ARTÍCULO Nº 369 (CVE: BOME-A-2025-369) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6268 - viernes, 11 de abril de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO


Propuesta de resolución provisional de la instructora al único plazo de la convocatoria extraordinaria 2024 del régimen de ayudas para proyectos de inversión en la Ciudad de Melilla, ayudas a la inversión.

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE LA INSTRUCTORA AL ÚNICO PLAZO DE LA CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA 2024 DEL REGIMEN DE AYUDAS PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN EN LA CIUDAD DE MELILLA, AYUDAS A LA INVERSIÓN.

Vistas las solicitudes presentadas al único Plazo de la convocatoria extraordinaria 2024, por la que se convoca la concesión de ayudas dentro del régimen de ayudas para proyectos de inversión en la Ciudad de Melilla, ayudas a la inversión, en concurrencia competitiva, resultan los siguientes

ANTECEDENTES

1.             Mediante Decreto de fecha 18 de abril de 2024, registrado al número 861 del Libro Oficial de resoluciones no Colegiadas de la Presidencia se establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas a la inversión en la Ciudad de Melilla (BOME N.º 6167 de 23/04/2024)

2.             Mediante Orden de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento nº 2024002703 de fecha 02 de diciembre de 2024, se convocan de forma extraordinaria subvenciones destinadas a Pymes dentro del régimen de ayudas para proyectos de inversión en la Ciudad de Melilla, ayudas a la inversión para el año 2024, publicado el extracto en el BOME nº 6232 de 06 de diciembre de 2024.

3.             Que dentro de la convocatoria se establece un único plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla

4.             Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes y tramitadas las subsanaciones, se dan traslado todas las solicitudes a la Comisión de Evaluación de la Consejería, constituida al efecto, como órgano colegiado, en reunión de fecha 04 de abril de 2025.

5.             La Comisión de evaluación ha examinado y valorado las solicitudes admitidas, según los criterios para la concesión de la subvención y el procedimiento de priorización de solicitudes establecidos en el artículo 17 de las Bases Reguladoras, dejando constancia de las conclusiones que provisionalmente corresponde establecer y del resultado de la evaluación efectuada en la correspondiente Acta de la sesión, en la que se incluye la relación de solicitudes en el orden resultante tras aplicar los criterios de valoración definidos en el artículo Noveno de la Convocatoria.

A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS

1.             Que la competencia para la realización de la Propuesta de Resolución Provisional recae sobre el instructor a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, conforme a lo establecido en el apartado 1 del artículo Decimosegundo de la convocatoria.

2.             Que se cumplen en el expediente de solicitud las precauciones y trámites dispuestos en las bases reguladoras de tales ayudas.    

3.             Estas ayudas se financiarán con cargo a los créditos del Programa FEDER para Melilla 2021-2027 (cofinanciado en un 85%), dado que la actuación está alineada con el objetivo político 1 “una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente”, y del objetivo específico 3 “El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”.

Estas ayudas se financiarán con cargo al Presupuesto General Consolidado de la Ciudad Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades Mercantiles para el año 2024, aplicaciones presupuestarias 08/43300/74000 “PROYECTO MELILLA, T. CAPITAL (FEDER) REMANENTE AFECTADA” por importe máximo de 400.00,00-€, euros, Retención de crédito número 2024000055599.

4.             Que, al no existir crédito suficiente para atender a todas las solicitudes consideradas con favorables, se ha procedido a aplicar los apartados 2 y 3 del artículo noveno de la convocatoria que establecen:

“2. En caso de empate en la puntuación se utilizarán los siguientes criterios para dirimirlo según el siguiente orden de prioridad:

BOME-P-2025-1182 Descargar página

a.             Se dará prioridad al solicitante que tenga menos expedientes solicitados en cualquier Régimen de Ayudas Públicas en el año anterior al año de la convocatoria y, en caso de empate, los solicitados en los dos años anteriores.

