas han sido informadas de dicha financiación del FEDER.

4.La operación debe cumplir con la normativa nacional y comunitaria aplicable especialmente con las normas nacionales de subvencionabilidad y, en su caso, la Ley 38/2003 General de Subvenciones y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014, así como sus modificaciones y cualquier otra normativa aplicable.

5.Debe mantener un sistema de contabilidad separado para todas las transacciones relacionadas con las operaciones objeto de cofinanciación o, al menos, cuenta con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones, debiendo distinguir las partidas presupuestarias de la contabilidad nacional y comunitaria.

6.Se responsabiliza en todo momento de que no existe doble financiación de la operación.

7.Se dispone de la capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente y adecuada para cumplir las condiciones relativas a la ayuda del FEDER.

8.Debe conservar los documentos originales o copias debidamente compulsadas o bien en soportes de datos comúnmente aceptados, en especial versiones electrónicas de documentos originales o documentos existentes únicamente en versión electrónica justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 82 del Reglamento (UE) 1060/2021 y deberá estar a disposición de las autoridades competentes cuando éstas así lo soliciten.

9.La aceptación de la ayuda implica la obligación de aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión, cumplir la normativa en materia de contratación pública, evitar doble financiación, falsificación de documentos, etc... así como proporcionar información para la detección de mala praxis (incluye la contratación amañada, las licitaciones colusorias, el conflicto de intereses, la manipulación de ofertas y el fraccionamiento del gasto).

10.  La obligación de informar sobre el logro de los indicadores de realización y resultado que se pongan de manifiesto en el Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA) a la hora de ejecutar la operación, al mismo tiempo que justifica gastos para ser declarados en solicitudes de reembolso.

11.  En relación a la operación, que:

-  No ha concluido materialmente ni se ha ejecutado íntegramente con anterioridad a la presentación de la presente solicitud (art.63.6 reglamento (UE) 2021/1060).

-  No incluye actividades que hayan sido o debieran haber sido objeto de un procedimiento de recuperación a raíz de la relocalización de una actividad productiva dentro de la UE.

-  Si se ha iniciado de manera previa a la presente solicitud, se ha cumplido con la normativa comunitaria y nacional aplicable (art.73.2.f Reglamento (UE) 2021/1060).

-  La información proporcionada en la ficha de solicitud es veraz.

La operación para la que se solicita cofinanciación cumple con los principios horizontales recogidos en el artículo   9 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento y del Consejo, de 24 de junio de 2021 (RDC) y en particular, con el principio de evitar cualquier discriminación por razón de discapacidad y promoviendo la igualdad y la integración de la perspectiva de género, al objeto de velar por la igualdad, la inclusión y la 
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1.no discriminación (art.22 apartado 3, letra d) inciso iv) del RDC).

Y para finalizar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Reglamento (UE) 2021/1060, SOLICITA la selección para su financiación de la citada operación cuya información se detalla en la ficha de solicitud.

FECHA Y FIRMA

 

 

 

 

 

 

 

 

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ANEXO II. PRESUPUESTOS ANUALIZADOS Y ÁMBITO DE INTERVENCIÓN

 

Presupuestos

OE27.- Incrementar la protección y la conservación de la naturaleza, la biodiversidad y las infraestructuras verdes, también en las zonas urbanas, y reducir toda forma de contaminación

 

Proyectos

Identificación

Ámbito de
intervención

2022

2023

2024

2025

2026

2027

Coste

Actuaciones Red Natura 2000

2.7.1.

078(40;100)

300.000

500.000

400.000

400.000

200.000

300.000

2.100.000

 

Nota: Sin considerar el IPSI.

 

ANEXO III. INDICADORES DE REALIZACIÓN Y RESULTADO

 

OBJETIVO ESPECÍFICO 2.7. EL FOMENTO DE LA PROTECCIÓN Y LA CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA, LA BIODIVERSIDAD Y LAS INFRAESTRUCTURAS ECOLÓGICAS, TAMBIÉN EN LAS ZONAS URBANAS, Y LA REDUCCIÓN DE TODA FORMA DE CONTAMINACIÓN.

Indicadores de realización

RCO37. Superficie de los espacios de Natura 2000 cubierta por medidas de protección y restauración

Unidad de medida: Hectáreas

Actuaciones vinculadas:

Estudio y Herramientas para la Elaboración de la Estrategia de Infraestructura Verde, Conectividad y Red Ecológica en RN2000. Dentro de esta actuación se proponen una serie de acciones encaminadas a conocer el estado de conservación, mediante inventarios, cartografía, modificación de planes de gestión y elaboración de Estrategia de Infraestructura verde, conectividad y red ecológica en Melilla, etc.

Plan de Uso Público y de Capacidad de Acogida, y Educación Ambiental en RN2000. Dentro de esta actuación se recogen todas las acciones del MAP encaminadas a la concienciación y sensibilización ambiental, como el voluntariado, los acuerdos y convenios con otras administraciones, programas de educación ambiental, fomento del campismo sostenible, etc.

