ARTÍCULO Nº 283
(CVE: BOME-A-2025-283)
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BOME Nº 6263 - martes, 25 de marzo de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 1264, de fecha 18 de marzo de 2025, relativa a rectificación de error material en anuncio publicado en BOME nº 6259 de 11 de marzo de 2025, referente a la convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo de Jefe de Negociado de Personal Laboral.

La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad, mediante Orden/Resolución
de
18/03/2025, registrada al número 2025001264, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con el artículo 109.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 6594/2025, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Se proceda a la rectificación de los
errores materiales detectados en las “Bases de la convocatoria para la
provisión, mediante Comisión de Servicios, de un puesto de trabajo de Jefe de
Negociado de Personal Laboral” (BOME nº
6259, de 11-03-2025), en el sentido siguiente:
Donde dice:
“...
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN,
MEDIANTE COMISIÓN DE SERVICIOS, DE UN PUESTO DE TRABAJO DE JEFE/A DE RELACIONES
LABORALES. ...
Nº Orden |
Denominación |
Grp |
RJ |
Formación |
VPPT |
CD |
67 |
Jefe Negociado Relaciones
Laborales |
C1/C2 |
F |
Título Bachiller o Técnico/F.P.
Grado Superior/Título Graduado ESO/F.P. Grado Medio |
170 |
18 |
...”
Debe decir:
“...
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN,
MEDIANTE COMISIÓN DE SERVICIOS, DE UN PUESTO DE TRABAJO DE JEFE/A DE NEGOCIADO
DE PERSONAL LABORAL.
Nº Orden |
Denominación |
Grp |
RJ |
Formación |
VPPT |
CD |
67 |
Jefe Negociado de Personal Laboral |
C1/C2 |
F |
Título Bachiller o Técnico/F.P.
Grado Superior/Título Graduado ESO/F.P. Grado Medio |
170 |
18 |
...”
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo.
Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la
Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres
meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 21 de marzo de 2025,
El Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler