ARTÍCULO Nº 609
(CVE: BOME-A-2025-609)
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BOME Nº 6284 - viernes, 6 de junio de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Orden nº 0706, de fecha 27 de mayo de 2025, relativa a convocatoria del proceso para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la obtención de Permisos de Conducir Clase B (Coches y Vehículos Ligeros) destinado a la promoción de la movilidad y la empleabilidad de los jóvenes de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2025.

El Excmo. Sr. Consejero de Educación,
Juventud y Deporte, mediante orden número 2025000706, del día 27 de mayo de
2025, ha dispuesto lo siguiente:
De acuerdo con las BASES REGULADORAS
PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA,
DESTINADAS A LA OBTENCIÓN DE PERMISOS DE CONDUCIR CLASE B (COCHES Y VEHÍCULOS
LIGEROS) DESTINADO A LA PROMOCIÓN DE LA MOVIBILIDAD Y LA EMPLEABILIDAD DE LOS
JÓVENES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL AÑO 2025, aprobadas por el
Consejo de Gobierno en su sesión del día 23 de mayo de 2025, y en el ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 33 del vigente Reglamento de
Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla VENGO EN ORDENAR la
aprobación de la CONVOCATORIA DEL PROCESO PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE
CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES
DESTINADAS A LA OBTENCIÓN DE PERMISOS DE CONDUCIR CLASE B ( COCHES Y VEHÍCULOS LIGEROS) DESTINADO A
LA PROMOCIÓN DE LA MOVIBILIDAD Y LA EMPLEABILIDAD
DE LOS JÓVENES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL AÑO 2025 a la que
serán de aplicación las referidas bases, con las siguientes determinaciones:
Primero. -
El coste máximo del programa asciende a la cantidad de 250.000 euros, y
se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 14/33440/48002, del
presupuesto de gastos de 2025.
Segundo. -
La presente convocatoria se realizará mediante concurrencia competitiva.
El único criterio de valoración será la fecha y hora de entrada en el Registro,
dicho criterio se hará efectivo con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible en la misma
(250.000,00 €), valorándose las solicitudes de acuerdo con las bases que
rigen la presente convocatoria.
Tercero. - Pueden solicitar subvención las
personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:
a)
Estar empadronados en la Ciudad de
Melilla, en la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes,
acreditando a esa fecha una antigüedad de un año en el Padrón Municipal de
Habitantes de la Ciudad Autónoma de Melilla.
b)
Tener cumplidos entre 18 y 30 años en
el momento de la presentación de la solicitud.
c)
Encontrarse al corriente de sus
obligaciones tributarias con la Agencia Española de Administración Tributaria
(AEAT), con la Seguridad Social y con la Recaudación de la Ciudad Autónoma de
Melilla a fecha de presentación de la solicitud.
Para la acreditación de tales
requisitos los beneficiarios participantes deberán aportar la correspondiente
documentación, (Anexo II) o bien autorizar a la Consejería de Educación,
Juventud y Deportes para que recabe de las Administraciones Públicas competentes
la pertinente información, pudiéndose efectuar dicha comprobación con
anterioridad o posterioridad a la concesión de la subvención, y, en caso de
detectarse incumplimiento de alguna de las condiciones establecidas, procederá
la denegación de la subvención o la exigencia de reintegro de la subvención
otorgada.
Cuarto. - La solicitud se formulará en el
modelo oficial que se facilitará por la Dirección General de Política Educativa
de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y que se puede obtener en la
web melilla.es (se anexa modelo de solicitud).
El formulario de solicitud de ayuda
(Anexo I) se acompañará de la documentación requerida en la convocatoria que
figura en el Anexo II
Quinto. -
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de su
publicación en el BOME de la Ciudad Autónoma de Melilla y se extenderá hasta el
día 16 de septiembre de 2025, inclusive.
Sexto. Las solicitudes se presentarán a
través de Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla con certificado
digital, registros de las Oficinas de Proximidad, en la Oficina de Información
y Atención al Ciudadano de la Ciudad, en el Registro de la sede de la Dirección General de
Política
Educativa de la Consejería de Educación, Juventud y
Deportes, sita en Calle Querol nº 7 y Calle Marqués de los Vélez 25, sin perjuicio de la posible presentación en
los registros que a tal efecto establece el artículo 16 la Ley 39/2015 de 01 de
Octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Séptimo. - Corresponde a la Dirección General
de Política Educativa de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, a
través de órgano colegiado designado para ello, la instrucción del
procedimiento, la cual realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias
para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de
los cuales debe pronunciarse la resolución.
El expediente de concesión contendrá
el pronunciamiento del órgano instructor en el que deberá constar que de la
información que obra en su poder se desprende que los beneficiarios cumplen los
requisitos que se establecen en la presente convocatoria.