b.             En caso de empate los criterios a emplear a efectos de determinar el orden de los beneficiarios serán de A) a F) en grado de importancia, siendo el criterio A) el más importante y el F) el menos.

c.             En caso de un nuevo empate, el desempate vendrá dado por orden de entrada de la solicitud de ayudas”

3. En el caso de que se agotase el crédito determinado en el plazo señalado en la convocatoria o  que la suma de los importes solicitados por quienes reúnan los requisitos para acceder a las ayudas sea superior al importe objeto de la convocatoria, y siempre que los proyectos presentados reúnan un interés para el apoyo y fomento de la actividad empresarial de las Pyme de nuestra ciudad, con el objeto de aumentar el número de beneficiarios con esta medida y por tanto fomentar los objetivos del Programa FEDER para Melilla 2021-2027, así como, los planteados en el Plan Estratégico para Melilla 2022-2029, mediante la reactivación económica debido al cierre de la aduana comercial, dicho importe podrá prorratearse hasta en un 80% entre las personas beneficiarias en proporción a los presupuestos ajustados y  aceptados, siempre que no se alteren las condiciones, objeto y finalidad de la subvención. Dicha excepcionalidad será motivada por el órgano colegido de evaluación, a que se refiere el artículo 22.1 párrafo 3º de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

No obstante, si la cantidad individualizada a percibir por persona beneficiaria o proyecto resultara insuficiente para la eficacia de las ayudas no procederá aplicar el prorrateo”

5.             Que se aplica el apartado 3 al quedar fuera 11 solicitudes, siendo el 34,375% del total de las solicitudes favorables, lo que supone un alto índice que debido al efecto incentivador de las ayudas puede llevar consigo que los solicitantes no lleven a cabo sus proyectos, mermando considerablemente el fomento de la actividad empresarial, así mismo el porcentaje de prorrateo asciende al 19,47% por lo que no se considera que altere las condiciones, objeto y finalidad de la subvención y no merma la capacidad económica para que los beneficiarios ejecuten sus proyectos empresariales. Hay que considerar también que la aduana comercial no está plenamente en funcionamiento en ambos sentidos.

6.             Los beneficiarios propuestos en el presente informe como favorables cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a la subvención.

7.             Que existe crédito adecuado y suficiente, para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de la presente subvención.

8.             Que el presente régimen de ayudas se acoge a la exención de notificación en virtud del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) modificado por el Reglamento (UE) 2017/1084 de la Comisión, de 14 de junio, por el Reglamento (UE) 2020/972 de la Comisión de 2 de julio, por el Reglamento (UE) 2021/452 de la Comisión de 15 de marzo, por el Reglamento (UE) 2021/1237 de la Comisión de 23 de julio, por el Reglamento (UE) 2023/917 de la Comisión de 04 de mayo, por el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio (Reglamento de exención) y modificaciones posteriores.(Ayuda : SA.113964)

BOME-P-2025-1183 Descargar página

Por todo lo anteriormente expuesto, este órgano instructor adopta el siguiente:

ACUERDO

1.             Proponer provisionalmente la CONCESION de la subvención solicitada que han obtenido la consideración de beneficiarias provisionales por orden de puntuación y la cuantía de la subvención otorgable, entre las siguientes:

 

EXPTE

AYUDA

SOLICITANTE

NIF

ACTIVIDAD

INVERSION

SUBVENCIO N

ACUMUL.

A

B

C

D

E

F

TOTAL

FECHA REG.

HORA REG.

SOL. 1 AÑO

SOL. 2 AÑOS

PREL.

MOD. PAGO

703/2025

INV2463 0

HIGICONTROL MELILLA S.L.

B52006178

HIGIENE AMBIENTAL Y ALIMENTARIA

104.872,54

18.579,85

18.579,85

10

0

0

5

2

0

17

08/01/2025

19:31:00

4

6

1

3

717/2025

INV2463 2

JMJ MEL TEXTIL S.L.

