ARTÍCULO Nº 652
(CVE: BOME-A-2025-652)
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BOME Nº 6287 - martes, 17 de junio de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Orden nº 0788, de fecha 5 de junio de 2025, relativa a la convocatoria del curso escolar 2025-2026 de la Escuela de Enseñanzas Artísticas "Tierno Galván".

El Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, mediante Orden
número 202500000788 del día 05 de junio de 2025, ha dispuesto lo siguiente:
“Al objeto de preparar el inicio del CURSO 2025-2026 de la ESCUELA
DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS “TIERNO GALVÁN” DE LA CIUDAD AUTÓNOMA
DE
MELILLA, de
conformidad con las atribuciones que me confieren el artículo 33 del Reglamento
del Gobierno y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
Extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) en concordancia con el Decreto de
Distribución de Competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraord.
54 del día 31 de julio de 2024), VENGO
EN ORDENAR:
La Convocatoria del Curso Escolar 2025-2026 de la Escuela de Enseñanzas Artísticas
“Tierno Galván” de la Ciudad Autónoma de Melilla, con sujeción a las siguientes
determinaciones:
1º.- Las asignaturas que se
podrán cursar durante el curso 2025-2026 son las siguientes: Dibujo, Pintura,
Cerámica, Iniciación al Dibujo,
Iniciación a la Pintura e Iniciación a la Cerámica.
2º.- El plazo de solicitudes y matriculación para
alumnado de nuevo ingreso y continuidad quedará abierto desde el día 20 de junio de 2025 hasta cubrir vacantes. Por ello, las personas interesadas deberán, previamente a la
tramitación de la matricula, informarse en el propio centro acerca de la
existencia de plazas vacantes.
3º- Las plazas vacantes
existentes para los/as alumnos/as de nuevo ingreso, se adjudicaran, en el caso
de que el número de solicitudes exceda al de plazas vacantes en la asignatura
correspondiente, por orden de presentación de las solicitudes.
4º.- La edad mínima de los/as alumnos/as de todas las especialidades
será de ocho años cumplidos dentro del año de inicio del curso, 2025.
5º.- De acuerdo con la vigente
Ordenanza Fiscal de aplicación, (BOME extraordinario nº 21 (II) de 30 de Diciembre de 2009), el importe de las matrículas a satisfacer será
el siguiente: 45,00 euros por asignatura curso completo.
Los titulares del Carné Joven, expedido por la
Ciudad Autónoma de Melilla y restantes Comunidades Autónomas y países firmantes
del Protocolo de Lisboa del día 1 de Junio de 1987 tendrán una bonificación del
25% de las tarifas.
Las familias numerosas de primera clase (General)
disfrutarán de una reducción del 50 % y las de segunda clase o de honor
(Especial) del 100% del importe de la matrícula.
La condición de familia numerosa se acreditará
mediante fotocopia del título que acredite tal condición.
Los sujetos pasivos mayores de 65 años disfrutarán
de una bonificación de 50% del importe de la tasa correspondiente.
6º.- Solicitudes se formulará en modelo oficial que se podrá
obtener a través de la web oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla ( www.melilla.es) y se presentarán a través de Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de
Melilla con certificado digital, registros de las Oficinas de Proximidad, en la
Oficina de Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad, en el Registro de la sede de la Dirección General de
Educación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, sita en Calle
Querol nº 7, sin perjuicio de la posible
presentación en los registros que a tal efecto establece el artículo 16 la Ley
39/2015 de 01 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
7º.- Las matrículas se formalizarán en la Dirección General de
Educación, los días laborales de lunes a viernes de 09,00 a 13.30 horas.
Debiéndose aportar copia del DNI o Tarjeta de Residencia en vigor, acompañando
todos los/as alumnos/as una fotografía de tamaño carné del alumno (para
alumnado de nueva incorporación), así como el resguardo del ingreso bancario de
la cantidad correspondiente a la matrícula, en el número de cuenta ES68 0049
2506 14 2814180049 del Banco de Santander.
8º.- La Dirección General de
Educción es la responsable del tratamiento de los datos personales incluidos en
las solicitudes. La finalidad de la obtención de dichos datos es la tramitación de las solicitudes de
inscripción en la especialidad docente al que hará referencia la solicitud. Los
datos sólo podrán ser cedidos a terceros cuando ello resulte necesario por
motivos de control o gestión de sus competencias y al amparo de una norma que
lo legitime. Los derechos de los interesados relacionados en los artículos 15 a
21 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016 podrán ejercerse utilizando los medios recogidos en la Política
de Privacidad de la Ciudad Autónoma de Melilla. Puede consultar la información
adicional y detallada sobre Protección de Datos en el Registro de Actividades
de Tratamiento de la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla. https://sede.melilla.es”

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla, en aplicación del artículo 45.1.a) de la Ley
39/2015, de 1 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Pública, advirtiendo que contra la presente orden, que no pone fin a la vía
administrativa, cabe interponer recurso de Alzada en el plazo de un mes ante el
Excmo. Sr. Presiente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en los términos
previstos en los artículos 121 y 122 de la mencionada Ley 39/2015, de 01 de
Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
pudiendo, no obstante, los interesados, bajo su responsabilidad, interponer
cualquier otro recurso que estimen procedente .
Melilla, a 9 de junio de 2025,
El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud
y Deporte,
Joaquín M. Ledo Caballero