ARTÍCULO Nº 489
(CVE: BOME-A-2025-489)
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BOME Nº 6277 - martes, 13 de mayo de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES
Orden nº 0631, de fecha 9 de mayo de 2025, relativa a convocatoria del proceso de admisión de alumnado de nuevo ingreso en las escuelas de educación infantil dependientes de la ciudad autónoma de melilla, y plazas concertadas en escuelas infantiles privadas, correspondiente al curso académico 2025-2026.

El Excm. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, mediante Orden núm. 2025000631, del día 09/05/2025, ha dispuesto lo siguiente:
“De acuerdo con las BASES DE APLICACIÓN AL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNADO DE NUEVO INGRESO EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DEPENDIENTES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2025-2026, aprobadas por el Consejo de Gobierno en su sesión del día 09 de mayo de 2025, y en el ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo treinta y tres del vigente Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, la aprobación de la CONVOCATORIA DEL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNADO DE NUEVO INGRESO EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DEPENDIENTES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, Y PLAZAS CONCERTADAS EN ESCUELAS INFANTILES PRIVADAS, CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2025-2026, a la que serán de aplicación las referidas bases, con las siguientes determinaciones:
1. Pueden solicitar plaza en los centros a los que se refiere la presente convocatoria los padres o tutores de los menores cuyas edades correspondan a los niveles de primer ciclo de Educación Infantil, residentes en la Ciudad Autónoma de Melilla, nacidos en los años 2023, 2024 y 2025. En todo caso, el menor deberá haber cumplido cuatro meses antes de la finalización del mes de octubre del año en curso y deberá estar vacunado con las vacunas que correspondan según su edad a tenor del Calendario de Vacunación en vigor.
2. La previsión inicial de oferta de plazas disponibles para alumnado de nuevo ingreso para el curso 2025-2026 será:
Plazas en Escuelas públicas de titularidad de la Ciudad Autónoma de Melilla
Escuela Infantil “San Francisco de Asís” |
Nacidos/as en 2025 |
8 plazas |
Nacidos/as en 2024 |
16 plazas |
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Nacidos/as en 2023 |
24 plazas |
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Escuela Infantil “Virgen de la Victoria” |
Nacidos/as en 2025 |
8 plazas |
Nacidos/as en 2024 |
12 plazas |
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Nacidos/as en 2023 |
36 plazas |
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Escuela Infantil “Infanta Leonor” |
Nacidos/as en 2025 |
16 plazas |
Nacidos/as en 2024 |
17 plazas |
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Nacidos/as en 2023 |
18 plazas |
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Escuela Infantil “Josefa Calles Alcalde” (Centro Asistencial) |
Nacidos/as en 2025 |
16 plazas |
Nacidos/as en 2024 |
18 plazas |
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Nacidos/as en 2023 |
25 plazas |
Plazas concertadas en Escuelas privadas con autorización MEFP.
Centro de Educación Infantil “Santa Luisa de Marillac” (1) (2) |
Nacidos/as en 2024
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31 plazas |
Centro de Educación Infantil “Santa Luisa de Marillac” (1) (2) |
Nacidos/as en 2023 |
14 plazas |
Centro de Educación Infantil “Divina Infantita” (1) (2) |
Nacidos/as en 2024 |
15 plazas |
Centro de Educación Infantil “Divina Infantita” (1) (2) |
Nacidos/as en 2023 |
17 plazas |
Centro de Educación Infantil “Enrique Soler” (1) (2) |
Nacidos/as en 2024
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26 plazas |

Centro de Educación Infantil “Enrique Soler” (1) (2) |
Nacidos/as en 2023 |
42 plazas |
Centro de Educación Infantil “Cruz Roja” (1) (2) |
Nacidos/as en 2024 |
13 plazas |
Centro de Educación Infantil “Cruz Roja” (1) (2) |
Nacidos/as en 2023 |
24 plazas |
Centro de Educación Infantil “Merlín” (1) (2) |
Nacidos/as en 2024 |
16 plazas |
Centro de Educación Infantil “Merlín” (1) (2) |
Nacidos/as en 2023 |
26 plazas |
(1) La alimentación y artículos de aseo serán por cuenta de la familia.
(2) Horario de 8 a 15 horas.
2. Las Escuelas de Educación Infantil pertenecientes a entidades privadas podrán establecer el abono de una cantidad inicial en concepto de material escolar.
3. Los/as alumnos/as que durante el curso precedente hubieran ocupado plaza continuarán en la misma Escuela de Educación Infantil siempre que cumplan el requisito de la edad y así lo exprese su familia al ser requeridos para ello por la Dirección del Centro.
4. Las solicitudes de admisión de nuevo ingreso se presentarán en plazo de veinte días contado a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de Melilla de la presente convocatoria.
5. Las solicitudes se presentarán a través de Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla con certificado digital, registros de las Oficinas de Proximidad, en la Oficina de Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad, en el Registro de la sede de la Dirección General de Educación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, sita en Calle Querol nº 7, sin perjuicio de la posible presentación en los registros que a tal efecto establece el artículo 16 la Ley 39/2015 de 01 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
6. Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial (disponibles en la Dirección General de Educación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (calle Querol nº 7) y en la web oficial de la Ciudad www.melilla.es) y deberán ir acompañadas de la documentación que se especifica en las bases de la convocatoria.
7. Una vez elaboradas, se expondrán públicamente las listas provisionales de alumnado admitido, en espera y excluido, concediendo un plazo de diez días hábiles para reclamaciones de las personas interesadas.
En el período de reclamaciones no se admitirán documentos que hubieran debido aportarse junto con la solicitud.
8. Tanto las listas provisionales como las definitivas se publicarán en el Boletín Oficial de Melilla, Tablón de Anuncios de la Dirección General de Educación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, y en la web oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, sirviendo dicha publicación en el BOME de notificación a las personas interesadas.”
De conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento y efectos.
Melilla, 09 de mayo de 2025,
El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte,
Joaquín M. Ledo Caballero