ARTÍCULO Nº 394
(CVE: BOME-A-2025-394)
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BOME Nº 6271 - martes, 22 de abril de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
Resolución nº 0481, de 15 de abril de 2025, relativa a Bases de la Convocatoria del Concurso de Cruces de Mayo 2025.

La Excma. Sra. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor,
mediante Resolución núm. 2025000481 de fecha 15/04/2025, ha resuelto lo
siguiente:
ÚNICO:
La aprobación de las Bases que regirán la convocatoria del CONCURSO DE CRUCES DE MAYO 2025 por un importe de 19.300 €
(DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS EUROS) con arreglo a las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL
CONCURSO DE CRUCES DE MAYO 2025
1.- El objeto del Concurso será la confección de una Cruz de Mayo,
conforme a la tradición propia de este tipo de festividad.
2.- Las Categorías y premios serán los siguientes:
a)
Asociaciones recreativas, culturales o de cualquier otra índole que así
lo deseen.
b)
Asociaciones de Vecinos.
c)
Individual (mayores de edad en el momento de la inscripción).
d)
Entidades religiosas.
e)
Escaparates de establecimientos comerciales.
Los premios para las diferentes categorías serán los siguientes:
-
1º Premio 900 €
-
2º Premio 800 €
-
3º Premio 700 €
-
4º Premio 600 €
-
5º Premio 500 €
Además de los premios mencionados en las distintas categorías, existirá
un accésit de 360 € para alguna de las propuestas no premiadas, que el jurado
podrá otorgar a la propuesta que por su calidad merezca su reconocimiento.
Al importe de dichos premios, se les aplicará las retenciones previstas
en la vigente legislación. El abono de dichos premios se realizará a la cuenta
corriente cuya titularidad corresponda al/la ganador/a y previamente se
requerirá el certificado de titularidad de la misma y copia del DNI/CIF.
De conformidad con el artículo 22 del Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad Autónoma de Melilla, no podrá realizarse el pago del premio en
tanto el beneficiario (sea persona o entidad) no se halle al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias (AEAT y CAM) y frente a la
Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
Asimismo, aquellas cruces que no tengan un mínimo de calidad artística,
a criterio del Jurado, podrán ser descalificadas y no podrán optar al accésit.
3.- En cuanto a los criterios de valoración, se tendrá en cuenta:
-
Elementos naturales (macetas, suelo vegetal, etc.).
-
Elementos tradicionales (mantones de manila, loza, dorados o bronces,
etc.).
-
Variedad floral.
-
Iluminación.
-
Originalidad (sin perder el punto de vista tradicional).
4.- Inscripción en el concurso:
Para personas físicas:
La inscripción en el concurso se llevará a cabo en las oficinas del Área
de Festejos, C/ Cándido Lobera, Nº12 (Auditórium Carvajal) de 09:00-13:00h de
lunes a viernes, o bien presentarla a través de SEDE ELECTRÓNICA, pudiendo
acceder desde www.melilla.es, necesitando para su utilización un certificado
digital válido o cl@ve firma (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html).
Para su presentación vía Sede Electrónica pueden utilizar el trámite
online “INSCRIPCIONES CONCURSOS” Debiendo indicar que se presenta al CONCURSO
DE CRUCES DE MAYO 2025 e indicar a qué CATEGORÍA y la UBICACIÓN de la instalación de la
Cruz de Mayo. El plazo de inscripción finalizará el día 24/04/2025 a las 23:59
horas.
Para personas jurídicas (asociaciones, asociaciones de vecinos, entidades religiosas...) o personas físicas en representación de personas
jurídicas:

La inscripción en el concurso se llevará a cabo OBLIGATORIAMENTE a
través de SEDE ELECTRÓNICA (de conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015
PACAP) a través de Sede Electrónica, pudiendo utilizar el trámite online
“INSCRIPCIONES CONCURSOS” Debiendo indicar que se presenta al CONCURSO DE
CRUCES DE MAYO 2025 e indicar a qué CATEGORÍA y la UBICACIÓN de la instalación de la Cruz de Mayo. El plazo de
inscripción finalizará el día 24/04/2025 a las 23:59 horas.
5.- Los concursantes deberán mantener instalada y en perfecto estado la
Cruz de Mayo, como mínimo, hasta el día 4 de mayo inclusive, para facilitar la visita del jurado oficial y de
todas aquellas personas que lo deseen. El jurado podrá visitar las Cruces de
Mayo participantes en las diferentes categorías entre los días 29 y 30 de abril, según el volumen de
participantes y de la categoría. La organización podrá avisar previamente a los
participantes cuando vayan a realizar las visitas.
6.- El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de
concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la
Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor o persona en quien
delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o
expertos de prestigio.
Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario
Técnico de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, u otro
funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de
Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y su composición podrá hacerse pública
en el momento de la emisión del fallo.
7.- El fallo del Jurado, nombrado al efecto, será inapelable y se dará a
conocer a través de las Redes Sociales de la Consejería de Cultura, Patrimonio
Cultural y Del Mayor. El mismo, de conformidad con la Base 30ª del apartado II
de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de
Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se
publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
8.- La Ciudad Autónoma y el Jurado se reservan el derecho de adoptar
cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las presentes bases, contribuya
al mayor éxito del Concurso sin que contra sus decisiones pueda formularse
reclamación alguna.
9.- La convocatoria del presente concurso se regirá por las BASES
REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS
GENERAL Y DE CERTÁMENCES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA
DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de
2007). La presentación al concurso supone la plena aceptación de sus Bases y el
Fallo del Jurado así como la autorización a la Consejería de Cultura,
Patrimonio Cultural y Del Mayor para que recabe la información necesaria en la
Agencia Tributaria, en la Seguridad Social y en la Hacienda Local.
10.- Para cualquier aclaración, dirigirse al teléfono 952699193 o por
correo electrónico a la dirección: festejos@melilla.es.
Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad
indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la
misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas.
La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá
interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día
siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de
Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que
deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos
Común de las Administraciones Públicas y artículo 92 del Reglamento del
Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla. (BOME
extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017).
Melilla, a 21 de abril de 2025,
El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del
Mayor,
Juan León Jaén Lara