Actuaciones para la implementación de la Estrategia de Infraestructura Verde, Conectividad y Red Ecológica. En esta actuación se recogen acciones encaminadas a la consecución e implementación de la Estrategia de Infraestructura verde, conectividad y red ecológica en Melilla, como la creación de un Centro de Recuperación de especies o un centro observatorio de aves.

 

TIPO DE ACTUACIÓN

ÁMBITO DE INTERVENCIÓN

AYUDA FEDER

COSTE TOTAL

Proyecto de actuaciones Red Natura 2000

078

1.785.000€

2.100.000€

 

Criterios aplicados para la selección de los indicadores:

Idoneidad: Indicador más ajustado a la naturaleza de la actuación o conjunto de actuaciones que pretende medir

Estimación de los hitos y metas:

Base para la estimación de los hitos y metas

En base a la superficie sobre la que se haya actuado a fecha del indicador, se reflejará las Hectáreas cubiertas por las medidas ejecutadas.

Metodología de estimación

En todos los informes aportados, trabajos de campo y demás documentos a presentar se especificará la superficie cubierta.

Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas

Problemas en los trámites administrativos o de contratación

Valores base, hitos y metas

 

VALORES BASE, HITOS Y METAS

Valor BASE

Valor HITO (2024)

Valor META (2029)

0

24,13

96,5

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Indicadores de resultado

RCR95. Población que tiene acceso a infraestructuras verdes nuevas o mejorables

Unidad de medida: Personas.

Actuaciones vinculadas:

Estudio y Herramientas para la Elaboración de la Estrategia de Infraestructura Verde, Conectividad y Red Ecológica en RN2000. Dentro de esta actuación se proponen una serie de acciones encaminadas a conocer el estado de conservación, mediante inventarios, cartografía, modificación de planes de gestión y elaboración de Estrategia de Infraestructura verde, conectividad y red ecológica en Melilla, etc.

Plan de Uso Público y de Capacidad de Acogida, y Educación Ambiental en RN2000. Dentro de esta actuación se recogen todas las acciones del MAP encaminadas a la concienciación y sensibilización ambiental, como el voluntariado, los acuerdos y convenios con otras administraciones, programas de educación ambiental, fomento del campismo sostenible, etc.

Actuaciones para la implementación de la Estrategia de Infraestructura Verde, Conectividad y Red Ecológica. En esta actuación se recogen acciones encaminadas a la consecución e implementación de la Estrategia de Infraestructura verde, conectividad y red ecológica en Melilla, como la creación de un Centro de Recuperación de especies o un centro observatorio de aves.

 

TIPO DE ACTUACIÓN

ÁMBITO DE INTERVENCIÓN

AYUDA FEDER

COSTE TOTAL

Proyecto de actuaciones Red Natura 2000

078

1.785.000€

2.100.000€

 

Criterios aplicados para la selección de los indicadores:

Idoneidad: Indicador más ajustado a la naturaleza de la actuación o conjunto de actuaciones que pretende medir

Estimación de los hitos y metas:

Base para la estimación de los hitos y metas

En base a los datos aportados por el censo.

Metodología de estimación

En base a la superficie total de la CAM (13.439,857 m2, y los datos aportados por el INE de población a julio de 2021, 83.489 habitantes, se establece la densidad poblacional. Dado que la actuación se centra en un parque público, se estima que la totalidad de la población tiene acceso a la misma, ya que la misma queda englobada en un radio de 2 km; considerando así la población total censada según el INE en cada momento.

Si tenemos en cuenta un radio de 2 km, la superficie afectada de la CAM será de 9.119,007 m2, de ahí en función de la densidad de población existente podemos conocer la estimación de las personas afectadas por las nuevas y mejoradas infraestructuras.

Factores que puedan influir en el logro de los hitos y metas

Al tratarse de un dato de población, este puede verse afectado tanto al alza como a la baja en función del crecimiento poblacional en la Ciudad.

Valores base, hitos y metas.

 

VALORES BASE, HITOS Y METAS

Valor BASE

Valor HITO (2024)

Valor META (2029)

0

--

56.772

 

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ANEXO IV. EVALUACIÓN AMBIENTAL.

 

Cumplimiento de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre (documentación medioambiental).

Por favor, responda a las siguientes preguntas:

1ª.- ¿Es la operación un “proyecto” o incluye alguna actuación que responda a la definición de “proyecto” del artículo 5.3b de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental?

 

SI

 

NO

 

 

 Dos posibles respuestas:

• NO: con lo que se cerrará y se dará por completado este cuestionario.

• SI: se abrirá la pregunta 2ª.

 

2ª.- ¿Está el proyecto en alguno de los supuestos de evaluación de impacto ambiental (EIA) contemplados por el artículo 7 de la Ley 21/2013, contemplando en su caso las posibles excepciones del artículo 8?

