ARTÍCULO Nº 407
(CVE: BOME-A-2025-407)
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BOME Nº 6272 - viernes, 25 de abril de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA
Relación provisional de entidades admitidas y excluidas de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2025. requerimiento de subsanación y/o mejora de solicitudes.

LISTA PROVISIONAL DE ENTIDADES ADMITIDAS/EXCLUIDAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y
SALUD PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ENTIDADES SIN
ÁNIMO DE LUCRO, AÑO 2025. REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN Y/O MEJORA DE
SOLICITUDES.
Mediante
Orden nº 993 de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública, de fecha
20 de marzo de 2025 (BOMe núm. 6263, de 25 de marzo de 2025) se procede a la
aprobación de la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA
COMPETITIVA DE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR
ANIMAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE
LUCRO, AÑO 2025.
El
apartado séptimo, punto uno, de la parte dispositiva de la citada Orden designa
a la Jefatura de Programación y Evaluación de Programas, u órgano que lo
sustituya, como órgano instructor del procedimiento de concesión de
subvenciones derivado de la convocatoria.
La
base quinta que regula la presente convocatoria establece que, una vez
comprobadas las solicitudes, se elaborará una lista provisional de entidades
admitidas y excluidas. Estarán excluidas las solicitudes a las que no se
acompañen los datos o la documentación requerida, o la presentación adoleciera
de algún defecto. La citada lista se publicará en el Tablón digital de Edictos
de la Ciudad Autónoma de Melilla y en la página web www.melilla.es,
concediéndose un plazo de 10 días, para que se subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con apercibimiento de que, si no se hiciera, se tendrá
por desistida de la petición, previa resolución, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Revisadas
las solicitudes y la documentación presentada, la Instructora del expediente,
de conformidad con lo dispuesto en el apartado quinto, punto cinco, de la parte
dispositiva de la convocatoria, acuerda:
Primero.
Disponer la publicación de la lista provisional de las solicitudes de entidades
admitidas a trámite (ANEXO I). No debe
entenderse que la inclusión en esta lista conllevará la concesión de estas
ayudas sin haber superado la consiguiente fase de evaluación por el órgano
colegiado de valoración.
Segundo.
Hacer pública la lista provisional de solicitudes excluidas por falta de
documentación o adolecer de algún defecto (ANEXO II). Estas entidades tendrán un plazo de DIEZ DÍAS (10 días hábiles), a contar a partir del día siguiente a la publicación
en el BOMe, para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos. Si
no lo hiciesen, se les tendrá por desistidas en su solicitud, previa resolución
que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.

