ARTÍCULO Nº 315 (CVE: BOME-A-2025-315) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6264 - viernes, 28 de marzo de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA


Orden nº 0992, de fecha 20 de marzo de 2025, relativa a rectificación de error en anuncio publicado en BOME nº 6253 de 18 de febrero de 2025, referente a convenio de colaboración con la Entidad Cáritas Diocesana de Málaga-Comisión Arciprestal de Cáritas de Melilla.

BOME-P-2025-1001 Descargar página

La Excma. Sra. Consejera de Políticas Sociales y Salud Pública, mediante Resolución núm. 2025000992 de fecha 20 de marzo de 2025, ha resuelto lo siguiente:

Habiéndose observado un error material en la cláusula octava del Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Entidad Cáritas Diocesana de Málaga-Comisión Arciprestal de Cáritas de Melilla en el Bome 6253 de 18 de febrero de 2025.

De conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Por todo lo expuesto, esta Dirección General PROPONE que se adopte la siguiente:

Se proceda a la rectificación del error material detectado en la cláusula, quedando la misma como sigue:

 

Donde dice:

“...

OCTAVA.- DURACIÓN DEL CONVENIO.

El presente convenio surtirá efectos a partir de su firma hasta el 31 de diciembre del 2024, si bien sus efectos económicos se retrotraerán a 1 de enero de 2024.

...”

 

Debe decir:

“...

OCTAVA.- DURACIÓN DEL CONVENIO.

El presente convenio surtirá efectos a partir de su firma hasta el 31 de diciembre del 2025, si bien sus efectos económicos se retrotraerán a 1 de enero de 2025.

...”

 

Melilla, a 21 de marzo de 2025,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez