ARTÍCULO Nº 611
(CVE: BOME-A-2025-611)
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BOME Nº 6284 - viernes, 6 de junio de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - AGENCIA TRIBUTARIA - AGENCIA TRIBUTARIA
Cobranza de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas de 2025.

ANUNCIO DE COBRANZA RELATIVO A LOS RECIBOS DEL I.A.E.
2025
Se comunica,
en relación con los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas
correspondientes a 2025, y cuando se trate de cuotas nacionales y provinciales,
cuya gestión recaudatoria corresponde a la Administración Tributaria del
Estado, lo siguiente:
PLAZO PARA EFECTUAR EL INGRESO
Del 16 de
septiembre hasta el 20 de noviembre de 2025 (Resolución de 21 mayo de 2025, del
Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria).
LUGAR DE PAGO
Cuotas nacionales.
través de las
Entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de crédito) en
las que no es preciso que el obligado al pago disponga de cuenta abierta.
Cuotas provinciales.
través de las
Entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de crédito) en
las que no es preciso que el obligado al pago disponga de cuenta abierta.
Los ingresos
se podrán efectuar en el horario de atención al público de dichas Entidades.
Asimismo, el
pago de cuotas nacionales y provinciales podrá ser realizado mediante adeudo en
cuenta, a través de Internet, en la dirección https://sede.agenciaributaria.gob.es, en la opción Pagar aplazar y consultar deudas. Para
realizar el pago a través de Internet es necesario disponer de un sistema de
firma electrónica de los admitidos por la Agencia Estatal de Administración
Tributaria.
El
vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido
satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo y el devengo
de los intereses de demora y de los recargos a que se refieren los artículos 26
y 28 de la Ley General Tributaria.
Melilla, a 4 de junio de 2025,
El Delegado de la AEAT,
Francisco Pérez Coello