ARTÍCULO Nº 639
(CVE: BOME-A-2025-639)
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BOME Nº 6286 - viernes, 13 de junio de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Propuesta de resolución provisional de la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva para Federaciones Deportivas Melillenses, para el ejercicio 2025.

PROPUESTA DE
RESOLUCIÓN PROVISIONAL
Conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del RGSCAM y
24.4 de la LGS, y vista el Acta de Reunión por el órgano colegiado, de fecha 2
de Junio de 2025, del expediente número 4237/2025 , de CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE
CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA FEDERACIONES DEPORTIVAS MELILLENSES, PARA EL
EJERCICIO 2025, en
aplicación del artículo 4.2.4 de las Bases de dicha Convocatoria,
formulo esta Propuesta de Resolución Provisional.
ADMITIDOS
EXCLUIDOS
1.
Se excluye de la valoración la solicitud presentada por la FEDERACIÓN
MELILLENSE DE COLOMBICULTURA al no cumplir los requisitos necesarios, según
informe del Instructor que dice “En atención al Informe evacuado por el
Secretario Técnico Accidental de la Consejería de Educación ,Juventud y
Deportes de fecha 24 de marzo de 2025, la FEDERACION MELILLENSE DE
COLOMBUCULTURA, NO REUNE los requisitos necesario a para ser beneficiario de
las Subvenciones Institucionales por procedimientos de concurrencia competitiva
para Federaciones Deportivas Melillense , para el ejercicio 2025.”
2.
Se excluye de la valoración la solicitud presentada por la FEDERACIÓN
MELILLENSE DE JUDO Y DEPORTES ASOCIADOS al no cumplir los requisitos
necesarios, según informe del Instructor que dice “Se informa que, de
acuerdo con las Bases Reguladoras correspondiente a dicha subvención, el
articulo 5.6, literalmente dice, (El plazo general para la presentación de
solicitudes se establece en quince (15) días naturales, a contar desde el
siguiente al de la publicación de la respectiva convocatoria en BOME, sin
perjuicio de que, por razones de urgencia, se pueda establecer uno inferior en
la convocatoria concreta), la convocatoria se publico en el BOME núm. 6253, de
fecha 18 de Febrero de 2025, el plazo de presentación de solicitudes finalizó
el día 05 de Marzo de 2025 inclusive, y la presentación de la solicitud de la
Federación de Judo y Deportes Asociados, fue presentada el día 07 de Marzo de
2025, con el número de Registro de Entrada 2025025200, por lo que el expediente
referido al solicitante indicado “NO CUMPLE” con los requisitos necesarios para
acceder a la misma.”
3.
Se excluye de la valoración la solicitud presentada por la FEDERACIÓN
MELILLENSE DE BALONMANO al no cumplir los requisitos necesarios, según
informe del Instructor que dice “En atención al Informe evacuado por el
Secretario Técnico Accidental de la Consejería de Educación ,Juventud y
Deportes de fecha 24 de marzo de 2025, la FEDERACION MELILLENSE DE BALONMANO,
NO REUNE los requisitos necesario a para ser beneficiario de las Subvenciones
Institucionales por procedimientos de concurrencia competitiva para
Federaciones Deportivas Melillense , para el ejercicio 2025.”

De acuerdo con el Apartado Sexto (6), (de la
Convocatoria de Subvenciones Institucionales por Procedimiento de Concurrencia
Competitiva para Federaciones Deportivas Melillenses, para el Ejercicio 2025),
la Propuesta de Resolución formulada por la instrucción, a la vista del
dictamen emitido por el órgano colegiado, se notificará a los interesados
mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla,
concediéndose un plazo de diez (10) hábiles para presentar alegaciones.
Melilla, a 11 de junio de 2025,
El Secretario Técnico Acctal. de Educación,
Juventud y Deporte,
Joaquín M. Ledo Caballero