ARTÍCULO Nº 578
(CVE: BOME-A-2025-578)
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BOME Nº 6283 - martes, 3 de junio de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 2785 de fecha 29 de mayo de 2025, relativa a modificación del tribunal calificador para la provisión en propiedad de seis plazas de Subinspector de la Policía Local (Promoción Interna).

La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad, mediante Orden/Resolución
de
29/05/2025, registrada al número 2025002785, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Visto el escrito de renuncia formulado por D. Antonio García López,
designado por Orden nº 2125, de 30 de abril de 2025, Vocal Titular en el
Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad
de seis plazas de Subinspector de la Policía Local (promoción interna) y, considerando que
concurren causas justificadas para dicha renuncia,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 16965/2024, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
1º.- Aceptar la renuncia de D. Antonio García López.
2º.- La sustitución, como Vocal Titular, de D.
Antonio García López por D. Miguel A. Belmonte Martínez (que actúa en el mismo
Tribunal como Vocal Suplente).
3ª.- El nombramiento, como Vocal Suplente, de D. Agustín V. Martínez
Gómez.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo.
Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la
Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres
meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla,
a 29 de mayo de 2025,
El
Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco
José Rubio Soler