ARTÍCULO Nº 577
(CVE: BOME-A-2025-577)
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BOME Nº 6283 - martes, 3 de junio de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 2783 de fecha 29 de mayo de 2025, relativa a modificación del Tribunal Calificador para la provisión en propiedad de una Plaza de Educador Social (Oposición Libre).

La titular de
la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante
Orden/Resolución
de 29/05/2025, registrada al número
2025002783, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto
lo siguiente:
Visto el
cese, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 23 de mayo de 2025, de
D. Ignacio Ruiz Rodríguez como Director General de Patrimonio Cultural y
Festejos y, dado que fue designado por Orden nº 2402, de 14 de mayo 2025, Vocal
Titular en el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión
en propiedad de una plaza de Educador Social (oposición libre),
De acuerdo
con lo anterior, y visto el expediente 38539/2024, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
1º.- La
sustitución, como Vocal Titular, de D. Ignacio Ruiz Rodríguez por D. Mimun
Mohamed Si-Ali (que actúa en el mismo Tribunal como Vocal Suplente).
2º.- El
nombramiento, como Vocal Suplente, de D. Víctor M. Pérez Sánchez.
Contra esta
ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso
podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la
Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución
recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo
máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido
este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso
de alzada interpuesto.
No obstante,
podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su
responsabilidad.
Lo que se
publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla,
a 29 de mayo de 2025,
El
Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco
José Rubio Soler