ARTÍCULO Nº 602 (CVE: BOME-A-2025-602) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6284 - viernes, 6 de junio de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Rectificación error material en anuncio publicado en BOME Extraordinario nº35, de fecha 3 de junio de 2025, referente a nombramiento como Secretaria del Consejo de Gobierno a Dª María José Gómez Ruiz.

BOME-P-2025-2014 Descargar página

En el Boletín de la Ciudad de Melilla Extraordinario nº 35 de martes 3 de junio de 2025, se publicó Decreto del Presidente nº 0103, de fecha 2 de junio de 2025, relativo a nombramiento como Secretaria del Consejo de Gobierno a Dª María José Gómez Ruiz.

Habiéndose detectado un error material en el pie de recurso de la publicación/notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la rectificación de dicho error material, corrigiéndose el pie de recurso en el siguiente sentido:

Donde dice “Advirtiéndole que este Decreto agota la vía administrativa, por lo que, conforme establece el artículo 92.2 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y 122.3 de la

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no podrá interponer en dicha vía ningún recurso, salvo el extraordinario de revisión, en los supuestos previstos en el artículo 125.1 de la meritada Ley, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso, si así lo estima conveniente, bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.”

Pasa a decir “Advirtiéndole que este Decreto agota la vía administrativa, conforme a lo establecido en el artículo 88 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (REGA), publicado en el BOME Extraordinario núm. 2 de 30 de enero de 2017, contra el mismo podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dicto, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo (art. 93 del propio REGA).

El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.

No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso, si así lo estima conveniente, bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.”

 

Melilla, a 5 de junio de 2025,

El Secretario General Acctal. de la Asamblea,

Decreto nº 23 de fecha 13/02/2025 (BOME Extra nº 9 del 14/02/2025),

Diego Giner Gutiérrez