cual realizará de oficio cuantas
actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la
resolución.
El expediente de concesión contendrá
el pronunciamiento del órgano instructor en el que deberá constar que de la
información que obra en su poder se desprende que los beneficiarios cumplen los
requisitos que se establecen en la presente convocatoria.
Se constituirá un órgano colegiado
competente para efectuar la propuesta de concesión que estará compuesto como
mínimo por el Director General de Política Educativa, quien lo preside, y dos
empleados públicos además del Secretario Técnico de la Consejería de Educación,
Juventud y Deportes, que actuará como secretario.
Se formulará propuesta de resolución
provisional por el órgano instructor, a la vista del expediente y del informe
del órgano colegiado, debidamente motivada, que de acuerdo con el artículo 45.b) de la Ley 39/2015, de 01 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de
Melilla, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para presentar las
alegaciones que estimasen pertinentes. De existir éstas, el órgano colegiado
deberá pronunciarse sobre las mismas antes de formular la propuesta definitiva.
La propuesta de concesión definitiva
se formulará por el Director General de Política Educativa al Sr. Consejero de
Educación, Juventud y Deportes, que será el competente para resolver la
convocatoria.
El plazo máximo para resolver y
notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El
vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a
los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la
solicitud de concesión de la subvención.
La resolución de la convocatoria se
notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de
Melilla.
Octavo.- La presente convocatoria se regirá
por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento
de desarrollo, el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad de Melilla
publicado en BOME 4224, de 09 de septiembre de 2005, El Real Decreto 130/2019,
de 08 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones,
sujetándose a las bases reguladoras de concesión que rigen aprobadas por el
Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma mediante acuerdo adoptado en sesión
del día 23 de mayo de 2025.

ANEXO I. MODELO DE SOLICITUD
SOLICITUD
DEL PROGRAMA DE LA SUBVENCIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO DE CONDUCIR CLASE B
(COCHES Y VEHÍCULOS LIGEROS) DESTINADO A LA PROMOCIÓN DE LA MOVILIDAD Y LA EMPLEABILIDAD
DE LOS JÓVENES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
TITULAR |
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APELLIDOS y NOMBRE |
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DNI/NIE: |
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DIRECCIÓN: |
PROVINCIA: |
COD. POSTAL: |
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TLF. MÓVIL: |
CORREO ELECTRÓNICO: |
IBAN: |
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REPRESENTANTE (si procede) APELLIDOS Y NOMBRE: |
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DNI/NIE: |
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MODO DE COMUNICACIÓN CON LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA: |
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ACTUACIÓN: |
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DOCUMENTACIÓN
APORTADA (común) |
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Solicitud de subvención. |
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Otorgamiento de
representación (si procede). (1) |
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Documento acreditativo de identidad.
(2) |
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Declaración responsable:
artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. (3) |
|
Facturas de las
actuaciones. (4) |
|
Justificación del pago
realizado por medios electrónicos. (5) |
|
Certificación acreditativa
datos bancarios para la transferencia. (6) |
La persona firmante conoce y acepta en todos
sus términos las Bases reguladoras del
programa de ayudas a personas físicas residentes en Melilla para la obtención
del carné de conducir clase B.
Asimismo AUTORIZA expresamente a la Ciudad
Autónoma de Melilla la realización de consultas sobre los datos consignados en
la presente solicitud, la cesión de los mismos a otras Administraciones
Públicas a los efectos de control de la gestión, así como recabar de las
Administraciones Públicas, en particular de la Agencia Estatal de
Administración Tributario (AEAT) y las entidades gestoras de la Seguridad
Social, información o documentación acreditativa de encontrarse al corriente en
el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, y
en general respecto del cumplimiento de los requisitos establecidos para la
concesión de la subvención.
Firma
del solicitante o representante:
PROTECCIÓN DE DATOS: La Dirección General de Política Educativa
es la responsable del
tratamiento de los datos personales incluidos en este formulario que serán
incorporados al tratamiento denominado “Juventud”. La finalidad del mismo es la tramitación de su solicitud,
incorporación al expediente y resolución del mismo. La legitimación del tratamiento es el consentimiento del
afectado e interés público, marcando la casilla destinada al efecto. Los
datos sólo podrán ser cedidos a terceros cuando ello resulte necesario por motivos
de control o gestión de sus competencias y al amparo de una norma que lo
legitime. Los derechos de los interesados relacionados en los artículos 15
a 21 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27
de abril de 2016 podrán ejercerse utilizando los medios recogidos en la Política de Privacidad de la
Ciudad Autónoma de Melilla. Puede consultar la información adicional y
detallada sobre Protección de Datos https://sede.melilla.es y en el Registro de Actividades de
Tratamiento indicados anteriormente en esta página. |
||
|
Consiente el tratamiento
de los datos personales de este formulario para los fines recogidos en el
mismo. |
|

