ARTÍCULO Nº 414
(CVE: BOME-A-2025-414)
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BOME Nº 6273 - martes, 29 de abril de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
Resolución nº 0506, de fecha 24 de abril de 2025, relativa a convocatoria del Concurso de Hogueras de San Juan 2025.

409. convocatoria
del Concurso de Hogueras de San Juan 2025.
La Excma. Sra. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor,
mediante Resolución núm. 2025000506 de fecha 24/04/2025, ha resuelto lo
siguiente:
ÚNICO:
La aprobación de la Convocatoria CONCURSO DE HOGUERAS DE SAN JUAN 2025, que se
regirá con arreglo a lo siguiente:
CONCURSO DE HOGUERAS DE SAN JUAN
2025
1.-
El objeto del Concurso será la confección de una Hoguera de San Juan, conforme
a la tradición de este tipo de festividad.
2.-
Podrán participar en este concurso las siguientes personas jurídicas o físicas
divididas en tres categorías:
a.
Asociaciones recreativas, culturales o de cualquier otra índole.
b.
Asociaciones de vecinos.
c.
Particulares
Tras indicaciones del Servicio de Bomberos de la Ciudad Autónoma de
Melilla, las Hogueras participantes no deberán contener más de 10 palés de
madera en su montaje a fin de evitar una excesiva carga térmica en las
hogueras.
3.-
Se otorgarán los siguientes premios para cada categoría:
Primer Premio valorado en 1.000 € más trofeo.
Segundo Premio valorado en 800 € más trofeo.
Tercer Premio valorado en 700 € más trofeo.
Cuarto Premio valorado en 500 € más trofeo.
Quinto Premio valorado en 400 € más trofeo.
Para las entidades ganadoras, y con posterioridad al fallo del Jurado,
se requerirá Certificado de Cuenta Bancaria cuya titularidad corresponda a la entidad inscrita para el abono de los premios, así como una
copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal.
Para las personas ganadoras, y con posterioridad al fallo del Jurado, se
requerirá el Certificado de Cuenta Bancaria en la que
conste como Titular para el abono de los premios, así como una copia de su documento de
identidad.
De conformidad con el artículo 22 del Reglamento General de Subvenciones
de la Ciudad Autónoma de Melilla, no podrá realizarse el pago del premio en
tanto el beneficiario (sea persona o entidad) no se halle al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias (AEAT y CAM) y frente a la
Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
Al importe de dichos premios, se les aplicará las retenciones previstas
en la vigente legislación.
4.- El
plazo de inscripción finalizará el día 19 de junio de 2025 a las 23:59 horas.
Para la inscripción, se deberá aportar un boceto de la hoguera (que deberá
tener unas medidas mínimas de 1,5 m² de base) acompañado de una descripción de
los materiales a usar, asimismo se deberá indicar a qué categoría se presenta y
el nombre de la Hoguera.
INSCRIPCIONES (ASOCIACIONES Y
ASOCIACIONES DE VECINOS):
La inscripción en el concurso llevará a cabo OBLIGATORIAMENTE a través
de SEDE ELECTRÓNICA (de conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015
PACAP), pudiendo acceder desde www.melilla.es, necesitando para su utilización
un certificado digital válido o cl@ve firma
(https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html).
Para su presentación vía Sede Electrónica pueden utilizar el trámite
online “INSCRIPCIONES CONCURSOS” Debiendo indicar que se presenta al CONCURSO
DE HOGUERAS DE SAN JUAN 2025 e indicar a qué CATEGORÍA (ASOCIACIONES o ASOCIACIONES DE VECINOS).
Dicha Sede cuenta con una plataforma de ayuda para los obligados
legales, a la que podrá acceder desde https://tramitamelilla.es. Este acceso aporta el soporte necesario
para presentar asistencia técnica en la utilización de las herramientas y
procedimientos para tramitación electrónica relacionados con la Ciudad Autónoma
de Melilla.

desde www.melilla.es, necesitando para su utilización un certificado
digital válido o cl@ve firma
(https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html).
Para su presentación vía Sede Electrónica pueden utilizar el trámite
online “INSCRIPCIONES CONCURSOS” Debiendo indicar que se presenta al CONCURSO
DE HOGUERAS DE SAN JUAN 2025 e indicar que se presenta en la CATEGORÍA PARTICULARES.
5.- Las
Hogueras deberán estar plantadas a las 17 horas del día 23 de junio de 2025, a
fin de facilitar la visita de los miembros del Jurado. Desde la Consejería de
Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor comunicará previamente a los
participantes el espacio habilitado para la colocación de la Hoguera.
6.-
El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los
premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Cultura,
Patrimonio Cultural y Del Mayor o persona en quien delegue, que actuará como
Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en
la rama o disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario
Técnico de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, u otro
funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de
Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y su composición podrá hacerse pública
en el momento de la emisión del fallo.
7.-
En cuanto a los criterios de valoración, el Jurado puntuará a los candidatos en
función a la:
a)
Estilización: Se valorará el acertado seguimiento de aquellos rasgos que
comúnmente han venido formando la estética en las hogueras (figuras
estilizadas, motivos geométricos, simetría, etc.).
b)
Modelado: Se tomará en consideración la calidad o cantidad de los
motivos o figuras modelados en el monumento, así como su disposición en el
mismo. Por el contrario, se considerará como aspecto negativo la presencia de
ninots o figuras no originales.
c)
Creatividad: Se destacará la capacidad de innovación en el monumento,
tanto en su concepción como en la combinación de técnicas y materiales.
d)
Equilibrio: Se valorará la armonía en los juegos de equilibrio
dispuestos en las hogueras y la correcta aplicación de los espacios vacíos en
las mismas, sin que se observen riesgos innecesarios. Queda prohibida la
utilización de hierro en la parte elevada de la hoguera. En el caso de que se
demostrara después de la cremá la utilización de dicho material, se dará
traslado al Jurado para que adopte las medidas que considere oportunas.
e)
Cromatismo: Se puntuarán la calidad de la pintura en el monumento, tanto
si se opta por técnica de pintura en mate, brillo o la combinación de ambas.
f)
Proporcionalidad: Se valorará la adecuada proporción entre el volumen de
la hoguera y el entorno en el que se ubique.
g)
Crítica y contenido: Se calificará el contenido crítico del monumento,
tanto si la crítica abordada es local como de carácter general, destacando su
sentido del humor, desarrollo del tema y capacidad de observación del mismo.
i) Decoración: Se tendrá en cuenta la decoración de la hoguera a la hora
de calificar, pero siempre primará la calificación del monumento.
8.-
El Jurado podrá declarar desierto aquellos premios que no hayan alcanzado un
nivel de calidad suficiente y su fallo será inapelable. La Ciudad Autónoma y el
Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar
regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que
contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna. El fallo, de
conformidad con la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las
Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes
o Concursos en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y
Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de
Melilla, asimismo se publicará en las Redes Sociales de la Consejería de
Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor.
9.-
La convocatoria del presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE
LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE
CERTÁMENCES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La
presentación al concurso supone la plena aceptación de sus Bases y el Fallo del
Jurado así como la autorización a la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural
y Del Mayor para que recabe la información necesaria en la Agencia Tributaria,
en la Seguridad Social y en la Hacienda Local.
10.-
Para cualquier aclaración, dirigirse al teléfono 952699193 o por correo
electrónico a la dirección: festejos@melilla.es.
Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad
indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la
misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas.

Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de
Melilla. (BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017).
Melilla, a 24 de abril de 2025,
El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del
Mayor,
Juan León Jaén Lara