B52034188

CAFÉ -BAR

671.785,40

119.017,53

119.017,53

5

0

0

5

3

0

13

08/01/2025

21:47:00

4

5

2

1

759/2025

INV2464 0

COCOLOMO S.L.U.

****6144**

CAFÉ-BAR Y COM.MEN. ALIMENTACIÓN

26.347,52

4.667,88

4.667,88

5

0

0

5

2

0

12

09/01/2025

12:51:36

1

2

3

3

754/2025

INV2463 9

ANTONIO BRAVO MONTES

****1097**

AYUD. TECN. SANITARIOS Y FISIOTERAPEUTAS

26.800,00

4.748,05

4.748,05

5

0

0

5

2

0

12

09/01/2025

12:37:24

2

2

4

3

700/2025

INV2462 8

MELILLAMAS S.L.

B52034014

RESTAURANTE DE UN TENEDOR

26.610,00

4.714,39

4.714,39

5

0

0

5

2

0

12

08/01/2025

18:13:00

4

6

5

3

40905/202 4

INV2456 9

CARNICAS FAMILIA PASCUAL S.L.U.

B67716647

OTROS CAFES Y BARES

9.000,16

1.449,56

1.449,56

5

0

0

2

3

0

10

18/12/2024

12:59:02

1

2

6

3

797/2025

INV2464 8

WOMAN FITNESS MELILLA S.L.

B72593858

INSTALACIONES DEPORTIVAS

13.554,88

2.183,15

2.183,15

5

0

0

2

2

0

9

09/01/2025

19:36:07

0

0

7

3

513/2025

INV2460 9

IKRAM MOHAMED HAMED

****9617**

ODONTOLOGÍA

26.561,60

4.278,01

4.278,01

5

0

0

2

2

0

9

03/01/2025

12:22:00

1

4

8

3

40783/202 4

INV2456 5

JOSE ANDRES PASCUAL SALAH

****1744**

ESPECTACULOS EN SALAS Y LOCALES

11.788,43

1.898,65

1.898,65

5

0

0

2

2

0

9

17/12/2024

9:55:54

2

4

9

3

41559/202 4

INV2457 2

CARLOS JIMENEZ MATA

****9564**

AYUD. TECN. SANITARIOS Y FISIOTERAPEUTAS

20.930,90

3.371,13

3.371,13

5

0

0

2

2

0

9

19/12/2024

13:29:37

2

4

10

3

667/2025

INV2462 2

JOSE ANTONIO MENDEZ LEÓN

****7698**

HOSTELERÍA

154.770,00

24.927,26

24.927,26

5

0

0

2

2

0

9

08/01/2025

14:42:00

2

5

11

1

40352/202 4

INV2456 3

MAXIMA BOX S.L.

B52036050

ESCUELAS Y SERV. PERFECC. DEL DEPORTE

14.926,59

2.404,08

2.404,08

5

0

0

2

2

0

9

12/12/2024

12:00:41

3

4

12

3

BOME-P-2025-1184 Descargar página

40805/202 4

INV2456 7

NORAMIN MELILLA S.L.

B52042223

RESTAURANTES DE UN TENEDOR

5.124,00

825,27

825,27

5

0

0

2

2

0

9

18/12/2024

9:17:55

6

7

13

3

728/2025

INV2463 4

ESSENCE &JMJMEL S.L.

B52038817

COMERCIO MENOR DE MUEBLES Y DECORACION

185.144,96

32.801,39

32.801,39

0

0

0

5

3

0

8

08/01/2025

22:51:00

3

5

14

1

98/2025

INV2457 3

NASIRA EL ASMANI OUALKAYD

****9102**

COM.MEN.PTOS. PERFUMERIA Y COSMETICA

7.399,60

1.310,96

1.310,96

0

0

0

5

2

0

7

20/12/2024

13:18:30

1

1

15

3

702/205

INV2462 9

MONAIM ANAIM ANAN

****0039**

ARQUITECTO

6.063,86

1.074,31

1.074,31

0

0

0

5

2

0

7

08/01/2025

19:19:00

1

1

16

3

814/2025

INV2465 2

SM DISTRIBUCIONES MELILLA S.L.