SOLICITUD DEL PROGRAMA DE LA
SUBVENCIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO DE CONDUCIR CLASE B (COCHES Y VEHÍCULOS
LIGEROS) DESTINADO A LA PROMOCIÓN DE LA MOVILIDAD Y LA EMPLEABILIDAD DE LOS
JÓVENES DE LACIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
ANEXO
II Documentación.
DOCUMENTACIÓN APORTADA (COMÚN)
(1)
Otorgamiento de representación. Descargar en el enlace anterior o en la Web www.melilla.es
(2)
(*) DNI, para los ciudadanos
españoles, o de documento equivalente que acredite la identidad de los
extranjeros y en el que figure el NIE, de la persona física titular del
establecimiento o de la tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de
la persona jurídica, así como, en ambos casos, de su representante, salvo
consentimiento expreso del interesado para que sus datos de identidad personal
puedan ser consultados mediante el Sistema de Verificación de Datos de
Identidad establecido en la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, por la que se establece la configuración,
características, requisitos y procedimientos de acceso al Sistema de
Verificación, conforme a lo dispuesto por el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias
de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la
Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o
dependientes.
(3)
(*) Declaración responsable
de que no concurre ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en particular, de hallarse al corriente en el
pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, en los términos previstos
en el artículo 25 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, que no se
encuentra en situación de crisis y que no está sujeta a una orden de
recuperación por declaración de la Comisión de ayuda ilegal e incompatible,
según Reglamento 651/2014 de la Comisión Europea.
(4)
(*) Factura de las posibles
actuaciones:
-
Nombre, CIF, dirección,
teléfono de contacto, número de factura, fecha, sello y/o firma del comercio
vendedor.
-
Nombre, apellidos, dirección
y documento de identificación del comprador.
-
Descripción completa de las
actuaciones llevadas a cabo (matrícula, clases teóricas, clases prácticas o
tasas de exámenes o expedición del permiso de conducir).
-
Precio desglosado sin
impuestos y final.
(5)
Justificación del pago
realizado por medios electrónicos: No podrán pagarse en efectivo las
operaciones con un importe igual o superior a 1.000 euros (art. 18 Ley 11/2021
de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal), el pago realizado
con tarjeta o transferencia bancaria se acreditará mediante presentación del
extracto correspondiente, que acredite el importe del elemento adquirido, la
fecha del movimiento bancario, y el beneficiario del pago (vendedor). Para
importes inferiores a 1.000 euros el pago por medios electrónicos será
preferente.
(6)
(*) Certificación que
acredite los datos bancarios para transferencia del importe de la ayuda. El
destinatario último de la ayuda deberá ser titular del número de cuenta en el
que se ingrese la ayuda.
(*) Documentación obligatoria
La comprobación de la
existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud como en
los Anexos o en la documentación aportada, supondrá la denegación de la ayuda
solicitada, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas y penales
que pudieran derivarse.
Por la presentación de la
correspondiente solicitud para este programa, se autoriza a la Ciudad Autónoma
de Melilla a la comprobación de la veracidad de los datos establecidos en el
apartado 3), para ello autoriza a esta Administración a consultar dichos datos
ante las correspondientes administraciones públicas.
Con independencia de la
documentación exigida, la Consejería competente, se reserva la facultad de
solicitar cuanta información y documentación complementaria crea necesaria.
Anualmente se procederá por
el titular de la Consejería competente a dictar una resolución, que se deberá
publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME), en la que, al
menos, se indique:
a)
La aplicación presupuestaria
a la que se va a proceder a imputar el presente programa (14/33440/48002.
“PROMOCIÓN DE LA MOVILIDAD Y EMPLEABILIDAD DE LOS JÓVENES MELILLENSES”)
b)
La cuantía económica que se
reserva para este programa. (Para 2025: 250.000,00 €).
c)
Los importes a los que se
refiere el apartado quinto de las presentes bases.
d)
El plazo de presentación de
solicitudes.

SOLICITUD DEL PROGRAMA DE LA
SUBVENCIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO DE CONDUCIR CLASE B (COCHES Y
VEHÍCULOS LIGEROS) DESTINADO A LA PROMOCIÓN DE LA MOVILIDAD Y LA EMPLEABILIDAD
DE LOS JÓVENES DE LACIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
ANEXO
III Declaración responsable
DECLARACIÓN
RESPONSABLE CUMPLIMIENTO REQUISITOS ART. 13 DE LA LEY GENERAL DE SUBVENCIONES
Dº/Dª , con
D.N.I. nº
DECLARA
Que no se encuentra incurso en ninguna de las
circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley
38/2003, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de
beneficiario.
Que cumple las obligaciones que para los
perceptores de ayudas y subvenciones establece el artículo 14 de la misma Ley.
Que, en particular, no está incurso en alguna
de las circunstancias previstas en la letra b) del artículo 13.2 de dicha Ley.
En
Melilla, a
Firmado

SOLICITUD DEL PROGRAMA DE LA SUBVENCIÓN PARA
LA OBTENCIÓN DEL PERMISO DE CONDUCIR CLASE B (COCHES Y VEHÍCULOS LIGEROS)
DESTINADO A LA PROMOCIÓN DE LA MOVILIDAD Y LA EMPLEABILIDAD DE LOS JÓVENES DE
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
Artículos
13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de General de Subvenciones