 

SI

 

NO

 

 

ORDINARIO

FECHA PUBLICACION DIA

 

 

 

SIMPLIFICADO

FECHA PUBLICACION IIA

 

 

 

Dos posibles respuestas

: • NO: se pasará a la pregunta 3ª.

• SI: indicar si se trata del procedimiento:

▪ Ordinario: incluir fecha de publicación de la DIA ▪ Simplificado: incluir fecha de publicación del IIA.

3ª.- Aunque la operación no requiera EIA, adjuntar:

 • En caso de existir órgano sustantivo que apruebe o controle la actividad del proyecto: justificación de dicho órgano de que el proyecto no puede afectar, directa o indirectamente, a ningún lugar Red Natura 2000. (Declaración Responsable I)

 • En caso de que el proyecto tenga relación directa con la gestión de algún lugar de la Red Natura 2000 o sea necesario para la misma: justificación del órgano gestor de red Natura 2000. (Declaración Responsable II)

Asimismo, es necesario aportar, en su caso, la DIA o IIA correspondiente. En aquellos casos en los que no aplique la tramitación de Evaluación Ambiental, se justificará documentalmente la exención y el cumplimiento de la normativa de aplicación.

El responsable del Organismo Beneficiario

 

DECLARACIÓN RESPONSABLE I. VERIFICACIÓN DE IMPOSIBILIDAD DE AFECCIÓN APRECIABLE DE PROYECTOS A LA RED NATURA 2000

 

 Nombre:

Cargo:

En relación con el proyecto denominado:

 Promovido por:

Autorizado por (órgano sustantivo):

A desarrollar en el término municipal de Melilla:

A cofinanciar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

Hago constar que este órgano sustantivo ha verificado que no resulta previsible que el mencionado proyecto pueda causar algún efecto negativo apreciable sobre algún espacio de la Red Natura 20001, por el siguiente motivo2:

 • Por ejecutarse el proyecto al exterior de dichos espacios Red Natura 2000, y además no apreciarse posibilidad de efectos significativos a distancia sobre ninguno de ellos, ya sea por el uso de recursos naturales3, por vertidos, emisiones o residuos del proyecto, por poder causar mortalidad o daño a la fauna que habitualmente sale y entra de dichos espacios4, o por interrumpir corredores ecológicos entre espacios declarados.

BOME-P-2025-634 Descargar página

• Por ejecutarse sobre suelo urbano o urbanizable ordenado o sectorizado, sin apreciarse que exista posibilidad de que fuera de dicho suelo afecten a ningún espacio Red Natura 2000, ya sea por el uso de recursos naturales, por vertidos, emisiones o residuos, o por otras causas.

 • Por disponer de un informe motivado del órgano competente en la gestión de los espacios Red Natura 2000 del entorno del proyecto que confirma que no resulta previsible que el proyecto pueda causar algún efecto negativo apreciable sobre ningún espacio de la Red Natura 2000

. • Por las siguientes razones específicas:

 

El Declarante: (Cargo y nombre).

 

1A efectos de poder excluir cualquier posibilidad razonable de afección y poder cumplimentar esta declaración, los órganos sustantivos pueden consultar la página 14 de la Guía “Recomendaciones sobre la información necesaria para incluir una evaluación adecuada de repercusiones de proyectos sobre la Red Natura 2000” (https://www.miteco.gob.es/es/calidad-yevaluacion- ambiental/temas/evaluacion-ambiental/guiapromotoreseiayevaluacionrn200009_02_2018final_tcm30-441966.pdf)

2 señalar el o los motivos que procedan. Si el motivo no coincide con ninguno de los tres primeros, especificarlo en la cuarta casilla mediante un texto libre.

 3 por ejemplo, una extracción significativa de agua de un río, humedal o acuífero del que depende un espacio Red Natura 2000.

 4 Por ejemplo, mortalidad de aves por electrocución o colisión en un tendido eléctrico próximo a una Zona de Especial Protección para las Aves.

 

DECLARACIÓN RESPONSABLE II. DEL GESTOR DE ESPACIO RED NATURA 2000 SOBRE PROYECTOS DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON LA GESTIÓN DEL ESPACIO O NECESARIOS PARA DICHA GESTIÓN

 

Nombre:

Cargo:

Del organismo gestor Red Natura 2000:

En relación con el proyecto denominado:

Promovido por:

A desarrollar en el término municipal de Melilla:

A cofinanciar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Informa que dicho proyecto se describe en la documentación aportada por el promotor, y consiste en las siguientes actuaciones: Dicho proyecto puede afectar de forma apreciable al/los espacio/s Red Natura 20005:

No obstante, a los fines de la excepción contemplada en el artículo 46.4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y de acuerdo con la siguiente motivación:

 Se declara que todas las actuaciones contempladas en dicho proyecto presentan relación directa con la gestión del/los mencionado/s espacio/s, o son necesarias para la misma.

 

El Declarante: (Cargo y nombre).

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla, a 7 de marzo de 2025,

El Secretario Técnico de Hacienda,

Sergio Conesa Mínguez