ARTÍCULO Nº 654
(CVE: BOME-A-2025-654)
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BOME Nº 6287 - martes, 17 de junio de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Orden nº 0849, de fecha 16 de junio de 2025, relativa a convocatoria de la XXI Edición de Premios Extraordinarios a los estudiantes de cada uno de los Institutos de Bachillerato de Melilla con los mejores resultados académicos, tras la realización de las pruebas de acceso a la Universidad, Convocatoria Ordinaria de junio, durante el curso académico 2024/2025.

El Excmo. Sr.
Consejero de Educación, Juventud y Deporte mediante Orden núm. 20250000849 del día 16 de junio de 2025, ha
dispuesto lo siguiente:
“El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma aprobó, en
sesión ordinaria del día 13 de junio actual, las Bases de la XXI EDICIÓN
DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS A LOS
ESTUDIANTES DE CADA UNO DE LOS INSTITUTOS
DE BACHILLERATO DE MELILLA CON LOS MEJORES RESULTADOS
ACADÉMICOS TRAS LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD, CONVOCATORIA ORDINARIA DE JUNIO, DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2024/2025 las cuáles serán de inexcusable cumplimiento, y que
son:
1.- Optarán a
estos premios extraordinarios todos los/as alumnos/as que durante el presente
curso académico se han presentado, tras la obtención del correspondiente título
oficial de Bachillerato en un centro educativo de Melilla, a las pruebas
selectivas de acceso a la Universidad a celebrar en el mes de junio de 2025.
2.- Resultará
premiado con 3.000 euros el alumno con la mejor Nota de calificación de la
prueba de acceso a la Universidad de todos los que se presentan a la
convocatoria de junio de 2025, con 1.200 euros los alumnos que, excluido el
anterior premiado, obtengan en su respectivo instituto la mejor Nota de
calificación de la prueba de acceso, y con 800 euros los alumnos que en su
respectivo instituto obtengan la siguiente mejor Nota de calificación de la
prueba de acceso a la universidad, todo ello con referencia a la Notas
definitivas de calificación de la prueba de acceso a la Universidad obtenidas en la convocatoria de junio del
presente curso académico 2024-2025, excluidas las calificaciones de las
materias de opción en su caso.
Si el alumno
al que correspondiese el premio renunciase a él, éste corresponderá al
siguiente alumno del mismo centro docente en atención a su puntuación.
Del importe
del premio se detraerán las cantidades que por retención o cualquier otra
incidencia fiscal resulten procedentes.
3.- En caso
de resultar, por causa de empate, ser varios los alumnos del mismo instituto
que con la misma puntuación ocupen el mismo primer o segundo puesto, el premio
corresponderá al que mejor expediente académico obtuvo durante la totalidad del
Bachillerato; en caso de persistir el empate el premio corresponderá al que
mejor expediente obtuvo en el segundo curso de Bachillerato, y si aún se diese
empate el premio será para el que mejor expediente académico consiguió en el
primer curso de Bachillerato. Si pese a ello se mantuviese la igualdad se
procederá a celebrar un sorteo público a fin de determinar a quien corresponde
el premio. Del proceso de desempate quedará constancia fehaciente mediante la
correspondiente documentación académica que deberá ser aportada por los propios
alumnos interesados.
4.
Las obligaciones
económicas derivadas de la presente edición comportan un gasto máximo total de
19.000 euros, que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 2025
14 32000 48900, operación presupuestaria: RC núm. 1202500005729 del día 17 de febrero
de 2025.
5.
La presente
edición del premio se resolverá mediante Orden del Excmo. Consejero de
Educación, Juventud y Deporte de la Ciudad Autónoma de Melilla tras la
información pertinente recabada del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes.
6.
La Consejería de
Educación, Juventud y Deporte de la Ciudad Autónoma de Melilla queda facultada
para resolver cualquier duda o incidente que se planteara en el desarrollo y
cumplimiento de estas bases previo informe de su Dirección General de
Educación.”
De
conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
demás disposiciones normativas concordantes, contra dicho acuerdo, que agota la
vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el
propio Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, en el plazo de un mes a
partir del día de su publicación, o bien
directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala lo
Contencioso de Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el
plazo de dos meses desde la publicación. No obstante, se podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así se cree conveniente, bajo su responsabilidad.
Las referidas
pruebas están reguladas actualmente mediante Real Decreto 534/2024, de 11 de
junio (B.O.E. núm. 142, de 12 de junio de 2024) así como por Resolución de 22
de marzo de 2025 conjunta entre Secretaría de Estado de Educación y Secretaría
de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades (BOE núm. 72, de 25 de marzo de
2025).

premiar los
méritos basados en el esfuerzo y trabajo de aquellos alumnos y alumnas de
centros educativos de bachillerato de nuestra ciudad que obtengan un excelente
resultado académico en las citadas pruebas selectivas, convocatoria ordinaria
del mes de junio de 2025.
VENGO
EN ORDENAR la Convocatoria de la XXI
EDICIÓN DE PREMIOS
EXTRAORDINARIOS A LOS ESTUDIANTES DE CADA UNO
DE LOS INSTITUTOS DE BACHILLERATO DE
MELILLA CON LOS MEJORES RESULTADOS
ACADÉMICOS TRAS LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD, CONVOCATORIA ORDINARIA DE JUNIO, DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2024/2025 con estricta
sujeción a las bases aprobadas anteriormente expuestas.
Las cuantías
de los premios establecidos en la Base segunda se efectuarán con cargo a
Aplicación Presupuestaria 2025 14/32000/48900. Retención de Crédito 12025000627
del 09/05/2025 con dotación total de 19.000 euros.”
De
conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota
la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de
la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la notificación/publicación de la presente
Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente
ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el
interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
Lo que se
publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento.
Melilla,
a 16 de junio de 2025,
El
Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte,
Joaquín M.
Ledo Caballero