ARTÍCULO Nº 435 (CVE: BOME-A-2025-435) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6274 - viernes, 2 de mayo de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO


Extracto de la convocatoria de la línea de ayudas para el Programa de Modernización del Comercio en el Marco de los Planes Integrales de Desarrollo Socio Económico para Ceuta y Melilla.

BOME-P-2025-1390 Descargar página

TituloES: Convocatoria de la línea de ayudas para el Programa de Modernización del Comercio en el marco de los Planes Integrales de Desarrollo Socio Económico para Ceuta y Melilla

TextoES: BDNS(Identif.):829287

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/829287)

1.- Finalidad: La finalidad de esta Convocatoria es contribuir a la transformación del punto de venta, así como a sufragar los costes de inversión necesarios para la reconversión del comercio tradicional

2.- Objeto:  La presente Convocatoria tiene por objeto establecer la concesión de las ayudas públicas en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a PYMES y autónomos del sector comercial de la ciudad de Melilla con objeto de contribuir a la transformación del punto de venta, así como a sufragar los costes de inversión necesarios para la reconversión del comercio tradicional.+

3- Financiación: Las subvenciones objeto de esta Convocatoria serán financiadas con los fondos Secretaría de Estado de Comercio procedentes de la Resolución de fecha 29 de diciembre de 2023 por la que se concede una subvención a la ciudad de Melilla al amparo del Real Decreto 1179/2023, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las ciudades de Ceuta y Melilla, para el desarrollo de programas en materia de comercio interior. Concretamente, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 06/43100/77000/2024 “SUBV. TRANSFORMACIÓN DEL COMERCIO, SUBSECRETARÍA DE ESTADO COMERCIO REMANENTE AFECTADA” por un importe máximo de 754.700,00 euros, según consta en el documento contable de Retención de Crédito RC 12025000013231 de fecha 08/04/2025.

4.- Beneficiarios: Serán beneficiarios de este tipo de ayudas

a-las pequeñas y medianas empresas (PYME) comerciales, con domicilio fiscal y social en la Ciudad Autónoma de Melilla que en la fecha de la convocatoria estén de alta en alguno de los epígrafes del IAE correspondientes a comercio menor y que mejoren y/o modernicen el/los locales abiertos al público.

b. También podrán acceder a la condición de beneficiarios las personas físicas, empresarios, que ejerzan alguna de las actividades de comercio menor y que cumplan los requisitos que se establecen para las PYMEs en el apartado anterior.

c.    Las entidades en régimen de atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas podrán solicitar las ayudas cuando cumplan las condiciones establecidas en el punto 1 del presente artículo. La beneficiaria directa de la ayuda será la entidad solicitante y no sus socios, comuneros, herederos o partícipes

d. Las/os empresas/empresarios beneficiarias/os deberán tener local abierto al público en la Ciudad Autónoma de Melilla.

c. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas físicas, jurídicas o entidades en quiénes concurra algunas de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 27 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Lugar de la Firma: Melilla

Fecha de la Firma: 2025-04-25

Firmante: Miguel Marin Cobos,  Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento.