ARTÍCULO Nº 549
(CVE: BOME-A-2025-549)
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BOME Nº 6281 - martes, 27 de mayo de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 16 de mayo de 2025, relativo a concesión de dos días adicionales de asuntos propios para el año 2025.

El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva
Ordinaria celebrada el 16 de mayo de 2025, ha procedido a la aprobación de la
propuesta de Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad,
adoptando el siguiente acuerdo registrado al número 2025000518:
“
Visto Informe Jurídico emitido por el
Secretario Técnico de Administración Pública del tenor literal siguiente:
“Para su reconocimiento en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Melilla el articulo 37 m) del Real Decreto Legislativo
5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público
establece: que serán objeto de
negociación, en su ámbito respectivo en relación con las competencias de cada
Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso “Las referidas a calendario laboral,
horarios, jornadas, vacaciones, permisos, movilidad funcional y geográfica, así
como los criterios generales sobre la planificación estratégica de los recursos
humanos, en aquellos aspectos que afecten a condiciones de trabajo de los
empleados públicos.” Constando en el expediente Acuerdo de la Mesa General
de Negociación de Personal Funcionario y Laboral de la Ciudad Autónoma de
Melilla de fecha 12 de mayo de 2025, en la que se aprueba la concesión de 2
días adicionales de Asuntos propios para el año 2025 por coincidir los días 1
de noviembre y 6 de diciembre en sábado.
En cuanto a la competencia para su aprobación
corresponde al Consejo de Gobierno de la Ciudad “ Establecer las instrucciones a que deberá atenerse la representación de
la Ciudad Autónoma de Melilla, en la negociación colectiva con el personal
sujeto a derecho laboral, y aprobar expresa y formalmente en cuanto disposición administrativa, los acuerdos
alcanzados” como
determina el artículo 3.2 d) del Reglamento de la Consejería de
Administraciones Públicas ( ahora Consejería de Presidencia, Administración
Pública e Igualdad) (BOME nº 4666 de 4 de diciembre de 2009).
Por todo ello, esta Secretaría Técnica
entiende que la propuesta de acuerdo se ajusta a derecho.
Este es el Informe que elevo, no obstante
V.E. con mejor criterio acordará lo pertinente”.
Por todo lo anterior y de conformidad con los
documentos aportados al expediente, vengo
en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.
La concesión de dos días adicionales de asuntos propios para el año 2025, por los
motivos mencionados anteriormente.
”
De conformidad con los artículos 123 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente
acuerdo/decreto del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe
recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su
publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso
administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en
el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que notifica o hace público para su
conocimiento y efectos.
Lo que le traslado para su publicación en el
Boletín Oficial de la Ciudad .
Melilla,
a 20 de mayo de 2025,
El
Secretario del Consejo de Gobierno, con carácter de suplencia,
Decreto
nº 29 de fecha 04/03/2025 (BOME Extra nº 16 04/03/2025)
Diego
Giner Gutiérrez