ARTÍCULO Nº 664
(CVE: BOME-A-2025-664)
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BOME Nº 6288 - viernes, 20 de junio de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 13 de junio de 2025, relativo a la rectificación de error material detectado en anuncio publicado en BOME nº 6280, de 23 de mayo de 2025, referente a la constitución de Bolsas de Trabajo en la categoría de Maestro de Educación Primaria y Maestro de Inglés.

El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva
Ordinaria celebrada el 13 de junio de 2025, ha procedido a la aprobación de la
propuesta de Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad,
adoptando el siguiente acuerdo registrado al número 2025000596:
“
“De conformidad con el artículo 109.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas,
Y de conformidad con los documentos aportados
al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente:
Se proceda a la rectificación del error
material detectado en la “Convocatoria para la constitución de Bolsas de
Trabajo para contrataciones temporales y nombramientos de funcionarios
interinos de la Ciudad Autónoma de Melilla en la categoría de Maestro de
Educación Primaria y Maestro de Inglés” (BOME
nº 6280, de 23-05-2025), en el sentido siguiente:
Donde
dice:
“...
ANEXO II
PROGRAMA PARA LA PRUEBA SELECTIVA DE LA
CATEGORÍA DE MAESTRO (EDUCACIÓN PRIMARIA).
1. Características del desarrollo evolutivo
en la infancia: aspectos cognitivos, motrices, afectivos y sociales de los
3 a los 12 años. Implicaciones educativas.
...”
Debe
decir:
“...
ANEXO II
PROGRAMA PARA LA PRUEBA SELECTIVA DE LA
CATEGORÍA DE MAESTRO (EDUCACIÓN PRIMARIA).
1. Características del desarrollo evolutivo
en la infancia: aspectos cognitivos, motrices, afectivos y sociales de los
6 a los 12 años. Implicaciones educativas.
...”
”
De conformidad con los artículos 123 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente
Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso
potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación, o
bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la
jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses
desde la publicación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y
efectos oportunos.
Melilla,
a 17 de junio de 2025,
La
Secretaria Técnica del Consejo de Gobierno,
Decreto
nº 103 de fecha 02/06/2025 (BOME Extra nº 35 de 03/06/2025),
María
José Gómez Ruiz