B29954740

COM.MAY.PTOS. PERFUMERIA, DROGUERIA

8.658,23

1.533,94

1.533,94

0

0

0

5

2

0

7

09/01/2025

21:04:55

1

2

17

3

746/2025

INV2463 7

JOAQUIN GARCIA ANGOSTO

****1410**

ABOGADO

47.191,28

8.360,69

8.360,69

0

0

0

5

2

0

7

09/01/2025

12:22:44

2

2

18

3

682/2025

INV2462 6

COPYSERVI ROTULACION

B52030558

ARTES GRÁFICAS Y TOPOGRAFÍA

9.810,60

1.738,10

1.738,10

0

0

0

5

2

0

7

08/01/2025

17:58:00

2

5

19

3

822/2025

INV2465 4

PARFO JMJ S.L.

B52039377

COM.MEN.PRENDAS DE VESTIR Y TOCADO

203.769,64

36.101,05

36.101,05

0

0

0

5

2

0

7

09/01/2025

22:22:09

4

5

20

1

721/2025

INV2463 3

CALZEMEL JMJMEL TEXTIL

B52039005

COMERCIO MENOR VESTIR Y TOCADO

122.300,40

21.667,47

21.667,47

0

0

0

5

2

0

7

05/01/2025

22:14:00

5

7

21

1

737/2025

INV2463 5

JJ&MA RVOLUTION CENTER TEXTIL S.L.

B52037116

COMERCIO MEN. PRENDAS DE VESTIR

227.718,40

40.343,96

40.343,96

0

0

0

5

2

0

7

08/01/2025

23:17:00

6

7

22

1

639/2025

INV2461 5

INSTALACIONE S TECNICAS VIZCAINO Y DE ANDRES S.L

B02728855

DISEÑO VIRTUAL

26.788,50

4.314,56

4.314,56

0

0

0

2

3

0

5

08/01/2025

7:24:00

1

2

23

3

40784/202 4

INV2456 6

VERONICA FERIA JURADO

****0606**

COM.MEN.PRENDAS DE VESTIR Y TOCADO

5.999,00

966,20

966,20

0

0

0

2

2

0

4

17/12/2024

19:02:39

0

0

24

3

519/2025

INV2461 0

EL HASSANE HANOUFI TAHRAOUI

****8800**

PELUQUERÍA

10.088,00

1.624,77

1.624,77

0

0

0

2

2

0

4

03/01/2025

13:27:00

0

0

25

3

745/2025

INV2463 6

ABDEL - LAH MOHAMED HADI

****8657**

COM.MEN.ART. MENAJE, FERRETERIA Y ADORNO

16.423,40

2.645,15

2.645,15

0

0

0

2

2

0

4

09/01/2025

12:09:00

0

0

26

3

803/2025

INV2465 0

OBSIDIANA MEDITERRANEA S.L.