ANEXO I
Lista
provisional de solicitudes de entidades admitidas a trámite
Nº Exp |
C.I.F. |
NOMBRE DE LA ENTIDAD |
14694/2025 |
G29964038 |
ASOCIACIÓN MELILLA INSERCIÓN |
15455/2025 |
G52014347 |
AMLEGA |
15475/2025 |
G52034238 |
OXIGENO LABORATORIO |
15604/2025 |
G52022258 |
ASOCIACIÓN CUENTA
CON NOSOTROS |
15815/2025 |
G52019189 |
AUTISMO MELILLA |
15970/2025 |
G79408852 |
MÉDICOS DEL MUNDO |
16049/2025 |
G19809334 |
ASOCIACIÓN VECINOS DE JUVENTUD |
16166/2025 |
G55458321 |
ASOCIACIÓN PUENTE DE
LAS OPORTUNIDADES |
16174/2025 |
G52023231 |
ASOCIACIÓN PROYECTO ALFA |
16311/2025 |
G70918750 |
ASOC. POR EL
DESARROLLO SOSTENIBLE |
15623/2025 |
G52006871 |
FEAFES |
16169/2025 |
G16840019 |
ASOC. SOCIOEDUCATIVA
MERAKI |
16415/2025 |
G16692881 |
ANIMAL RESCUE MELILLA |
14698/2025 |
Q2866001G |
CRUZ ROJA ESPAÑOLA |
15354/2025 |
G29957495 |
MELILLA ACOGE |
15805/2025 |
G28256667 |
SAN VICENTE PAUL-
CONFERENCIA LA PURÍSIMA |
16034/2025 |
R2900144C |
RELIGIOSA MARIA INMACULADA |
16159/2025 |
G52035367 |
ASOCIACIÓN MELILLA
INTEGRA |
ANEXO II
Lista
provisional de entidades excluidas que deberán aportar/subsanar la
documentación
Nº Exp |
C.I.F. |
NOMBRE DE LA ENTIDAD |
CÓDIGO |
13896/2025 |
G82260282 |
FUNDACIÓN YEHUDI MENUHIN |
( I ) |
14679/2025 |
G52042132 |
ASOC. ESCUELA DE
PORTEROS EL GUARDIAN |
( C ),( E ) |
14695/2025 |
G52015443 |
BANCO DE ALIMENTOS |
( C ),( E ),( G ) |
15425/2025 |
F29953296 |
COOP DE MAESTROS |
( D ),( E ),( I ) |
15978/2025 |
G52021946 |
ACEME |
( C ) |
15447/2025 |
G16921371 |
EL TECHO ES UN
DERECHO |
( A ),( B ),( C ),(
D ), (G ),( H ),( I ),(J ) |
15498/202 5 |
G52021706 |
MAR NOSTRUM |
( D ) |
15991/2025 |
G520204766 |
ASOCIACIÓN MELILLA
ACTIVA |
( I ),( K ) |
16014/2025 |
G5418517 |
FUNDACIÓN MARCELINO CHAMPAGNAT |
( A ) |
16159/2025 |
G52035367 |
ASOCIACIÓN MELILLA
INTEGRA |
( E ) |
16220/2025 |
G86114741 |
ONG FIET GRATIA |
( I ) |
16263/2025 |
G56799935 |
ASOC.
SOCIOEDUCATIVAS SEMPITERNO |
( G ) |
16269/2025 |
R5200026B |
ASOC. EVANGELICA REGENERACIÓN |
( C ) ,( K ),( L ),( H ),( K ), ( L ) |
16288/2025 |
G79362497 |
FUNDACIÓN SAVE THE
CHILDREN |
( G ), ( J ),( H ) |
16405/2025 |
G52021227 |
ASOCIACIÓN MILVER |
( H ) |
16409/2025 |
G72431505 |
ASOCIACIÓN NEES
MELILLA |
( B ),( G ),( I ),(
J ) |
16426/2025 |
G52033784 |
ASOC. MELILLAENSE PARA INTEGRACIÓN SOCIAL |
( E ),( F ),( G ),( H ) |
16431/2025 |
G16692972 |
TERAPIA GUAUS |
( K ) |
16448/2025 |
|
ASOCIACIÓN FUT TABEL |
( A ),( B ),( C ),( D ),( F ),( H ),( I ),( J ) |
16539/2025 |
G29963824 |
ASOC. DIABETICOS
MELILLA |
( C ),(M) |
16555/2025 |
G28838001 |
MPDL |
( J ),( I ) |
16565/2025 |
|
ASOC. GURU GURU |
( A ),( B ),( C ),(
D ),( F ), ( G ),( I ) |
16685/2025 |
G10644797 |
ASOC.SOCIO-CULTURAL VECINOS SOLIDARIOS |
( B ),( C ) |
Códigos de los motivos de subsanación
Documento que requiere ser
aportado y/o subsanado |
Código |
Solicitud (a presentar en formulario normalizado de la CAM) |
A |
Memoria del proyecto (a presentar en formulario normalizado de la CAM) |
B |
Presupuesto detallado por conceptos de gastos |
C |

Declaración responsable (modelo con 7 apartados) (a presentar en formulario normalizado de la CAM) |
D |
Estatutos de la entidad |
E |
Tarjeta de Identificación Fiscal (TIF) |
F |
Documento acreditativo de la personalidad del solicitante, o poder
bastante en derecho para actuar en nombre y representación de la persona
jurídica solicitante |
G |
Certificación de identificación de los directivos e inscripción en el
Registro administrativo correspondiente. |
H |
Declaración responsable protección jurídica del menor (solo si el
programa incluye a menores de edad) (a presentar en formulario normalizado de la CAM) |
I |
Número de cuenta bancaria (IBAN) no especificada y/o incorrecta |
J |
Solicitud de subvención de más de un proyecto de actividades por entidad[1]
|
K |
Cuantía solicitada mayor a 17.000,00[2] |
L |
Presentación fuera de plazo de la justificación de la subvención
correspondiente a 2024.[3] |
M |
Melilla, a 23 de abril de 2025,
La Jefa de Sección de Programación y Evaluación de
Servicios Sociales,
Ana Redondo Fernández
[1] Aquellas entidades
que hayan presentado más de un programa de actividad (código K) deberán optar y
comunicar por escrito un único programa de actividad y, en su caso, un único
proyecto de mantenimiento de sede, no concediéndose en ningún caso más de 17.000,00
€ por entidad solicitante
[2] Aquellas entidades
que hayan solicitado subvención por cuantía superior a 17.000,00 € y pudieran
resultar beneficiarias mediante resolución definitiva de concesión habrán de
financiar con recursos propios el importe que exceda de dicha cuantía.
[3] El plazo para la
presentación de la justificación de las subvenciones concedidas en base a esta
convocatoria se estará a lo prevenido en las Bases décima y Undécima de las
Bases Reguladoras (BOME n.º 5490, de 27/10/2017), debiendo presentarse la
cuenta justificativa el 31 de enero de 2025.