ARTÍCULO Nº 533
(CVE: BOME-A-2025-533)
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BOME Nº 6280 - viernes, 23 de mayo de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA
Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 12 de mayo de 2025, relativo a suplemento de crédito financiado con bajas por importe de 15.000,00 euros (Dirección General fe Política Deportiva).

El pleno de la Excma. Asamblea de Melilla en sesión resolutiva
Extraordinaria del 12 de mayo de 2025 adoptó el siguiente acuerdo:
PUNTO CUARTO.- SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON BAJAS POR IMPORTE DE 15.000,00 EUROS (DIRECCIÓN GENERAL
DE POLÍTICA DEPORTIVA). La Comisión Permanente de Hacienda, en sesión extraordinaria celebrada
el pasado 25 de marzo de 2025, conoció la propuesta de aprobación del asunto
citado y una vez sometida a votación, tras las deliberaciones que constan en el
acta, se aprobó con 8 votos a favor ( 6 del grupo Político Partido Popular, 1
del Grupo mixto- Sr. Amin Mohamed Mohamed y 1 del Diputado no adscrito) y 2
abstenciones del Grupo Coalición por Melilla, cuyo tenor literal es el
siguiente:
“PRIMERO. Ante la existencia de gastos específicos y determinados que no pueden
demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que el crédito consignado en el
vigente Presupuesto de la Corporación son insuficientes y no ampliables, se
propone la concesión de un suplemento de crédito financiado con bajas de otros
créditos en aplicación del artículo 177.4 del TRLRHL.
SEGUNDO. Con fecha 10 de febrero de 2025, se emitió Orden de Incoación y Memoria
del Consejero de Hacienda en la que se especificaban la modalidad de
modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.
TERCERO. Con fecha 14 de febrero de 2025, se emitió informe de la Dirección
General de Hacienda y Presupuestos.
CUARTO. Con fecha 19 de febrero de 2025, se emitió informe de Intervención por
el que se informó favorablemente el referido expediente de crédito
extraordinario y se elaboró Informe de Intervención sobre Evaluación de la
Estabilidad Presupuestaria con fecha 26 de febrero de 2025.
QUINTO.
Con fecha 27 de febrero de 2025 se emitió informe Jurídico de la Secretaría
Técnica de Hacienda sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
LEGISLACIÓN APLICABLE
La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:
-
Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo.
-
Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el
que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
-
Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27
de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
-
El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12
de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades
Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.
-
El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y
Regionales de la Unión Europea (SEC-10).
-
El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
-
La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la
estructura de presupuestos de las entidades locales.
-
La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las
obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012,
de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
-
El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
-
La Base nº 9 y 10 de las Bases de ejecución del presupuesto del
ejercicio 2022.
Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la
tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación
inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al
expediente se PROPONE al Pleno de la Asamblea, previo Dictamen de la Comisión Permanente de
Hacienda, la adopción del siguiente ACUERDO:
PRIMERO. Aprobar
inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 5034/2025 del
Presupuesto de la Corporación, en la modalidad de Suplemento de Crédito,
financiado con bajas de otros créditos, como sigue a continuación:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Alta |
||
Org. |
Progr. |
Económ. |
|
|
14 |
34100 |
22699 |
ÁREA DE DEPORTE |
15.000,00 € |
TOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITO |
15.000,00 € |
Esta modificación se financia con bajas de otros créditos, en los
siguientes términos:
Bajas en Aplicaciones de Gastos
Concepto |
Descripción |
Baja |
14/34109/48000 |
CONVENIO JOSE LUIS PÉREZ BARCO CIUDAD DE MELILLA |
15.000,00 € |
TOTAL BAJAS |
15.000,00 € |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece
el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril,
por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28
de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos,
que son los siguientes:
a)
El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la
imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b)
La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito
destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que
esté establecida la vinculación jurídica.
SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Melilla,
por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán
examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se
considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen
presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de
un mes para resolverlas.”
Sometida a votación la propuesta de aprobación de SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON BAJAS
POR IMPORTE DE 15.000,00 EUROS (DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DEPORTIVA), fue aprobada por unanimidad,
con el voto favorable de los 21 Diputados presentes , por lo tanto mayoría
absoluta, de conformidad con el artículo 58.3 del Reglamento de la Asamblea.
Lo que se comunica para su publicación y general conocimiento.
Melilla, a 16 de mayo de 2025,
El Secretario General Acctal. de la Asamblea,
Decreto nº 23 de fecha 13/02/2025 (BOME Extra nº 9
14/02/2025),
Diego Giner Gutiérrez