ARTÍCULO Nº 435
(CVE: BOME-A-2025-435)
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BOME Nº 6274 - viernes, 2 de mayo de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO
Extracto de la convocatoria de la línea de ayudas para el Programa de Modernización del Comercio en el Marco de los Planes Integrales de Desarrollo Socio Económico para Ceuta y Melilla.

TituloES:
Convocatoria de la línea de ayudas para el Programa de Modernización del
Comercio en el marco de los Planes Integrales de Desarrollo Socio Económico
para Ceuta y Melilla
TextoES:
BDNS(Identif.):829287
De
conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/829287)
1.-
Finalidad: La finalidad de esta Convocatoria es contribuir a la transformación
del punto de venta, así como a sufragar los costes de inversión necesarios para
la reconversión del comercio tradicional
2.-
Objeto: La presente Convocatoria tiene por objeto establecer la concesión
de las ayudas públicas en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a
PYMES y autónomos del sector comercial de la ciudad de Melilla con objeto de
contribuir a la transformación del punto de venta, así como a sufragar los
costes de inversión necesarios para la reconversión del comercio tradicional.+
3-
Financiación: Las subvenciones objeto de esta Convocatoria serán financiadas
con los fondos Secretaría de Estado de Comercio procedentes de la Resolución de
fecha 29 de diciembre de 2023 por la que se concede una subvención a la ciudad
de Melilla al amparo del Real Decreto 1179/2023, de 27 de diciembre, por el que
se regula la concesión directa de subvenciones a las ciudades de Ceuta y
Melilla, para el desarrollo de programas en materia de comercio interior.
Concretamente, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria
06/43100/77000/2024 “SUBV. TRANSFORMACIÓN DEL COMERCIO, SUBSECRETARÍA DE ESTADO
COMERCIO REMANENTE AFECTADA” por un importe máximo de 754.700,00 euros, según
consta en el documento contable de Retención de Crédito RC 12025000013231 de
fecha 08/04/2025.
4.-
Beneficiarios: Serán beneficiarios de este tipo de ayudas
a-las
pequeñas y medianas empresas (PYME) comerciales, con domicilio fiscal y social
en la Ciudad Autónoma de Melilla que en la fecha de la convocatoria estén de
alta en alguno de los epígrafes del IAE correspondientes a comercio menor y que
mejoren y/o modernicen el/los locales abiertos al público.
b. También
podrán acceder a la condición de beneficiarios las personas físicas,
empresarios, que ejerzan alguna de las actividades de comercio menor y que
cumplan los requisitos que se establecen para las PYMEs en el apartado
anterior.
c.
Las entidades en régimen de atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas podrán solicitar las ayudas cuando cumplan las
condiciones establecidas en el punto 1 del presente artículo. La beneficiaria
directa de la ayuda será la entidad solicitante y no sus socios, comuneros,
herederos o partícipes
d. Las/os
empresas/empresarios beneficiarias/os deberán tener local abierto al público en
la Ciudad Autónoma de Melilla.
c. No podrán
obtener la condición de beneficiarios las personas físicas, jurídicas o
entidades en quiénes concurra algunas de las circunstancias a que se refiere el
artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y artículo 27 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Lugar de
la Firma: Melilla
Fecha de
la Firma: 2025-04-25
Firmante:
Miguel Marin Cobos, Consejero de
Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento.