ARTÍCULO Nº 683 (CVE: BOME-A-2025-683) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6288 - viernes, 20 de junio de 2025 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR


Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 7 de junio de 2024, relativo a cambio de denominación de la Calle Falangista Pedro Avellaneda por su nueva denominación como Calle Carlos Esquembri Hinojo.

BOME-P-2025-2334 Descargar página

La Excma. Asamblea de Melilla en sesión Ordinaria del 7 de junio de 2024 adoptó el siguiente acuerdo:

PUNTO QUINTO.- CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA CALLE FALANGISTA PEDRO AVELLANEDA POR SU NUEVA DENOMINACIÓN COMO CALLE CARLOS ESQUEMBRI HINOJO.- La Comisión Permanente de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor, en sesión de 24 de abril conoció la propuesta y una vez sometida a votación, tras las deliberaciones que constan en el acta, se dictaminó favorablemente por unanimidad de los presentes.

En virtud de lo anterior se eleva propuesta al pleno de la Asamblea para ser sometida a votación, constando en el expediente informe de la Secretaría Técnica de que en el plazo de alegaciones no ha sido formulada ninguna por los interesados, siendo del tenor literal que sigue:

Primero: Con fecha 15 de abril de 2024, tiene entrada en la Dirección General de Cultura y Festejos, propuesta del Grupo Parlamentario Socialista de nominación de vial o plaza pública de la Ciudad con la denominación “Carlos Esquembri Hinojo”, al amparo de lo establecido en el artículo 15.a) del Reglamento de Honores y Distinciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº4071, de fecha 23/03/2004).

Tercero.- : Por Orden número 2024000438 de la Excma. Sra. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor de fecha 18 de abril de 2024, se dispone proponer a la Comisión Permanente de Cultura, el cambio de denominación de la C/ Falangista Pedro Avellaneda por su nueva  denominación como calle “Carlos Esquembri Hinojo, en virtud de lo establecido en los artículos 11 y 15.a), del Reglamento para la Concesión de Honores y Distinciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4071, de martes 23 de marzo de 2004.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente se PROPONE al Pleno de la Excma. Asamblea, previo dictamen de la Comisión Permanente de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor, la adopción del siguiente

ACUERDO:

PRIMERO: Elevar a la Comisión Permanente de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor la propuesta relativa a la sustitución de cambio de denominación de la C/ Falangista Pedro Avellaneda por su nueva denominación como calle “Carlos Esquembri Hinojo”

SEGUNDO: Dar traslado del dictamen al interesado, Grupo Político Partido Socialista Obrero Español en Melilla, concediéndole un plazo de 15 días para que haga las alegaciones o presente los documentos que a su derecho convengan.”

Sometida a votación la propuesta del cambio de denominación de la calle Falangista Pedro Avellaneda por su nueva denominación como Calle CARLOS ESQUEMBRI HINOJO, queda aprobada por unanimidad, por lo tanto mayoría absoluta de conformidad con el artículo 58.3 del Reglamento de la Asamblea y 18 del Reglamento de Honores y Distinciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Por tanto mayoría absoluta de conformidad con el art. 58.3 del Reglamento de la Asamblea y el artículo 18 del Reglamento para la Concesión de Honores y Distinciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.”

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de su notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses.

No obstante, podrán utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se hace público para su conocimiento y efectos.

 

Melilla, a 18 de junio de 2025,

El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del Mayor,

Juan León Jaén Lara