ARTÍCULO Nº 441
(CVE: BOME-A-2025-441)
DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6274 - viernes, 2 de mayo de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MELILLA S.A. - EMVISMESA
Resolución constitución del Tribunal de Selección para la provisión en propiedad de una plaza de Subalterno en ENVISMESA, Personal Laboral, por sistema de Concurso-Oposición.

El Presidente del Consejo de Administración de la Empresa Municipal de
la Vivienda y Suelo de Melilla, S.A, a través de la presente resolución,
dispone lo siguiente:
De conformidad con las bases de convocatoria para la provisión en
propiedad de una plaza de Subalterno, personal laboral de EMVISMESA, por el
sistema de concurso-oposición, publicadas en el BOME nº 6094, de fecha 11 de
agosto de 2023
De acuerdo a lo anterior, y visto el presente expediente, en virtud de
las competencias que tengo atribuidas, VENGO A DISPONER:
Que el Tribunal de Selección para la provisión en propiedad de una plaza
de Subalterno de EMVISMESA, personal laboral, por sistema de
concurso-oposición, quede constituido por las siguientes personas:
TRIBUNAL TITULAR
PRESIDENTE:
D. José García Criado
VOCALES:
Dª. Celia Portas Rojas
Dª. María Dolores Gavilán Montenegro
Dª. Mercedes Ruiz Conejo
D. José Fernando González Esteban
D. Juan J. Ortega Castillo
D. Pedro Javier Cañada Espinosa
SECRETARIA:
Dª. Gema Viñas del Castillo
TRIBUNAL SUPLENTE
PRESIDENTE:
D. Malik Abdelkader Mohamed
VOCALES
Dª. Isabel Martín Pinazo
Dª. Isabel Mª García Joya
Dª. Silvia Moh Guzmán
D. Eduardo Calderay Rodríguez
D. Agustín Robles Coca
D. Tomás Paz Espuche
SECRETARIA
Dª. Mª Ángeles Tascón Moreno
El Tribunal de Selección se reunirá previamente para su constitución y
desarrollo del proceso selectivo.
Publíquese esta Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Melilla, así como en el Tablón de Edictos y página web de EMVISMESA,
advirtiendo a los aspirantes que podrán recusar a los componentes de los
Tribunales por causa legal y procedentes prevista en el artículo 24 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

la resolución será de tres meses; transcurrido este plazo sin que
recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada
interpuesto. No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su publicación.
Melilla, a 29 de abril de 2025.
El Presidente del Consejo de Administración de
EMVISMESA.
Hassan Driss Bouyemaa