B13751490

ALQUILER DE MAQUINARIA Y EQUIPOS

27.515,00

4.431,57

4.431,57

0

0

0

2

2

0

4

09/01/2025

20:03:45

0

0

27

2

BOME-P-2025-1185 Descargar página

538/2025

INV2461 1

RACHID DRIS MAANAN

****7949**

COMERCIO MENOR PUERTAS VERNTANAS Y PERSIANAS

31.322,44

5.044,79

5.044,79

0

0

0

2

2

0

4

03/01/2025

18:48:00

1

2

28

1

640/2025

INV2461 6

MOHAMMAD MOHAMED MOHAMED

****0984**

COMERCIO MENOR DE PRODUCTOS ALIMENTICICIOS

241.811,32

38.946,13

38.946,13

0

0

0

2

2

0

4

08/01/2025

9:39:00

1

2

29

1

41582/202 4

INV2457 0

MIROA BEAUTY S.L

B72532518

SALONES E INSTITUTOS DE BELLEZA

14.900,00

2.399,79

2.399,79

0

0

0

2

2

0

4

19/12/2024

18:03:18

2

3

30

3

486/2025

INV2460 1

JUAN CARLOS GOMEZ MONTERO

****0695**

SERVICIOS FINANCIEROS Y CONTABLES

1.082,67

174,37

174,37

0

0

0

2

2

0

4

02/01/2025

16:57:42

3

6

31

3

40900/202 4

INV2456 8

INSTALACIONES Y SISTEMAS ELECTRICOS PORTILLO S.L.

B52042199

COM.MEN.APARATOS DE USO DOMESTICO

8.892,15

1.432,17

1.432,17

0

0

0

2

2

0

4

18/12/2024

13:25:27

4

5

32

3

 

BOME-P-2025-1186 Descargar página

Declarar como desfavorables/desistidas/otros provisionales aquellas solicitudes relacionadas que por no cumplimiento de alguno de los requisitos de las bases reguladoras o de la convocatoria, falta de subsanación del requerimiento efectuado o renuncia expresa, indicándose el motivo que lo causa:

 

EXPTE

AYUDA

SOLICITANTE

NIF

ACTIVIDAD

MOTIVO

OBSERVACIONES

507/2025

INV24607

HERMANOS AZZOUZI S.L. 

B29952678

COM.MAY.PTOS. TEXTILES CONFECCIÓN Y CALZADO

DESFAVORABLE

ART. 3.2.A CONV. - AL REALIZAR EL ESTUDIO DEL VAN Y EL TIR EL PROYECTO CARECE DE VIABILIDAD TÉCNICA, ECONÓMICA Y FINANCIERA.

182/2025

INV24581

ITSAT A EMPRESAS DE MELILLA S.L. 

B52017654

FORMACIÓN Y SERVICIOS INFORMATICO

DESFAVORABLE

ART. 5.10 CONV. - EL VEHÍCULO NO ES DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS NI SE TRATA DE UN VEHÍCULO LIMPIO.

764/2025

INV24642

EDITORES DEL ESTRECHO S.L. 

B29963659

EDICION DE PERIODICOS Y REVISTAS

DESFAVORABLE

ART. 3.2.B CONV. - LA INVERSIÓN SE REALIZA DURANTE EL AÑO 2024, CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE AYUDAS.

670/2025

INV24623

JOSE ANTONIO MENDEZ LEÓN

****7698**

ORGANIZACIÓN DE EVENTOS

DUPLICADO

EXPTE. DUPLICADO CON EL NÚMERO INV24622

40415/2024

INV24564

MELIANSE S.L. 

B29956109

COM.MAY.PTOS. ALIMENTIC. BEBIDAS Y TABACOS

DESISTIDO

ART. 6.13 CONV. - NO APORTA TODA LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA EL ESTUDIO DEL PROYECTO.

 

1.             Se notifique la presente a la entidad solicitante, indicándole que la propuesta de resolución provisional no creará derecho alguno a favor del beneficiario, mientras no se haya comunicado la resolución de concesión.

2.             Participarle a la entidad que tiene un plazo de 10 días, a partir de la notificación de la presente, para consultar el expediente y/o efectuar las alegaciones que estime oportunas, a tenor de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo Decimosegundo de la convocatoria.

3.             La no presentación de alegaciones a esta propuesta provisional implicará la aceptación de dicha propuesta, en el caso de presentarlas, no se considerará aceptada hasta que sean resueltas. En caso de no presentarse alegación a la misma la presente propuesta provisional se entenderá definitiva.

 

Melilla, a 8 de abril de 2025,

La Directora de Activación Económica,

Esther Azancot Cánovas